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Educación y reinserción de los jóvenes en prisión. Education and rehabilitation of young people in prison

Autoría:

Fanny T. Añaños-Bedriñana, Universidad de Granada; Laura Llorente Moreno, Universidad de Granada; Martha Chávez Torres, El Colegio de Michoacán, México

Resumen

El presente artículo pretende profundizar en los análisis de los procesos educativos y reeducativos de los jóvenes en prisión (18-25 años), orientando los mismos a la inserción y reinserción social. Para tal cuestión se analizan los datos de una investigación en un Centro Penitenciario,[1] en una muestra de 60 jóvenes (hombres y mujeres), a los que se les aplicó cuestionarios y entrevistas, realizando análisis cuantitativos y cualitativos. Los resultados evidencian que, a pesar de ser un grupo minoritario en prisión, existe una mayor presencia de mujeres respecto a la población general en otras franjas de edad; se da un alto grado de participación en programas formativos y se observan diversos potenciales, así como emergen las múltiples situaciones de riesgo y lagunas en la intervención socioeducativa.

[1]] Dentro del “Proyecto de Investigación I+D+I [EDU2009-13408], financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación del gobierno español”.

Abstract

This paper aims to deepen the analysis of educational processes and re-education of young people in prison (18-25 years), orienting them to the inclusion and social reintegration. To this question, the research data in a Penitentiary are analyzed, in a sample of 60 young people (men and women), which was applied questionnaires and interviews, performing quantitative and qualitative analysis. The results show that , despite being a minority group in prison, there is a greater presence of women compared to the general population in other age groups; it gives a high degree of participation in training programs and various potential are observed and emerge the multiple risk and gaps in the social educational intervention.

Introducción

El ingreso en prisión constituye, habitualmente, una situación difícil y traumática para aquellos/as que son privados/as de su libertad (Añaños-Bedriñana y Yagüe, 2013). Hoy el “perfil” del que delinque es más diverso y normalizado, pero mayoritariamente son personas –sobre todo hombres– que han tenido y/o tienen unas trayectorias de vida y situaciones de riesgo y/o conflicto que han aumentado la probabilidad de cometer delitos. Se trata de una serie de factores que se hallan en la persona, en su historia personal-familiar, en el contexto social, en los parámetros socioculturales, etc., en los que, entre otras, las desventajas, desigualdades, limitaciones, necesidades y/o problemas sociales, económicos, culturales, educativas… juegan un papel importante.

En el caso de los jóvenes se añaden los distintos cambios de orden cognitivo, personal y psicosocial propios de esta etapa evolutiva (Laespada, Iraurgi y Aróstegi, 2004) que los hacen más vulnerables a las conductas problemáticas, específicamente de carácter delictivo. Una perspectiva, si se plantea como única explicación etiológica, puede generar dudas puesto que se entiende al conjunto de una serie de factores de riesgo y conflicto, aunque haya preponderancia de alguno/a, que interactúan entre sí generando esta mayor probabilidad.

Para situar a los jóvenes en prisión cabe matizar distanciándonos del término “menor”, que según la Convención sobre los Derechos del Niño[1] (ONU, 1989:2), artículo 1 (Parte I) éste es: “…todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”, y que en caso de los procesos judiciales-penales tienen su propia legislación, normativa y procedimientos.

Una vez que los jóvenes cumplen los 18 años y si éstos cometen delitos ingresan en los Centros Penitenciarios –en adelante CP– habituales establecidos por los organismos de justicia y seguridad. Dentro de los CP se les sitúan en módulos específicos y exclusivos para ellos, ya que la legislación penitenciaria hace que la edad sea un criterio de separación interior. De hecho el artículo 173 del vigente Reglamento Penitenciario Español (RD 190/1996) considera que joven es aquel interno menor de veintiún años; pero en la Administración Penitenciaria, con excepciones, se consideran jóvenes, también, a quienes no hayan alcanzado los 25 años (SGIP, 2015).

A pesar de estas consideraciones legislativas, cada CP goza de cierta flexibilidad en la clasificación interna y en asumir personas por encima de esta edad, en función de sus perfiles de baja peligrosidad criminológica, procesos proactivos y procesos evolutivos. A estos criterios cabría sumar los aspectos pedagógicos y psicosociales (Solbes, 2009) como factores de protección, donde educativamente se puede influir más en las labores reeducadoras y rehabilitadoras.

Los jóvenes en prisión

Los considerados jóvenes en prisión (18-25 años) a octubre de 2015 son 4758, representando únicamente el 8,87% de la población penada española (SGIP, 2015), siendo mayoritariamente hombres (93,82%) frente al 6,14% de mujeres. Un dato desproporcional que en otras franjas etarias de la población penal global son muy parecidos.

Pese a que éstos estadísticamente son escasos, no quita la enorme importancia que tienen en cuanto a los procesos educativos y reeducativos a fin de prevenir la reincidencia delictiva, tras su excarcelación. Precisamente la reincidencia es una cuestión polémica en torno a la eficacia de la prisión en los procesos reeducativos y reinsertivos, debido a los altos índices de reincidencia penal. Según ACAIP [2] (2005) a partir de un estudio realizado por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias en España –en adelante DGIP– sobre la reincidencia entre los presos, afirma que el 46,7% de los internos en cárceles españolas vuelve a prisión tras salir y cometer un nuevo delito, por lo que la reinserción no está muy asumida o significa el fracaso de los mismos.

Sin embargo, García (2015) cifra que siete de cada diez reclusos que abandonan la cárcel no vuelven a ingresar en ella al no cometer nuevos delitos, atribuyendo la caída a factores externos, como el aumento de los sistemas de prevención y seguridad en delitos menores, que son los que tienen más reincidencia. Así, en el citado estudio, se habla de reincidencia alta en el primer año en libertad, pero a medida que pasan los años el porcentaje de reincidencia baja considerablemente. Sea cual sea la tasa es evidente que el sistema no está cumpliendo a plenitud con el cometido reinsertivo.

Desde el prisma educativo nos basamos, en primer lugar, en la legislación española (Art. 25.2 de la Constitución Española de 1978; Art. 59 de la Ley Orgánica General Penitenciaria de 1979) que defiende el modelo reeducativo y reinsertivo de los/as condenados/as por el sistema penal y, en segundo lugar, para nosotros con mayor trascendencia, en los fundamentos y principios de la Pedagogía Social (PS) y la Educación Social (ES).

La PS social viene a ser, entre otros, la ciencia y la epistemología de la ES, entendida ésta como la praxis profesional que, además de compartir la concepción de la educación como derecho y base deontológica, configura espacios, momentos y procesos factibles que, en palabras de Ayuso (2003), buscan el desarrollo de la autonomía de cada persona internada, así como el asumir consciente y críticamente la realidad de su medio, reflexionar y actuar sobre ella para transformarla (Caride, 2010). El fin, según Añaños-Bedriñana (2010), es el ofrecer respuestas viables que permitan el cambio, mejorar las condiciones y calidad de vida en una permanente interacción con el entorno en mutua interdependencia; sin perder la personalidad y potenciales en busca de alcanzar mayores progresos en su sociabilidad (Pérez, 2005) y, teniendo como destino la libertad y la liberación personal y social. 

En ese sentido, es igualmente clave la intervención orientada a alcanzar los fines y principios antes descritos. Así, la intervención socioeducativa en el colectivo, delimita el proceso como un “conjunto de acciones intencionadas para mejorar el contexto de un colectivo o de la población de un territorio dado” (Franco, Franco y Guilló, 2007:117). Concretamente, la Educación Social en el ámbito penitenciario supone “la acción socioeducativa de la Administración Penitenciaria y, de entidades públicas y privadas, durante el tiempo de internamiento penitenciario, semilibertad y libertad definitiva; mediante programas y acciones individualizados o grupales desarrollados por educadores/as (especialmente no penitenciarios), favoreciendo la recuperación, reeducación, reinserción sociolaboral y socialización para la reincorporación a su comunidad” (Del Pozo y Añaños-Bedriñana, 2013:49). Estas acciones buscan el cambio, mejoramiento o modificación de los problemas y necesidades que aquejan al individuo y su entorno, debido a las múltiples exclusiones a lo largo de su historia y la que le tocará enfrentar en el futuro (Añaños-Bedriñana, 2012; 2013), pero, a la vez, potenciar y desarrollar sus factores de protección.

Para adentrarnos en la acción educativa que llevan a cabo los CP con los internos jóvenes, cabe destacar que los programas específicos para éstos se caracterizan por una acción educativa intensa, que pretende frenar el desarrollo de una carrera delictiva y conseguir su integración social una vez excarcelados. Se parte de la premisa de que cuanto más joven es más corta la trayectoria delictiva, por tanto hay mayor posibilidad de disminuir la misma (SGIP, 2015a).

En el marco del sistema penitenciario encontramos propuestas formativas y educativas diversas, por ejemplo, el “Programa Integral de Intervención con jóvenes”, al que se observa que tiene lagunas desde una perspectiva de género y socioeducativa.

Este programa está dirigido a los internos menores de 25 años, cuyos objetivos pretenden conseguir (SGIP, 2015a): a) dotar a los jóvenes de habilidades de pensamiento necesarias para un mejor ajuste personal y social; b) mejorar las habilidades interpersonales, la educación y la preparación para la búsqueda de empleo. Se trata de un programa de intervención cognitiva basado en un entrenamiento de habilidades, actitudes y valores, que permite que los jóvenes se alejen de las conductas delictivas y que son llevados a cabo por los equipos técnicos de los CP.

De la misma manera, existen programas específicos de intervención como la enseñanza reglada en todos sus niveles (SGIP, 2015b), dentro de ésta se encuentran los programas de alfabetización para adultos, programas de consolidación de conocimientos, programas de educación secundaria para adultos, programas de alfabetización y castellano para extranjeros, bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, y Escuela Oficial de Idiomas.También encontramos las enseñanzas regladas universitarias, por lo que las personas en prisión pueden realizar los estudios que imparte la UNED (Acceso Directo para mayores de 25 años, Grados, Titulaciones y Doctorado), en idénticas condiciones que el resto de los ciudadanos y ciudadanas. El alumnado dispone de las correspondientes tutorías, apoyo a distancia y material didáctico.

Sin embargo, sobre los distintos programas ofertados en el sistema penitenciario tenemos escasa información rigurosa, menos aun de los procesos y de los resultados a medio y largo plazo.

A partir de estos elementos contextualizantes, nos adentramos a analizar de forma específica la situación de los jóvenes en un CP.


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1. Metodología.

El presente trabajo se llevó a cabo en el Centro Penitenciario (CP) de Albolote en Granada, con los jóvenes ubicados principalmente en el “módulo de jóvenes”. El objetivo principal que se pretende alcanzar, además de conocer sus características básicas, es analizar los procesos formativos y reeducativos que reciben en prisión y su relación con la reinserción social.

Partimos de una perspectiva sociocrítica, en la que se han empleado métodos cualitativos y cuantitativos, de carácter descriptivo e interpretativo.

Los participantes están compuestos por la totalidad de jóvenes (hombres y mujeres) del CP, entendiendo por jóvenes a aquellos cuya edad fluctúa entre los 18 y 27 años. En atención a la flexibilidad en la clasificación interna en este grupo en el CP de Albolote hay algunos/as internos/as que llegan a los 27 años, pero que han sido clasificados/as como tales. La muestra es el “universo” o “población” debido a que hemos trabajado con todos los sujetos del módulo nº 14 del CP, correspondiente a los jóvenes hombres y, las mujeres jóvenes provienen de otros módulos no específicos (mujeres y de respeto), pero por su edad participan en estos programas.

Hemos contado con un total de 60 participantes, de los cuales 46 son hombres y 14 mujeres, a los que se han aplicado los siguientes métodos e instrumentos: encuestas (cuestionarios semiestructurados) y entrevistas informales, así como se ha vivenciado la observación directa.

Centro Penitenciario de Albolote en Granada

El Procesamiento y análisis de la información ha consistido en el manejo del programa SPSS versión 20, así como estadísticos básicos para los datos cuantitativos y, por otro lado, el análisis cualitativo de los contenidos para aquellas cuestiones que dan lugar a respuestas abiertas.

2. Resultados

2.1. Características de los jóvenes

Los jóvenes del centro son en su mayoría varones (77%) frente al 23% de las mujeres. Un dato que a pesar de la gran distancia respecto a las mujeres, es superior a la media nacional global (92,32% hombres y 7,68% mujeres), (SGIP, 2015); lo cual indica que en el caso de los jóvenes la presencia de mujeres en el sistema penitenciario en esta franja es mayor. Las edades comprenden entre los 23 y 27 años y el nivel educativo es medio (46,6%).

La mayor parte son de procedencia española (71,6%) y los/as extranjeros/as son el 23,4%, de éstos los más representativos son los marroquíes (6,6%). Los extranjeros, según el SGIP (2015) se cifran en porcentajes casi coincidentes a nivel nacional (23,5%), siendo la proporción de mujeres extranjeras un 7,37%, unas décimas por debajo de la media nacional (7,68%). En cuanto a su situación penal, a la mayoría (15%) le queda por cumplir de dos a cinco años de condena; al 13,5% de uno a dos años; a un 12% menos de seis meses y a otro 12% les queda por cumplir de cinco a diez años; al 11,8% de 6 meses a un año y a un 5% más de diez años. El porcentaje de preventivos es un 22%, puesto que no saben el tiempo de condena que deberán cumplir y el 8,7% no contestó la pregunta.

El principal delito cometido por los internos es el robo (25%) seguido del tráfico de drogas (18,3%) y, en caso de las mujeres es inverso el tipo de delito, también se observa curiosamente que existe un 5% que manifiesta no haber cometido ningún tipo de delito.

2.2. Educación en prisión

Los datos en el estudio sobre la educación en prisión reflejan que la mayor parte se encuentran recibiendo algún tipo de formación (73,3%), y más de la mitad (61,3%) se encuentra cursando educación secundaria, seguido de un 25% que cursa educación primaria y un 2,27% bachiller. La primacía de los estudios primarios refleja la escasa formación que tienen muchos jóvenes que ingresan en prisión. Situación que es más alarmante conforme la edad avanza, según ESDIP 2011 (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas –en adelante DGPNSD–, 2011), porque se encuentra una gran cantidad de reclusos mayores que no tienen ningún tipo de formación, frente a los jóvenes que ingresan y ya poseen alguna titulación o han recibido formación a lo largo de su vida. Junto con las mujeres, la población penitenciaria de mayor edad puede presentar en muchos casos analfabetismo, al que en otra investigación se ha denominado “sin estudios”, así como el nivel educativo global en mujeres es más bajo (Añaños-Bedriñana, 2013).

Para reafirmar estos datos en población nacional (SGIP, 2010) encontramos que 10.897 alumnos/as de los centros penitenciarios recibían enseñanza básica (62,47%), 4.324 educación secundaria (24,79%), 1.190 enseñanzas universitarias (6,8%) y 1.030 otras enseñanzas (5,9%) (aula mentor, enseñanzas abiertas, idiomas y pre-acceso). Del mismo modo, aunque con un dato más elevado, el Informe General de Instituciones Penitenciarias (Ministerio del Interior, 2014) muestra que 19.347 internos participan en cursos o talleres ocupacionales, de los que un 22,2% se encuentra cursando enseñanzas iniciales de educación básica, un 9,4% educación secundaria (incluyendo bachillerato), y un 2,1% enseñanzas universitarias.

No obstante, relacionando la educación previa a prisión y la que encuentran cursando actualmente cabe destacar que:

Un 44% de los jóvenes retoman los estudios que abandonaron antes de entrar al centro y un 16% estudia un nivel superior al que tenía cuando entró en prisión; de estos últimos datos podemos destacar un ligero despunte en torno a las mujeres y en los/as extranjeros/as refleja la necesidad de reconocimiento e incorporación al sistema educativo español.

Tabla nº 1: Situación en la que se encuentran en la actualidad los internos con respecto a la formación que tenían cuando entraron a prisión.

Situación en la que se encuentran en la actualidad con respecto a la formación cuando entraron a prisión

%

H

M

Retoman los estudios que abandonaron cuando entraron en prisión

44%

43%

42,5%

Estudian un nivel superior al que tenían

16%

13,9%

20,9%

Tienen estudios en otros países que no tienen validez en España por lo que quieren estudiarlos en prisión

12%

11,6%

14,6%

No estudian, pero sí trabajan

20%

24,5%

8,7%

NC

8%

7%

13,3%

Fuente: Elaboración propia.

Más de la mitad tiene una visión positiva de la formación y de estudiar dentro de prisión (68,1%); ve el estudio como algo bueno, que sirve para recordar cosas ya aprendidas y aprender otras nuevas, para aprovechar el tiempo que pase en el centro (11,3%) y para tener la mente activa.

También, existen internos/as que han contestado que les parece mal la formación que ofrece el centro penitenciario (6,8%) o que incluso, hay clases que, según ellos, tienen “poco nivel” (2,27%); asimismo el 4,5% consideran difíciles los contenidos que se dan en la escuela.

Por otro lado, la Tabla nº 2 muestra a los jóvenes que en la actualidad no siguen estos procesos educativos o formativos y se describen sus motivaciones o causas de tal situación.

Tabla nº 2: Motivo por el cual los jóvenes no estudian actualmente en prisión.

Motivos por los que no estudian actualmente en prisión

H

M

Problemas personales y familiares

30,7%

37,5%

33,4%

Percepción negativa de la escuela

23,07%

12,5%

0%

No contesta

46,23%

50%

66,6%

Fuente: Elaboración propia.

Un porcentaje significativo (30,7%) dice que las razones para no estudiar es la presencia de problemas personales y familiares, como trabajar para ayudar a familiares que están fuera, siendo este motivo ligeramente superior en los hombres, pero es la única opción que marcan las mujeres; igualmente el porcentaje que opina negativamente en relación a la escuela es bastante alto (23,07%) y las respuestas corresponden sólo a hombres.

Respecto a los programas socio-laborales en prisión, un 45% cree que sí le están formando adecuadamente, el 40% que no y un 15% no contestó a esta pegunta. Datos que reflejan una tibieza y posturas decantadas que invitan a analizar y cuestionarnos el tipo de programas que se están ofreciendo bajo estos parámetros.

Se les ofreció proponer mejoras en los programas y un 46,6% dijo estar satisfecho. Las propuestas giran sobre todo en los cambios para el acceso a los mismos, por ejemplo el 21% opina que se deberían admitir a todos los que soliciten entrar en estos programas de formación. En el 10,5% se encuentran peticiones para se ofrezca más trabajo de reinserción, más oferta de programas y que les enseñen a escribir, este dato denota la baja formación educativa que poseen.

2.3 Futura reinserción

Siguiendo las premisas legislativas y educativas, la autoconcepción de los jóvenes sobre la reinserción se asocia al trabajo.

Tabla nº 3: Concepto de trabajo entendido por los jóvenes.

Concepto de trabajo % H M
Es una ayuda para vivir 26,6% 30,4% 14,3%
Sirve para sentirse realizado 30% 28,2% 35,7%
Estabilidad 11,6% 10,8% 14,3%
Lo es todo 20% 23,9% 7,2%
Concepción negativa del trabajo 3,24% 0% 14,3%
No contesta 8,64% 6,5% 14,2%
Fuente: Elaboración propia.

Lo más importante en los jóvenes para que se sientan completamente integrados en la sociedad es conseguir un trabajo (20%). En la Tabla nº 3 se define a través de “sentirse realizado” (30%), sobre todo en las mujeres; también sirve como una “ayuda para vivir” (26,6%), esto especialmente en los hombres. En tercer lugar se encuentra el porcentaje de los que creen que trabajar “lo es todo” en sus vidas (20%), siendo también los hombres los que más lo remarcan. Parte de estos datos reflejan que el trabajo es una forma de satisfacer las necesidades básicas de todo ser humano y una dimensión emocional de autorrealización importante, pero llama la atención en el 14,8% de las mujeres tiene una concepción negativa del mismo.Fuente: Elaboración propia.

El estudio realizado por Martín, Alos-Moner, Gibert y Miguélez (2009) en las prisiones de Cataluña en la población joven ratifica los datos que se han obtenido en esta investigación. En este estudio un 67,9% piensa que el trabajo sirve para ganar dinero.

También nuestra investigación muestra otros datos sobre la función que tiene el trabajo. Un 45,5% piensa que trabajar sirve para “aprender algo útil en el futuro”, 42,3% para “pasar el tiempo” y el 42% cree que es útil para “ser organizado y responsable” (porcentajes obtenidos mediante preguntas abiertas con más de una respuesta por persona).

Por otro lado, los jóvenes anhelan su futuro en libertad y con trabajo, por lo que un buen número pretende conseguirlo (40%), sin embargo preocupa que la mayor parte no se plantee esta posibilidad. De ahí la importancia de los programas socioeducativos, formativos y de preparación para el empleo en prisión.

Finalmente, se les preguntó si querían aportar cualquier otra cuestión de manera voluntaria y dejando lugar a la respuesta libre. Sobre las respuestas, consideramos que es más rico expresar tal cual ellos/as lo han manifestado.

Tabla nº 4: Otras cuestiones o expresiones de los jóvenes.

Nº Cuestionario

¿Quieres añadir alguna otra cuestión?

C3

“Que me merezco mi primer permiso a la primera”.

C5

“Tengo claro no volver a delinquir”.

C6

“Sí, pero no me acuerdo”.

C7

“Que te den oportunidades para poder reinsertarte”.

C14

“Prefiero reservármelo”.

C15

“Que la vida es muy bonita y tenemos que aprovecharla como sea y es una pena pasarla aquí dentro de las rejas”.

C16

“Que me sigan queriendo como ahora”.

C17

“Desearía empezar a ganarme muchos títulos y experiencias que me ayuden en mi futuro y superar la pérdida de mi niña (att: un hombre atormentado por la culpa)”.

C28

“Demostrar que a pesar de mi error puedo superarme”.

C32

“Que es muy injusta la vida ésta, cuando hay inocentes aquí en prisión”.

C39

“Estoy deseando salir en libertad porque llevo 4 años y 4 meses de condena”.

C40

“En ocasiones el ser humano hace cosas porque no tiene otra salida, pero eso no le convierte en mala persona, al contrario, comete para luego darse cuenta del error cometido”.

C41

“Que no sean en esta prisión tan severos con los permisos y los 3º grados que la gente se comen las condenas casi enteras”.

C45

“Que en prisión respetaran a algunos presos más de por lo que hacen”.

C60

“Que si esto sirve para ayudarme, bien; si no seguiré luchando por lo mío, lo nuestro, lo que todos queremos”.

Fuente: Elaboración propia

La tabla es muy elocuente y expresa sus necesidades, frustraciones, ilusiones, proyecciones, etc. Se observa cómo la mayoría hace hincapié en que se les de oportunidades, tanto fuera como dentro de prisión (46,6%), lo cual reitera la necesidad de reinserción social; así como la importancia de la formación y educación en prisión (68,1%).

Conclusiones y consideraciones finales

Las ideas, propuestas y datos analizados dan pie a formular las siguientes conclusiones y reflexiones finales.

Los/as internos/as jóvenes en prisión (18-25 años) representan el 8,87% de la población penitenciaria (SGIP, 2015), en el estudio son en su mayoría varones y españoles, coincidiendo con los datos nacionales globales, pero es importante la presencia de mujeres en esta franja (23%) a diferencia de edades superiores, lo cual indica un aumento en la delictividad femenina joven, incluso la tipología de delitos muestra que son próximos a los datos nacionales.

El sistema nos visibiliza algunas desigualdades de las mujeres en prisión, por ejemplo, la masificación en únicos o escasos módulos, la falta de rigor en la clasificación interior, al juntar mujeres con distinto perfil –en este caso la ausencia de módulo específico para las jóvenes- y, en consecuencia, menor oferta programas específicos de intervención.

El 73,3% recibe formación dentro de prisión. De este porcentaje un 44% retoma los estudios abandonados antes de su ingreso y un 16% estudia en un nivel superior al que tenía cuando entró. Esto significa una recuperación de los/as jóvenes lo que evidencia una mayor y mejor perspectiva educativa o reeducativa. Sin embargo, preocupan aquellos/as que no estudian, puesto que no es obligatorio en prisión; siendo las razones de orden socioeconómico orientada a la ayuda/problemática familiar (30,7%), aquejándose más de esta cuestión los hombres.

También se visualiza la queja en relación a una escasa oferta de programas formativos, falta de oportunidades para el acceso a ellos (7,14%), poca información (14,2%) y las reducidas opciones de elección de los programas (19%); poniendo en relevancia la insuficiencia de plazas y/o la oferta de otros programas específicos en el colectivo, así como la adaptación de los mismos a aquellos/as que no reúnen los requisitos específicos que se piden para el acceso.

Para conseguir la integración social, una vez que abandonen el centro, desde sus autopercepciones es fundamental tener un empleo (20%), convirtiéndose en una meta a conseguir para el 40%. Las razones que refieren son: para “sentirse realizado” (30%) y porque “ayuda para poder vivir” (26,6%); concepciones que evidencian la necesidad de autonomía económica, la funcionalidad y el significado del trabajo; sin embargo es preocupante el porcentaje más alto que no reconoce dicha importancia. De hecho el 60% no se plantea el trabajo en su futuro en libertad y el 14,3% de las mujeres tiene una concepción negativa del trabajo. El trabajo en las mujeres tiene una perspectiva más trascendental para la realización y estabilidad, en cambio para los hombres tiene un fin más útil, pero, a la vez, éstos lo sitúan como lo más importante: “lo es todo”.

Por otro, los jóvenes tienen muchas aspiraciones profesionales y personales, así como metas por cumplir; de esta manera la formación para ellos es vista de forma muy positiva para su futura reinserción social (68,1%), especialmente en las mujeres. Se trata de una motivación muy importante como factor de protección a tenerse en cuenta en la intervención socioeducativa.

En los procesos de socialización e interacción no podemos obviar los factores de protección, entendiéndose éstos como “toda variable cuya presencia en una persona o en su entorno disminuye la probabilidad de aparición de una determinada conducta desajustada, siempre que no aumente la probabilidad de otros efectos no deseados (Pons, 2006:71). Serán en todo caso aspectos proactivos, positivos, potenciales, capacidades, etc. que tienen los sujetos (y con frecuencia toca desarrollar) o se encuentran en su entorno, que ejercen una función catalizadora o de soportes que, desde un enfoque educativo, son imprescindibles en los procesos de intervención socioeducativa cara a su próxima inserción o reinserción social.

La proyección en libertad, la satisfacción de las necesidades básicas y el desarrollo personal-social de forma autónoma, son algunos de los factores de protección observados y, desde nuestra visión integral, socioeducativa y de género, apostamos que a través de los procesos educativos es posible mejorar la intervención de los jóvenes en prisión, a través de la potenciación y empoderamiento personal y social, el incremento del desarrollo de sus competencias personales y laborales, el fomento de su formación, la educación en valores, el desarrollo habilidades sociales, el autoconcepto, la autogestión, etc., incidiendo en su mayor cualificación profesional u ocupacional y, especialmente, en el desarrollo humano.

En suma, la prisión puede erigirse en un espacio de socialización y una oportunidad educativa y/o reeeducativa, de crecimiento y de desarrollo integral, que amplía o refuerza los factores de protección orientados hacia la inserción social. Y a la intervención socioeducativa le corresponde buscar los recorridos, los enfoques, las estrategias, los métodos, los contenidos, los itinerarios, etc., de acuerdo a las realidades y características de las personas, en este caso de los/as jóvenes; teniendo en cuenta la transversalidad integral y de género, respetando su voluntariedad y libertad, mediante procesos que se orienten a mejorar su calidad de vida, dignificar la persona y acompañar en sus propias reflexiones críticas, acciones y cambios.

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Legislación: Real Decreto 190/1996. Reglamento Penitenciario Español, de 9 de febrero; Constitución Española de 29 de diciembre de 1978; Ley Orgánica General Penitenciaria, de 26 de septiembre de 1979.

Para contactar con las autoras:

Fanny T. Añaños-Bedriñana, Profesora Titular e Investigadora del Instituto Universitario de la Paz y los Conflictos, Universidad de Granada. Email: fanntab@ugr.es ; Dirección: Facultad de CC. Educación. Campus Cartuja s/n, C.P. 18071, Granada.

Laura Llorente Moreno, Universidad de Granada. Email: laurallorente88@hotmail.com ; Dirección: C/Santa Lucía, nº 22, C.P.18194, Churriana de la Vega (Granada).

Martha Chávez Torres, El Colegio de Michoacán, México. Email: martha_c@colmich.edu.mx ; Dirección: Cerro de Nahuatzen 85, Fracc. Jardines del Cerro Grande, C.P. 59370, La Piedad, Michoacán, México. 

[1] Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada y abierta a la ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989.

[2] ACAIP: Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias. 

Fecha de recepción del artículo: 11/11/2015
Fecha de aceptación del artículo: 22/12/2016