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Legitimización de derechos de la infancia y educación social: el necesario cambio de paradigma. El niño y la niña como sujeto

Autoría:

Araceli lázaro Aparicio. Educadora social y pedagoga

Resumen

El largo proceso marcado por el proteccionismo que dio origen a las políticas de infancia y adolescencia, condiciona la mirada y la definición de las niñas, niños y adolescentes como objetos de protección, y no como sujetos de derecho aunque la Convención cumpla ya 33 años. Y sin duda alguna, condiciona también el enfoque profesional de las educadoras y educadores sociales a la hora de definirse como instrumentos, y no como finalidad, al servicio de los derechos de ciudadanía.

El necesario cambio de mirada pone en el horizonte la necesidad de universalizar todos los derechos a partir de programas integrales y la redefinición del Sistema de Protección. A nivel profesional educativo exige la redefinición de la responsabilidad desde un nuevo rol con cambio de protagonismo y la superación y cambio del modelo tecnocrático a modelos educativos compartidos que acepten la complejidad como compañera de viaje.

Etapa 1, 1ª Jornada, Madrid, 31/marzo/2022

Facultad de Educación UNED
Mesa: Infancia 1

“Hacia un Sistema de Protección Integral a la Infancia y Adolescencia basado en derechos”

La responsabilidad de la acción institucional

Legitimización de derechos de la infancia y educación social: el necesario cambio de paradigma. El niño y la niña como sujeto.

1. Proceso de legitimización de derechos y educación social.

Asumir un título de reflexión llamado “Hacia un Sistema de Protección Integral basado en derechos” debería convocarnos a ser humildes. Aceptar que el “hacia” visualiza a la teoría y la práctica de los derechos de la infancia como realidades distanciadas, y que a nivel profesional tenemos mucho que aprender y mejorar.

Partiendo de la influencia adultista, paternalista y proteccionista en la mirada común que tenemos hacia la infancia, el análisis del Sistema de Protección y del ejercicio de la profesión nos evidencia que NO han sabido incorporar los cambios normativos relativos a los derechos de la infancia en su definición, y menos aún, en su desarrollo y visualización.

Flor Hoyos Alarte, José Luis Castellanos Delgado, Araceli Lázaro Aparicio, Beatriz Martínez Guijarro.

Podrían ilustrar el proceso dos momentos históricamente relevantes en las políticas públicas y en el ejercicio profesional

  • Antes de la Convención

Sin entrar en porqué se hace necesaria una Convención que ratifica los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos, vigente desde de 1948 es cierto que

    • La Convención de 1989 permite, al menos desde la normativa, pasar de la preocupación a la RESPONSABILIZACIÓN. De la consideración legal de la niña, niño o adolescente no como OBJETO de protección sino como SUJETO de derechos y con capacidad para ejercerlos.
    • La Educación Social se hace presente en el proceso de oficio hacia la profesión. Pasando así de las implicaciones casi personales al compromiso social.
    • Nacen las primeras legislaciones sobre los “menores”.
    • Nace el deficitario Sistema de Protección a la Infancia.
  • Después de la Convención
    • Se incorporan progresivamente a las normativas los principios generales de los derechos de protección a la infancia.
    • La Educación Social pasa a ser profesión y se institucionaliza (en su origen, la palabra institución significaba relación instituida), desde esa definición, creo que la Educación Social es RESPONSABLE de posibilitar y gestionar los derechos de la infancia.
    • Se generan los primeros interrogantes sobre las metodologías educativas. Aparecen propuestas de acción transversal en los derechos sociales, culturales, civiles y políticos de la infancia, dentro de una historia y unas metodologías marcadas por el proteccionismo.
    • Se asume teóricamente el cambio de OBJETO de protección a SUJETO de derecho en relación a la infancia, lo que pone sobre la mesa las dificultades de aplicación operativa desde nuestro discurso claramente proteccionista y adultista. También que las metodologías centradas en un MODELO tecnocrático no ayudan a posibilitar el protagonismo de la infancia ni de las familias.

El SISTEMA resultante, aún vigente en la actualidad, se manifiesta claramente desequilibrado (no preventivo, no promoción, sólo derechos de protección…) y queda fuera del mismo el 98% de la población infantil.

Araceli Lázaro Aparicio, Flor Hoyos Alarte.

2. Consolidación y visualización, el necesario cambio de paradigma.

Las contradicciones y dificultades analizadas anteriormente, nos sitúan en la necesidad de cambiar los conceptos de niñas, niños y adolescentes. Unos conceptos que han transitado de los “aún no” a los “sí, pero”. Desde el deseo de “todo para el niño/a” y en una dinámica marcada por el “sin la infancia”.

Es la afirmación del necesario cambio de paradigma.

Europa y el Comité de los Derechos del Niño de Ginebra se encargan de recordarnos que hemos de analizar e integrar los cambios legales y conceptuales en las normativas estatales y autonómicas del siglo XXI, potenciar el nacimiento de los Observatorios de Infancia y planificar la participación política de la infancia.

Yo añado que a nivel profesional, han de incorporarse técnicamente las consecuencias de la definición de la niña y niño como SUJETO de derechos con capacidades para ejercerlos y la universalización de los mismos. Lo que nos obliga a construir un ROL profesional definido como instrumento y no como finalidad.

Lo real es que las actuales resistencias del adultismo como contradicción política y técnica quedan muy cerca del llamado despotismo político y profesional (falta de participación de los profesionales implicados y de los niños, niñas y adolescentes en la planificación, desarrollo y evaluación de las políticas de infancia y en los programas y proyectos educativos)

TODO PARA, PERO SIN…

3. Retos y oportunidades.

Sugiero llevarnos como deberes para reflexionar los siguientes retos.

Araceli Lázaro Aparicio, Flor Hoyos Alarte, José Luis Castellanos Delgado.

EL NECESARIO CAMBIO DE MIRADA. Tomar el enfoque de derechos como base del concepto, de la planificación y de la acción profesional. Afecta tanto a las reprogramaciones de las formaciones universitarias y permanentes como a la planificación de políticas globales estatales, de Comunidades autónomas y ayuntamientos y también a los programas de acción educativa específicos.

LA UNIVERSALIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA. Pasar de los programas de protección y atención al riesgo, a programas para TODA LA POBLACIÓN INFANTIL (promoción, atención, participación, prevención universal y sectorial)

POLITICAS Y PROGRAMAS INTEGRALES. Desde todas las miradas, recogiendo el máximo de sus necesidades, con el cumplimiento de TODOS los derechos, sociales, culturales, civiles y políticos, y con las niñas, niños y adolescentes como protagonistas, no como receptores.

REDEFINICIÓN Y DOTACIÓN tanto del Sistema de Protección como de los modelos profesionales educativos.

Mucho por hacer, pero también muchas oportunidades. A destacar

EL CONSENSO EN LA DEFICICIÓN DE EDUCACIÓN SOCIAL DESDE LOS PROFESIONALES. Definir la Educación como derecho de la ciudadanía favorece la universalización y sitúa el protagonismo en los ciudadanos, y la gestión de sus derechos en los profesionales y Servicios.

LA AMPLIACIÓN Y REDEFINICIÓN DE LOS ÁMBITOS, SERVICIOS Y ESPACIOS DE TRABAJO DE LA EDUCACIÓN SOCIAL CON LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Se avanza en las miradas holísticas, en la integración como lectura común, no como coordinación de las miradas parciales. Además de dificultad, también es una oportunidad caminar en los derechos transversales, no únicamente los sociales de protección. Se nos exige como oportunidad, poner énfasis en el desequilibrio y ausencias existentes en acciones educativas relativas a derechos culturales, civiles y políticos de la infancia y la adolescencia.

Paralelamente, como educadoras y educadores hemos de comprometernos en la superación el modelo tecnocrático, y reivindicar y ejercer modelos educativos compartidos que acepten la complejidad como compañera de viaje.

APRENDER DE Y CON ELLOS. Apostar por la participación como derecho es comprometernos en el costoso aprendizaje de leer junto a los trabajos académicos y propuestas técnicas, las propuestas de las niñas, niños y adolescentes como protagonistas y también las Observaciones Generales del Comité de Derechos del Niño de Ginebra.

Araceli Lázaro Aparicio.

Se hace imprescindible posibilitar la participación ACTIVA de la infancia en TODOS los procesos que les afectan. Y considerar a los niños, niñas y adolescentes como parte de la solución y agentes de cambio positivo.

Referencias Bibliográficas

Fernández, M.; Guzmán, J.; Illescas, M.I.; Lázaro, A.; Martín, T.; Parada, H.; Picornell, A.; Coordinación: Gaitán, L.; Migues, B. (2022). La protección jurídico-social de las personas menores de edad en España. Revista Hablando de Infancia y Adolescencia, 2022, 02, 8-18. Madrid: Grupo de Sociología de la Infancia y la Adolescencia. Enlace

Gaitán, L. (2014). De Menores a Protagonistas. Los derechos de los niños en el trabajo social. Madrid: Consejo General del Trabajo social e Impulso a la Acción Social.

Para contactar

Araceli lázaro Aparicio. araysiempre@gmail.com