Enrique Tonda Mena. Comisión de Colegios, Asociación Profesional de Educadores Sociales de la Región de Murcia
La creación de Colegios Profesionales de Educadores Sociales en todo el Territorio Español supone un respaldo social y jurídico a nuestra profesión. Cataluña, Galicia y las Islas Baleares son las Comunidades Autónomas que en primer lugar han culminado este proceso.
La Región de Murcia, aunque inició el proceso de creación del colegio formalmente en el año 1999, hasta la fecha sigue esperando que este finalice en la promulgación de la ley. Para la profesión del Educador Social, la creación del Colegio significaría el pleno respaldo social e institucional a esta profesión.
Estamos hablando de una profesión que, ya antes de existir con titulación oficial (La diplomatura de educador social se creó según Real Decreto de 30 de agosto nº 1420 del año 1991), contaba con una práctica profesional efectiva; práctica profesional que aunque recogida bajo otras denominaciones siempre respondía al mismo objeto profesional: desarrollar procesos socioeducativos en individuos y grupos que posibiliten su promoción personal, su integración y su participación en la vida social y cultural.
La existencia de dicha titulación viene a significar que esta profesión es para ser ejercida por aquellos que la obtengan. El texto del decreto habla de una profesión, cuya cualificación y formacón es necesaria para el ejercicio de su práctica: no se puede desarrollar procesos socioeducativos sin conocimientos y métodos para el desarrollo del mismo.
Son elementos que expondré a continuación de forma más amplia, bajo la enumenaración de tres razones.
La realidad de la práctica profesional se caracteriza por una profesión que es reconocida de forma dispar y negativa tanto por la mayoría de las instituciones como por las entidades contratadoras de dichos profesionales. Los sistemas de Servicios Sociales, el Sistema Educativo, los sistemas de Salud, los sistemas Culturales, de Ocio y Tiempo Libre… reflejan en mucha medida un desconocimiento o nulo reconocimiento a esta profesión, mientras que en la práctica los utilizan para el desarrollo de sus fines.
Categorías profesionales distintas, denominaciones diversas, son elementos de dicha realidad que dispersan y diluyen de forma negativa la práctica profesional del educador social.
Siendo una profesión en continuo crecimiento (Debido al desarrollo actual del sector económico de los servicios de atención a las personas), nos encontramos con que el aumento de los puestos de trabajo de Educador Social se va dando sin criterio ni regulación general.
Hasta el presente, en la Región de Murcia, unos hemos conseguido el reconocimiento a través de los procesos de habilitación de otros colegios profesionales de otras comunidades autónomas, otros o a través de presentar una titulación de nivel medio; pero hay muchas situaciones profesionales, donde los educadores sociales no disponemos de un respaldo jurídco para la consolidación de nuestros puestos y nos encontramos indefensos cuando aparecen criterios economicistas: contrataciones con nivel inferior, ausencia de participación en órganos de planificación y evaluación…
La existencia del Colegio, significa disponer de un instrumento para la normalización de la profesión, de sus funciones y del desarrollo de la misma en los distintos ámbitos de actuación.
La necesidad de normalización de esta profesión tiene un componente social, en tanto que atendamos al objeto de esta profesión: se actúa con personas con necesidades sociales, educativas y culturales.
La Sociedad ha articulado sus sistemas y organización social para promover procesos de promoción y autonomía a personas y grupos que se encuentran en esta situación, para que dispongan de los derechos básicos recogidos en la Declaración Internacional de Derechos Humanos.
Desde nuestra práctica profesional entendemos ésto como un encargo donde posibilitamos desde nuestras funciones dichos procesos educativos anteriormente señalados.
El desarrollo de este encargo necesita del respaldo y reconocimiento social que normalice nuestra situación y el punto de partida desde el que actuamos. Trabajar con personas y grupos, requiere de una cualificación y un contenido cuyo reconocimiento la sociedad debe dar. Igual que para la solución de los problemas de salud la sociedad se provee de profesionales especialistas reconocidos (Médicos, A.T.S.,) la acción educativa con personas y grupos ya mencionados, necesita de dicho reconocimiento social.
El Colegio Profesional es el instrumento que garantiza una práctica profesional adecuada ante la sociedad.
El buen ejercicio de la profesión de Educador Social y su reconocimiento social requieren de un espacio desde el que esté normalizada su práctica diaria. Es el valor que añadimos al Colegio Profesional. Por su naturaleza jurídica e institucional, un colegio profesional posibilita una referencia para el ejercicio de la profesión.
Velar por la buena práctica profesional, establecer un marco ético a través de un código deontológico de la profesión … son algunos elementos de los que un colegio dispone para asegurar un desarrollo normalizado de la profesión.
Contar con un Colegio Profesional supondría a nuestra profesión disponer de un espacio desde el que se desarrollase nuestra profesión. Un espacio que en parte se desarrollaba desde las asociaciones profesionales, pero que requiere de unas características institucionales y jurídicas para abarcar a toda la profesión.
En definitiva, el colegio lo entendemos como el lugar de referencia de nuestra profesión, como el ámbito de impulso y adaptación a los nuevos retos sociales de nuestra profesión. Como el espacio, donde, junto con otras instituciones formativas y sociales, se impulsa la formación y desarrollo permanente de nuestra profesión.
Información sobre la Asociación: http://www.eduso.net/red/apesrm.htm
NOTA: Con posterioridad a la publicación de este artículo, El 26 de marzo de 2003, la Asamblea Regional de Murcia (Parlamento Autónomo) aprobó, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, la Ley de Creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de la Región de Murcia. El Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 86, de fecha 14-4-2003, publica la Ley 1/2003, de 28 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de la Región de Murcia.