×

Ganaba más dinero trabajando de cajera de supermercado que de educadora social

Autoría:

Col·legi d’Educadores i Educadors Socials de Catalunya, CEESC

 

El 25 de abril de 2019 publicamos la noticia titulada “Hi ha educadores i educadors socials que volen treballar o no n’hi ha?” [“¿Hay o no hay educadoras y educadores sociales que quieran trabajar?”] (https://ceesc.cat/2014-11-03-13-05-23/noticias-blog/842-hay-educadores) en la que afirmábamos que era necesario plantearse si las condiciones de trabajo que se ofrecen a los profesionales de la educación social por parte de las administraciones públicas y entidades son lo suficientemente dignas.

En dicha noticia denunciábamos que hay entidades que ofrecen puestos de trabajo que no respetan lo establecido en la Cartera de Servicios Sociales en cuanto a perfiles profesionales, a ratios o a los convenios colectivos de aplicación. Asimismo, hay entidades que ofrecen puestos de trabajo para educadoras y educadores sociales en los que no se exige la titulación en Educación Social o en los que se crean nuevos perfiles profesionales para unos puestos que corresponden a las educadoras y los educadores sociales.

Cuando compartimos este artículo en las redes sociales (https://www.facebook.com/ceesc.cat/posts/2290301354341228) mucha gente mostró su malestar con comentarios del tipo:

  • “Todo viene derivado de los bajos salarios ya pactados en los convenios y de la falta de unidad como profesión. ¿Cómo es posible que, como educadores, cobremos más en un ámbito que en otro?”;
  • “A veces veo ofertas de entidades, cooperativas y empresas que dan pena; da la sensación de que nos tenemos que infravalorar y no hay derecho”;
  • “Tengo mejores condiciones laborales y facilidad para la conciliación familiar trabajando como educador de educación especial en colegios -categoría C1 (inferior)- que como educador social -categoría B- en la mayoría de ámbitos”.

Desde el CEESC hemos querido mostrar la realidad del mercado laboral de nuestra profesión y hemos comparado los sueldos brutos que marcan los convenios que aplican más habitualmente las empresas y entidades del tercer sector. Al no existir un convenio marco, las empresas se acogen al convenio que regula su actividad empresarial.

Para hacer la comparativa lo más clara posible, hemos calculado el sueldo bruto por hora que se especifica en cada uno de los convenios. En el gráfico señalamos la media del sueldo bruto por hora de todos estos convenios, que es de 13,79 €/hora:

*En el Convenio de Acción Social se diferencia el Ciclo Continuado, en el que se incluyen servicios abiertos los 365 días del año durante las 24 horas, del Ciclo General.

Según el Informe de la Educación Social 2017 (https://ceesc.cat/2014-11-03-13-05-23/noticias-blog/773-informes-2017) la media salarial de los datos recogidos era de 21.444 € brutos anuales. Cabe señalar que esta media no está calculada teniendo en cuenta la jornada laboral. En cualquier caso, la podemos comparar con el sueldo de los convenios que hemos recogido en este cuadro:

 
 

Este gráfico muestra otra de las quejas de los profesionales: las desigualdades de sueldo que encontramos en un mismo sector. Cabe destacar, por ejemplo, que un educador/a que trabaja en un CRAE bajo el convenio de Acción Social no cobra lo mismo que el personal laboral o el personal funcionario de carrera, aunque las tareas y funciones sean las mismas.

  • “Ganaba más trabajando de cajera de fines de semana en el Carrefour antes de tener la carrera, que lo que se paga ahora en muchas ofertas después de estudiar el Grado”,

Era otro de los comentarios que nos hicisteis. No es la primera vez que oíamos esta afirmación, así que hemos querido también comparar los sueldos de ambas profesiones.

*Media de los 6 convenios laborales (ver notas 1-6) comparados en el primer gráfico.

En el gráfico anterior se compara la media del sueldo bruto hora de un cajero/a de supermercado, según los acuerdos principales, con la media del sueldo bruto/hora de los convenios del sector social y también del convenio de oficinas y despachos, ya que sabemos que es uno de los convenios que se utiliza en el sector.

Desde el CEESC seguimos trabajando para defender la profesión y promover el reconocimiento social y profesional de la educación social. Estas finalidades pasan porque las entidades y administraciones ofrezcan puestos de trabajo dignos (no solo por un sueldo y un horario racional, sino también por el cumplimiento de las ratios de la Cartera de Servicios Sociales, por ejemplo), pero la realidad es completamente diferente.

Os pedimos que nos hagáis de altavoz y en caso de que os encontréis ante una injusticia laboral, como es el caso de un puesto de trabajo precario, nos lo hagáis saber

Otro comentario repetido en las redes es que el CEESC no actúa:

  • “Somos un colectivo muy luchador para ciertas cosas, pero nada luchadores/as por nuestros derechos laborales como colectivo; de todos modos quizá el CEESC también se lo debería plantear.”

El CEESC no es más que la unión de todas y todos los que lo conformamos. Si queremos que el CEESC sea un espacio para defender, compartir, generar conocimiento y discurso hacia la profesión, debéis participar en él activamente. Necesitamos vuestra implicación activa para defender la profesión y a los y las profesionales. Actualmente el CEESC está formado por 2.850 personas colegiadas. Cuantos más seamos, más fuerza podremos hacer.

Convenios consultados

  1. VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal (Enlace)
  2. Conveni del Lleure educatiu i sociocultural (Enlace)
  3. Conveni d’Acció social amb infants, joves, famílies i altres en situació de risc de risc.  (Enlace)
  4. Residències, centres de dia i llars per a l’atenció de persones amb discapacitat intel·lectual de Catalunya (abans Residències i centres de dia per a l’atenció a persones amb discapacitat severa i profunda de Catalunya)  (Enlace)
  5. Segon Conveni Col·lectiu de treball dels hospitals d’aguts, centres d’atenció primària, centres sociosanitaris i centres de salut mental, concertats amb el Servei Català de la Salut (SISCAT)
    (Enlace) (Enlace)
  6. VI Conveni Únic del Personal Laboral  (Enlace)
  7. Tablas retributivas 2019 – Personal funcionario (Enlace)

Otras fuentes de información

8. Conveni col·lectiu de treball del sector d’oficines i despatxos de Catalunya per als anys 2017 i 2018  (Enlace)

9. Convenio colectivo del Grupo de empresas. Mercadona, SA, y Forns Valencians Forva, SA, Unipersonal  (Enlace)

10. Convenio colectivo del sector de grandes almacenes (Enlace)

11. Convenio colectivo del grupo de empresas Día SA y Twins Alimentación SA. (Enlace)

12. “¿Qué supermercados pagan más sueldos? Todos caminan al rebufo de Mercadona” La Información. 13/11/2018  (Enlace)