Contribución presentada en el apartado de contribuciones como comunicaciones, análisis, ensayos, investigaciones, en el VIII Congreso Estatal de Educación Social, con realización en streaming en distintas sedes (Madrid, Cuenca, Canarias, País Vasco, Valencia, Murcia, Valladolid, Sevilla), de 31 de marzo al 2 de junio de 2022.
Artículo publicado en el nº 33 de la Revista RES, Revista de Educación Social.
Autoría: Sabina Checa Caballero, Natividad Orellana Alonso, José Vidal Mollón, Simran Vazirani Mangnani.
En el presente trabajo se pretende analizar las actitudes del alumnado universitario de lo social respecto a la idea del voluntariado como forma de intrusismo laboral; una figura que, en ocasiones, puede llegar a ocupar funciones propias de sus futuras profesiones, especialmente en el seno de las entidades del Tercer Sector. En dicha investigación, que empleó un cuestionario elaborado ad hoc, participaron un total de 498 alumnos/as de las titulaciones de Grado en Educación Social y Trabajo Social de la Universitat de València (UV) y la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM). Los resultados de la investigación reflejan las dudas del alumnado con respecto a los límites entre las funciones del voluntariado y los/as profesionales de lo social, mostrando su preocupación ante la amenaza que esta actividad pueda suponer en su futuro desarrollo laboral, al ser considerada una forma de intrusismo laboral que sustituye o elimina puestos de trabajo remunerados. De igual forma, se encontraron diferencias significativas en estas actitudes en función del tipo de experiencia en voluntariado, así como de la mayor cercanía o lejanía al fin de sus estudios y su salida al mercado laboral. Estas diferencias muestran que el alumnado con experiencia en voluntariado y aquel más próximo a terminar sus estudios considera el voluntariado, en mayor medida, como una forma de intrusismo laboral. Como conclusión del estudio, se plantea la necesidad de una regulación eficaz de las diferentes figuras que conviven en las entidades, con el fin de que su coexistencia no suponga un menoscabo ni en las competencias y derechos de los/as profesionales ni en los principios del voluntariado.