×

Elementos históricos para una delimitación de los modelos de acción social

Autoría:

Grupo de Historia de la Educación Social del CEESC

Resumen

Presentamos aquí un viejo trabajo recuperado y actualizado, dada su validez en lo fundamental. En él, se presentan de manera muy introductoria, algunos elementos de carácter histórico, ideológico, político, social.. etc, que nos ayudan a entender y organizar el transcurso de las diferentes etapas y modelos de acción social en el mundo occidental.

1. La anomia del mundo antiguo: una sociedad para los más fuertes

La situación de los colectivos más desfavorecidos, en el mundo antiguo estaba relacionada -totalmente supeditada, sería más adecuado decir- a la articulación social de la que se dotó esta civilización, la cual dejaba al individuo en una situación de dependencia y de servicio a la comunidad a la que perteneciera (estado — ciudad). El individuo no tenía razón de ser más que en relación al hecho social -comunitario. No existía un reconocimiento del individuo “per se”.

Es en este contexto donde hemos de ubicar algunas de las “brutalidades” de la Grecia Clásica y más en concreto sobre los espartanos para con sus hijos débiles, con sus ancianos o con los discapacitados, a los que lanzaban para que se ahogaran al estanque “Apostetes”, al pie de la montaña Taigetes. Pero al margen de algunas exageraciones, sí que es cierto que en toda la cultura griega, el “infanticidio”, sobretodo de niñas, era práctica habitual y no cuestionada socialmente. (1)

En Roma, donde la familia era la unidad base del funcionamiento social (dentro también de una sociedad que estaba orientada hacia el “estado”, como en Grecia, aquí planteado como el servicio por el “bien de la República”), se desarrollará una figura que condicionará toda la actuación y consideración social. De esta figura y sus comportamientos todavía nos quedan algunas rémoras. Esta figura-institución fue la del “pater-familias”, quien en la práctica actuaba como el propietario de todo lo que había en el espacio donde ejercía su poder, la casa. Él era el responsable de todo lo que pasaba dentro de límites de su casa y, por extensión, de sus posesiones, ejerciendo la “patria-potestas” de una manera total, como una expresión de poder absoluto e indivisible. (2) Habría que aclarar que, a pesar de esta primera afirmación sobre el rol central de la familia, cosa que nos podría llevar a equívocos, la situación general por ejemplo de la infancia en la Roma clásica no era nada envidiable. Por un lado porque el poder “omnímodo” del padre llegaba, algunas veces, hasta a decidir sobre la vida de los niños (como del resto de miembros que vivían en la casa) y por otro, porque era habitual el abandono en la calle de los hijos no deseados –practicando la institución de la “Expositio”- con lo que se les condenaba a una muerte casi segura. (3) De hecho, y ya en el ámbito de la intervención institucional, no es hasta el gobierno de Trajano (98-117 de nuestra era), cuando se crea un primer asilo de “niños alimentarios” de hasta cuatro años. En los más de 800 años que habían pasado desde la fundación de Roma, no había habido ninguna institución pública que se preocupara de estos niños y niñas. (4) La cultura romana, que tan articulada y racional se manifiesta en otros ámbitos del funcionamiento social, tuvo poca atención a la hora de regular los derechos de aquellos colectivos sociales que quedaban fuera de los circuitos y sistemas de propiedad, producción, distribución y circulación (comercio) de bienes. Y, sobretodo desde su articulación tribal, de cuestiones que quedaban fuera de los mecanismos de pertenencia a determinadas clases sociales o categorías –castas- de ciudadanos. Puede que ese carácter “tribal” y utilitarista de la cultura romana -más centrado en la resolución de los problemas de los micro-núcleos sociales de convivencia (sobretodo de los pertenecientes a las clases aristocráticas que actuaban como propietarias de toda la sociedad) y en los funcionamientos superpuestos sobre los pueblos que colonizaban, que en dar una respuesta global, de sociedad – tenga algo que ver con este desinterés.

2. La caridad cristiana en la Edad Media: los pobres de Dios

La realidad social dominante en esta etapa histórica en occidente, está condicionada por unas situaciones de una extrema compartimentación política y administrativa -multitud de pequeños centros de poder, independientes entre si y aislados los unos de los otros-, por la prevalencia de las relaciones de “vasallaje” -relaciones que no eran otra cosa que relaciones que se dan en el ámbito individual-, por la no existencia de “espacios públicos”(5), donde las relaciones sociales no estuvieran investidas por la pertenencia, o no, a determinadas clases(6), por una inexistencia de relaciones entre culturas diferentes y por un retroceso generalizado en todos los ordenes de la vida económica y social. La ausencia de poderes políticos y económicos fuertes, y por tanto la falta de regulaciones jurídicas uniformes, impedían en la práctica poder pasar a actuaciones sociales equilibradoras, cuando no simplemente benéficas. Casi todas las intervenciones tenían un carácter localista y partían, bien de la Iglesia -institución vertebradora de la sociedad medieval y verdadera ejecutora de las actuaciones “compensadoras”, quizás como un elemento de control social más, dentro de su función y como consecuencia de su posición dominante-, bien de voluntades particulares. Pero no constituían una respuesta a necesidades asumidas socialmente. Se enmarcaban más bien dentro de las actuaciones dirigidas hacia los “pobres de Cristo”, concepto que con su doble contenido redentor-redimido, domina los comportamientos y las actitudes sociales de toda la edad media y gran parte de la moderna, y que entiende que

“<el pobre de Cristo> no es capaz de ganarse la vida con sus manos, pero tiene la función social reconocida de rezar por el bien de su prójimo (ya que según las bienaventuranzas los pobres se encuentran cerca de Dios) y de constituirse en motivo de la salvación de los otros, que se santifican con la práctica de la virtud de la caridad.”  (7)

3. La concepción humanista-renacentista: la redención por el trabajo y el concepto de vago social

El cambio de tendencia que las propuestas humanistas del Renacimiento introducen en la Edad Moderna, en la orientación de la actuación social se demostrará lentamente, y todas estas instituciones irán modificando su contenido caritativo (en la definición de ese modelo que hacíamos más arriba) hacia otro, que comienza a ser patente a partir del siglo XVI.

Esta nueva línea de intervención social recibirá, en el ámbito de la beneficencia, las influencias de la obra del valenciano Joan Lluís Vives (1492-1540). Este autor, en su trabajo “De subventione pauperum”, plantea una serie de orientaciones que deberían iluminar la actuación de los políticos, dirigiéndose en concreto a los gobernantes de Brujas, para explicitar aquello sobre lo que han de poner el acento las intervenciones los magistrados-gobernantes, siempre partiendo de un principio máximo según el cual estos han de entender e intervenir en “todo” lo que sucede en el hecho social. En relación a la beneficencia Vives nos dice:

“…(los hospitales) aquellas casas en las que se alimenta y se cuidan a los enfermos, en las que se sustenta a un cierto numero de necesitados, se educan a los niños y las niñas, se crían a los expósitos, se encierran a los locos, y donde pasan sus vidas los ciegos (…) sepan los que gobiernan la ciudad que todo esto pertenece a su cuidado.” (8)

Estas ideas se plasman también en los escritos y propuestas que autores como Miguel de Giginta, quien en su obra “Tratado de remedio de pobres” (1579)(9), propuso el que será el modelo de las Casa de Misericordia de toda esta etapa. O en la que el vallisoletano Cristóbal Pérez de Herrera hace por estas fechas(10).

Los planteamientos humanísticos se podrían resumir enunciando dos de sus características:

  1. La necesidad de la beneficencia es justificada por una disfuncionalidad social que los gobernantes han de corregir, tal y como veíamos reflejado más arriba.
  2. Y la identificación que se hace de los pobres, no lo es ya en la línea de “pobres de Cristo”, sino como seres improductivos y nocivos que han de ser:

“apartados de la sociedad para que aprendan los hábitos de la laboriosidad que permitan su reinserción corno miembros útiles.”(11)

Se produce pues una identificación entre los pobres con los ociosos, los vagos y los peligrosos, idea que enraizará lenta, pero muy profundamente, y que costará siglos desterrar de la mentalidad social.

4. La intervención racionalista: el asistencialismo y la enfermedad (peligro?) social. Los orígenes del Estado Social.

Durante el siglo XIX se produce un lento proceso en el que se realizará el transcurso de “la beneficencia entendida como caridad privada a la beneficencia entendida como obligación de la administración”. Todavía es demasiado pronto para que sea entendida como derecho de los necesitados, tal y como el estado del bienestar intentará articular. En concreto resultan muy clarificadoras estas palabras, pronunciadas por un jurista de la época:

“La caridad social (-> beneficencia) no es derecho de requerir auxilio, de exigir una prestación determinada, ejercitando el individuo una acción contra el Estado para obtener asistencia. Es una esperanza de alivio; no una reclamación de deuda, sino demanda de beneficio.”(12)

Socialmente es el momento de más esplendor de la institución familiar, encargada de reproducir un sistema de valores en el que los hombres y mujeres (en menor medida), comienzan a ser considerados socialmente en función de lo que cada uno de ello son y no según a “donde” pertenezcan o según su “apariencia”.(13)

Surgen entonces las propuestas políticas que concurren en el nacimiento del “estado social(14). Esta nueva realidad cuaja, en su primera expresión, en la Alemania “Bismarkriana” de las décadas setenta y ochenta del ochocientos, así como en las propuestas de Napoleón III y de la Tercera República que se instaura en Francia en las mismas fechas.

En Alemania, el movimiento denominado “los socialistas de cátedra” inspirará toda una serie de medidas asumidas por el gobierno de Bismarck como forma de dar respuesta a situaciones de reclamación y de revuelta social prerrevolucionaria, que acabarán concretándose jurídicamente en la Ley sobre la Seguridad Social de 1883 (15). Todas estas medidas servirán de modelo y marcaran el camino a seguir por Francia (1894) e Inglaterra (1908).

Esta norma puede considerarse como la primera articulación en Alemania de la transformación del estado liberal (el “estado mínimo liberal”, es decir, cuanto menos estado, mejor) en lo que, siguiendo la definición de estado social que plantea Villa(16), es un:

“Estado Asistencial que organiza entidades de previsión gracias a la administración de los impuestos y contribuciones y a las cuotas sociales “.

No podemos olvidar que hay una serie de autores(17) que plantean el nacimiento del estado social más en una línea de intervención activa más que reactiva o de pacto social del sistema con el objetivo de dotarse de instrumentos más depurados y sofisticados de control social de “las enfermedades sociales”. Se llegan a afirmar cuestiones, a la hora de explicar porqué nace el estado social, como ésta:

“Si se quiere prevenir el peligro obrero, si se desea solucionar la cuestión social, habrá que intervenir con pulso firme en el seno de las clases peligrosas para diseminar medidas susceptibles de concurrir a la institución de un nuevo tipo de trabajadores.”(18)

Lo que podría entenderse como si las medidas sociales se hubieran tratado de una actuación intencionada, desde las instancias de poder burgués, hacia la construcción de unos nuevos tipos de funcionamiento social desde una programación y previsión totalmente premeditadas.

Estas afirmaciones, cuando llega la hora de hablar de sistemas específicos de protección social, como el de la infancia, son planteadas por estos mismos autores así,

“El estado tutelar que ampara al obrero en sus desdichas, y socorre a la mujer obrera para convertirla en esposa y madre ejemplar, será asimismo, solícito en la protección del niño…” (19)

O así, en expresión de otro autor:

“… la abolición del poder patriarcal permitirá el establecimiento de un procedimiento de tulelarización que armonice los objetivos sanitarios y educativos con los métodos de vigilancia económica y moral (de la infancia).”(20)

5. El Estado del Bienestar: una nueva articulación de las políticas de intervención social basadas en las necesidades. Dos fases: la respuesta tecnocrática y la universalización de los derechos

El proceso alemán que mencionábamos antes, culminará cincuenta años después con la “Constitución de Weimar” de 1919, que ha sido considerada como el modelo de referencia por todas las regulaciones constitucionales en aquellos estados que tienden hacia políticas de bienestar social(21). Hemos de tener presente que de la misma manera en que las primeras actuaciones (1883) en materia de política social se realizan como una especie de respuesta o de pacto social para tratar de reconducir y aplacar los movimientos sociales revolucionarios de los momentos posteriores a la Guerra Franco-Prusiana, la Constitución de Weimar surge como respuesta que intentaba acallar en Alemania los avances de la ideología soviética, la cual había conseguido hacer real la primera revolución post-burguesa:(22)

 [la constitución de Weimar]

“es el primer intento moderno de renovación del constitucionalismo económico en el marco democrático desde la óptica de los objetivos socialistas en términos marxistas.”

Nace así “el estado de bienestar”, confluencia de diversos elementos, entre los que destacaremos: el pacto social que lleva al estado social; la rentabilidad de las intervenciones preventivas (tal como recordaba en el siglo XVIII en su economía política, el político irlandés, afincado en nuestras tierras, Bernad Shaw); la creación burguesa del espacio privado de la familia frente al espacio público social; las curvas demográficas que generan la necesidad de productores saludables (planteamientos higiénicos y sanitarios); la fallida de las instituciones del antiguo régimen -desamortización-; los avances de la medicina (también relacionados con las necesidades de higiene de los intercambios dentro de una dinámica de mercado -espacio público de relación social por excelencia- cada vez más único, aunque aún en esta fase sólo lo sea a escala nacional-estatal)(23), estarían en la base y en la explicación de la serie de actuaciones sociales que se derivaron de esta re-edición o actualización de la propuesta burguesa de sociedad que significa el estado social.

En la configuración y concreción del “estado del bienestar”, que se consolida sobretodo después de la II Guerra Mundial cuando la política de Bloques instaura dos modelos sociales contrapuestos que actúan de mitigadores del ejercicio puro y duro del poder, hemos pasado por dos etapas: una de marcado carácter tecnocrático, en la que, quizás como extensión temporal del patriarcalismo proteccionista y asistencial del estado social benefactor, entre el individuo y la respuesta a su necesidad se interpone un “interpretador”, de carácter supuestamente técnico, que analiza la misma y controla el uso que hace el sujeto de esa “ayuda”. Y siempre desde una recurrencia continua a las limitaciones económicas y presupuestarias. En esta articulación, propia también en lo político de la fase de exaltación de la democracia delegativa (centrada sólo en el carácter ritual del voto y de las elecciones), la acción social sigue considerándose como una concesión graciosa, no como un derecho individual y universal, exigible individualmente, sin contraprestación.

Para llegar a esa consideración, a la segunda fase o etapa, la de la consideración de la acción social como derecho universal, se da un proceso que se manifiesta lentamente en la progresiva extensión de determinados derechos al ámbito de lo universal: primero la educación, después la sanidad… Ahora le tocaría el turno a los servicios sociales, la vivienda…, dentro de una articulación política de democracia “participativa”, con una nueva cultura de “ciudadanía” donde el individuo cuenta, no sólo cada 4 años(24).

El estado del bienestar en su fase madura, se configura así como:

“… (un estado donde) los derechos clásicos -libertad de expresión, de educación, de acceso al mundo del trabajo… – se transforman en derechos sociales”(25)

Los elementos definitorios del estado del bienestar avanzado serían así pues: la protección social Universal y entendida como derecho individual y colectivo exigible y esperable sin contraprestación.

Enero de 2007.

(1) El la conferencia de Beijing sobre la Mujer, organizada bajo los auspicios de la ONU en agosto de 1995, pudimos escuchar las denuncias de los multitudinarios abandonos de niñas en la China de los años 90… No debería sorprendemos que hace 2500 años también se dieran estos comportamientos en contextos más cercanos a nuestra tradición cultural.

(2) Ver al respecto, KINDER,H. HIILGEMAN,W. Atlas histórico mundial. 1 De los orígenes a la revolución francesa. Madrid: Istmo, 1974 (4ª), p. 88.

(3) La familia mediterránea de tipo “extenso”, tal y como la conocemos nosotros, con su carácter de micro-sociedad donde los lazos de consanguinidad son signos constitutivos primordiales y donde el respeto a la vida es inviolable, no tiene nada que ver con la familia romana donde el hecho de la aceptación y el reconocimiento del “pater-familias” y de su rol, era más importante que la relación sanguínea. La clientela y la relación “topo-céntrica” en la que el lugar confieren el nombre y la identidad están aún presentes. Ver VEYNE. P. Historia de la vida privada, cap. 1.

(4) Para ampliar, ver COBO MEDINA, C. ”Algunas consideraciones sobre la protección a la Infancia”, en MENORES, núm. 3 marzo-abril del 84, p. 16.

(5) Puede ser que el  mercado, como espacio físico, y el carnaval; como espacio temporal, cumplieran esa función de espacios de relación entre iguales, resultando, por otro lado, a modo de válvulas de escape imprescindibles para la salud mental de estas sociedades. Sobretodo en la “Baja Edad Media”.
Para profundizar sobre la función del carnaval en las sociedades medievales ver: BAJTIN, M. La cultura popular en la Baja Edad Media y en el Renacimiento. Barcelona: Barral Editores SA, 1974.

(6) Respecto a la naturaleza del feudalismo el estudio de RUCHE M. sobre “La vida privada a la conquista del estado y de la sociedad” referido a la “Alta Edad Media”. contenido en el volumen I de la obra ya mencionada Historia de la vida privada, es muy interesante. El autor nos plantea en él como se articuló un tipo de relación social que se basaba en la multiplicación de los grupos reducidos, entretejidos entre ellos mismos por las relaciones de vasallaje. Y en la inexistencia de espacios sociales “públicos” en los que la regulación de lo que allí suceda la informe el espacio mismo y la naturaleza de los actos que allí se realicen, sin distinguir entre clases. En la Edad Media todo estaba relacionado con la naturaleza (su lugar social de nacimiento) del personaje.

(7) MARTÍNEZ SHAW, C. “L’assistència pública a la Barcelona Moderna”, dentro de Avenç, núm 91, marzo de 1986.

(8) De subventione pauperum, libro II (edición castellana bajo el titulo de: De las necesidades humanas, Valencia: Gonzalo Nieto, 1781). La cita está tomada de VILLA, M. “Principi de legalitat i sistemes de protecció social”, articulo no publicado entregado en la Tercera Escola d’Estiu de Serveis Socials de la Diputació de Barcelona, julio de 1993. La misma referencia aparece en ALVAREZ URIA, F. “Políticas psiquiátricas: Medicina y control en la España de los siglos XIX y XX”. Trabajo no publicado, 1988, p. 7.

(9) Para un acercamiento más profundo, ver el interesante tratamiento que hace de esta etapa GARCÍA MOLINA. J. La Protección de Menores en l’Hospitalet de LLobregat, trabajo no publicado, 1996 (disponible en el Museo de l’Hospitalet).

10) Defensa de las criaturas de tierna edad, Valladolid, 1608

(11) MARTINEZ SHAW,C. “L’assistència pública a la Barcelona Moderna”, en Avenç, núm 91, marzo de 1986.

(12) COLMEIRO. M. Derecho Administrativo Español, tomo 1, cap XIII: De la Beneficencia, Madrid 1865

(13) Recordemos, aunque sólo sea a título orientativo, que la definición del modelo de vida americano que se pone en funcionamiento en los alrededores de 1850 en los USA podemos expresarla como el triunfo del modelo de “el éxito del self-made man” (del hombre que se ha hecho a si mismo).

(14) Los inicios de lo que se ha dado en denominar “política social del estado” los encontramos en la Inglaterra de la primera mitad del siglo: en 1833 se promulga la primera Ley sobre el Trabajo en las Fábricas; en 1842 se prohíbe el Trabajo Femenino en las minas; en 1847 se fija la reducción de la jornada laboral femenina quedando fijada en 10 horas diarias (generalizada para todos los trabajadores a partir de 1850). Otros países. como Francia y Prusia, también habían regulado la prohibición del trabajo a los menores.

(15) La lev de 1883 incluía el seguro de enfermedad y fue ampliada más adelante con el de accidentes laborales (1884), el de vejez e invalidez (1889). Y en 1891, también en Alemania, se introduce el descanso festivo y la protección salarial.

(16) VILLA, M., op. cit No es esta la única definición posible. MARTÍNEZ CASTELLS, A.: “L’Estat del benestar: una visió global”, artículo incluido dentro de la revista Realitat, número 43. mayo-junio del 1995, hace una definición del Estado de bienestar relacionándolo con la existencia de tres niveles de previsión social: la existencia de una renta mínima asegurada para toda la población que evite recurrir a la caridad, la existencia de seguros de enfermedad, desempleo, pensiones…, y la existencia de una red de servicios sociales mínimos: atención ala infancia, vejez, disminuidos, sectores sociales desfavorecidos…

(17) Por ejemplo: DONZELOT, VARELA, ÁLVAREZ URÍA entre otros.

(18) VARELA. J., ÁLVAREZ URÍA. F. Arqueología de la escuela. Madrid: Ed. La Piqueta, 1991. p. 211.

(19) VARELA, J., ÁLVAREZ URÍA. F.: op. cit., 1991. p. 211.
En otro trabajo, uno de estos autores vuelve a decimos: “El estado tutelar, la iglesia, la ciencia, la beneficencia y la caridad unidas, concurren al unísono en producir, mediante la intervención sobre les masas, una sociedad pacificada y armoniosa”, ÁLVAREZ URÍA, F. “Políticas siquiátricas… “. 1988. p. 20.

(20) DONZELOT, J., op. cit., p. 90.

(21) Una diferenciación básica entre lo que sería el estado social y el estado de bienestar, en sus diferentes fases y manifestaciones, pasaría por diferenciar como éste último se desarrolla siempre indisolublemente relacionado con situaciones de democracia, de imperio del derecho y de igualdad ante la ley. El primero, el estado social, no necesita de este tipo de articulación política y se ha dado, en el transcurso histórico, hasta en situaciones de dictadura: el fascismo italiano o el modelo proteccionista franquisTA serian dos ejemplos.

22) VILLA. 94. hace esta afirmación que recojo aquí por su virtualidad conceptual y comunicativa.

(23) En la línea de lo que plantea LACOSTE, IVES. cuando estudia la geografía del sub-desarrollo, demostrándonos como el estallido demográfico de después de la II Guerra Mundial está claramente relacionado con las políticas sanitarias extensivas de “vacunaciones”, que responden a las necesidades del sistema capitalista de procurarse un espacio de mercado “limpio”, sanitariamente hablando, Y que en este caso será ya de ámbito planetario. Para ello, tal como se ha hecho, tan sólo se interviene sobre las situaciones relacionadas con el tratamiento y prevención de las enfermedades infecto-contagiosas -campañas masivas de vacunación en los países del tercer mundo…-dejando de lado inversiones más necesarias en los aparatos de producción, de distribución y los sistemas sociales de convivencia de estos pueblos. El problema, desde la lógica del mercado, no es que haya causas que posibiliten la existencia de enfermedades endémicas, sino que estas no lleguen, vía intercambios comerciales, al mundo desarrollado. Llámense, estas enfermedades. como se llamen ahora: cólera, SIDA, etc. (gripe asiática, tuberculosis, etc. no hace tanto).

(24) La verdad es que estamos en una situación de “impaSse” o de agudización de contradicciones, en otra nomenclatura. Tras la caída del Muro de Berlín y de los regímenes del socialismo real, hemos asistido a un renacimiento de las posiciones “neoliberales”, que recuperan planteamientos “censitarios”, limitaciones presupuestarias, o diferenciación de acceso a los derechos. Debates tan interesantes como el la “Renta o Pensión Básica Universal” se enmarcarían en ese espacio de confrontación, en un mundo, además, profundamente globalizado en su economía, pero no así en los derechos.

(25) Ver DE CARRERAS SERRA, F. “El Estado social y el marco de general de la reforma administrativa” dentro del número monográfico dedicado al sector público de la revista Realitat. número 43, mayo-junio del 1995.