Araceli lázaro Aparicio. Educadora social y pedagoga
El largo proceso marcado por el proteccionismo que dio origen a las políticas de infancia y adolescencia, condiciona la mirada y la definición de las niñas, niños y adolescentes como objetos de protección, y no como sujetos de derecho aunque la Convención cumpla ya 33 años. Y sin duda alguna, condiciona también el enfoque profesional de las educadoras y educadores sociales a la hora de definirse como instrumentos, y no como finalidad, al servicio de los derechos de ciudadanía.
El necesario cambio de mirada pone en el horizonte la necesidad de universalizar todos los derechos a partir de programas integrales y la redefinición del Sistema de Protección. A nivel profesional educativo exige la redefinición de la responsabilidad desde un nuevo rol con cambio de protagonismo y la superación y cambio del modelo tecnocrático a modelos educativos compartidos que acepten la complejidad como compañera de viaje.
Etapa 1, 1ª Jornada, Madrid, 31/marzo/2022 Facultad de Educación UNED “Hacia un Sistema de Protección Integral a la Infancia y Adolescencia basado en derechos” La responsabilidad de la acción institucional |
Asumir un título de reflexión llamado “Hacia un Sistema de Protección Integral basado en derechos” debería convocarnos a ser humildes. Aceptar que el “hacia” visualiza a la teoría y la práctica de los derechos de la infancia como realidades distanciadas, y que a nivel profesional tenemos mucho que aprender y mejorar.
Partiendo de la influencia adultista, paternalista y proteccionista en la mirada común que tenemos hacia la infancia, el análisis del Sistema de Protección y del ejercicio de la profesión nos evidencia que NO han sabido incorporar los cambios normativos relativos a los derechos de la infancia en su definición, y menos aún, en su desarrollo y visualización.
Podrían ilustrar el proceso dos momentos históricamente relevantes en las políticas públicas y en el ejercicio profesional
Sin entrar en porqué se hace necesaria una Convención que ratifica los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, vigente desde de 1948 es cierto que
El SISTEMA resultante, aún vigente en la actualidad, se manifiesta claramente desequilibrado (no preventivo, no promoción, sólo derechos de protección…) y queda fuera del mismo el 98% de la población infantil.
Las contradicciones y dificultades analizadas anteriormente, nos sitúan en la necesidad de cambiar los conceptos de niñas, niños y adolescentes. Unos conceptos que han transitado de los “aún no” a los “sí, pero”. Desde el deseo de “todo para el niño/a” y en una dinámica marcada por el “sin la infancia”.
Es la afirmación del necesario cambio de paradigma.
Europa y el Comité de los Derechos del Niño de Ginebra se encargan de recordarnos que hemos de analizar e integrar los cambios legales y conceptuales en las normativas estatales y autonómicas del siglo XXI, potenciar el nacimiento de los Observatorios de Infancia y planificar la participación política de la infancia.
Yo añado que a nivel profesional, han de incorporarse técnicamente las consecuencias de la definición de la niña y niño como SUJETO de derechos con capacidades para ejercerlos y la universalización de los mismos. Lo que nos obliga a construir un ROL profesional definido como instrumento y no como finalidad.
Lo real es que las actuales resistencias del adultismo como contradicción política y técnica quedan muy cerca del llamado despotismo político y profesional (falta de participación de los profesionales implicados y de los niños, niñas y adolescentes en la planificación, desarrollo y evaluación de las políticas de infancia y en los programas y proyectos educativos)
TODO PARA, PERO SIN…
Sugiero llevarnos como deberes para reflexionar los siguientes retos.
EL NECESARIO CAMBIO DE MIRADA. Tomar el enfoque de derechos como base del concepto, de la planificación y de la acción profesional. Afecta tanto a las reprogramaciones de las formaciones universitarias y permanentes como a la planificación de políticas globales estatales, de Comunidades autónomas y ayuntamientos y también a los programas de acción educativa específicos.
LA UNIVERSALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA. Pasar de los programas de protección y atención al riesgo, a programas para TODA LA POBLACIÓN INFANTIL (promoción, atención, participación, prevención universal y sectorial)
POLITICAS Y PROGRAMAS INTEGRALES. Desde todas las miradas, recogiendo el máximo de sus necesidades, con el cumplimiento de TODOS los derechos, sociales, culturales, civiles y políticos, y con las niñas, niños y adolescentes como protagonistas, no como receptores.
REDEFINICIÓN Y DOTACIÓN tanto del Sistema de Protección como de los modelos profesionales educativos.
Mucho por hacer, pero también muchas oportunidades. A destacar
EL CONSENSO EN LA DEFICICIÓN DE EDUCACIÓN SOCIAL DESDE LOS PROFESIONALES. Definir la Educación como derecho de la ciudadanía favorece la universalización y sitúa el protagonismo en los ciudadanos, y la gestión de sus derechos en los profesionales y Servicios.
LA AMPLIACIÓN Y REDEFINICIÓN DE LOS ÁMBITOS, SERVICIOS Y ESPACIOS DE TRABAJO DE LA EDUCACIÓN SOCIAL CON LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Se avanza en las miradas holísticas, en la integración como lectura común, no como coordinación de las miradas parciales. Además de dificultad, también es una oportunidad caminar en los derechos transversales, no únicamente los sociales de protección. Se nos exige como oportunidad, poner énfasis en el desequilibrio y ausencias existentes en acciones educativas relativas a derechos culturales, civiles y políticos de la infancia y la adolescencia.
Paralelamente, como educadoras y educadores hemos de comprometernos en la superación el modelo tecnocrático, y reivindicar y ejercer modelos educativos compartidos que acepten la complejidad como compañera de viaje.
APRENDER DE Y CON ELLOS. Apostar por la participación como derecho es comprometernos en el costoso aprendizaje de leer junto a los trabajos académicos y propuestas técnicas, las propuestas de las niñas, niños y adolescentes como protagonistas y también las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño de Ginebra.
Se hace imprescindible posibilitar la participación ACTIVA de la infancia en TODOS los procesos que les afectan. Y considerar a los niños, niñas y adolescentes como parte de la solución y agentes de cambio positivo.
Fernández, M.; Guzmán, J.; Illescas, M.I.; Lázaro, A.; Martín, T.; Parada, H.; Picornell, A.; Coordinación: Gaitán, L.; Migues, B. (2022). La protección jurídico-social de las personas menores de edad en España. Revista Hablando de Infancia y Adolescencia, 2022, 02, 8-18. Madrid: Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia. Enlace
Gaitán, L. (2014). De Menores a Protagonistas. Los derechos de los niños en el trabajo social. Madrid: Consejo General del Trabajo social e Impulso a la Acción Social.
Araceli lázaro Aparicio. araysiempre@gmail.com