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Violencia de Género: “Una Cuestión de Educación Social”

Autoría:

Carmelo Hernández (1)

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Según la definición dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la violencia de género es una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. La violencia de género, por tanto, comprende cualquier acto de agresión que pueda tener o tenga como resultado algún daño o sufrimiento físico, psicológico o sexual, incluyendo las amenazas de estos actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la privada, cuando estos actos son ejercidos por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

ViolenciaEl cambio legislativo operado por la Ley Orgánica 1/2004 ha obligado a diferenciar, no sólo a nivel normativo, sino también socioculturalmente, los conceptos de violencia de género y de violencia doméstica, no de género, o intrafamiliar. No es lo mismo hablar de violencia de género que de violencia en el ámbito familiar o doméstica. La violencia de género alude siempre e inequívocamente a la mujer que ha sido o es novia/pareja/cónyuge de su agresor. Por el contrario, la violencia en el ámbito familiar (violencia doméstica) abarca todas las conductas delictivas que tienen por sujetos a las personas que integran la familia extensa, sean hombres o mujeres. Los actos violentos que sufre la mujer a manos de su marido o de su pareja también incluyen, por tanto, los malos tratos, amenazas y coacciones que se infligen a la mujer dentro del ámbito doméstico. Por ello, a la violencia doméstica que tiene por destinatario un sujeto pasivo distinto de la mujer se la conoce, tal como apuntábamos más arriba, como “violencia doméstica no de género”.

A pesar de todos los avances que se han hecho y de las campañas de información y sensibilización, la mayoría de las instituciones e interlocutores válidos que realizan estudios sobre este tema afirmen que todavía estamos ante “la punta del iceberg”, pues es una realidad constatable, año tras año, que este tipo de violencia no cesa.

ViolenciaUna de las mayores herramientas que tenemos en la actualidad para combatir la lacra social de la violencia de género es la educación social visualizada desde la perspectiva de la igualdad de género.

La Educación Social es clave para la prevención de la violencia de género y, en ese sentido, es esencial que los profesionales de la ES conozcan no solo los recursos multidisciplinares y las experiencias de intervención profesional, sino que es fundamental que sean capaces de desarrollar las habilidades y estrategias necesarias para intervenir con solvencia en situaciones de violencia de género.

Los equipos municipales de atención primaria a mujeres víctimas de violencia de género deberían integrar entre sus miembros la figura del Educador Social. En el equipo multidisciplinario integrado trabajan profesionales del ámbito de la Psicología, Trabajo Social, Derecho y de la Inserción Sociolaboral.

El Educador Social ha de estar en posesión de los conocimientos científicos y humanos necesarios para actuar desde la perspectiva socioeducativa con personas en riesgo o en situación de vulnerabilidad social que requieran de acompañamiento social. No es inusual, por tanto, encontrar educadores sociales que desarrollen su actividad profesional en casas de acogida y en pisos tutelados destinados a este colectivo, pero todavía no están claramente definidas cuáles podrían ser las funciones que los educadores sociales desarrollarían en estos servicios de atención a las mujeres víctimas de la violencia de género.

Cada profesional tiene su figura perfectamente delimitada en la correspondiente RPT (relación de puestos de trabajo) con una excepción: el Educador Social. Podríamos, por tanto, afirmar que dichas funciones están todavía: “en construcción”. En primer lugar, debe quedar claro que la intervención de los educadores sociales, en éste contexto, podría tener, en un sentido amplio, una cuádruple ratio productiva:

  1. Intervención en casos de urgencia/emergencia.
  2. Acompañamiento asistencial en la gestión cotidiana de los recursos socio-existenciales de la víctima.
  3. Asesoramiento y co-supervisión de los aspectos formativos aplicables al proceso de recuperación de la víctima.
  4. Intervención posterior en seguimiento de la evolución de la víctima tras su proceso de recuperación.

MujerLas mujeres usuarias de estos servicios se dirigen al centro de atención, normalmente por derivación de los servicios de urgencia hospitalarios o de las instancias policiales correspondientes, aunque también pueden personarse por propia iniciativa.

Es una realidad imparable: entre los procesos que enmarcan las líneas de acción socioeducativa del educador social se abren nuevos campos de intervención, entre los cuales probablemente la violencia de género, junto al despliegue de la ley de dependencia, sea el que más futuro tiene. Es por ello que su proceso formativo se ha de fortalecer en áreas como el acompañamiento asistencial en la vida cotidiana, el trabajo en equipo multidisciplinario, la relación de ayuda, etc. Esto implica tener más competencias para ubicar sus intervenciones en un marco de intervención, la violencia de género, que posibilite un proceso de acompañamiento y ayuda a la víctima con mayor amplitud y nuevas perspectivas, así como para poder realizar sus intervenciones desde una dimensión profundamente ética.

Lo anterior se traduce, al menos, en las siguientes funciones profesionales:

  • Analizar las demandas y necesidades de las víctimas de violencia de género.
  • Ayudar a reconstruir sus vínculos sociales en el proceso de fortalecimiento de la independencia emocional y económica de las mujeres víctimas.
  • Acompañarla en el proceso de recuperación de su autoestima.
  • Fortalecer la relación de ayuda con la mujer (y sus hijos menores o dependientes, si los hubiere) en el proceso de desarrollo de su potencial humano y sus competencias sociolaborales.
  • Desarrollar acciones socioeducativas estratégicas respecto del manejo de los distintos recursos asistenciales disponible para la mujer (y sus hijos), incluyendo las redes sociales y sus posibilidades de interacción.
  • Anticiparse preventivamente a situaciones de crisis a través del seguimiento de la mujer tras su proceso de recuperación y hacer de mediador, cuando sea posible, en ellas.

Como Educador Social es muy probable que, en algún momento de su carrera profesional, tenga que intervenir en alguna situación de violencia doméstica de género, por lo que es fundamental conocer en profundidad las características de esta terrible lacra y disponer de las suficientes herramientas y recursos, tanto personales, como institucionales, para saber qué se debe de hacer en cada caso, incluyendo la posibilidad de acompañar a la víctima a denunciar ante la Policía Nacional, Policía Local, Guardia Civil o Juzgado de Guardia los hechos.

1.- Carmelo Hernández es Profesor Asociado de la Universidad de Alicante, profesor-Tutor de la UNED y Coordinador de los programas de reeducación por delitos relacionados con la violencia de género de la Audiencia Provincial de Alicante.