Lolo Sendón, Educador en Medidas Judiciales. Nazaret (Alicante)
Los adolescentes y jóvenes que han entrado en el sistema judicial de menores y son considerados culpables por algún hecho cometido, pasan a engrosar la estadística oficial de la Delincuencia Juvenil. Pocos llegan por las mismas razones y la casuística de la comisión de una falta o delito depende de innumerables elementos singulares.
El trato con estos chavales y chavalas, conocer estas realidades y trabajar en sus contextos socio familiares y culturales, nos hacen llegar a unas conclusiones que creemos pueden servir no solo para el tratamiento de los mismos (acción de técnicos de base; educadores, trabajadores sociales, psicólogos, animadores…) sino que además debe llevar a la reflexión sobre el método empleado por los equipos técnicos de fiscalía en su función de valorar y orientar medidas y en consecuencia en la posterior imposición de las mismas (aparato judicial).
Quizás el Hecho Probado necesario para dictar cualquier sentencia y posterior cumplimiento de una medida, la leamos habitualmente como un estilo de narrativa sin más, cuando es la base de la cual se deriva, por parte de los jueces, el dictar una sentencia u otra.
Desde el campo del derecho la explicación es clara y justificada. La justicia debe de ser ciega (igual para todos). Por tratarse de menores se consideran otras circunstancias: para la elección de la medida o medidas adecuadas se atenderá, no sólo a la prueba y valoración de los hechos, sino especialmente a la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor.
Obviamente un adolescente o joven no es un Hecho Probado puntual, es una persona sujeta a un contexto, a unas circunstancias y a continuos cambios, aunque las consecuencias del mismo pueden pasarle factura durante años de su vida. El sistema tiene como fin último la reinserción y es conocedor de estas fisuras en su funcionamiento. Los condicionantes muchas veces son difíciles de calibrar y se tiende a tratar a todos por igual y como se sabe no hay cosa más injusta que tratar a los diferentes de manera igual. Esto debe tenerse más en cuenta y no porque nos imaginemos atenuantes (conocemos la parte punitiva de la ley), sino porque palpamos y damos otro valor a su realidad muchas veces tan difícil y el esfuerzo para salir de ella por parte de estas mentes tiernas y en soledad.
El encargo de que estos chavales y chavalas aprendan a circular en sociedad, normalicen sus historias vitales o tengan herramientas para no volver a reincidir, se coloca en los distintos interlocutores sociales (educadores, trabajadores sociales, psicólogos, profesores…). Necesitamos hacer pedagogía social para que se entienda cómo vemos nosotros este complejo asunto.
El presupuesto que manejamos no quiere decir que a un chaval por hacer un robo con violencia se le encierre y a otro se le pongan 50 horas de prestación en beneficio de la comunidad; máxime en iguales condiciones de lo ocurrido (compartimos la necesidad de resarcimiento de la víctima). Sería injusto y contraproducente al menos teórica y socialmente. Ahora bien, en el terreno práctico, en el posterior desarrollo educativo de la ejecución de la medida, distinguimos perfiles, maneras de proceder, acciones que sirven y otras que no nos son tan útiles, medidas de castigo sin más o medidas educativas aun siendo más duras… Esto debe ser conocido por los implicados en este fenómeno que se ha dado en todos los tiempos y que nunca ha dado síntomas de mejora y que cada día preocupa más.
Los cientos de menores que pasan por nuestro programa (por nuestras manos y en nuestras cabezas) tienen un nexo común: han cometido un hecho probado como delito por un juez y les ha sido aplicado el pesado aparato administrativo y judicial (casi siempre con excesivo retraso).
Después de este largo itinerario, en la mayoría de los casos y aun a sabiendas de que el enfriamiento del hecho y sus consecuencias resta eficacia a lo educativo, adquiere protagonismo el rol del educador.
El primer encuentro con un menor o joven junto a su familia, es donde se da inicio al proceso de saldar la responsabilidad para con la sociedad, con el objetivo primero y último de no dar motivos para volver a verse en otro proceso. En este apasionante viaje es de donde se desprenden estas reflexiones.
Si ningún menor es igual atendiendo a sus circunstancias, tampoco son iguales cuando se da la comisión de un hecho susceptible de ser considerado delito, es decir, hay que hacer un esfuerzo en definir los motivos y no caer en el tópico:
Distinguimos claramente unos perfiles definidos por unas variables recurrentes en las características personales y del entorno. Quedarían recogidos en estos grupos.
Qué diferencian a unos y otros, sin entrar en la infinidad de matices estudiados por las distintas disciplinas, y para que el común nos entienda.
En Justicia Juvenil serían todos, pero en nuestra experiencia de trabajo en la calle son el grupo menos numeroso, quizás sea porque cuando uno es más virulento en su carrera delictiva ya está en las inmediaciones o en la mayoría de edad y por tanto salda sus penas en Justicia de Mayores.
Algunas características que encontramos en los casos atendidos:
Con estos cuatro elementos nos podemos dar cuenta de cuál es la población a la que nos referimos y por supuesto, fácil de entender, que es la que más carga de atención y recursos necesita para reconducir la situación.
Quizás este sea el grupo más numeroso con el que se interviene en medio abierto. Puede llegarnos por una pelea en un instituto, pasando por no parar el ciclomotor a requerimiento de un policía local, a un hurto en un centro comercial, etc.
En este grupo, dado su tamaño, PREVENIR la no reincidencia es el objetivo principal. Entendemos que un hecho puntual dado, en un contexto concreto (con unos amigos, por no controlar, con posible consumo de drogas, etc.), tiene que servir para aprender que donde vivimos no se puede hacer lo que uno quiera y por tanto hacerlo tiene una respuesta y una responsabilidad a asumir.
En ellos encontramos puntos en común y como más generales:
La amplitud del abanico de los casos nos dificulta definir con mayor precisión al grupo de menores infractores. Es importante señalar que la gran mayoría, más del 70%, no vuelve a pasar por este equipo al no conocérsele reincidencia. Del resto algunos vuelven a ser sujetos del programa y otros acaban en el grupo anterior (delincuentes).
Este grupo fundamentalmente se define:
Su paso por la Justicia Juvenil es circunstancial y ninguno suele reincidir. El propio proceso (policía, fiscalía, juez ) ya sería suficiente. Los “Graffiteros” estarían aquí.
Este grupo se considera no tanto por el numero sino por el incremento en los últimos años. El propio nombre define el hecho.
Núcleos familiares donde los hijos o hijas, a la llegada a la adolescencia, quieren, o se han hecho ya con el poder de decisión en su casa, en cuanto a dictar las normas (dinero, horarios…) y ante la negativa de los padres acaban ejerciendo violencia hacia ellos.
Estos casos suelen llegar orientados para recibir pautas educativas por parte del educador y terapias familiares en recursos especializados de manera que les permitan reestructurar esta dinámica familiar y colocar cada elemento en su lugar.
Una característica es que la familia pone la solución de sus problemas en la figura del educador con fe ciega, costándole asumir la lentitud del proceso para que se den los cambios de una situación muy arraigada en la estructura y con consecuencias en la crianza.
Este fenómeno se dio con fuerza años atrás en nuestro entorno.
En otros países pertenecer a grupos con estructura jerárquica, con reglas y objetivos concretos, es algo que ocurre habitualmente y esta normalizado. Con el fenómeno de la inmigración, se están trasladando también estos modos de funcionar. Los menores y jóvenes que llegan, e incluso las generaciones nacidas aquí, se unen para sentirse más protegidos y por identificación con jóvenes que ejercen de líderes. La comisión de los hechos está sujeta a estos espacios de grupo, en contextos y en rivalidades con otras bandas. Esto no se soluciona únicamente con el sistema judicial y la acción del educador con un individuo. Hay experiencias para transformar estos grupos naturales en asociaciones y en otros modelos que tengan mayor aceptación, en definitiva reorientar su finalidad en busca de mayor integración y prevención de conflictos.
No por enumerarlo en último lugar es sinónimo de menos importante. Si acaso en cuanto a preocupación es el grupo que más nos trae de cabeza por la complejidad en el tratamiento.
La Salud mental infantil es un campo poco valorado y considerado por los responsables, a tenor de la inversión económica. Y ello pese al incremento de las patologías.
Este menor puede estar los grupos anteriores. La enfermedad puede tener diagnóstico o no, ha podido ser tratada o carece de tratamiento, puede ser conocida por su entorno desde niño o les ha cogido por sorpresa fruto del consumo de drogas. En definitiva es un grupo duro en cuanto a que pueden generar daño a su alrededor y no son plenamente responsables. Esto incrementa el desbordamiento de las familias
Lo que hay es sufrimiento para todas las partes: víctima, menor, familia, sociedad.
Pensamos que poniendo la mirada en pequeñas cosas, estaremos ayudando a estos chicos y chicas a circular en mejores condiciones por la sociedad. Pequeños cambios en cómo nos situamos ante los niños y niñas en las áreas educativas básicas, en sus derechos y obligaciones podrían paliar una gran parte de este problema y que a todos nos atañe.
En cuanto al ámbito judicial, en concreto:
A nivel de Administración Autonómica:
Alicante, 2012.