Rocío Nicolás López, Investigador en formación, Facultad de Educación – Centro de Formación del Profesorado, Universidad Complutense de Madrid
El estudio presentado en el VIII Congreso de Educación Social, es una revisión bibliográfica de las experiencias de víctimas de terrorismo que han participado en encuentros restaurativos con sus ofensores. Esta revisión se orienta al estudio de la dimensión socioeducativa presente en la justicia restaurativa. Para ello, se plantea inicialmente un marco conceptual de la justicia restaurativa vinculándolo con la figura profesional del educador/a social. Seguidamente se plantea una metodología a través de la revisión sistemática por categorías, estas categorías son: atención a las necesidades específicas de las víctimas y afectación de la dimensión relacional de las mismas. A través de este método se ha obtenido un análisis de la dimensión socioeducativa de los encuentros, donde destaca un avance en la recuperación de las víctimas por un conocimiento mayor sobre el delito, así como, una participación y reconocimiento anteriormente no dado en la justicia retributiva (modelo de justicia común). Concluye con la adecuación de la perspectiva socioeducativa en los encuentros y la aportación del perfil profesional del educador/a social en los mismos, planteándonos un nuevo paradigma de estudio e intervención social, comprendiendo el perdón, la convivencia y los valores democráticos como eje de la metodología restaurativa, siendo estos valores esenciales en la sociedad actuales.
The study presented at the VIII Congress of Social Education, is a bibliographic review of the experiences of victims of terrorism who have participated in restorative meetings with their offenders. This review is aimed at the study of the socio-educational dimension present in restorative justice. To this end, a conceptual framework of restorative justice is initially proposed by linking it with the professional figure of the social educator. Following a methodology is proposed through systematic review by categories, these categories are: attention to the specific needs of the victims and affecting the relational dimension of the victims. Through this method an analysis of the socio-educational dimension of the meetings has been obtained, where a breakthrough in the recovery of victims has been highlighted by a greater knowledge of the crime, as well as, a previously ungiven participation and recognition in retributive justice (model of common justice). It concludes with the adequacy of the socio-educational perspective in the meetings and the contribution of the professional profile of the social educator in them, considering a new paradigm of study and social intervention, including forgiveness, coexistence and democratic values as the axis of restorative methodology, these essential values being in society today.
Contribución aceptada por el Comité Científico del VIII Congreso de Educación Social
El siguiente estudio a presentar en el VIII Congreso de Educación Social 2020, supone la revisión bibliográfica de publicaciones de diversa tipología, que aborden la perspectiva de las víctimas de terrorismo y facilitadores que han participado en encuentros restaurativos, con el fin de analizar la dimensión socioeducativa que de ellos se puede extraer.
Entendemos por justicia restaurativa un modelo complementario a la justicia penal (común) que interpreta del delito como un acto dañino hacia otras personas, por lo que implica una responsabilidad en el ofensor y su “obligación” esencial es reparar el daño (Zehr , 2006). Dicha interpretación se basa en una visión de interconexión entre los miembros de una sociedad, entendiendo así que el delito supone una fractura en la dimensión social.
En cuanto al modo en que el modelo restaurativo se ha integrado dentro del sistema de justicia español, cabe destacar que ya la Ley 4/2015, del Estatuto de Víctimas de Delito, en su artículo 15 regula la posibilidad de realizar encuentros restaurativos, siempre que la víctima y el ofensor estén de acuerdo. En contexto internacional, cabe destacar la aportación de la Unión Europea a través de su recomendación CM/Rec (2018) 8 del Comité de Ministros a los Estados miembros en materia de justicia restaurativa penal que aconseja la transición de la justicia penal común hacia un enfoque de la justicia restaurativa (Council of Europe, 2018). Se observa pues, que en materia legislativa se han creado opciones que faciliten dichos encuentros.
Dentro de la tipología delictiva nos centraremos en materia de terrorismo al entender la especial complejidad que muestra este ámbito, tanto por las consecuencias de los delitos como por las características criminológicas de los mismos (Olade Altarejos, 2016).
En cuanto al modo en que la educación social, y por tanto el/la educador/a social encajan dentro de este ámbito, es importante destacar que primeramente se habla de la figura profesional de el/la mediador/a (Ministerio de Justicia, 2014), posteriormente se habla de el/la facilitador/a (Ríos Martin & Pascual Rodriguez, 2014). Así pues, en las prácticas de Nanclares de Oca[1] se define la figura del facilitador/mediador como:
Eran acompañados por un profesional, mediador, facilitador del diálogo, que ha servido de guía, de apoyo y sostén, al ayudarles a elaborar los temores y las emociones encontradas en la preparación del encuentro, al garantizar y defender la legitimidad y el curso del encuentro, al igual que la privacidad del mismo. (Lozano Espina, 2016, p. 89)
Si tomamos como referencia dicha praxis El Código Deontológico del Educador Social (CGEES, 2007): que define la profesional del educador social, entre sus funciones destaca la de mediación, no como la resolución de conflictos sino cómo “ hacer para que el sujeto de la educación pueda encontrarse con lugares, personas y contenidos” (CGEES, 2007, pág. 16), y en lo referente a personas orientado hacia nuevos encuentros con otras personas. Desde la definición de la función profesional del educador social se ve el modo en que se puede gestionar el dialogo y el encuentro desde dicha figura profesional.
Si tomamos como referencia autores relevantes que definen la educación social destacan:
Todos ellos comparten la visión de la socialización y el enfoque pedagógico de la construcción de relaciones sociales. Quizá la que más se aproxime a la dimensión restaurativa es la que aporta Malillo al aproximar el dialogo como la herramienta para la construcción de relaciones y la paz social.
El objetivo general que persigue el siguiente estudio consiste en analizar y describir la dimensión socioeducativa que se desarrolla en los encuentros restaurativos entre víctimas de terrorismo y ex miembros de organización terrorista en España, desde la perspectiva de la recuperación de las víctimas.
Pudiéndose concretar en los siguientes objetivos específicos:
El tipo de estudio que se realiza es una revisión bibliográfica sistemática, basándonos en los criterios de Bisquerra Alzina (2004) y Gómez – Luna, et al (2014). Se ha realizado pues, una investigación sobre publicaciones (libros, artículos y conferencias) que aborden las experiencias del modelo restaurativo en el marco español entre víctimas y ex miembros de la organización terrorista, tomando como referencia el marco temporal desde el 2000 hasta la actualidad. Para ello se han utilizado buscadores de carácter académico: Dialnet (UNIR, 2001) Google Scholar (2014), UCM- Biblioteca (2019), ERIC (2013) y Portal de búsqueda de la Revista de Educación Social (2002). Obteniéndose un total de 23 artículos de libro, 19 artículos de revista, 8 tesis y 16 libros completos [2].Para el análisis de la información, se estipula un modelo basado en la atención a necesidades específicas de víctimas. (Vicente Colomina, 2019) que tienen cabida dentro del modelo restaurativo por su dimensión relacional y socioeducativa: necesidad de información, necesidad de reconocimiento, necesidad de justicia y verdad y necesidad de participación. Junto con la tres dimensiones principales a nivel relacional de la víctima en el modelo restaurativo: la significación del delito, la relación con el ofensor y la influencia social (Laguna Hermida, 2006).
Los principales resultados tras la revisión se basan en el modelo de análisis dimensión relacional y atención a las necesidades específicas. De este modo hemos podido obtener los siguientes resultados:
Dentro de este apartado trabajaremos el modo en que la víctima significa el delito tras el proceso restaurativo. Se analiza desde un modelo educativo, en cuanto a la interpretación que desarrolla la víctima tras el encuentro. Dentro del proceso restaurativo, desde la dimensión socioeducativa se ha podido percibir:
También la garantía prestada a la víctima de que no se volverá a repetir, que la Administración de Justicia continuará haciendo su trabajo, que se buscará la verdad respecto de la violencia sufrida y que, en todo caso, además de ser un itinerario restaurativo individualizado y personalizado, habrá de ser un proceso sincero y absolutamente honesto, sin finalidades latentes diferentes. (Ríos Martin & Pascual Rodríguez, 2014, p. 433)
Así pues, las víctimas obtienen un marco de justicia que se ha dado con anterioridad al proceso restaurativo, y un ámbito de honestidad por parte del ofensor, dispuesto a exponer su verdad, fuera del ámbito legal, en la intimidad y desde la empatía para dar respuestas a la víctima sobre el delito (Lozano Espina, 2016)
Le conté la historia de mi padre, como se quedó mi familia tras su asesinato, como le afectó eso a mi padre, a mi hermano, como me afectó a mí y lo que cambió mi vida, como destrozaron a mi familia, cuales eran mis sentimientos de aquella época (unos sentimientos que yo desconocía hasta entonces, como eran el odio, la ira, el deseo de venganza, la tristeza profunda, la ansiedad…) Como ha sido mi evolución personal desde entonces. (Elespe, J. entrevistado en Martín & Rodríguez, 2019, p. 142).
Así pues, se puede observar que, aunque inicialmente la culpa se manifieste, tras el encuentro se ve el reconocimiento que se le ha dado tanto a la víctima indirecta (familiar que realiza el encuentro) como a la víctima directa (familiar fallecido).
En este ámbito estudiaremos que implicaciones tiene la relación establecida en el modelo restaurativo entre víctima y victimario, y como dicha relación influye en las necesidades de las víctima desde el enfoque socioeducativo.
Llevaba preparadas varias preguntas para hacerle al preso de ETA, cuya respuesta quería conocer: su historia personal, que sienten antes y después de matar a una persona, si pueden dormir tranquilos después de matar, si sufren algo por la víctima o si se ponen contentos porque cumplen con el objetivo que les habían encomendado” (Hernández Sánchez, M entrevistada en Martín & Rodríguez, 2019, p. 147)
Se observa pues que esta información es demandada por las victimas a nivel general para significar al victimario (Martín & Rodríguez, 2019). Esta interpretación devuelve al victimario su dimensión humana, más allá del delito, y favorece el sentimiento de control en las víctimas (Lozano Espina, 2016; Ríos Martín, 2018).
En este apartado nos centraremos en que impacto tiene sobre la dimensión social el encuentro restaurativo. Es decir, que consecuencias se pueden derivar de la participación en el encuentro para la víctima dentro de la dimensión social de la misma.
En la entrevista Jaime Arrese expresa que:
Mariló Vera, víctima de terrorismo, interpreta de las palabras de las asociaciones que:
Para estas asociaciones, quienes hemos participado en los encuentros restaurativos somos los proscritos. En este sentido, me he sentido muy injustamente criticada por estas asociaciones, a las que pido un poco más altura de miras y apertura de mente” (Vera, M. entrevistada en Martín & Rodríguez, 2019, p. 158)
Maixabel Lasa concluye la adecuación de la privacidad de los encuentros por el impacto de la misma: “Es curioso: si los encuentros restaurativos salieron bien fue, en gran medida, porque el tema se llevó con mucha discreción por parte de todos los que los organizaron y participaron” (Lasa, M. entrevistada en Martín & Rodríguez, 2019, p. 154)
Se muestra pues, que esta nueva realidad que conforman los encuentros restaurativos supone una confrontación con las asociaciones de víctimas. Puede deberse a que esto supone un nuevo paradigma social así pues como afirma Juan María Aburto “Sin olvidar el pasado, pero sin anclarnos en él. Requiere tejer unas nuevas relaciones. Hacerlo con el firme convencimiento de que todas las personas son necesarias para construir sociedad, para construir comunidad. “ (Aburto, 2012, p. 92)
Los principales resultados obtenidos, por categorías se análisis , se resumen en la siguiente tabla:
Durante el análisis de los textos hemos percibido la posibilidad de generar categorías dentro de los discursos de víctimas y profesionales. Hemos descartado aquellas que no encajaban dentro de estas categorías y no eran relevantes para el objeto de estudio. No obstante, nos hemos encontrado con tres aportaciones que pueden ser un adecuado cierre a este análisis pues no responden a ninguna categoría y si a la realidad en su conjunto. A continuación, las citamos:
a) En la entrevista a Josu Elespe, al final de la misma, concluye diciendo:
Porque con el tiempo me di cuenta, a nivel personal, de que aquello había sido muy bueno para mí, de que aparte de la ayuda que me habían prestado mi familia y amigos tras el asesinato de mi padre, aquel encuentro era una de las cosas que más me había ayudado a sanar mis heridas” (Elespe, J. entrevistado en Martín & Rodríguez, 2019, p. 144)
b) Mariló Vera Barbero, en la entrevista, indica que al salir de la prisión habiendo realizado el encuentro restaurativo reflexiona:
Pero al salir yo estaba en paz conmigo misma… de una vez por todas, terminaba ya con esa época, con ese odio” (Vera Barbero, M. entrevistada en Martín & Rodríguez, 2019, p. 157)
c) Esther Pascual y Julián Ríos, facilitadores de todos los encuentros restaurativos aquí trabajados, al final de su artículo sobre las reflexiones de los encuentros concluyen que:
[…] restaurar es curar y apostar por lo que recrea vínculos, no por lo que levanta murallas insalvables” (Ríos Martin & Pascual Rodríguez, 2014, p. 439)
Durante la revisión hemos podido ver que los encuentros restaurativos complementan el marco jurídico español, se dan de forma paralela sin que se vean afectados mutuamente, prevaleciendo en ambos el bienestar de la víctima. Pero estos no tienen el reconocimiento social o la legitimidad que si se le da al modelo jurídico común. Es por ello que la realidad individual y vivencial tanto de las victimas como de los ofensores no responde a la visión de algunos colectivos que interpretan estas prácticas como una “ofensa” para el colectivo de víctimas. Por tanto, se requiere una pedagogía que acerque a la realidad social dichos encuentros.
También se percibe una notable mejora en la interpretación de las víctimas de su propia recuperación, lo que nos indica que el propio encuentro satisface necesidades de carácter socioeducativo, que mejoran la reparación y recuperación de las víctimas.
Cabe destacar que, aunque estos procesos no se hayan realizado desde la figura del educador o educadora social, en ellos se percibe la dimensión social y educativa. La dimensión educativa basada en el conocimiento del otro (ofensor) y la interpretación de la realidad aportando una significación humana al delito. La dimensión social se percibe con posterioridad a los encuentros donde las propias víctimas lo han interpretado hacia la paz y reconciliación de los conflictos entendiendo el propio encuentro como una muestra de futuro.
Así pues se puede concluir que los encuentros restaurativos son una práctica, que aunque anteriormente se hayan desarrollado en el marco jurídico por parte de mediadores, pueden y deben ser estudiados y desarrollados desde el ámbito de la educación social atendiendo así a la dimensión social y pedagógica que conforman los encuentros restaurativos.
En el marco de la pedagogía social, se abre un nuevo paradigma orientado hacia el perdón y la convivencia, desde el dialogo y el conocimiento. Esta realidad debe ser estudiada y desarrollada por parte de la educación social, profundizando en su teoría y su praxis a fin de estimular una realidad social compleja que requiere de una respuesta socioeducativa adecuada.
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Rocío Nicolás López, email: rocionic@ucm.es