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La educación del personal educador. Un reto frente a la diversidad cultural y los derechos humanos

Autoría:

Souradjou ALI. Universidad del País Vasco (UPV/EHU).

Resumen

El presente texto trata de abordar el tema de la diversidad cultural, uno de los mayores retos de la sociedad actual. Por su innegable importancia, varios estudios se han interesado sobre el tema, dejando así sus rasgos en la educación. Su principal objetivo era promover una mayor apertura hacia la diversidad cultural, luchar contra todo tipo de discriminación, de racismo, de xenofobia, etc.

De esa manera, aparecieron varias corrientes educativas, paralelamente a los movimientos sociales que se han ido formando. Era normal entonces que aparecieran también una diversidad de términos acompañando tanto a las corrientes educativas, como a los movimientos sociales.

Pero a pesar de todos los esfuerzos, la realidad no hace ver su otra cara: la de los conflictos sociales relacionados con la diversidad, y algunas consecuencias relacionadas con las diversas corrientes educativas que se han venido aplicando. No se trata entonces de una falta de educación, sino de cómo se ha venido educando, de si el propio personal educativo está preparado para llevar a cabo una tarea tan compleja. Es decir, una mejor normalización de la diversidad cultural que agrupa tres pilares fundamentales: una verdadera apertura hacia la diversidad, una igualdad de oportunidades y de equidad, y una permanente lucha para mantener la cohesión social. 

Palabras introductorias:

El mundo, desde sus inicios está caracterizado por sus contradicciones. Toda relación entre personas ha venido caracterizándose por ciertos conflictos más o menos frecuentes (o duraderos), dependiendo de cómo se resuelven. De esa manera, una situación de paz alcanzada puede perturbarse; es decir, puede tornarse conflictiva. Y viceversa, una situación conflictiva puede apaciguarse. Todo depende entonces de cómo se enfrenten las distintas situaciones, eliminando siempre las creencias de que solamente pueden afectar a otras personas, a otras sociedades. Los conflictos no afectan solo a otras personas, u otras culturas. ¡Nos puede tocar!

Interiorizadas esas posibilidades, nos enfrentamos entonces al hecho de que toda relación social debe conducir a un contrato social; y al mismo tiempo, nos obliga a pensar en los distintos modelos teóricos disponibles para recomponer unas relaciones sociales ya rotas Y si no, evitar que se rompan. Evaluados los modelos teóricos, solo queda aplicarlos según las realidades de cada sociedad.

Aparentemente, parece que estamos hablando sobre asuntos archiconocidos. Pero la realidad sobre los conflictos que afectan nuestras relaciones sociales también está ahí. Y aunque algunos conflictos pueden ayudar a entender mejor nuestras relaciones, muchos de ellos surgen sin saber cómo enfrentarlos, o se resuelven en falso, con la posibilidad de que vuelvan a presentarse.

La educación es un medio necesario que puede ayudarnos a comprender nuestros conflictos y los de otras personas de nuestros alrededores. Sin embargo, cuando se trata de distintos colectivos con su diversidad cultural, la comprensión se dificulta. Por lo que en esos casos, se necesita de una educación también, para el personal que se dedica a la educación.

Por otra parte, el siglo XXI nos plantea otros retos relacionados con el respecto de los derechos humanos; unos derechos humanos capaces de alcanzar todos los aspectos de la vida; ya que su violación está en el centro de los conflictos, de los distintos problemas que afectan al mundo.

Acerca de los conflictos:

Por un lado, existe la visión de que los conflictos (no importa su grado) pueden desaparecer, pueden resolverse, cuando las partes enfrentadas lleguen a un acuerdo y dejen de realizar sus actividades hostiles.

Sin embargo, por el otro lado, existe la visión opuesta que sostiene la imposibilidad de cualquier intento de paz ya que:

  • sería el fin de toda actividad; significa que un mundo sin conflicto sería aquel donde no existan relaciones ni cosas,
  • y defendida desde hace tiempo por Samuel Huntington que sostiene que los conflictos entre grupos culturales o de civilización, son interminables, debido a que los acuerdos de paz solo son esporádicos (valen por momentos), pudiendo retomarse las hostilidades.

Si esa segunda visión es la que prima, podríamos admitir de antemano la imposibilidad de reconstruir cualquier relación social rota, de intentar la resolución de cualquier conflicto social. Desde esa posición, sería inútil entonces intentar cualquier proceso de paz entre personas caracterizadas de ser diferentes culturalmente.

Pero si consideramos por ejemplo, las distintas crisis políticas y/o económicas que han venido afectando a las distintas sociedades (desarrolladas o no), y atribuimos su principal causa a una falta de consenso o una ruptura de pacto, la visión sería otra (la primera), la que consistiría en revertir la situación, ya que es posible lograr la paz social. En esos casos, siempre la visión es la de llegar a acuerdos, sobre todo en temas políticos, que también obligan a competir en condiciones de igualdad. En temas económicos, muchas veces la dificultad radica en la cada vez más amplia brecha que separa los ricos de los pobres.

Por otra parte, llegar a un acuerdo resulta como la expresión de una buena voluntad de resolver los problemas; mientras no lograrlo (el acuerdo) es como estar dispuesto a perturbar las relaciones sociales, a ser conflictivo, etc.

Acuerdo de Víctor Hugo García Ulloa en Flickr

De ahí que podemos admitir entonces la posibilidad de deshacer lo hecho, a la vez que lo deshecho puede rehacerse, dependiendo de la voluntad existente para buscar los medios. La paz social no es una adquisición de ninguna sociedad por más desarrollada que sea. Así lo ha sabido expresar ese estudioso sobre el tema, cuando afirmaba que nada impide suponer que las sociedades donde parece reinar la paz sean campo de guerra en potencia. Añadiendo enseguida que de hecho, la divergencia de los fines que persiguen los seres humanos hace de la posibilidad de los conflictos, una amenaza omnipresente (Mbonda, 2003).

Relación y contrato social:

Lo cierto es que al mencionar la relación social, nos parezca algo normal que debe existir entre personas, invitándonos así a una colaboración responsable, con vista al bien común, a una convivencia normalizada.

Sin embargo, Francis Farrugia, citado por Ernest-Marie Mbonda, cuestiona esta normalidad al definir la relación social, atribuyéndole varios componentes, además de la función social que debe ejercer. Para ese autor,

  • La relación social está constituida por una agregación de valores distintos, integrados o desintegrados, centrípetos o centrífugas. Según él, “esos valores asociados o disociados que componen la relación social son de cinco tipos: afectivos, éticos, religiosos, políticos y económicos” (Mbonda, 2003).
  • Al mismo tiempo, añade lo siguiente sobre su principal función: Conviene entender la relación social como algo que sostiene la solidaridad entre los miembros de una misma comunidad, como algo que permite la vida en común, como algo que lucha de manera permanente contra las fuerzas de disolución siempre en acción, en una comunidad humana (Mbonda, 2003).

Aunque esa doble definición no parece mencionar claramente el carácter del contrato social, todo parece indicar que su dimensión puede derivarse de la relación existente entre los cinco tipos de valores, y la principal función de la relación social que constituye en: posibilitar una vida en común, a través de una solidaridad que permite neutralizar las fuerzas de desintegración. Significa que no se puede sustraer la idea de contrato o de convenio, de esa definición, si la idea es alcanzar ese objetivo común, en cualquier sociedad. A pesar de que se trata de una tarea muy compleja, es difícil sustraerse de cualquier tipo de convenio, si el resultado consiste en converger hacia valores tan diversos como los afectivos, los éticos, los religiosos, los políticos y los económicos.

Cuando se trata de unificar una diversidad de valores, ideas, personas, colectivos, etc., no existe nada más sensato que el acuerdo, el contrato, en posición o condiciones de igualdad; para que la diversidad pueda conducir a un mismo objetivo, al bien común. Así de hecho se manifiesta la eficacia de los valores, cuando son capaces de proporcionar un acercamiento, haciendo que los conflictos desaparezcan, y en su lugar, se instalen, la harmonía, la paz y la cohesión social. Todavía más, en tiempos de crisis, esos valores deben permitir u obligar a los miembros de una misma comunidad a proceder a una renovación, a pensar en la adopción de nuevos contratos sociales facilitadores de nuevas (mejores) relaciones sociales. Los tiempos de crisis deben ayudar a desarrollar relaciones de acercamiento, y no de rechazo.

Si es posible tener una relación social como la que entendemos en esa definición, podemos confirmar, y nos encontramos con el deber de subrayar su carácter contractual. Se trata de un modelo de contrato indispensable sobre todo en el campo de la política, (poco valorado en otros aspectos de la vida) donde la igualdad de derechos entre seres humanos no parece primordial. Muchas veces, al abordar los temas políticos, solemos preguntarnos ¿por qué nuestros responsables no se ponen de acuerdo? Y sabemos muy bien que se trata de una petición, aunque complicada de lograr, es necesaria.

No se trata de confirmar la igualdad de derechos en la política, sino de hacer ver que la existencia de desigualdades obliga a llegar a consensos en temas políticos. Aquí, quiera o no, sabe que existe por lo menos la obligación de intentar el entendimiento entre los distintos grupos políticos, para el bien de la comunidad. ¿No decía Aristóteles que el hombre es un animal político? Era su manera de subrayar la necesidad del ser humano a llegar a acuerdos cuando la coyuntura lo obliga. Sí, cuando la coyuntura lo obliga porque sabemos que la política no está exenta de vivas oposiciones, como lo han sabido formular tanto Hegel, como Hume. No obstante, la realidad también ha demostrado que la noción de contrato se ha impuesto en política, a la hora de abordar temas relacionados con el poder, la soberanía, la legitimidad, el derecho, etc. ¡Indigna ya ver a responsables políticos, con el deseo de gobernar de manera absolutista!

La educación para un lenguaje multicultural:

Debido a su importancia, el lenguaje multicultural puede o debe constituir un apartado digno de ser estudiado. Como lo ha sabido subrayar Fernand Ouellet, la cuestión de la diversidad cultural y religiosa se ha transformado en el mayor reto en muchas sociedades actuales. Su verdadera importancia se puede observar en su presencia en casi todos los temas relacionados con las ciencias; sobre todo, las sociales y humanas. En la práctica, su importancia se refleja en la multitud de publicaciones que se acercan al tema, y su influencia sobre la educación.

Acompañando las publicaciones, está también la aparición de movimientos sociales promoviendo la diversidad cultural, la lucha contra el racismo y todos los demás tipos de discriminación. De esa manera han aparecido y siguen apareciendo varios movimientos que optan por la educación basada en la diversidad en muchas de sus formas; es decir, movimientos sociales optando por una educación multicultural y/o intercultural, antirracista y/o antidiscriminatoria, para la igualdad de género, para el desarrollo, para la paz, para la ciudadanía, para la democracia, etc.

Harmony Day de Russavia

Formación para la diversidad cultural:

Es difícil hablar de cambio en la educación para la diversidad cultural, sin optar por una formación intercultural del personal educativo, que a su vez está obligado a enfrentar y saber abordar la diversidad (en todas sus formas), la equidad tanto en la escuela como en la sociedad, etc.

Pero en todo caso, el contenido de la formación debe tener una relación con lo que se considera como educación para la diversidad cultural, y el tema que más interesa abordar. De ahí la propia diversidad del contenido del tema, como lo ha subrayado Michel Pagés (citado también por Fernand Ouellet) en su estudio realizado en 1993. Según él,

“al menos se puede identificar siete corrientes de ideas a la hora de abordar el pluralismo etno-cultural en la educación. Se trata de las corrientes: compensatoria, del conocimiento de las culturas, del hetero-centrismo igualitario, del aislacionismo, del antirracismo, de la educación cívica, y finalmente de la cooperación” (Pagé, 1993:11-12).

Una mejor orientación a la hora de identificar esas siete corrientes, se puede observar a través de su capacidad de otorgarle importancia a cada uno de los tres valores fundamentales, o las tres principales preocupaciones de nuestros tiempos. Podemos hablar entonces de tres preocupaciones entre siete; es decir, tres valores/preocupaciones, para definir las siete corrientes del pluralismo etno-cultural. Así, para definir la diversidad cultural, es imprescindible resaltar sus tres valores principales, que a la vez agrupan las siguientes preocupaciones:

  • La apertura hacia la diversidad,
  • La igualdad de oportunidades y de equidad,
  • La cohesión social.

El principal objetivo de la educación en la diversidad cultural debe ser la cohesión social, pero siempre teniendo en cuenta la apertura hacia la diversidad (el acercamiento entre culturas), sin olvidar también la igualdad de oportunidades y la equidad. Ese último valor y aspecto de la diversidad cultural es tan importante en la medida que es difícil pretender compartir las tareas, sin que los beneficios se repartan de manera equitativa; sin que a la hora del reparto de los beneficios aparezcan de repente, otros criterios excluyentes. Muchas veces, lo que se hace es llamar a la participación popular inmediata, sin preocuparse de futuros conflictos que puede engendrar la convivencia. Por eso, aunque se motive a las personas, la motivación no parece hacerse desde el respeto de su dignidad. Primero los responsables del reparto, lo llevan a cabo desde una posición de superioridad; y luego, lo hacen para personas ya etiquetadas. ¡El reparto de los beneficios se hace entre desiguales, para otras personas desiguales!

Aunque esa visión sobre el asunto apareciera normal, hay que subrayar que no siempre se alcanza una uniformidad de opiniones a la hora de abordar el tema. Los responsables (en ese caso los educadores), parecen perpetuar su manera de etiquetar a sus gobernados (en ese caso a sus alumnos) y sus preocupaciones. De hecho, Fernand Ouellet habla de “divergencias de ideas muy profundas entre ciudadanos y ciudadanas sobre la relativa importancia a acordar a cada una de las preocupaciones” (Ouellet, 2002). Por eso añade también que el propósito exclusivo de apertura hacia la diversidad puede provocar la resistencia de colectivos para los que la igualdad y la cohesión social constituyen su principal preocupación. Para él, hablar de diversidad cultural sin apostar por la igualdad de oportunidades y la cohesión social puede resultar incomprensivo. Y es lo que determina el mayor desafío para educadores y educadoras en la diversidad cultural: el de mantener el equilibrio entre los tres valores o preocupaciones.

La anterior recomendación de Ouellet, está basada en la observación hecha en los años 80, y según la cual para enfrentar los desafíos de la diversidad cultural en las escuelas, se rompía el equilibrio a favor de la “apertura hacia la diversidad”. Es decir, el período cuando más se apostaba por la valorización y la protección de cada una de las diversas culturas que ya eran parte de la sociedad, pero sin el menor reconocimiento de su justo valor, ni tampoco su protección. En la teoría, llevamos tiempo hablando sobre la valorización de las minorías culturales, pero en la práctica, estamos conscientes de lo mucho que queda por hacer; del largo camino que queda por recorrer.

Y lo cierto es que no se ha podido alcanzar los objetivos del colectivo de los educadores que sí querían promover las culturas; ya que ese tipo de política solo pudo provocar otras consecuencias indeseadas e indeseables.

En los años 80, las políticas llevadas a cabo para enfrentar los desafíos de la diversidad cultural, han dejado sus consecuencias, que constituyen nuevos retos. Mientras Pagé identificaba las siete distintas corrientes tomadas en cuenta en el pluralismo etno-cultural educativo, varios estudios recogían también, por lo menos siete consecuencias indeseadas. Nos permite no solo conocer las distintas corrientes ya existentes, sino también sus derivadas consecuencias a tener en cuenta a la hora de abordar la diversidad cultural. Para una mejor visualización, se ofrece la siguiente tabla:

 

CORRIENTES EDUCATIVAS

CONSECUENCIAS

La Compensatoria

Doble:

  • Encerrar a los individuos en identidades culturales fijas e inamovibles,
  • Imposibilidad de elegir libremente su propia fórmula cultural.

La del conocimiento de las culturas

Blindaje de las fronteras entre los distintos colectivos

La del heterocentrismo igualitario

Rechazo del Otro, y el aumento de la intolerancia

La antirracista

Riesgo de parálisis para el profesional educador que ya no sabe qué enseñar, cuando se trata de respetar las culturas de todos sus estudiantes, sobre todo, las de las minorías.

La de la educación cívica

Estigmatización y marginalización de alumnos/as pertenecientes a minorías, asignándoles unas culturas desvalorizadas.

La aislacionista

Aumento de dificultades en cuanto al acceso a la igualdad de oportunidades, afectando sobre todo a las minorías culturales y a inmigrantes.

La de la cooperación (cooperativista)

La cultura como un folklor (su “folclorización”), deja de ser una realidad viva, relacionada con un modo de vida, una forma de vivir.

 

La escuela frente al reto de la diversidad cultural:

Pero también, se vive una fragmentación del currículum bajo el impacto de reivindicaciones particularistas (Ouellet, 1992). Sí, el individualismo ha llegado a empeorar la situación: en la práctica, cada vez que se plantea un caso, aparecen otros, debido al efecto “yo también” que dificulta priorizar la resolución de los problemas más urgentes. Para no revivir esas situaciones, es recomendable que las futuras iniciativas que se diseñen para enfrentar los desafíos de la diversidad, se interesen también por la igualdad de oportunidades, la equidad, y la cohesión social.

Hay que subrayar que Fernand Ouellet, también, sostiene que

“la simple enumeración de las distintas corrientes de ideas que se disputan el campo de la educación intercultural y los numerosos efectos perversos de iniciativas, muchas veces bienintencionadas en ese campo, permiten demostrar que se trata de un campo de intervención complejo, en el que sería azaroso aventurar sin preparación” (Ouellet, 1992:3).

Muchas veces, sabemos lo que ocurre en ese campo: el conocimiento sobre una cultura, suele limitarse a su “folclorización”, o simplemente a lo que “me han dicho”. La gente suele confiarse en las apariencias, porque en realidad, no dispone de tiempo suficiente para ocuparse de otras culturas; o simplemente, no le interesaba hasta que descubra que se lo exige su trabajo (en el caso de la educación por ejemplo).

Pero en todo caso recomienda que toda iniciativa para enfrentar los desafíos de la diversidad cultural en la educación, debe preocuparse también de la igualdad, de la equidad y de la cohesión social.

Un mundo llamado a respetar los derechos humanos:

La principal característica e inalienable del actual siglo debe ser la del respecto de los derechos humanos; unos derechos humanos capaces de alcanzar todos los aspectos de la vida. Su violación está en el centro de los conflictos, de los problemas que afectan el mundo; es decir, la pobreza, la violencia, los desafíos relacionados con la globalización, las desigualdades sociales, el medio ambiente, el género, la inmigración, el tráfico de seres humanos, los conflictos armados, etc.

Aunque en sus orígenes la noción de Derechos Humanos se limitaba a los aspectos cívicos y políticos, poca duda queda hoy, para que se amplíe su aplicación hacia otros terrenos, como: en el de lo social, de lo económico y de lo cultural. De hecho, por eso se habla y se admite la posibilidad de una tercera generación de Derechos Humanos, unos derechos más amplios, que sean capaces de incluir derechos colectivos, otros problemas que afectan el futuro de la humanidad. Como ejemplo, la preocupación para el futuro del medio ambiente, permite hablar ahora sobre los efectos del cambio climático, y la adopción de algunas leyes que permitan frenar la destrucción del medio ambiente, y la salud del ser humano.

Estamos hablando entonces sobre la amplitud de visión acerca de asuntos relacionados con los derechos humanos, muy importantes para los educadores. En ese caso, la educación debe entenderse como un conjunto de tareas que se enseñan para el aprendizaje de todas las modalidades de derechos humanos. Algunos de esos derechos no se entienden desde la lejanía, pero cuando se explican, se llegan a entender claramente: difícilmente una persona rechazaría el derecho a vivir en un ambiente sano, pero si le hablan de otras regiones contaminadas que no le afectan ni un poquito, su reacción es la de negar ese tipo de derecho.

Sin embargo, teniendo una visión un poco más amplia, se puede imaginar que el cambio climático que afecta a otras regiones lejanas, puede trasladar sus efectos hacia nuestras regiones, o simplemente a regiones más cercanas.

Por eso desde lo local, la educación debe ser capaz de abordar temas relacionados con la paz, las relaciones interpersonales e interculturales, la globalización. Estamos hablando de una necesaria apertura desde lo local hacia el mundo, pasando por las regiones más cercanas. Y el objetivo final debe ser el respecto de esos derechos humanos.

Derechos humanos adaptados a tiempos cambiantes:

En su estudio sobre la educación para los derechos humanos, François Audigier, recuerda que aunque toda reflexión sobre la ciudadanía nos traslada inmediatamente a la democracia ateniense como referencia, hay que subrayar que la idea moderna sobre derechos humanos es profundamente ajena a la democracia griega, donde esclavos, “metêques” (término peyorativo con el que se designaban a los extranjeros, en francés) y mujeres estaban excluidos de toda ciudadanía política, donde la comunidad política estaba basada en la etnicidad (Audigier, 2000).

El autor también añade que a pesar de los distintos aportes y las herencias religiosas, sobre todo de la religión cristiana y su afirmación sobre la igualdad de los seres humanos ante Dios, la construcción moderna de los derechos humanos aporta algo totalmente nuevo.

Premisas asociadas a la construcción de los derechos humanos:

El concepto de Derechos Humanos ha ido variando en el transcurso de la historia, hasta llegar a representar lo que conocemos hoy. Existe un deseo mayoritario para que los derechos fundamentales de las personas sean respetados. Pero al mismo tiempo, la igualdad entre seres humanos sigue siendo un sueño en casi todas las sociedades.

Una simple observación nos permite asegurar que el tema de los derechos humanos ha constituido una preocupación histórica. Pero al mismo tiempo, nos permite darnos cuenta que su respeto sigue siendo una quimera.

Por todo ello, se necesita abogar con nitidez, por la educación dentro de la diversidad cultural que caracteriza las sociedades actuales, para poder lograr así, una verdadera contaminación intercultural.

Analizando la situación de los derechos humanos en América Latina, Pablo Gentili hace la siguiente observación:

“La humanidad ha sido capaz de generar un diversificado arsenal de normas democráticas y justas para establecer, proclamar y fundamentar derechos humanos cada vez más amplios y complejos. Pero al mismo tiempo, parece también estar siempre dispuesta a crear, inventar o multiplicar otros arsenales capaces de volver estas normas y principios éticos a la categoría de aspiración minúscula frente a los desafíos y deudas que genera su persistente violación” (Gentili, 2009:4). 

Es que históricamente, se ha venido observando varias consideraciones que han acompañado el tema de los derechos humanos; muchas veces, dependiendo del contexto en el que se vive (Audigier, 2000):

  • La Gran Carta de 1215 (Inglaterra): proclama derechos para personas libres, contra la arbitrariedad del poder royal.
  • La Escuela del Derecho Natural (EDN): desde el siglo XVI, ha representado una reflexión que ha permitido una nueva construcción más amplia de los derechos humanos. Así, tomando en cuenta una situación anterior a la sociedad donde vivimos, podemos darnos cuenta de que las personas son libres e iguales, que tienen derechos por su simple condición de seres humanos, poseedores de una razón. Pero además, esos derechos no pueden ser violados por ningún poder, y deben ser respetados por la sociedad en su conjunto. Esta evolución está marcada por momentos claves.
  • La Gran Idea: siguiendo los pasos de la EDN, llegamos al momento cumbre cuando se afirma que la Ley está hecha por seres humanos, y para seres humanos. Así, esa Ley deja de ser una herencia, un dogma, o algo sagrado; sino, el punto donde debe llegar la confrontación entre personas, ciudadanos, libres y en posición de igualdad.
  • La Era de las Instituciones: las reflexiones y las experiencias adquiridas han permitido instalar instituciones y adoptar procedimientos que no las contradigan (no se puede ir diciendo una cosa, y haciendo otra). Todo se hace bajo la vigilancia de Estados, permitiendo que Derechos Humanos y Política se den las manos. De esa manera, el Estado se encarga de elaborar la Ley, de adoptar unas medidas para su cumplimiento, y otras medidas para sancionar su violación.

Permite adoptar leyes que confirmen los derechos de la persona sobre y contra los poderes; es decir, leyes que permitan controlar los poderes. Y como ejemplos, tenemos:

  • En Inglaterra: el Habeas corpus (1679) y el Bill of rights (en 1680).
  • En Estados Unidos: La Declaración de derechos de Virginia, y la Declaración de Independencia (en 1776).

La Supuesta Universalidad de los derechos humanos:

En Francia la Declaración de 1789 supuso una nueva dimensión de los derechos humanos. Se trata de una autoproclamada universalidad de los derechos que proclama que “los hombres nacen y crecen libres e iguales en derechos”. El tiempo ha permitido observar que la Declaración (como tantas otras) no ha podido evitar las contradicciones entre las leyes, las instituciones, las acciones y su funcionamiento. En el transcurso del tiempo, se ha podido observar el alcance de esa “supuesta universalidad”, a través de uno de sus principios que distingue las categorías “hombres” y “ciudadanos”, al permitir (con o sin intención) a la vez que:

  • Los derechos humanos sean derechos naturales que toda persona como ser humano pueda disfrutar; representando la última referencia de los derechos ciudadanos.
  • Los derechos ciudadanos se atribuyan a miembros de una colectividad política; unos derechos ciudadanos que hacen de una persona, la titular de derechos y obligaciones, por un lado; y por otro lado, ser soberana dentro de su colectividad, donde tiene el derecho de debatir y decidir todas las cuestiones que les afectan. Constituyendo así, unos derechos indisolubles dentro de los derechos humanos.
  • Sin embargo, aunque se da por hecho que la colectividad política debe respetar los derechos humanos, las influencias de algunas culturas y la historia hacen que tengamos una gran variedad de colectividades e instituciones políticas, donde esas culturas, al considerarse en mayoría y fuertes, también se consideran con el legítimo derecho de ejercer siempre su poder, obviando los derechos de otras.

Derechos humanos y sociedades democráticas:

Desgraciadamente, tanto en las anteriores sociedades, como en las actuales sociedades denominadas “democráticas”, se sigue observando dos movimientos de fuerzas desiguales que hacen que la defensa de los derechos humanos se incline a favor del movimiento más fuerte. Se trata del movimiento de la Ciudadanía (más fuerte) y el de los Derechos humanos (más debilitados porque necesita primero de la ciudadanía para ser reconocidos, en la mayoría de los casos).

  • La ciudadanía (plena y entera) se está atribuyéndoles a más personas y colectivos sociales en las sociedades democráticas. Empezando por el aumento del sufragio censitario[1] hasta la disminución de la edad política, pasando por el sufragio universal de los hombres y el voto femenino.
  • Pero aunque sobre los derechos humanos podemos (y muchas veces nos apresuramos) hablar de un movimiento parecido, aquí estamos frente a una subdivisión del movimiento. Así podemos constatar el reconocimiento efectivo de derechos a un número cada vez más elevados de colectivos considerados vulnerables[2] (derechos específicos, y derechos universales reconocidos por Convenciones Internacionales). Pero también, la ampliación del contenido de los derechos humanos: desde los más conocidos (civiles y políticos), pasando por otros derechos (económicos y sociales), hasta derechos cada vez más actuales (culturales, medioambientales, religiosos, de libertad sexual, etc.).

Derechos humanos y Mercado:

Es difícil hablar sobre nuestras sociedades actuales, dejando de lado la influencia del Mercado sobre ellas. En efecto, debido a su funcionamiento basado esencialmente en el intercambio dinero-mercancía,[3] difícilmente puede asegurar un desarrollo de las relaciones sociales basado en principios de justicia; permitiendo así a las personas ser iguales y dignas, beneficiar también de unos derechos iguales y el respeto de sus libertades fundamentales.

Y paralelamente, la política en vez de ser un noble oficio sin ánimo de lucro, con Estados bajo cuyas instituciones estén el control de una ciudadanía, se lleva a cabo ahora desde un profesionalismo exacerbado. De esa manera, mientras la política busca su legitimidad a través de esporádicas elecciones, también se deslegitima a su vez a través de una profesionalidad que le tiende la mano a distintos sectores que controlan el mercado. Sobra recordar que la democracia no debe limitarse a esas unas elecciones esporádicas, sino también interesarse a los problemas de los ciudadanos.

Por lo general, en la práctica, lo que solemos observar es la lejanía de la política de una ciudadanía que se ve obligada a exigir unos debates capaces de acercarle de la democracia soñada. Estamos en presencia de una ciudadanía que se encuentra en la obligación de inventar otras formas de participación democrática, utilizando las libertades de asociación que le confiere la democracia.

Desde esa óptica, la importancia de la sociedad civil adquiere un valor especial. Por eso, siempre conviene recordar la cada vez más estrecha relación existente entre el empresariado y las instancias de toma de decisión, y la necesaria existencia de un espacio público que permite la participación de toda la ciudadanía en condiciones de igualdad.

Conclusiones:

Por un nuevo sistema de derechos y libertades:

A modo de conclusión, quisiera utilizar la figura de Benjamin Constant (pensador liberal entre los siglos XVIII y XIX) que nos permite ilustrar, el recorrido del pensamiento sobre la libertad.

En efecto, Benjamin Constant plantea una oposición entre la libertad de los Antiguos y la de los Modernos; donde la libertad de los Antiguos significa “una participación activa y constante en el poder político”, mientras la libertad de los Modernos deja de lado la política y le confiere más importancia “al disfrute apacible de la independencia privada” (Constant, 1819).

Según él entonces, la libertad de los Antiguos está garantizada por la participación de cada persona en la política, por el ejercicio de responsabilidades públicas, por el debate colectivo con vista a alcanzar el bien común. Mientras, para la libertad de los Modernos, se garantiza primero la capacidad de una persona, de actuar según su deseo y lo que dictan colectivamente las leyes (de lo contrario sería un caos), sin tener miedo a lo político o el bien común.

Sí, aunque se trata de contextos muy diferentes, Benjamin Constant ha podido definir la libertad como el derecho que tiene cada uno para no estar sometido sino a las leyes, de no ser arrestado, ni detenido, ni condenado a la muerte, ni maltratado de ninguna manera, por el efecto de la violencia arbitraria de uno o de varios individuos (Constant, 1819).

Fue una definición que ofreció cuando abogaba por un sistema nuevo de derechos y libertades: un sistema específico a los Modernos. Ya que, el sistema de los Antiguos era incapaz de establecer lo que la sociedad necesitaba, y tampoco podía apreciar, ni su necesidad, ni sus ventajas.

Pero también, añadía que libertad significaba el derecho de decir su opinión, escoger su industria (empresa) y ejercerla, disponer de su propiedad, e incluso de abusar de ella; de irse, regresar sin pedir permiso, y sin rendir cuenta de sus motivos o de sus trámites.

La realidad era que entre los Modernos, se encontraban también “forasteros” (como él, que se hizo francés aunque provenía de Suiza), cuyos derechos quedaban en el olvido, debido a leyes adoptadas por los Antiguos. Benjamin Constant acusaba a los Antiguos de confundir sometimiento con libertad, ya que, “admitían sometimiento completo del individuo bajo la autoridad colectiva” (Constant, 1819).

Y concluye que no se puede encontrar en los Antiguos, ninguno de los placeres que pertenecen a la libertad de los Modernos.

La educación del personal educador:

Mis consideraciones sobre la educación del personal educador se resumen en una redefinición de los retos planteados a la sociedad. La nueva redefinición no tiene que limitarse a su novedad, sino que también debe ser atractiva, aceptable y refrescante. El cambio perseguido debe permitir a la educación, beneficiar de unos procesos de adaptación y de desarrollo humanos.

La educación vista desde esa perspectiva, la puede facilitar el enfoque constructivista, ya que admite que el conocimiento se basa en la idea de que nuestra imagen sobre la realidad, o las nociones sobre esa imagen, constituyen el producto del espíritu humano que aun interactuando con la realidad, no refleja exactamente dicha realidad. Ese enfoque reconoce que siempre le toca al sujeto construir su realidad; y la tarea del personal educador debe ser la de ofrecerle el poder de la construcción de la realidad a su alumnado.

El objetivo de la educación, siempre ha parecido ser el mismo, demostrando la buena voluntad de los promotores de los distintos sistemas educativos, que no es otra que, la trasmisión de los valores capaces de fortalecer la unidad nacional, por ejemplo. Sin embargo, la escuela en el pasado ha demostrado su carácter asimilacionista, permitiendo una unicidad para un alumnado que está obligado a olvidar sus características culturales, para lograr la llamada integración, para poder ser aceptado. Quiero decir, a pesar de que la escuela siempre ha perseguido una unidad entre el alumnado, la escuela tradicional solo ha sabido recibir a sus alumnos, exigiéndole a cada uno que aparque sus características culturales especificas antes de ser bien recibido. Para que a cambio, aquella educación tradicional, se comprometiera a ofrecerle una formación universal, y un acceso a la ciudadanía: una educación en la uniformidad.

Por otra parte, a través de aquella educación, se quería llegar a una jerarquización social, teniendo en cuenta el mérito escolar que debería permitir la clasificación y la fututa orientación laboral de los alumnos y las alumnas. Y con el paso del tiempo, las crisis han demostrado que la selección se hace de manera exacerbada, llegando incluso a la exclusión de los alumnos del sistema educativo, y así reducir sus capacidades de competir en el mercado laboral.

De ahí la necesidad de que el educador de nuevo tipo sea capaz de ofrecer una educación con conocimientos que garanticen una unidad en cuanto a la noción de ciudadanía; y así, cumplir con su triple misión de ser racional, comprensible, y una posición crítica sobre los nuevos fenómenos sociales.

La nueva misión de la escuela debe ser la de formar a ciudadanos en condiciones de igualdad, dentro de la diversidad social, y a través del conocimiento racional de su sociedad. De ahí la necesidad de revisar también los conceptos. Si antes la noción de “integración” se refería solamente a la inmigración, la nueva escuela debe plantearse “la misión de integrar a todos los niños, sin tener en cuenta su procedencia: la verdadera función de la educación debe ser la de ofrecerle unos ciudadanos iguales a la sociedad, antes de formar a profesionales, que no podrán beneficiar de las mismas oportunidades, porque no han nacido en un mismo sitio.

Sin darnos cuenta a la vez que rechazamos algunas partes del antiguo sistema educativo, resulta ser que la solución radica en el retorno hacia otros valores antiguos para fabricar ciudadanos y lograr la cohesión social. Surge entonces una nueva pregunta: ¿qué tipo de ciudadanos necesita la sociedad? Por lo menos, es la pregunta que se hace Martine Abdallah-Pretceille, al subrayar que “la primera cuestión es la de conocer el tipo de ciudadano que la escuela quiere y debe formar” (Abdallah-Pretceille, 1999), debido a que ya no se trata de inculcar valores, sino de lograr una ciudadanía con una cultura común.

La respuesta a esa pregunta parece ser simple, pero a la vez es muy compleja, ya que obliga al educador a buscar una definición sobre lo que se puede entender por una cultura común (mientras cada uno de sus alumnos trata de entender su realidad), para obtener el tipo de ciudadanía igualitaria que necesita la sociedad. El papel del nuevo educador entonces es el de tener en cuenta cada una de las culturas, sin priorizar ninguna, pero tampoco despojarla de su valor.

Bibliografía

Abdallah-Pretceille, M. (1999): L´éducation interculturelle. Paris: PUF: Que sais-je?

Audiger, F. (2000): “Éducation aux droits humains”. En The School Field, Vol XIII. Ljubjana: The School Field.

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Consulta en página web:

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[1] Según el Diccionario de la Real Academia, “Dicho de una persona obligada a pagar los réditos de un censo”. En ese caso, se trata de un canon pagado a un señor feudal, en la Edad Media. Algo que puede estar existiendo en la actualidad, si algunos colectivos tuviesen que pagar algunas tasas para poder acceder a algunos derechos. Aunque lo peor sería pagar las tasas, y no beneficiar de los derechos.

[2] Aquí y quizá para mucho tiempo existirá la duda sobre el grado de vulnerabilidad para poder beneficiar de unos derechos. ¿Cómo demostrar su vulnerabilidad cuando varios criterios son tomados en cuenta? Pero la parte más morbosa y cínica del tema es la que considera ser víctima de una enfermedad crónica o mortal (estar al borde de la muerte) para así, ser considerado como vulnerable. Pero en realidad, lo debe preocuparnos a todos (personas vulnerables y personas protegidas) es la creciente probabilidad de quedarse fuera del sistema.

[3] Ouellet recomienda no olvidar que el mercado es un “concepto”, y no una cosa. Que no existe un mercado único, y que los intercambios se llevan a cabo según procedimientos y reglas, y según escalas muy variadas. Sin olvidar que las leyes del mercado constituyen principios promulgados por grupos sociales y económicos dominantes, para asegurar su poderío y un crecimiento, según sus intereses.

Fecha de recepción del artículo: 29/10/2014
Fecha de aceptación del artículo: 19/12/2014