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Acción socioeducativa con familias en el ámbito de la justicia juvenil desde el Medio Abierto.

Autoría:

Cristina Blasco y Joan Almirall

Resumen

El artículo presenta la intervención en medio abierto con el menor y con sus familias. En primer lugar contextualiza este ámbito de intervención, con sus principios legal, administrativo y educativo. Se describe y se analiza la intervención del técnico de medio abierto con los adolescentes infractores, y la del psicólogo, con dos metodologías de acción socioeducativas con las familias: individual y grupal.

La metodología utilizada para su elaboración ha sido la lectura de artículos y libros relacionados con la materia, y la reflexión conjunta de los redactores a partir de su experiencia profesional.

Las conclusiones principales recaen en enfatizar el trabajo reeducativo desde el propio entorno del menor, incluyendo a la familia en la intervención que realizan los profesionales de la justicia juvenil, desde la modalidad individual como grupal.

Marco legal en materia de responsabilidad penal a menores: las implicaciones educativas

En Catalunya, la Dirección General de Justicia Juvenil se hace cargo de aquellos chicos y chicas clasificados algunos de ellos como jóvenes en situación de conflicto social que han infringido la ley. Las administraciones autonómicas que tienen competencia tienen que organizarse para dar respuesta educativa al conjunto de medidas que son impuestas por los Juzgados de Menores. Existe una normativa legal amplía que posibilita una intervención que combina la acción socioeducativa con la de control, normalizada, y de acuerdo con la diversidad de casuísticas que se pueden presentar.

Los servicios de la Dirección General de Justicia Juvenil están delimitados por la ley orgánica 5/2000, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), la ley orgánica 8/2006 por la que se modifica la Ley Orgánica 5/2000, el real decreto 1774/2004 de 30 de julio, y la Ley 27/2001 de justicia juvenil del Parlament de Catalunya. Asimismo hay que considerar el conjunto de principios desde el marco institucional, entendiendo el marco legal constitucional, estatal y autonómico y la normativa internacional, como criterios orientadores en la redacción y contenidos de las anteriores leyes citadas.

AdolescenteA los efectos de esta normativa son imputables los adolescentes que tienen entre catorce y diecisiete años, sin extinguirse las medidas judiciales impuestas por los Juzgados de Menores al cumplir la mayoría de edad. Los principios rectores de estas leyes son el interés superior del menor (2) y la reinserción valorados con criterios técnicos no formalistas por equipos especializados en el ámbito de las ciencias no jurídicas. La naturaleza formalmente penal pero materialmente sancionadora-educativa tanto en el procedimiento como en las medidas aplicables (Grande y Teixeira, 2006) a los adolescentes infractores conlleva la realización de acciones socioeducativas orientadas a la compensación de déficits y al impulso de potencialidades del adolescente infractor y de su entorno con el objetivo de así superar las circunstancias que lo han llevado a delinquir.

Así como prima, en las medidas de protección a la infancia y la adolescencia, la preservación del chico o chica en su entorno familiar y social natural, evitando la institucionalización de estos en centros, sólo bajo casos excepcionales de alto riesgo social, también la intervención con adolescentes en el sistema de reforma sigue el principio de normalización (3) y de intervención mínima. Sólo por delitos graves o casos de reincidencia se proponen medidas que implican el ingreso de un adolescente en un centro educativo de justicia juvenil. Desde el principio de intervención mínima se tiende a restringir la actuación del Derecho penal, limitándola a aquellas infracciones penales que vulneran los bienes jurídicos de mayor importancia para la sociedad, y a potenciar la reparación a la víctima y la reeducación y corrección del adolescente infractor a través de programas que prioricen la actuación en el entorno familiar y social propio, siempre que no sea perjudicial a los intereses de los menores y jóvenes.

La intervención en medio abierto: características generales de acción socioeducativa

El concepto de medio abierto hace referencia a la ejecución de medidas judiciales en el propio entorno social y familiar del adolescente. Contempla un conjunto plural y diverso de acciones que tienen por finalidad incidir en el proceso de socialización, mediante una intervención individualizada en el propio entorno que combina la acción educativa, y si hace falta terapéutica, con el control que deriva la ejecución de la medida impuesta por el Juzgado de Menores.

Las medidas incluyen un amplio abanico de posibilidades entre ellas la libertad vigilada, las prestaciones en beneficio a la comunidad, las tareas socioeducativas, el tratamiento terapéutico ambulatorio, asistencia a centro de día y permanencia en domicilio en fin de semana. Estas se materializan con el programa individualizado de ejecución de la medida (PEI) con la definición de los objetivos que se pretender conseguir, las actuaciones necesarias y los indicadores de evaluación de dicho programa. Las intervenciones que se llevan a cabo tienen en cuenta la particularidad de cada situación, siendo indispensable personalizar (Panchón, 1998) las actuaciones a las circunstancias personales y sociales de cada adolescente.

Los equipos de medio abierto están formados por profesionales especializados, con la nomenclatura de técnicos de medio abierto. En 2005 se introdujo la figura del psicólogo en los equipos de medio abierto, constituyéndose de este modo un equipo multidisciplinar. Por dificultades presupuestarias sólo cinco de los ocho equipos distribuidos por la Comunidad Autónoma disponen de esta figura profesional. Cada equipo dispone también de un coordinador y administrativo, figuras éstas clave para la fluidez del trabajo, principalmente por lo que respecta a la gestión de la base de datos informatizada, gestión de expedientes, distribución de casos, y la circulación de la información, entre otras.

Cada técnico de medio abierto tiene asignada una zona geográfica y actúa de forma coordinada con los servicios y recursos propios de la comunidad. Ello conlleva diversidad de situaciones, delitos, medidas, familias, entidades con las cuales trabajar en red, pudiendo existir desequilibrios aleatorios entre los profesionales.

La intervención de la justicia juvenil, enmarcada en la ley, abre una oportunidad para reconducir situaciones problemáticas y facilitar cambios, pero también cuenta con una serie de limitaciones a tener presente.

Cuadro 1. Límites y posibilidades

LÍMITES

POSIBILIDADES

 

ü  Medida impuesta por un Juzgado de Menores

ü  Esta medida tiene una temporalidad, con un inicio y un final establecido en la liquidación de la medida.

ü  Los usuarios acceden a este servicio no por propia demanda o toma de conciencia de necesidad sino por imperativo judicial.

ü  Control judicial.

 

 

 

ü  Puede generar vínculos educativos con el joven que posibiliten cambios favorables para su desarrollo madurativo.

ü  Activar la atención y promover las habilidades en las familias para reconducir una situación de riesgo de su hijo.

ü  Posibilitar y potenciar un trabajo en red con otros profesionales y recursos del territorio.

ü  Acompañamiento y soporte educativo.

 

Cada territorio tiene unas posibilidades y unas limitaciones siendo imprescindible el conocimiento del abanico de recursos disponibles como la coordinación por parte del técnico con los diferentes profesionales que intervienen en situaciones de vulnerabilidad social. Tenemos que mencionar que considerando el principio orientador de priorización de las actuaciones en el propio entorno del adolescente es esencial que el sistema educativo, servicios sociales de atención primaria y de salud mental, actúen de manera eficaz y coordinada con los agentes de intervención del ámbito de la justicia juvenil.

EntrevistaEl técnico de medio abierto es el profesional referente para el adolescente y su familia al ser el encargado de elaborar el (PEI), hacer el seguimiento del mismo, e informar al Juzgado de Menores del estado y la evolución de la ejecución de la medida. El espacio educativo primordial será la entrevista, donde se desarrollará la relación de ayuda por parte del técnico y el seguimiento del proceso educativo. Un contexto de intervención donde la escucha activa, el diálogo y la motivación pueden favorecer la implicación activa del menor en un proceso de cambio y mejora dirigido a reducir los condicionantes de su paso por la justicia de menores.

El objetivo de la intervención recae en el propio adolescente, fundamentándonos en el principio del interés superior del menor y de la responsabilización de éste respecto a sus acciones. La familia como referente principal de transmisión de pautas de convivencia, el lugar donde el menor tendría que sentirse reconocido, querido y aceptado no puede ser olvidada ni excluida de la intervención que se realiza con el menor. El trabajo del técnico recaerá en hacer a la familia partícipe de los procesos educativos que persigue la medida hacia el adolescente, entendiendo la familia que cualquier cambio en la conducta de su hijo está directamente relacionado con sus actuaciones.

La acción educativa en medio abierto con familias en el ámbito de la justicia juvenil

Las familias usuarias del servicio de ejecución de medidas en medio abierto son aquellas que tienen un hijo que se encuentra cumpliendo una medida judicial en éste medio.

Características generales de la etapa evolutiva

AdolescenteLa característica común en todas ellas es la presencia de un hijo adolescente y la necesidad de cambiar las reglas al encontrarse la familia en una nueva etapa del ciclo vital. El concepto de ciclo vital tiene que ver con la idea de que las familias, a lo largo del tiempo presentan cambios, y que estos cambios se ajustan a ciertas regularidades a las que llamamos etapas (Erikson, 2000). Las familias con hijos adolescentes se encuentran en el período intermedio, es un momento de transición para el adolescente en el desarrollo de su identidad personal y autonomía, y de reorganización de funciones y tareas para toda la familia. La familia debe sintonizar con las necesidades del hijo adolescente, ejerciendo su autoridad parental en las relaciones padre-madre-hijo, manteniéndose firmes cuando es necesario, sin desatender una relación basada en el afecto, la comprensión y el apoyo (Minuchin, 2005).

Los entornos familiares de los adolescentes y jóvenes

FamiliaAsí como observamos heterogeneidad en el perfil del adolescente atendido en medio abierto, resulta también complicado definir un prototipo de familia. Desde familias disfuncionales, de menor a mayor grado, que no han podido o no han sabido encontrar soluciones a conductas de riesgo de sus hijos, hasta familias que de manera transitoria pueden tener dificultades con sus hijos, pero que cuentan con los recursos parentales y contextuales suficientes para encauzar la conducta que ha motivado el paso por la justicia de su hijo o hija.

En relación a la composición familiar las familias atendidas siguen la tendencia actual de nuestra sociedad, con la presencia cada vez más significativa de familias mono parentales, es decir padres o madres con uno o varios hijos, y reconstituidas, formada por aquella en la que dos adultos forman una nueva familia a la cual, al menos, uno de ellos, aporta un hijo de una antigua relación.

No podemos dejar de mencionar familias que provienen de diferentes orígenes geográficos y culturales, con valores y formas organizativas como relacionales diferentes a las autóctonas.

Por último, la entrada en vigor de la ley orgánica 5/2000, con la ampliación de la edad del joven en la ejecución de la medida ha provocado que cada vez sea más frecuente la necesidad de trabajar no tan solo con la familia de origen del joven, sino con la propia, al tener hijos con su pareja.

Elementos a considerar en la intervención con familias

Antes de plantear las fórmulas de acción socioeducativa con familias es necesario exponer una serie de cuestiones a tener en cuenta:

  • Edad: Es necesario considerar la edad del adolescente por las implicaciones del trabajo a realizar con la familia. La edad más frecuente del joven atendido en medio abierto es de 18 años (4), esto conlleva un tratamiento individual hacia su autonomía y integración social, sin ser preciso por tanto un trabajo intenso a nivel familiar, a no ser que ésta lo solicite, o el técnico así lo considere.
  • Medida: Cada medida judicial está definida por un programa de actuación con objetivos y encargos que el técnico adaptará a la particularidad de cada situación. Hay medidas que permiten actuar de manera prolongada en el tiempo, nos referimos a medidas como la libertad vigilada o la convivencia con otra persona, familia o grupo educativo. Al contrario hay otras con un encargo muy específico que no dan margen a una intervención familiar intensiva, como es el caso de las prestaciones en beneficio a la comunidad o las tareas socioeducativas.
  • Trabajo en red: El técnico tendrá que indagar si los servicios comunitarios conocen a la familia por intervenciones efectuadas en el pasado o en la actualidad. La coordinación facilitará información valiosa para la evaluación familiar, la realización del PEI del adolescente, como el consenso de las tareas a realizar entre los profesionales implicados, en caso de realizar una intervención conjunta.
  • Análisis de la demanda: Implicará escuchar la demanda explicita cuando exista, y la implícita, siendo este último caso la más usual en buena parte de las familias atendidas, las cuales tanto ellas como los adolescentes llegan al servicio por obligatoriedad judicial. Entendemos por demanda implícita aquella no verbalizada porque no se quiere o no se sabe. El análisis de la demanda y de cómo es presentado el problema de su hijo nos llevará a valorar el grado de cooperación de la familia en la intervención.

Objetivos generales de acción socioeducativa del técnico de medio abierto con las familias

  • Potenciar en las familias las competencias parentales necesarias para el correcto desarrollo social y educativo de su hijo.
  • Favorecer la responsabilidad de los padres en la educación de sus hijos, implicándolos en los objetivos educativos propuestos en el programa de ejecución de la medida del menor o joven.
  • Detectar situaciones generadoras de conflicto o disfuncionalidades en el seno de la familia, con el objetivo de prevenir que la situación se degrade.
  • Mediar en los conflictos relacionales entre el menor o joven en seguimiento y su núcleo familiar.
  • Favorecer factores de inclusión social, dando apoyo a las familias en la incorporación al mundo formativo o laboral, o bien derivándolas a servicios dónde puedan realizar un tratamiento terapéutico, tanto individual o grupal.
  • Ofrecer información a las familias sobre los recursos comunitarios (servicios sociales, educativos, de salud mental) de la zona donde residen.

Metodología de acción socioeducativa

GrupoExisten dos modos básicos de trabajar con los padres: individual y grupal. Tradicionalmente la entrevista es la metodología más utilizada por el técnico de medio abierto en el trabajo individual con familias, habitualmente en el despacho de los profesionales.

En el segundo caso consiste en la aplicación de programas con grupos de padres con el objetivo de trabajar aspectos fundamentales de la educación de sus hijos adolescentes.

El proceso de acción socioeducativa en la modalidad de trabajo individual con familias

Fase inicial

En primer lugar los técnicos de medio abierto han de enmarcar la intervención a las familias, a través de la presentación de sus funciones y encargos. Así mismo se informará a la familia de las características de la medida impuesta, en relación a sus objetivos, y el contenido de la misma. Es un primer momento para hacer entender a la familia que el profesional de justicia juvenil puede ser un soporte importante en la educación de su hijo, y generar cambios en la medida en que ellos colaboren.

DiálogoEn estas entrevistas se llevará a cabo una evaluación familiar (Minuchin, 1982) centrándose el técnico en todo el sistema familiar y no solo en la conducta problemática del adolescente. En este punto se explorará la estructura y el sistema familiar, en relación a estilos educativos, pautas relacionales de los miembros, alianzas y coaliciones entre ellos, observando no tan solo las disfuncionalidades sino explorando también las posibilidades. Será además importante conocer la visión y posición de la familia respecto el hecho delictivo que ha protagonizado su hijo. Este análisis global nos ha de permitir elaborar hipótesis comprensivas de la situación como orientadoras de las acciones a llevar a cabo.

Fase de seguimiento

A todas las familias se les hará una devolutiva del pronóstico de su hijo y se les explicará los objetivos propuestos en el programa individualizado de ejecución de la medida.

Aquellas familias que no requieran de un seguimiento regular y continuado, se realizará una intervención puntual centradas en informar, orientar o dar asesoramiento. Las familias con adolescentes problemáticos que se encuentran en una situación de alto riesgo de reincidencia, o bien implicados en dinámicas relacionales conflictivas en el seno de la familia, la intervención efectuada por el técnico será compleja y planificada. Los dos enfoques principales de intervención se centraran básicamente en favorecer el proceso de individuación del adolescente (Minuchin, 1982), que le permita separarse bien de la familia, o bien enseñar a los padres a mantenerse firmes con sus hijos. El enfoque consiste en hacer que el adolescente recupere una relación positiva con la familia, y rompiendo pautas relacionales rígidas y creencias limitadoras en la familia (Watzlawick y col. 1981).

Fase final

En esta fase se trata de preparar el cierre de la intervención, valorando el proceso con los cambios logrados, y haciendo hincapié en aquellos aspectos por mejorar. En casos en que no ha sido suficiente, por la temporalidad acotada de la medida, el técnico derivará a la familia a algún recurso especializado o comunitario.

Cuadro 2. Las fases de acción socioeducativa con familias en la modalidad individual

Fase inicial

1. Enmarcar la intervención:

– Presentación del técnico, en relación a función y encargos, fase social para amenizar el encuentro.

– Informar respecto a la medida judicial impuesta al adolescente a través de la sentencia del Juzgado de Menores.

– Conocer el posicionamiento de la familia respecto la implicación de su hijo en el delito por el cual se le ha impuesto la medida judicial.

2. Evaluación familiar

– Preguntar sobre problemas que pueda tener actualmente su hijo. ¿Qué les preocupa actualmente? Revisión histórica de la trayectoria del chico, preguntar sobre la escolaridad, el grupo de iguales, intereses y aficiones. En caso identifiquen problemas o conflictos indagar sobre las soluciones intentadas por parte de la familia. En caso no sea así el técnico se puede preguntar, ¿ocultan información?, ¿evaden los problemas? ¿Qué percepción tienen sobre nuestra intervención?

– Explorar el sistema familiar: Hacer el genograma familiar ¿cuántos hijos tiene? ¿Cuánto tiempo hace que se divorció? Preguntar acerca de las relaciones entre los miembros de la familia ¿Cómo ve la relación de su hijo con usted?, ¿Entre los hermanos? Investigar cómo se organizan entre ellos ¿Qué actividades les gusta hacer juntos? ¿De qué trabajan ustedes?

– Explorar las posibilidades: ¿Qué les gusta de su hijo? ¿En qué ocasiones pueden hablar con él?

Fase de seguimiento

3. Devolutiva del pronóstico: El técnico explicará de manera descriptiva la situación en la que se encuentra su hijo y cómo se ha formado el problema. Es importante agradecer a la familia la información aportada hasta entonces, reconocer su malestar y redefinir el problema del hijo, el conflicto como expresión de déficits o de su propio malestar.

4. Tratamiento de la situación problemática: Explicitar a la familia los objetivos de intervención propuestos en el programa individualizado de ejecución de la medida de su hijo. Ayudar a estas familias a restaurar el poder parental y las relaciones funcionales entre ellos. Confrontar a la familia con la realidad. Valorar la importancia y la necesidad de la colaboración de los padres en el tratamiento.

Fase final

5. Cierre de la intervención: Finalización de la medida judicial dónde se revisan los logros y aspectos aún por mejorar. Existe la posibilidad de derivar a la familia a otros recursos comunitarios antes y una vez finalizada la medida.

 

Acción socioeducativa en la modalidad grupal con familias

La intervención grupal con las familias es muy reciente en los equipos de medio abierto en Catalunya. Debido a la constatación del aumento de las dificultades de los padres y madres para ejercer el rol parental, con el consiguiente riesgo para los hijos de presentar problemas graves de conducta y adicción a drogas, el Departament de Justícia y el de Salut de la Generalitat de Catalunya con la colaboración de la asociación PDS (Promoció i Desenvolupament Social) elaboraron un programa específico de intervención grupal con los progenitores sin la presencia de los hijos, que recibió el nombre de “LÍMITES”. El modo de trabajo con grupos de padres permite elaborar un mayor número de contenidos y también admite crear dinámicas de autoayuda entre los miembros del grupo (Balsells, 2006).

Programa "Límites"El programa “LÍMITES” es una propuesta estructurada de intervención preventiva, de corte cognitivo conductual, consta de ocho sesiones de dos horas cada una con periodicidad semanal. Este programa ofrece a los progenitores el entrenamiento y aprendizaje de habilidades educativas y relacionales para con sus hijos y herramientas prácticas de gestión emocional, de manera que se reduzcan los factores de riego y se aumenten los de protección a los que están expuestos los hijos. Es gratuito y de participación voluntaria.

El contenido básico incluye el aprendizaje de habilidades de comunicación, reducción de conflictos y mejora de las relaciones familiares, establecimiento de normas y límites, la supervisión de sanciones y la vinculación familiar, la resolución de problemas y, finalmente, la posición familiar sobre el tabaco, el alcohol y el resto de drogas.

Cabe destacar que los candidatos a participar son progenitores de adolescentes que han entrado en el circuito de justicia juvenil, tanto estén en fase de asesoramiento, como en una medida de medio abierto e incluso menores que ya estén finalizando la medida de internamiento y disfruten de permisos en el domicilio al cual se van a incorporar pronto.

Reflexiones y propuestas

Diferentes meta-análisis sugieren que las intervenciones realizadas con delincuentes juveniles a través de metodologías propias de las ciencias de la educación, sociales, psicológicas, médicas, etc., son más eficaces que aquellas en las que prácticamente el acento de la intervención recae únicamente en el control y la privación de la libertad (Lipsey, 2009). Ésta conclusión también la podemos corroborar desde la praxis y no es ajena al ámbito de la intervención con las familias. La mayor eficacia se consigue abordando a la vez tanto adolescente como familia a través de formatos individual y grupal, o de forma simultánea si es preciso.

Se está constatando en la población general el aumento de las dificultades relacionales entre padres e hijos, situaciones que incluso derivan a la violencia entre ellos. En éste sentido toma relevancia los últimos años la violencia de los hijos hacia los padres, que ha generado nuevas tipologías delictivas. La primera reflexión a hacerse siempre pasa por preguntarse ¿Cómo hemos llegado hasta aquí? Es significativo, a la vez que triste y sorprendente, como, por ejemplo, los participantes de las diferentes ediciones del programa “LÍMITES” comentan la falta de ofertas de ayuda, desde los diferentes agentes sociales, con programas parecidos cuando sus hijos eran unos púberes que ya presentaban dificultades evidentes de conducta y/o violencia. Hay que difundir la información de los fenómenos que observamos en nuestro trabajo diario a los diferentes agentes sociales y políticos para actuar desde la prevención primaria. La llegada de este tipo de casos a justicia juvenil ya es por sí misma la evidencia de un fracaso en la trayectoria anterior.

Bibliografía

Erikson, E. (2000). El ciclo vital completado. Barcelona: Ed. Paidos Ibérica.

Watzlawick, P y col. (1981). Teoría de la comunicación humana. Barcelona: Ed. Herder.

Minuchin, S. (1982). Familias y terapia familiar. Buenos Aires: Ed. Gedisa.

Panchón, C. (1998). Manual de la inadaptación social. Barcelona: Ed. Dulac.

Grande, P., Teixeira, X. (2006). El enjuiciamiento penal de los menores. Madrid: Editorial del Boletín Oficial del Estado.

Lipsey, M. (2009). “The primary factors that characterize effective interventions with juvenile offenders: a meta-analytic overview”. En Victims and offenders,  núm. 4, págs. 124-147.

Balsells, A. (2006). “Orientaciones para promover acciones socioeducativas con familias en situación de riesgo social”. En Guías para la educación profesional. Wolters Kluwer Ed. Enlace. Consultada el 14/04/2012.

1.-  Cristina Blasco es Educadora social del “equipo de medio abierto Barcelona 2” y profesora asociada de la Facultad de Pedagogía de la Universidad de Barcelona. Joan Almirall, es Psicólogo del “equipo de medio abierto Barcelona 2”.

2.- “Tienen prioridad los derechos de los menores en todas las normas, actuaciones y medidas que adopten las instituciones públicas o privadas de bienestar social, tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos”. Diccionario de servicios sociales. Generalitat de Catalunya. Departament d’Acció social i Ciutadania.

3.- “Prestación de servicios sociales en el entorno habitual del usuario, de manera que pueda integrarse o continuar integrado en su unidad de convivencia y en su comunidad haciendo una vida lo más normal posible”. Diccionario de servicios sociales. Generalitat de Catalunya. Departament d’Acció social i Ciutadania.

4.- Memoria del Departament de Justícia 2009. Generalitat de Catalunya.