×

Las educadoras y los educadores sociales en centros escolares en el estado español

Autoría:

Rafel López, educador social, Vicepresidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales (1)

1. INTRODUCCIÓN

Rafel LópezQuiero iniciar mi intervención recordando las palabras que pronunció la que fue Ministra de Educación y Ciencia e impulsora de la Ley Orgánica de Educación, María Jesús San Segundo, en la Tribuna de Sociedad y Política Foro Europa: “…Proponemos que las Administraciones educativas estimulen planes de colaboración entre los centros y los servicios sociales municipales y su personal especializado, incluyendo planes de apertura y utilización de las instalaciones escolares para la formación complementaria, la cultura o el ocio de los jóvenes y sus familias…”.

Las educadoras y los educadores sociales definimos la Educación Social como:

Derecho de la ciudadanía que se concreta en el reconocimiento de una profesión de carácter pedagógico, generadora de contextos educativos y acciones mediadoras y formativas, que son ámbito de competencia profesional del educador social, posibilitando:

  • La incorporación del sujeto de la educación a la diversidad de las redes sociales, entendida como el desarrollo de la sociabilidad y la circulación social.
  • La promoción cultural y social, entendida como apertura a nuevas posibilidades de la adquisición de bienes culturales, que amplíen las perspectivas educativas, laborales, de ocio y participación social.

    La educación es un derecho fundamental como establece el artículo 27 de la Constitución. El punto 2 de este artículo establece: “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.” Entendemos pues que es en este marco que también la Educación Social es un derecho fundamental de las personas.

    Finalmente, debemos tener presente las funciones generales de las educadoras y educadores sociales ya que, en este marco general, es donde radican las funciones específicas que desarrollan en el marco escolar:

  • Transmisión, desarrollo y promoción de la cultura
  • Generación de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales
  • Mediación social, cultural y educativa
  • Conocimiento, análisis e investigación de los contextos sociales y educativos
  • Diseño, implementación y evaluación de programas y proyectos educativos
  • Gestión, dirección, coordinación y organización de instituciones y recursos educativos

2. DIFERENTES MODELOS EN EL ESTADO

Actualmente, existen en las Comunidades Autónomas diferentes modelos de acción en lo que respecta al trabajo de las educadoras y educadores sociales en centros escolares.

No tenemos la suficiente trayectoria para valorar estos modelos, pero sí que podemos avanzar que aquellos modelos en los que la educadora o educador social se incorpora a la dinámica habitual del centro escolar tienen, por lo general, un mejor resultado para las y los estudiantes y las y los profesores.

Destacaría los modelos siguientes:

2.1. Educadoras y educadores sociales adscritos a los centros escolares.

El primer modelo sería el que en estos momentos están siguiendo las CCAA de Andalucía, Extremadura y Castilla-La Mancha.

Las y los educadores sociales, forman parte de los equipos de los centros escolares, prioritariamente en los institutos, aunque también en centros de infantil y primaria, cuando las circunstancias de la población así lo requieren.

2.2. Educadoras y educadores sociales integrados en los Servicios sociales Municipales.

En otras CCAA, las y los educadores sociales están adscritos a los Servicios sociales municipales y las funciones respecto a los centros escolares las realizan en coordinación con los equipos educativos de dichos centros, mediante comisiones sociales, de atención a la diversidad, proyectos ad hoc…

Este sería el caso, por ejemplo de Baleares, Euskadi, Galicia, Madrid.

En algunos casos se están dando modelos mixtos en los que los institutos, en función de las circunstancias a parte del trabajo de las educadoras y educadores sociales de los Servicios sociales Municipales tienen otro profesional (educador social y/o integrador social) en los propios institutos. Este sería el modelo que en estos momentos se da en Catalunya.

2.3. Proyectos concretos liderados por educadoras y educadores sociales en los centros escolares.

En algunas comunidades autónomas, se ha optado por un modelo en que entre los Ayuntamientos en convenio con los gobiernos autonómicos, o directamente los ayuntamientos o las consejerías de educación elaboran proyectos de intervención en los centros escolares, coordinados por educadoras y educadores sociales.

Quizás es el modelo que está siguiendo, como experiencias piloto, el resto de CCAA.

3. ¿POR QUÉ DEBEN ESTAR PRESENTES LAS EDUCADORAS Y EDUCADORES SOCIALES EN LOS CENTROS ESCOLARES?

Se recogen en esta apartado diferentes reflexiones y factores, recogidos de las leyes educativas, que motivan la presencia de las educadoras y educadores sociales en los centros escolares.

La sociedad actual es cada día más compleja y los centros escolares siguen la misma línea. Los problemas diarios a los que nos enfrentamos necesitan de personas que los conozcan en profundidad y nos ayuden a prevenir y a buscar soluciones a partir de la colaboración y comunicación fluida con los restantes miembros de la comunidad educativa para garantizar la calidad del sistema educativo.

Hablar de conflictos en la Educación Secundaria, concretamente, es hablar necesariamente de adolescencia. Ésta, con sus características psicológicas, sociales y familiares, marca la necesidad de una ayuda que asegure el desenvolvimiento integral de la persona para lo que es preciso que la educación no se limite solo a la adquisición de conceptos y conocimientos. Por eso resulta imprescindible contemplar como elementos fundamentales del proceso educativo, las actitudes y valores que conformarán los futuros ciudadanos responsables y solidarios.

Grupo

La identificación de jóvenes con dificultades de integración social por motivos económicos, laborales, familiares o de cualquier tipo, requiere una actuación inmediata y desde espacios normalizados para éste, como puede ser el escolar.

Asimismo, la interconexión educativa con las familias se hace cada día más necesaria puesto que son los principales agentes en el desarrollo integral de sus hijos. Por ello tenemos que propiciar cauces de comunicación que optimicen la mediación entre el centro escolar y la familia, sobre todo en aquellos casos en los que la situación familiar afecta de manera poco adecuada al desarrollo de los alumnos. La educación de los padres y su participación y compromiso en el proyecto educativo así como las relaciones intergeneracionales son asignaturas pendientes del sistema educativo.

Por otra parte, los centros de secundaria se encuentran situados en contextos muy determinados donde existe una serie de instituciones que cuentan con recursos que podemos aprovechar en beneficio de la comunidad educativa. De esta forma estableceremos redes de apoyo que permitan implicar a todos los colectivos que, de forma directa o indirecta, están relacionados con la educación.

Si realizamos un paseo por algunos de los principios que establece la LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación) veremos como entroncan directamente con muchas de las funciones y competencias que tienen las educadoras y los educadores sociales. Es más, en un momento como el actual, los equipos multiprofesionales en los centros escolares, son la única salida para abordar la complejidad de las relaciones humanas así como para dar respuesta a las necesidades formativas, competenciales y sociales que nos demanda la sociedad.

a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.

c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

f) La orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

g) El esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.

k) La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

l) El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Todos ellos son factores que justifican la presencia e intervención de educadores sociales en los centros escolares, con el fin de que su colaboración con maestros y profesores  permita la resolución de las dificultades y conflictos que surgen a diario.

4. ¿PARA QUÉ DEBEN ESTAR PRESENTES LAS EDUCADORAS Y EDUCADORES SOCIALES EN LOS CENTROS ESCOLARES?

En este apartado se analizan las funciones propias y exclusivas o en colaboración a desarrollar por las educadoras y educadores sociales en los centros escolares, funciones que también se recogen en las diversas leyes de educación a nivel estatal:

A. Elaboración y evaluación de propuestas de programas de convivencia en el centro educativo.

B. Colaboración con los órganos del centro en el cumplimiento de las normas del centro y de su reglamento de régimen interno.

C. Diseño, implementación y evaluación de propuestas para fomentar las relaciones del centro con el entorno social en el que está encuadrado.

D. Colaboración en el desarrollo de programas de educación para la salud, medio ambiente, consumo en la tolerancia e igualdad, paz y otros que determine el Dpto. de Orientación o el equipo directivo u otros órganos.

E. Desarrollo de programas de interrelación con la comunidad de aprovechamiento y conocimientos de los recursos del entorno, laborales, naturales, etc.

F. Creación de espacios y de equipos de trabajo mediadores y negociadores para la eficacia en la resolución de conflictos.

G. Seguimiento y control de las situaciones de absentismo escolar, fracaso y violencia.

H. Seguimiento y colaboración en la respuesta educativa al alumno con comportamientos problemáticos.

I. Desarrollo de programas para prevenir y afrontar la conflictividad escolar. Programas de integración escolar.

J. Planificación, coordinación y desarrollo, con el departamento de actividades complementarias y extraescolares o con el AMPA o con el consejo escolar, de actividades socioculturales contextualizadas que mejoren las relaciones centro-entorno y que propicien la creación de redes de comunicación estables.

K. Programación y ejecución con el Dpto. de orientación y el equipo directivo actuaciones encaminadas a garantizar la información puntual a las familias sobre el proceso educativo de sus hijos.

L. Elaboración de programas de información, orientación y asesoramiento y asociación a los alumnos.

M. Participación en los programas de asesoramiento, formación y asociación de padres y madres.

N. Apoyo a la formación del profesorado.

5. A MODO DE CONCLUSIÓN

La situación de una sociedad compleja requiera de un entramado de los servicios sociales, educativos, culturales… que de respuesta a las necesidades y demandas existentes.

Logo CGCEESNo podemos pensar que la escuela y sus profesionales históricos pueden con todo y pueden desarrollar todas las funciones educativas.

Necesitamos equipos multidisciplinares en los centros escolares que puedan dar respuesta a la complejidad de las relaciones que se dan entre alumnado, profesorado y familias.

Necesitamos profesionales bien preparados, con formación específica, que posibiliten que cada profesional pueda hacer su trabajo.

Las educadoras y educadores sociales, por su formación en el ámbito socioeducativo y cultural, aportan y pueden aportar mejoras al sistema educativo y sobretodo a la cobertura de las necesidades de nuestro alumnado y de sus familias.

Hay que seguir trabajando y promoviendo que las normas legales de educación y/o servicios sociales incorporen, como miembro de pleno derecho en los equipos multiprofesionales, a las educadoras y los educadores sociales.

Finalmente, desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales queremos agradecer sinceramente el papel de liderazgo y de apuesta política que los gobiernos autónomos de Andalucía, Extremadura y Castilla-La Mancha han tenido en el desarrollo de la incorporación de educadoras y educadores sociales en los centros escolares, porque han entendido su importancia en la apuesta por una escuela inclusiva y, sobretodo, han puesto la mirada en el alumnado y familias.

CGCEES
Marzo de 2012

1.- Este artículo reproduce la intervención realizada por el autor, en nombre del Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales, en las  I Jornadas sobre la Educación Social en el sistema Educativo, celebradas en Córdoba en marzo de 2012.