En Andalucía podrán ser contratados Educadoras y Educadores Sociales en los planes locales de intervención en zonas desfavorecidas
Recibimos la siguiente nota desde el Colegio Profesional de Educadoras y Educadores Sociales de Analucía (CoPESA)
“CoPESA INFORMA QUE PODRÁN SER CONTRATADOS EDUCADORAS Y EDUCADORES SOCIALES EN LOS PLANES LOCALES DE INTERVENCIÓN EN ZONAS DESFAVORECIDAS EN ANDALUCÍA.
Desde CoPESA llevamos años demandando la figura del educador/a social en la administración pública conforme a la Ley 9/2005, y agradecemos la receptividad en nuestra demanda de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales en este avance en la regularización de la profesión.
Según la Orden de 3 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a entidades locales para el diseño, implantación, ejecución y desarrollo de los planes locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
“Artículo 23. Condiciones de la contratación.
1. El personal a contratar para el diseño, dinamización, desarrollo y coordinación de los Planes Locales de Intervención en zonas desfavorecidas, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) La persona debe ser seleccionada bajo los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad, debiendo realizarse la selección con la colaboración del Servicio Andaluz de Empleo, mediante llamamiento de personal integrante en las bolsas de trabajo existentes en las Corporaciones Locales, o por un procedimiento de selección que se realice de forma específica para el diseño y desarrollo del Plan Local.
b) Estar en posesión de alguna de las titulaciones universitarias indicadas en la presente orden, debiendo ser estas de Trabajo Social o Educación Social en el marco establecido para la Línea 1 y 2, o también de Psicología en el marco de lo establecido en la Línea.
2. En el supuesto de Educación Social podrá ser acreditado también mediante la habilitación profesional, conforme a lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Andalucía”.
Por lo que es necesario tener la tarjeta de demanda o mejora de empleo y estar registrado en el Servicio Andaluz de Empleo con el Código Nacional de Ocupación 2824-1056 para que tanto ayuntamientos como el Servicio Andaluz de Empleo lo use en el procedimiento de selección y de contratación.
Recordamos que sigue siendo una reivindicación de CoPESA la unificación de la categoría de educador/a social en la administración pública.
Para más información sobre las zonas designadas en cada provincia seguir este enlace:
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