×

Presentación. Educación Social en centros penitenciarios

Autoría:

Carlos Sánchez-Valverde Visus, Coordinador del Consejo de redacción. Víctor Manuel Martín Solbes, editor invitado

Presentación

Educación Social en centros penitenciarios.

Víctor Manuel Martín Solbes, editor invitado.

Carlos Sánchez-Valverde Visus, Coordinador del Consejo de redacción.

Decía Mercedes Gallizo, cuando ocupaba el puesto de Directora General de Instituciones Penitenciarias, en un artículo publicado en el diario El País el 22 de noviembre de 2005 que,

“… ha llegado el momento en que la sociedad moderna supere la idea de que las prisiones son el destino inevitable al que están abocadas todas las personas que incumplen las normas penales. No es razonable. No es útil. No es realista”.

Y así lo creemos, aunque es cierto que las Instituciones Penitenciarias se constituyen como elementos indispensables en nuestras sociedades, no cuestionados y, por lo tanto, difícilmente podemos pensar en su superación y posterior eliminación. Y es por eso que debemos pensar en las prisiones, pensar en lo que ocurre en ellas y en las posibilidades educativas que en ellas pueden darse, ya que en esto consiste nuestra profesión.

Por lo tanto, pensar en prisiones y en lo que ocurre en ellas, exige reflexionar sobre cuestiones a las que intentamos acercarnos en el presente Monográfico y que podemos sintetizar en las siguientes:

  • Por un lado, la propia acción de encierro como un tipo de castigo social, de control de cierta parte de la población, procediendo a su aislamiento social y las relaciones que este encierro puede tener con prácticas relacionadas con los derechos humanos, más concretamente, con el derecho humano a la educación. 
  • Por otro lado, las posibles acciones que en el seno de la Institución Penitenciaria, las personas presas implementan, para traducir el tiempo de encierro en un tiempo educativo y socialmente útil. 
  • Por último, el necesario análisis sobre la preparación de las trabajadoras y trabajadores penitenciarios dedicados a los procesos de acción educativa y social, o vinculados con cuestiones de vigilancia; en cualquier caso, referentes de las personas presas y, por lo tanto, necesitados de una reflexión educativa y social que dé sentido a las profesiones y sus respectivas acciones.

Y es que no tenemos ninguna duda, la educación es un derecho humano fundamental, necesario para el ejercicio de los demás derechos humanos y cuyo fin se encuentra en el desarrollo integral de todas y cada una de las personas y colectivos; en definitiva, con el derecho a la educación, vislumbramos la idea del derecho a tener derechos. Este desarrollo personal supone un desarrollo social, ya que nos educamos con los otros y, por lo tanto, de pertenencia y reconocimiento ciudadano; de una ciudadanía que promueve, transmite y recrea la cultura. Sin embargo, debemos considerar que las personas privadas de libertad, que se encuentran en situación de encierro pero también de castigo social, disciplinamiento, control y segregación, muy a menudo son privados, por las propias estructuras y dinámicas, de las acciones educativas necesarias y de la recreación cultural a las que tienen derecho, por el simple hecho de ser seres humanos. En cualquier caso, no debemos olvidar que el derecho a la educación, es un derecho humano y que poco tiene que ver con las perspectivas terapéuticas y la instrumentalización de las acciones educativas que pueden realizarse para el mantenimiento de una paz social y de un estatus quo que mantenga inalterables las posiciones de poder, ya que la educación tiene un fin propio, como ya dijimos, el desarrollo integral de las personas, en este caso, las personas presas y, bajo ningún concepto, podemos admitir la negación de este derecho, del que debe ser garante el Estado, alejándonos de la idea de concebir la educación como una tecnología de carácter terapéutico asociada a la buena o mala conducta en el interior de las prisiones, obviando  cuestiones que precisan un mayor análisis, como pueden ser las condiciones de vida referidas a la sumisión, obediencia, control social que mucho tienen que ver con las situaciones de encierro.

Por otro lado, nuestra actual legislación establece en el artículo 25.2 de la Constitución que “las penas privativas de libertad y medidas de seguridad se orientarán hacia la reeducación y reinserción social”. Por lo tanto, parece evidente que toda acción realizada con las personas presas debe tener esta finalidad, la reeducación y reinserción social, es decir, la implementación de procesos educativos que ayuden a la inclusión social de las personas en prisión. Sin embargo, más veces de las necesarias, las prácticas penitenciarias reflejan una acción educativa, al menos cuestionable, ya que aunque educan, quizás debamos preguntarnos para qué educan; ¿educan para la transformación y desarrollo de las personas y sus entornos, o educan para el mantenimiento de un estatus quo injusto y creemos que, por lo tanto, abocado al fracaso?

Trabajar en las prisiones, supone hacerlo en un medio cerrado, aislado de la vida en libertad y muy jerarquizado, lo que dificulta las posibles acciones educativas que se quisieran implementar. Así, a través de los procesos educativos  implementamos procesos de cambio en la realidad de las personas presas, pretendemos iniciar una vía de intervención integral y permanente con las personas internadas en los centros penitenciarios, dando, de alguna manera, respuestas a la urgente necesidad de una acción educativa en estos entornos cerrados, aislados y excluidos. Asimismo, pretendemos abordar los factores culturales, sociales y psicológicos que ayuden a los internados en centros penitenciarios a dejar de verse a sí mismos como un colectivo marginado dentro de la marginación que supone la vida de un centro penitenciario, y todo esto, desde un punto de vista educativo. Pretendemos formar, informar, capacitar, concienciar para la autosuficiencia, que se adopten posturas frente a la alienación, el analfabetismo, la indigencia, la dependencia, la subsidiariedad y la incapacidad laboral. De este modo, parece imprescindible trabajar ámbitos relacionados con las drogodependencias, las habilidades sociales, educación para la salud, educación sexual, orientación jurídica, educación para la inserción sociolaboral, prevención de la violencia, crecimiento personal, educación cívica y para la ciudadanía, de potenciación de la autoestima, etc. Pero también es necesario tener presente las potencialidades de las personas presas, sus experiencias previas, sus formas de posicionarse en el mundo, ya que esto supone una riqueza que no debemos obviar.

Así pues, creemos que la educadora o educador social tiene que estar involucrado en el grupo, desarrollando acciones que propicien la concienciación de las personas en el desarrollo de su futuro; debe potenciar acciones colectivas que lleven al bien común, generando condiciones que propicien la potenciación de los miembros del grupo, actuando como agente dotado de un potencial técnico y burocrático para atender a las necesidades de las personas presas. En este proceso, la educación social se presenta fundamental, ya que supone un proceso de empoderamiento en sí misma, que fortalece al educando, haciéndolo socialmente más competente, más libre, dueño de sus propias decisiones. Así, la educación se presenta como uno de los instrumentos más importantes para el empoderamiento de las personas, ya que la educación debe fortalecer la capacidad de intervenir en la gestión del propio desarrollo, interrumpiendo así la espiral de exclusión-criminalización-reclusión-exclusión a la que son sometidas las personas presas en prisión.

En definitiva, se trata de ir educándose para conseguir el desarrollo integral de sus personas, siendo el objetivo último que las personas presas con las que trabajamos para conseguir su fortalecimiento, puedan prescindir de nosotros en un futuro próximo, ya que esto significaría que las intervenciones han sido adecuadas y que la persona se siente capacitada para caminar sola por la vida tomando sus propias decisiones y relacionándose con los demás a través de procesos de convivencia adecuados, manteniendo una actitud crítica ante la realidad que vive, ya que consideramos imprescindible sostener esta actitud para el avance de un conocimiento liberalizador y, por ende, para la construcción de una ciudadanía participativa y solidaria. De este modo, retomamos las palabras de Arendt (1996:202) cuando reflexiona sobre el sentido de la educación y dice que “la educación es el punto en que decidimos si amamos al mundo lo bastante como para asumir una responsabilidad por él”, porque creemos que, en definitiva, de eso se trata, de responsabilizarse con el mundo y con las personas que lo habitan, aunque se encuentren en prisión.

Por último, no podemos olvidar la necesidad de trabajar educativamente con las personas que trabajan en el medio penitenciario, profesionales de la vigilancia o de cualquier otro ámbito, para que sus acciones no contradigan los procesos educativos y de inclusión social; en este sentido, es necesario vincular a estos profesionales con una finalidad educativa del tiempo en prisión y con el reconocimiento de las personas presas, lo que sin lugar a dudas, evitaría cuestiones relacionadas con el estrés, la fatiga laboral y el denominado síndrome de Burnout o de quemado, en clara alusión a las penosas condiciones de vida física y psíquica que los centros penitenciarios ofrecen a sus trabajadores; así pues, creemos que una adecuada visión y formación pedagógica y social puede hacer que estos profesionales encuentren el sentido de sus acciones profesionales.

En definitiva, este monográfico pretende ofrecer reflexiones en una línea constructiva y crítica, basadas tanto en los fundamentos teóricos aportados por la pedagogía y la educación social, como desde las buenas prácticas educativas en este tipo de medios, ya que consideramos importante que emerja un corpus de conocimientos sustantivos que nos ayuden a ir generando nuevos y mejores análisis y estrategias para la acción en estos contextos y, desde ahí, queremos desarrollar principios de referencia para la acción educativa y social.

También nos gustaría agradecer aquí la colaboración de todas las personas que han hecho posible este Monográfico con el que abordamos un ámbito poco conocido, estudiado e investigado, menos aún desde la perspectiva de la educación social. Esperamos contribuir con él a visibilizar las Instituciones Penitenciarias, en el seno de nuestras sociedades, como foco educativo relevante y como lugares no exentos de derechos para las personas que en ellas sobreviven.

Y por último, anunciaros los temas de los monográficos de RES, Revista de Educación Social para el 2016 y el 2017:

  • El número 23, que saldrá editado en julio de 2016, estará dedicado a: Inserción
    sociolaboral y Educación Social. 
  • El número 24, enero de 2017, al VII Congreso de Educación Social. “A
    más Educación Social, más ciudadanía”
    . Sevilla abril de 2016. 
  • El número 25, julio de 2017, a: Los retos de la educación social en tiempos de
    globalización. 
  • Y el número 26, enero del 2018, a: Educación Social y Trabajo Social, un
    encuentro necesario.

Esperamos vuestras propuestas y os deseamos una feliz lectura.

Referencias

Arendt, H. (1996). Entre el pasado y el futuro. Barcelona. Península.