Lorenzo Salamanca García, educador social en Ayuntamiento de Zamora
Al abordar los malos tratos a menores solemos poner el acento en el maltrato ejercido por personas con quienes se relacionan estos-as. Pero existen también situaciones estructurales o del sistema que fomentan lo que se denomina maltrato institucional. Nos parece relevante detenernos en este tipo de maltrato porque, con frecuencia, es ignorado al abordar el trabajo socioeducativo con niños-as en desventaja. Para ello nos fijaremos en algunos contextos donde podemos ver el reflejo de este maltrato en nuestro país. Y finalmente, nos gustaría que ello sirviera de reflexión a dos de los perfiles profesionales más presentes en la red de servicios sociales: educadores-as sociales y trabajadores-as sociales.
La Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989 (UNICEF, 2004), reconoce a todos-as los-as niños-as como titulares de derechos y establece las obligaciones de los Estados para brindarles protección. Conviene recordar que la Convención de los Derechos del Niño es el tratado de derechos humanos que tiene más amplia aceptación a nivel mundial, siendo España uno de los 196 países que la han ratificado. Por otro lado, el Parlamento Europeo aprobó la Carta Europea de los Derechos del Niño (Parlamento Europeo, 21 de septiembre de 1992) y España es miembro de la Unión Europea desde 1985.
Por lo que se refiere a nuestro país, el Título I de nuestra Constitución recoge los derechos y deberes fundamentales y, dentro del mismo, en el artículo 39 se señala la necesidad de asegurar una protección a la familia y a los menores (Constitución Española, 1978).Completando y desarrollando lo anterior, las Cortes Generales han aprobado una serie de leyes que regulan la atención a la infancia, en diversos contextos sociales, y que constituyen un marco de referencia a tener en cuenta:
Sin embargo, a pesar de todo regulado y legislado, no dejan de existir situaciones en las que el propio Estado o los poderes públicos directamente relacionados con él incumplen, de alguna manera, lo regulado y es entonces cuando podemos hablar de “maltrato institucional o del sistema”.
Podemos definir el maltrato institucional a menores como,
”… cualquier legislación, programa, procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos o bien derivada de la actuación individual del-la profesional o funcionario-a de las mismas que comete abuso o negligencia, detrimento de la salud, la seguridad, el estado emocional, el bienestar físico, la correcta maduración o que viole los derechos básicos del-la niño-a o de la Infancia” (Martínez, A. y Sánchez, J.J, 1989:121).
En el presente artículo nos centraremos en las carencias del Sistema y no tanto en las actuaciones individuales de profesionales, pues creemos que estás son, casi siempre, consecuencia de lo anterior. En este sentido, algunos indicadores del maltrato institucional, tal como son percibidos en la praxis profesional, serían (ASAPMI, 2018):
A continuación se exponen algunas situaciones que pueden ser ejemplo de este maltrato institucional o del sistema a los-as niños-as y ante las cuales los-as profesionales de la intervención socioeducativa con la infancia (de manera particular, educadores-as sociales y trabajadores-as sociales) no podemos pasar por alto.
La crisis económica nos ha desvelado que los-as niños-as presentan una mayor inclinación a la pobreza que otros grupos de edad y ello puede constituirse en un rasgo definitorio de las generaciones venideras: si se continúan aplicando las mismas políticas, en 2022 casi el 40% de la población española estará en riesgo de exclusión social (Oxfam, 2012).
Como consecuencia de la crisis económica, se han aplicado diversos recortes en educación (Real Decreto-Ley, 2012), considerando la misma más como un gasto del que se pudiera prescindir, en cierta medida, que como un derecho, tal como queda recogido en nuestra Constitución (artículo 27.1):
2- Parques que se convierten en parkings y la calle bajo sospecha.
3- Desahucios o la amenaza al derecho de la vivienda.
Otra consecuencia de la crisis económica son los desahucios, ya que numerosas familias al ver reducidos sus ingresos de manera ostensible se vieron imposibilitadas para afrontar los pagos de la hipoteca o alquiler. Más allá de las estadísticas, se trata de personas con rostros e historias de vida que es conveniente conocer (Grandes, 2015; Martínez, “et alt.”, 2016). Se calcula que, desde el comienzo de la crisis en julio del 2008, unas 400.000 familias han perdido sus viviendas (Sarries, 21 de julio de 2016). Se trata de familias que pertenecen a grupos vulnerables de nuestra sociedad, como inmigrantes -fueron los-as primeros-as afectados-as por la crisis hipotecaria-, familias monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género, etc. Cada desahucio representa una verdadera situación límite para estas personas, acelerando procesos de exclusión para los-as afectados-as (Hernández, 2013), que algunos-as solo han sabido afrontar quitándose la vida (Vera, 18 de junio de 2016).Además, un desahucio suele conllevar la reubicación de la familia en lo que se denomina como “viviendas inseguras” (Human RightsWatch, 2014), en las que pasan a vivir con parientes o amigos-as, subarrendar habitaciones en pisos, ocupar edificios vacíos, etc.
Por otro lado, no hay que olvidar que en todo este proceso hay niños-as, que suelen ser los-as grandes invisibles: no hay datos, no hay registros, no hay seguimientos. La ley sólo protege a los menores de tres años y con padres en paro, dándoles a estos una moratoria de dos años. Pero cuando hay menores de 3 a 18 años la ley no establece ninguna protección específica. Habría que recordar que la vivencia de un desahucio para los niños puede tener consecuencias del tipo: pérdida del control de esfínteres en pequeños que ya lo tenían superado, ansiedad, temores nocturnos, sentimiento de vergüenza ante sus amigos-as, fracaso escolar, anticipación de procesos de maduración (adolescentes que asumen el rol del cabeza de familia), etc. (García, 3 de julio de 2015). Recientemente, una sentencia del Tribunal Supremo ha revocado un desahucio de una familia con tres hijos y en la misma se insta a los jueces a que protejan a los niños antes de autorizar un desahucio (Rincón, 30 de noviembre de 2017). Así mismo, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca viene reclamando que se pueda constituir un parque público de vivienda en alquiler con las viviendas del Sareb o sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (PAH, 9 de diciembre de 2014).
Una decisión, que completa el drama de los desahucios, es la de las compañías eléctricas de cortar la luz a las familias vulnerables por impago, aun aportando informe de los Servicios Sociales sobre su situación. La denominada “pobreza energética” afecta en nuestro país a 4,7 millones de españoles-as, de los-as cuales el colectivo más afectado es de los hogares monoparentales con hijos-as a cargo (Meizoso, 4 de diciembre de 2017). En algunas autonomías se había regulado al respecto: así, por ejemplo, en Cataluña, a raíz del fallecimiento en un incendio de una anciana en Reus, a la que habían cortado la luz y se iluminaba con velas, el gobierno autónomo había aprobado la ley 24/ 2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. Esta ley impedía a las empresas suministradoras cortar la luz a las personas con dificultades económicas sin informe previo de los Servicios Sociales. Sin embargo, y en relación con lo anterior, una reciente sentencia de una jueza de Barcelona, ante un recurso interpuesto por Endesa, ha anulado esta ley (EFE, 5 de diciembre de 2017): una vez más los intereses del mercado se imponen sobre las personas
Finalmente, no queremos pasar por alto el dato de que en España hay más de 9.000 familias gitanas (procedentes de Portugal o del Este de Europa) que viven en situación de infravivienda o chabolas, sin las condiciones mínimas, siendo Galicia, Aragón, Madrid y Castilla- La Mancha las comunidades autónomas que presentan un índice de chabolismo mayor (FSG, 2016).
4.- Los menores extranjeros no acompañados son tratados como niños-as de segunda clase.
Si cualquiera de los-as niños-as nacionales viviera en las condiciones en las que viven muchos-as niños-as inmigrantes que han llegado a nuestro territorio y que no cuentan con apoyo familiar, los organismos de Protección a la infancia intervendrían rápidamente. Sin embargo, en el caso de los-as niños-as inmigrantes parece que la urgencia no es tal, como si fueran menores de segunda clase o invisibles (Rosati, 10 de noviembre de 2017).
Aunque no existen datos exactos (Senobilla, 2011), se estima la cifra de menores inmigrantes no acompañados-as en nuestros país ha ido incrementándose paulatinamente (Plataforma de Infancia, 31 de enero de 2018), pasando de los 4.000 en 2016 hasta superar los-as 7.000 (Pinar, 2 de agosto de 2018). Muchos-as de ellos-as no han pasado siquiera por los recursos del sistema de protección y cuando lo han hecho han estado en centros residenciales masificados y deteriorados, donde se sienten desprotegidos-as, discriminados-as y hasta agredidos-as por los propios vigilantes y/o educadores (Leon, 28 de octubre de 2009; Publico, 18 de julio de 2018), lo que ha provocado la fuga de bastantes de ellos-as. Molestar, hacer indeseable el sistema para convertirlo en insoportable (tantas veces los menores escuchan en los centros la frase “esto no es un hotel”) y así frenar el efecto llamada es una evidencia de que los mecanismos de protección no funcionan adecuadamente con estos-as chicos-as. En ciudades como Madrid, Bilbao, Barcelona, Ceuta, Melilla y otras, nos hemos acostumbrado a verles deambular por sus calles y parques (Checa, Arjona, Checa y Alonso, 2006), lo que constata un fracaso del sistema de protección a la infancia y una vulneración de los derechos del niño-a en nuestro país. J. Rubio, educador de calle en la comunidad de Madrid, ante alguna situación de necesidad, vivida con alguno-a de estos-as chicos-as, habla de “un sistema de desprotección organizado” (Rubio, 23 de noviembre de 2016). Así mismo, la organización Jueces por la Democracia ha criticado las condiciones en las que son tratados-as estos-as menores cuando son trasladados-as a la Fiscalía de Menores para su identificación, filiación y determinación de edad (JJpD, 2017). Añadiendo a lo anterior que, si a un-a niño-a se le identifica incorrectamente como mayor de edad, queda expuesto-a a vivir en la calle, ser detenido-a, expulsado-a del país o ingresado-a en un Centro de Internamiento de Extranjeros, lo que conlleva una privación de libertad en contra de la ley.
Hemos de tener presente que todos-as estos-as niños-as que han llegado a nuestro país huyendo de la violencia y/o de la pobreza, terminan viviendo entre nosotros-as bajo sospecha, como si fueran una amenaza (se ha generado alrededor de ellos-as un discurso de que roban, de que son malos-as, etc.), olvidándonos de dar respuesta a su verdadera esencia, el hecho de ser niños-as -con una estigmatización difícil de superar- (Antúnez, Driss, García y Olcina, 2016). Se trata de experiencias dramáticas de huida, realizas sucumbiendo ante mafias que han crecido impulsadas por la guerra de fronteras, tal como vienen denunciando diversas asociaciones y personas como, por ejemplo, la activista y experta en migraciones H. Maleno, a la que un tribunal marroquí acusa de un delito de tráfico de personas por dar alertas a Salvamento Marítimo cada vez que una patera con personas migrantes intenta cruzar el Estrecho con peligro para sus vidas (Peregil, 5 de diciembre de 2017). Este poner bajo sospecha el trabajo de las ONGs y de las personas que en ellas trabajan se alimenta con declaraciones irresponsables de algunos-as representantes de los poderes públicos (Quintero, 18 de noviembre de 2017). Todo ello es reflejo de un“mundo al revés” (Galeano, 2005): el neoliberalismo se impone legitimando la desigualdad y criminalizando a los-as pobres y a sus defensores-as.
Diversas ONGs (Amnistía Internacional, Oxfam-Intermon, etc…) vienen criticando al gobierno español por incumplir el compromiso de acogida de refugiados realizado en 2015 ante la Comisión Europea: a fecha 24 de septiembre de 2017, en que finalizaba el plazo de acogida acordado a nivel europeo, solo había llegado al 11,4% de lo pactado, que debían ser 17.680 refugiados-as procedentes de Siria y otros países en conflicto. Y esto pese a que la mayoría de la población española se muestra partidaria de acoger a refugiados-as en su casa, su barrio o su localidad, tal como recogen diversas encuestas (EFE, 17 de junio de 2017).
5.- Retiradas de tutela y familias rotas.
Nos interesa detenernos en dos situaciones en las que pueden encontrarse los-as niños-as atendidos por el sistema de protección a la infancia (Moreno-Torres, 2015):
Tanto la situación de riesgo como la de desamparo son declaradas por la administración pública competente. Una diferencia notable entre ambas es que la de riesgo sería aquella que no alcanza la intensidad o persistencia suficiente como para aconsejar la separación del-la menor de su entorno familiar, mientras que la de desamparo comportaría la asunción inmediata y automática de la tutela del-la menor por parte de la administración pública competente, pasando la familia biológica a mantener contactos con su hijo-a durante un corto espacio de tiempo y supervisados por un-a técnico-a(Pérez, 20 de noviembre de 2016).
Somos conscientes de que en nuestro país pueden existir casos de niños-as abandonados-as, maltratados-as, desprotegidos-as, casos ciertamente preocupantes (de desamparo) sobre los que habrá que tomar medidas sin tregua. Pero, con frecuencia, en la vida de los-as menores se confunden situaciones de riesgo y desamparo y vemos como se multiplican, de manera excesiva, las retiradas de tutela a familias vulnerables económicamente, al tiempo que se remunera con 500 euros al mes por menor a las familias acogedoras, cuando ese dinero debería ir destinado para que las familias biológicas de los menores salieran adelante. Además, ¿alguien se cree que en España hay alrededor de 40.000 – los-as menores tutelados en nuestro país superarían esa cifra- familias que no saben cuidar a sus hijos-as? (García, 10 de mayo de 2018).
Asistimos, en el momento actual a una gran paradoja: por un lado, numerosos-as profesionales de los servicios sociales (trabajadores-as sociales, educadores-as sociales, etc.) creen superado el modelo actual de los servicios sociales, reducidos a “beneficencia y caridad” ( como si fueran meros gestores de un sistema de ayudas que les viene impuesto), y proponen un cambio hacia un modelo de atención más centrado en la persona, diseñando estrategias para una inserción que respete la dignidad de cada persona, contando con apoyos comunitarios, etc. (FV, 17 de noviembre de 2017; Servimedia, 19 de octubre de 2017). Y por otro lado, hay familias que teniendo dificultades para alimentar a sus hijos-as, tienen miedo a pedir ayuda a los Servicios Sociales porque temen que puedan retirarles a sus hijos-as (Agudo, 9 de septiembre de 2013).
Organizaciones que trabajan con la infancia vienen afirmando que el sistema de protección a la infancia vigente en nuestro país parece que identifica más la desprotección de los niños-as en familias en riesgo de pobreza. De ello parece deducirse que las familias pobres se portan mal con sus hijos-as, mientras que las familias no-pobres cuidan bien de sus descendientes. Como consecuencia de ello, se toman decisiones sobre los-as menores para protegerlos de la pobreza. Pero si se atajara la pobreza este sistema no se mantendría en pie (APDHA, 2006). Estos pensamientos vienen avalados por:
Teniendo en cuenta todo lo anterior, diversos-as profesionales de los Servicios Sociales (Marisol Ramoneda –psicóloga de Barcelona-, Javier Martín –psicólogo de la Xunta de Galicia-, Mercedes Botija Yagüe –profesora de Trabajo Social en Valencia- , Nuria Empez –educadora social, coordinadora del libro “Dejadnos crecer. Menores migrantes bajo tutela institucional”-, etc.), reclaman que sea un-a juez de familia quien pueda determinar la retirada de unos-as niños-as de una familia, después de denuncias previas en dicho juzgado, bajo la responsabilidad del-la denunciante y garantizando el derecho a la protección jurídica que debe tener el-la denunciado-a. Actualmente la decisión de declarar el desamparo de un-a menor está en manos de técnicos-as, y sólo si la familia afectada recurre irá el procedimiento al juzgado de familia, algo que raras veces ocurre debido a que se trata de familias muy castigada y vulnerables: con escasas habilidades para defenderse con la puntualidad y formalidad que se requiere, a la par que con dificultades económicas para asumir los gastos de un recurso. Además, se trata de un procedimiento que se alarga como mínimo un año, con todo el desgaste que ello supone.
Por otro lado, al hecho de que en España haya más de 43.000 niños-as que crecen sin el cuidado de sus padres, en cuidados alternativos a la familia de origen, hay que añadir el hecho traumático de que bastantes de ellos-as tienen que hacerlo separados-as de sus hermanos-as, lo que agrava la situación a la que se enfrenta el-la niño-a, provocando una tensión que hace que la recuperación resulte más difícil. Y esto ocurre a pesar de que las modificaciones legislativas del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia realizadas en 2015 contemplan la no separación de los-as hermanos-as en cuidado alternativo, algo que en la práctica no siempre ocurre (Aldeas Infantiles, 2018).
6. Los-as niños-as, victimas ignoradas en la violencia de género.
Desde el año 2010 han muerto alrededor de 30 niños-as a manos de parejas o exparejas de mujeres víctimas de violencia de género, siendo esta una cifra que cada año ha ido incrementándose (EFE, 5 de marzo de 2018). El Defensor del Pueblo ha subrayado recientemente la necesidad de otorgar más protección a los-as hijos-as de las mujeres víctimas de violencia machista tras observar un aumento del número de menores que han muerto a manos de sus padres (Defensor del Pueblo, 2017: Informe anual 2017). Parece evidente, como subrayan diversos expertos (Lorente,2014), que no se están tomando medidas suficientes para proteger a los-as niños-as, sobre todo cuando se trata de casos identificados (hay denuncia y reconocimiento explícito de violencia), ignorando el hecho que de un maltratador no puede ser un buen padre (Fernández, 2016), pues cuando un hombre maltrata sistemáticamente a la madre de sus hijos-as, les está produciendo a estos un gran daño emocional, pudiendo llegar a normalizar la violencia en su vida familiar futura. Recientemente se ha aprobado en el Congreso el Pacto de Estado contra la violencia machista (Congreso, 2017) que incluye en una de sus medidas la suspensión del régimen de visitas “en todos los casos que el menor hubiera presenciado, sufrido o convivido con manifestaciones de violencia”, sin embargo, después de varios meses este Pacto sigue sin presupuesto y sin que se ponga en marcha ninguna de sus medidas: en el 2017 la suspensión del régimen de visitas se produjo en el 2,3 % de los supuestos y se constata que a lo largo del 2018 la justicia ha seguido otorgando regímenes de visitas a condenados por violencia machista (Borraz, 2 de enero de 2018). Apoyándose en el Dictamen de 2014 del Comité de Naciones Unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer – donde se exhortaba a nuestro país a que los antecedentes de violencia de genero fueran tenidos en cuenta a la hora de otorgar custodias y visitas de los hijos/as-, en estos días una sentencia del Tribunal Supremo reconoce los fallos del Estado en la desprotección sufrida por una madre y su hija, la cual fue asesinada en 2003 por su padre, condenado por malos tratos, en una visita no vigilada (Kohan, 20 de julio de 2018).
Finalmente, urge tomar conciencia de multitud de micromachismos que afectan a diversas instancias de la vida pública y privada de las personas (Bonino, 2004) y que se cuelan en la vida de los-as niños-as a través de películas, imágenes, videojuegos, etc., algo que si no se afronta, implica retroalimentar el problema en todas las instancias de nuestra sociedad, tal como reconocen diversos-as expertos-as (Díez, 2004; Moisés, 2017; García y Hernández, 2016).
7. Los centros de menores: entre la estigmatización de la pobreza y el negocio.
En primer lugar, los-as menores pueden ser internados en centros por la retirada de la tutela a sus progenitores (dentro del sistema de protección a la infancia): en España de los-as más de 30.000 menores bajo tutela de la administración, 18.000 se encuentran en centros, lo que nos sitúa como el segundo país de Europa en número de niños-as institucionalizados-as (Morales, 2016). Y de los-as que se encuentran en centros, aproximadamente la mitad no quieren estar allí y mucho menos en centros grandes. Como consecuencia de esta insatisfacción, se producen fugas que llevan a muchos-as chicos-as a la calle y a delinquir, con la paradoja de que, al final, se den respuestas policiales a lo que, en principio, era un problema social. Sería necesario antes de actuar contar con la opinión de los menores (Llosada, 2016) y hacer de los centros la última medida, contando antes con la familia extensa o familias de acogida. A lo anterior hay que añadir que cuando estos-as chicos-as cumplen 18 años deben abandonar el centro: cada año 3000 jóvenes extutelados-as viven este drama, que para la mayoría de ellos-as implica volver a la calle, aunque cuenten con alguna ayuda económica hasta los 21 años. Esta realidad se hace más dramática aún para los-as jóvenes extranjeros-as, que pasan, de la noche a la mañana, de menores inmigrantes en protección a jóvenes extranjeros-as (Muro, 17 de julio de 2017): estos-as chicos-as se enfrentan a la vida adulta once años antes que la media de los-as jóvenes españoles, con el agravante de que han vivido situaciones más extremas que otros-as chicos-as de su edad, lo que requería apoyos profesionales (educadores, etc.) y estructurales (como pisos tutelados, etc.) para su favorable integración social.
En segundo lugar, también pueden ser internados-as, por imposición del juez de menores (dentro del sistema de reforma), aquellos-as chicos-as que hayan cometido delitos graves por violencia, intimidación o peligro para las personas y/o aquellos-as que padezcan anomalías o alteraciones psíquicas, dependencia a sustancias o alteraciones en la percepción que supongan una alteración grave. Estos internamientos lo son en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 13 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los-as menores (para menores entre los 14 y los 18 años) y tienen en los-as menores unos efectos similares a los de las cárceles en las personas adultas: excesiva institucionalización, malos tratos (en la convivencia o camuflados como “medidas de contención” por personal del centro), ambiente opresor cargado de sanciones, aislamiento que puede precipitar trastornos psicóticos (Calvo, 1 de diciembre de 2016), abuso de la medicación como medida de control (chicos-as, literalmente, drogados), etc. (Defensor del Menor de Andalucía, 2014; Defensor del Pueblo, 2016). Cuando un-a menor abandone un centro de reforma tendrá destruida la poca autoestima que tenía antes de entrar, sufrirá un fuerte estrés postraumático, sus lazos sociales estarán más deteriorados, contara con escaso o nulo apoyo familiar, en definitiva, una situación personal muy parecida, aunque con mayor gravedad por el hecho de vivirla en minoría de edad, a la de un preso-a excarcelado-a (Valverde, 1997). A lo anterior, hay que añadir que cuando los centros son gestionados por entidades privadas, estos son verdaderos negocios: la plaza en un centro de internamiento terapéutico puede rondar al mes los 4.000 euros y en un centro de reforma los 8.000 euros, así mientras los hijos-as de los pobres son internados en centros públicos (masificados, con malos tratos, etc.), los hijos de los ricos van a centros-chalets. Por ejemplo, la Asociación Ginso gestiona varios de estos centros de carácter privado y a ella está vinculado, por paradójico que parezca, J. Urra, quien fuera entre 1996 y 2001 Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid (López, 6 de febrero de 2016). Podemos concluir que, a pesar de existir un marco legislativo común y ser España un Estado de Derecho, la propia respuesta institucional del internamiento en centros estaría alimentando la desigualdad.
Finalmente, si estudios recientes dicen que 1/3 de los-as niños-as vive en riesgo de pobreza o exclusión en nuestro país (eldiario, 21 de junio de 2018), podemos concluir que dentro de unos años 1/3 de la población española es probable que siga estando en riesgo de pobreza. Las altas tasas de pobreza infantil en España no van a mejorar si no hay una apuesta decidida de incrementar la inversión en infancia: por ejemplo, España solo invierte el 1,8% del PIB en el sistema de protección a la infancia, mientras Alemania un 3,2%, y Francia un 2,5% (Save the Children, 2016).
A continuación, se presentan algunas conclusiones, a modo de propuestas operativas, que contribuyan a incentivar el buen trato con la infancia desde diversas instancias.
En primer lugar, en relación al ámbito de la educación escolar, consideramos especialmente importante implantar en los centros de enseñanza la figura del-la educador-a social, particularmente en la Secundaria, dada la etapa evolutiva que representa la adolescencia en cuanto a construir la identidad (Eli y Jensen, 2015) y donde el fracaso escolar se manifiesta como más dramático, al tener la inserción laboral más próxima. Al tiempo, estos-as educadores-as pueden ser una figura de referencia para promover la convivencia y prevenir el bullying. Sin embargo, constatamos que la presencia de educadores sociales en los I.E.S. es una praxis aún incipiente: sólo existe en algunas autonomías como Extremadura, Andalucía, Castilla la Mancha y Baleares (López, 2013 y Europa Press, 19 de julio de 2018), por ello consideramos que debería generalizarse en todo el territorio nacional por igual. Por ejemplo, si consideramos la realidad de los-as chicos-as trans veremos que, según el Observatorio Español contra la LGBTfobia, de media 50 chicos-as LGBTI se suicidan en España cada año y otros-as 950 LGBTI lo intentan, debido a la falta de apoyo familiar, el bullying, conflictos de autoaceptación y autoconfianza (EFE, 16 de septiembre de 2017). En relación a lo anterior, estos-as chicos-as experimentan un apoyo social escaso, existiendo la tendencia a patologizar la transexualidad en los-as menores de edad (Público, 30 de noviembre de 2017).
En segundo lugar y directamente relacionado con el hecho de recuperar la calle, consideramos que es necesario reflexionar sobre “ciudades más sostenibles” (Felipe, 25 de septiembre de 2017) y donde se consideren los derechos de los-as niños-as (a la participación, al juego, desplazarse sin peligros, al encuentro con otras personas y con la naturaleza, etc.) al configurar los espacios públicos (Tonucci, 2016). Así mismo, en relación a un problema como el de la drogodependencia en los-as adolescentes y jóvenes, habría que trabajar más los aspectos preventivos que los punitivos, desmitificando el consumo, ayudando a tomar conciencia de riesgos asociados a su salud mental, etc. (PNSD, 2007), algo que es más fácil hacerlo desde la cercanía con los-as propios-as chicos-as en su entorno y, para ello, el trabajo de educación de calle es una herramienta muy válida (Salamanca, 2017).
En tercer lugar, en relación a las retiradas de tutela, consideramos que la administración pública, a través de sus técnicos-as, debería actuar de manera más preventiva y ser menos intervencionista. Ello evitaría numerosas quejas reclamando la revisión de un sistema de protección que permite retirar la tutela de los-as niños-as de sus familias por una decisión administrativa que se sustenta, no pocas veces, sobre profesionales sujetos a una temporalidad y a permanentes cambios, lo que dificulta un seguimiento y conocimiento de la realidad, con informes sociales poco rigurosos, etc. (Safont, 5 de mayo de 2017)
Finalmente, los-as profesionales que trabajamos socioeducativamente con la infancia y adolescencia (educadores-as sociales, trabajadores-as sociales, etc.) no podemos mirar para otro lado ante situaciones como las descritas que dañan seriamente la vida de los-as menores (Navarro, 2007). Y ello debe ser así porque nuestra actuación se sitúa dentro del marco de los Derechos Humanos, tal como recogen los respectivos códigos deontológicos (CGCEES, 2007, Consejo General del Trabajo Social, 2017). Cada uno-a de nosotros-as (educador-a social y/o trabajador-a social) deberíamos relacionarnos con los-as chicos-as como personas que compartimos una misma dignidad, tratando de ser significativos-as para ellos-as (siendo personas sensatas, decididas, tenaces, cariñosas, etc.), intentando entender lo que les pasa (cada chico-a tiene sus propias vivencias sobre lo que le conviene, lo que le ocurre y cómo se siente), sin juzgarles ni dar a nadie por perdido y tomando partido siempre por los más débiles (Escudero, 2015; Martínez, 2017).
La experiencia nos demuestra que son los-as chicos-as pobres los que más sufren el llamado maltrato institucional. Sin embargo, observamos que cuando se atajan las consecuencias de la pobreza se incide en las consecuencias tangibles (materiales o fisiológicas), pero no se suelen tener en cuenta los problemas psicosociales que van asociados a ella: pérdida de autoestima, vergüenza paralizante, humillación, abuso de drogas, suicidio, etc. La pobreza mina la dignidad humana y, por ello, es urgente un abordaje muldimensional (Giménez y Valente, 2016). Por todo ello, varios grupos de reflexión, como Red Renta Básica, que coordina el profesor de economía Daniel Raventós (RRB, 2017), y otras personas que llegan a poner en riesgo su vida (Ruiz, 2 de noviembre de 2017), vienen reclamando una Renta Básica Universal, que evitaría cualquier atisbo de estigmatización social o vergüenza. Igualmente, argumentan que a diferencia de otras ayudas públicas de los Estados de Bienestar que van sujetas a situaciones de pobreza, discapacidad, desempleo (condicionalidad), la Renta Básica sería un derecho universal de todos los ciudadanos-as (incondicional).
ABC (18 de septiembre de 2017). Investigan el “uso abusivo” de la retirada de menores a los padres por parte de la Junta de Andalucía. Recuperado de: Enlace
Agudo, A. (9 de septiembre de 2003). Padres en desamparo. EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
Altozano, M. (18 de junio de 2013). Condenan a España por separar a una hija de su madre por falta de recursos. EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
Aldeas Infantiles (2018). Reclamamos la no separación de hermanos en el cuidado alternativo. Recuperado de: Enlace
Álvarez, P. (2017). Repetir curso: ni se mejora, ni se aprende más. El País. Recuperado de: Enlace
Álvarez, R. (9 de Julio de 2018). Suicidio: la muerte silenciada. El Mundo. Recuperado de: Enlace
American Foundation For Suicide Prevention (2014). Suicide Attempts among Transgender and Gender Non- Conforming Adults. Recuperado de: Enlace
AMPA (22 de julio de 2018). Respuesta a Alberto de Castro. Recuperado de: Enlace
Anghel, B., Cabrales, A. y Carro, J.M. (2013). Evaluación de un programa de educación bilingüe en España: El impacto más allá del aprendizaje del idioma extranjero. Madrid: FEDEA. Recuperado de: Enlace
Antúnez, M., Driss, N., García, R. y Olcina, S. (2016). De niños en peligro a niños peligrosos. Una visión sobre la situación actual de los menores extranjeros no acompañados en Melilla 2016. Asociación Harraga. Recuperado de: Enlace
APDHA (Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía) (2006). El sistema de protección del menor. Visión crítica de la APDHA. Recuperado de: Enlace
APRODEME (Asociación para la Defensa del Menor) (2012). Inexistencia de abandono o desamparo, sino únicamente carencias de orden material y económico. Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 6ª). Recuperado de: Enlace
Arellano, M. y Bentolilla, S. (22 de febrero de 2009). ¿Quién es responsable de la “burbuja inmobiliaria”? EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
ASPMI (2018). Maltrato institucional. Recuperado de : Enlace
Bonino, L. (2004). Micromachismos: La violencia invisible en la pareja. Recuperado de: Enlace
Borraz, M. (2 de enero de 2018). La justicia mantiene el régimen de visitas con sus hijos a condenados por violencia machista a punto de entrar en prisión. eldiario.es. Recuperado de: Enlace
Cabrerizo, L., Martínez, M., Zelaya, M., García, M. y Andrés- Candelas, M. (2018). Guía para promover la participación infantil y adolescentes en la ciudad de Madrid. Ayuntamiento de Madrid. Recuperado de: Enlace
Calvo, S. (1 de diciembre de 2016). El régimen de aislamiento penitenciario puede precipitar trastornos psicóticos en los presos. eldiario.es. Recuperado de: Enlace
Cañizares, M.J. (1 de julio de 2017). Cataluña es la Comunidad Autónoma con más barracones escolares. El Español. Recuperado de: Enlace
Carceller, R. (12 de septiembre de 2016). Así deberían ser los comedores escolares. La Vanguardia. Recuperado de : Enlace
Cárdenas, J.F. (2012). Es mi hija. Barcelona: Carena.
Carnero, A. (21 de julio de 2018). Es tiempo de resetear el concepto de barrio. DEIA. Recuperado de: Enlace
Castilla- La Mancha (2016). Protocolo de actuación dirigido a menores sobre identidad y expresión de género. Recuperado de: Enlace
Castilla y León (2018). Protocolo de atención educativa y acompañamiento al alumnado en situación de transexualidad y alumnado con expresión de género no normativa. Fase experimental. Recuperado de: Enlace
Checa, F., Arjona, A., Checa, J.C. y Alonso, A. (2006). Menores tras la frontera. Otra inmigración que aguarda. Barcelona: Icaria
Chomsky, N. (2018). Réquiem por el sueño americano. Madrid: Sexto Piso.
CGCEES (Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales) (2007).Documentos profesionalizadores. Barcelona: ASEDES.
Congreso de los Diputados (2017). Pacto de estado contra la violencia de género. Recuperado de: Enlace
Consejo General de Trabajo Social (2017). Código Deontológico del Trabajo Social. Recuperado de: Enlace
Constitución Española (1978). Artículo 39. Recuperado de: Enlace
Cortes, S. (5 de febrero de 2018). Cartas al Director: Bachillerato de Excelencia. EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
Defensor del Menor de Andalucía (2014). La atención a menores infractores en centros de internamiento en Andalucía. Recuperado de: Enlace
Defensor del Pueblo (2013). Estudio sobre Gratuidad de los libros de texto: programas, ayudas, préstamos y reutilización. Recuperado de: Enlace
Defensor del Pueblo (2016). Centros de protección de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social. Recuperado de: Enlace
De la Torre, N. (28 de mayo de 2017). Se ha perdido el norte: el profesor pasa más tiempo con burocracia que preparando clases. El Mundo. Recuperado de: Enlace
Díez, E.J. (coord.). (2004). La diferencia sexual en el análisis de los videojuegos. CIDE- Instituto de la Mujer. Recuperado de: Enlace
EFE (17 de junio de 2017). España incumple su compromiso de acogida de refugiados, según Amnistía Internacional. Público. Recuperado de: Enlace
EFE (16 de septiembre de 2017). Las alarmantes tasas de suicidio LGBTI en España: casi 50 jóvenes se quitan la vida cada año y 950 lo intentan. La Sexta. Recuperado de: Enlace
EFE (5 de diciembre de 2017). Una jueza anula el protocolo de la Generalitat que impide cortar la luz a las familias vulnerables. Público. Recuperado de: Enlace
EFE (5 de marzo de 2018). Crece la violencia machista en España con más de 150.000 víctimas al año. ABC. Recuperado de: Enlace
eldiario (21 de junio de 2018). Casi el 30% de los menores españoles se encuentran en riesgo de pobreza. Recuperado de: Enlace
Eli, A. y Jensen, F.E. (2015). El cerebro adolescente. Barcelona: RBA.
Escudero, V. (2015). Amenazan con quererme. Madrid: Grupo 5.
Felipe, I. de (25 de septiembre de 2017). Entrevista a Zhaolong Wang: “Para lograr una mejor ciudad es necesario el esfuerzo de todos”. EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
Europa Press (19 de julio de 2018). Un total de 18 institutos contaran con educadores sociales el curso 2018-2019, ocho más que el año anterior. Recuperado de: Enlace
Fernández, P. (2016). Ya no te tengo miedo. Alicante: Club Universitario.
FV (17 de noviembre de 2017). Fernando Fantova: “Los Servicios Sociales no deben limitarse a tramitar ayudas para subsistir”. Faro de Vigo. Recuperado de: Enlace
FSG (Fundación Secretariado Gitano) (10 de agosto de 2015). Nuevo recorte a la educación compensatoria en los Presupuestos de 2016. Recuperado de: Enlace
FSG (Fundación Secretariado Gitano) (2016). Estudio-Mapa sobre Vivienda y Población Gitana, 2015. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Recuperado de: Enlace
Galeano, E. (2005). Patas arriba. La escuela del mundo al revés. Madrid: Siglo XXI
García, F., González, H. y Pérez, M. (2014). Volviendo a la normalidad: La invención del TDAH y del Trastorno Bipolar Infantil. Madrid: Alianza Editorial.
García, A. (3 de julio de 2015). ¿Dónde están los niños de los desahucios? El mundo. Recuperado de: Enlace
García, J. y Hernández, C.I. (2016). ¿Realidad o fantasía? Roles y estereotipos sexistas expuestos a través de representaciones discursivas e iconográficas en cuentos infantiles. Integra Educativa, vol. 9 núm. 1, pp. 91-110. Recuperado de: Enlace
García, C. (2017). El desmadre de los Servicios Sociales. Granada: Anantes.
García, T. (10 de mayo de 2018). Una asociación denuncia ante la Fiscalía las situaciones de desamparo que provoca el sistema de protección. El Salto. Recuperado de: Enlace
Giménez, C. y Valente, X. (2016). Una aproximación a la pobreza desde el enfoque de capacidades de Amartya Sen. Provincia, núm. 35, pp. 99-149. Recuperado de: Enlace
Gobierno Vasco (2014). Desigualdades socioeconómicas, consumo de drogas y territorio. Recuperado de: Enlace
Grandes, A. (2015). Los besos en el pan. Barcelona: Tusquets Editores.
Harvey, D. (2018). Justicia, naturaleza y la geografía de la diferencia. Madrid: Traficantes de sueños.
Hernández, M. (2013). Vivienda y exclusión residencial. Murcia: EditumAgora
Human Rights Watch, (2014). Sueños rotos. El impacto de la crisis española de la vivienda en grupos vulnerables. Recuperado de: Enlace
JJpD (Jueces por la Democracia) (2017). Comunicado de JJpD Catalunya sobre menores en situación de desprotección. Recuperado de: Enlace
Kohan, A. (20 de julio de 2018). Tribunal Supremo: las claves de una sentencia histórica que saca los colores a España. Público. Recuperado de: Enlace
León, F. (28 de octubre de 2009). La fiscalía investiga la denuncia de un interno que sufrió una paliza en el centro de menores Marcelo Nessi. El Periódico. Recuperado de: Enlace
Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Recuperada de: Enlace
López, D. (6 de febrero de 2016). Reformatorio para ricos, reformatorio para pobres. El Español. Recuperado de: Enlace
López, R. (2013). Las educadoras sociales y los educadores sociales en los centros escolares, en el estado español. RES, Revista de Educación Social, núm. 16. Recuperado de: Enlace
Llosada, J. (2016). El benestar subjectiu dels adolescents tutelats a Catalunya. Barcelona: Direcció General d´Atenció a la Infancia i l´Adolescència
Lorente, L. (2014). Tú, haz la comida que yo cuelgo los cuadros. Barcelona: Crítica.
Manrique, P. (16 de abril de 2013). Un centenar de casos contra la retirada de tutelas sobre los menores. Diagonal. El Periódico. Recuperado de: Enlace
Martínez, M., Cabrerizo, L., Kaplún, D. Rivas, M., García, B., Rubio, J., Gamarra, M., García, M. (2016). Te quedaras en la obscuridad. Desahucios, familia e infancia desde un enfoque de derecho. Recuperado de: Enlace
Martínez, A. y Sánchez, J.J. (Noviembre de 1989). Malos tratos institucionales. En A. Martínez (Presidencia), I Congreso Estatal sobre la infancia maltratada. Barcelona, España.
Martínez, E. (2002). Cachorros de nadie. Descripción psicológica de la infancia explotada. Madrid: Popular.
Martínez, E. (2017). Criterios básicos en la educación de chicos rebeldes. Madrid: Popular.
MECD (2016). Datos y cifras curso escolar 2016/17. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Recuperado de: Enlace
MECD (2016). Datos y cifras curso escolar 2017/18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Recuperado de: Enlace
Meizoso, E. (4 de diciembre de 2017). La pobreza energética afecta aún a 4,7 millones de españoles. SER. Recuperado de: Enlace
Moisés, D. (2017). Sexismo en los videojuegos. Reproducción de un modelo de desigualdad social a través del entretenimiento. Recuperado de: Enlace
Mondosonoro (5 de diciembre de 2017). La AN condena a 2 años y 1 día a los raperos de La Insurgencia. Recuperado de: Enlace
Morales, L. (2016). Millones de niños-as esperan una familia. Miles aquí en España. Tribuna Feminista. Recuperado de: Enlace
Moreno-Torres, J. (2015). Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia Guía para profesionales y agentes sociales. Save The Children. Recuperado de: Enlace
Muro, I. (17 de julio de 2017). El Estado abandona a 3.000 niños cada año al cumplir los 18. Interviú. Recuperado de: Enlace
Navarro-Gómez (2017). El suicidio en jóvenes en España: cifras y posibles causas. Análisis de los últimos datos disponibles. Clínica y Salud, núm. 28, pp 25-31. Recuperado de: Enlace
Navarro, J. (2007). El maltrato institucional. Propuesta con protesta. RES, Revista de Educación Social, núm. 6. Recuperado de: Enlace
OMS (2006). Prevención del suicidio. Recursos para consejeros. Recuperado de: Enlace
Oxfam (2012). Informe Nº 32: Crisis, desigualdad y pobreza. Recuperado de: Enlace
Parlamento Europeo (21 de Septiembre de1992). DOCE nº C 241: Carta Europea de los derechos del niño. Recuperado de: Enlace
PAH (Plataforma de Afectados por la Hipoteca) (9 de diciembre de 2014). #Cita con La Sareb: Carta a Don Luis de Guindos, ministro de Economía. Recuperado de: Enlace
Peregil, F. (5 de diciembre de 2017). Una activista española, acusada en Marruecos de tráfico de personas. EL PAÍS. Recuperado de: Enlace
Pérez, S. (29 de agosto de 2017). Las plantillas de profesores de la escuela pública no se han recuperado aún de los recortes. eldiari,es. Recuperado de: Enlace
Pérez, T. (20 de noviembre de 2016). Familias rotas por la retirada de niños denuncian graves atropellos del sistema. El Periódico. Recuperado de: Enlace
Pinar, C. (2 de agosto de 2018). En lo que va de año han llegado 7.000 menores no acompañados, frente a los 4.000 en todo 2016. Gironanoticies.com. Recuperado de: Enlace
PRODEIN (9 de julio de 201). ¡¡Victoria!!. ¡¡Los niños de Melilla irán al cole!! Recuperado de: Enlace
Plataforma de Infancia (31 de enero de 2018). Menores extranjeros no acompañados en España: cuando la desprotección se multiplica. Recuperado de: Enlace
PNSD (2007). Guía sobre drogas. Madrid: Ministerio de Sanidad y Consumo.
Público (30 de noviembre de 2017). El Congreso aprueba, sin el PP, que las personas trans dejen de ser consideradas enfermas mentales. Público. Recuperado de: Enlace
Público (18 de julio de 2018). Libertad bajo fianza para un educador de un centro de menores de Melilla acusado de apuñalar a un interno. Público. Recuperado de: Enlace
Quintero, C.D. (18 de noviembre de 2017). La llegada masiva de pateras es un ataque coordinado sin precedentes. La Razón. Recuperado de: Enlace
Ramajo, J. (24 de febrero de 2013). “La calle es peligrosa porque no hay niños”. eldiario.es. Recuperado de: Enlace
Real Decreto 24 de octubre de 1989 por el que se publica el Código Civil. Artículo 172. Recuperado de: Enlace
Real Decreto Ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo. Recuperado de: Enlace
Rhodes, J. (3 de agosto de 2018). Carta a Pedro Sánchez. El País. Recuperado de: Enlace
RRB (2017). Red Renta Básica. Recuperado de http://www.redrentabasica.org/rb/firma/daniel_raventos/
Ruiz, M. (16 de septiembre de 2013). 600.000 alumnos pierden sus becas y ayudas por los recortes en educación. Ser. Recuperado de: Enlace
Rincón, R. (30 de noviembre de 2017). El Supremo ordena a los jueces que protejan a los niños antes de autorizar un desalojo. El País. Recuperado de: Enlace
Rosati, S. (10 de noviembre de 2017). La España afro es invisible. El País. Recuperado de: Enlace
Rubén, F. (14 de noviembre de 2017). Los alumnos de educación especial en León reciben la mitad de las horas de atención que requieren. Leonnoticias10. Recuperado de: Enlace
Rubio, J. (23 de noviembre de 2016). Recuperado de: Enlace
Ruiz, D. (2 de noviembre de 2017). En huelga de hambre para lograr la renta básica en Andalucía. El Mundo. Recuperado de: Enlace
Salamanca, L. (2017). La educación de calle en la ciudad de Zamora. VII Congreso Estatal de Educación Social. RES, Revista de Educación Social, núm. 24, pp. 916-921 Recuperado de: Enlace
Sanmartín, O. (14 de septiembre de 2016). La ratio de alumnos por clase en la pública crece cinco veces más que en la privada. El Mundo. Recuperado de: Enlace
Santamaría, B. (Coord.) (2010). Estudio sobre la infancia en Salamanca. Salamanca: Cáritas. Recuperado de: Enlace
Safont, L. (5 de mayo de 2017). Las deficiencias de un modelo de protección a la infancia que castiga al menor. Público. Recuperado de: Enlace
Saltando Charcos (2017). Comunicado de Saltando Charcos apoyando incondicionalmente a las familias víctimas de la deficiente gestión de los servicios sociales en los casos de retirada de tutela de niños-as. Recuperado de: Enlace
Sanz, D. (2014). Infancia y espacio urbano: jugar y convivir en un barrio de El Puerto de Santa María. Recuperado de: Enlace
Sarries, N.M. (27 de julio de 2016). Desahucios en España: Desde el inicio de la crisis más de 400.000 familias pierden una vivienda. Vozpopuli. Recuperado de: Enlace
Save the Children (2016). Pobreza infantil en España. Recuperado de: Enlace
Secchi, B. (2015). La ciudad de los ricos y la ciudad de los pobres. Madrid: La Catarata.
Senobilla, D. (2011). Situación y tratamiento de los menores extranjeros no acompañados en Europa: un estudio comparado de 6 países: Alemania, Bélgica, España, Francia, Italia y Reino Unido. Bruselas: Observatorio Internacional de Justicia Juvenil
Servimedia (19 de octubre de 2017). Los servicios sociales españoles son “beneficencia” y “caridad”, según los profesionales. Recuperado de: Enlace
Tona, M.A. (20 de febrero de 2018). “Espero que tú, Ekai, seas el último”. El Periódico. Recuperado de: Enlace
Tonucci, F. (2016). La ciudad de los niños. Oviedo: Losada.
Turrús, A. (29 de mayo de 2017). Así recauda la ley mordaza con las drogas: 93 millones de euros y 346 multas al día. Público. Recuperado de: Enlace
UNICEF (2004). Convención sobre los derechos del niño. Recuperado de: Enlace
Valverde, J. (1997). La cárcel y sus consecuencias. Madrid: Popular
Vera, S. (18 de junio de 2016). Más de 5 suicidios diarios en España: la economía de los desahucios. RT. Recuperado de: Enlace
Lorenzo Salamanca: salorga13@yahoo.es