El objetivo de este artículo es exponer, por un lado, las bases que sustentan el derecho penal desde un planteamiento divulgativo que ayude a comprender a un público no necesariamente especializado los fines de la pena, así como los distintos modelos de castigo y tratamiento que históricamente se han aplicado a las personas que han cometido un delito. Sin embargo, por otro lado, el texto pretende avanzar en la modernización de la justicia, tras señalar los límites que el sistema penal encuentra en la actualidad. Así, se plantean una serie de propuestas que desde el prisma de una justicia restaurativa significarían no sólo unas penas más actuales y más acordes a la dignidad humana, sino que también serían más sostenibles tanto desde un punto de vista social como económico. La justicia restaurativa, con sus inseparables elementos éticos, es, en este sentido, el paradigma desde el que entendemos que la justicia penal se puede debe modificarse atribuyendo a la reparación un importante papel durante todo el proceso.
El fin de la actividad terrorista no ha supuesto un término final para la victimización generada por ETA. Sus efectos continúan presentes en la sociedad vasca, reclamando la atención institucional tanto en el cuidado y reparación integral, como en lo que se refiere a la aclaración de la verdad y la lucha contra el olvido y la impunidad, ámbitos en los que la adopción de una perspectiva victimológica y de justicia restaurativa resultan del mayor interés. Las exigencias se extienden igualmente a las vulneraciones de derechos humanos que se generaron desde los agentes públicos con su aquiescencia o tolerancia. Hay que insistir en las distancias criminológicas y victimológicas existentes entre ambos fenómenos, evitando la confusión en su tratamiento normativo e institucional. En cuanto a la victimización procedente del abuso de poder, una ley de prevención de la tortura, malos tratos y reparación integral de las víctimas constituiría un instrumento apropiado desde la óptica victimológica, dadas las insuficiencias que presentan los mecanismos penales y procesales tradicionales.
El objetivo del artículo es dar a conocer el enfoque restaurativo y poner de relieve cómo da respuesta a las necesidades relacionales y de convivencia de la comunidad escolar de hoy. Por eso se ofrece una concreción teórica y práctica, tanto a nivel proactivo, para construir comunidad, como a nivel reactivo, para dar respuesta a situaciones de conflicto. Se identifican las necesidades en cuanto a la convivencia y se expone cómo las aportaciones del enfoque están relacionadas con la superación del castigo para la gestión del conflicto y la necesaria alfabetización emocional y comunicacional que ello conlleva para la gestión de las relaciones, por tanto, con el salto de paradigma y la humanización. Por último, definimos brevemente sus prácticas y exponemos ejemplos para su implementación.
La justicia restaurativa surgió en los años setenta como una forma de hacer justicia en el ámbito penal centrada en devolver el protagonismo a las víctimas y en incidir en la reparación del daño. La metodología de justicia restaurativa más conocida en nuestro entorno es la mediación penal. o mediación víctima-infractor. Surgida en el ámbito penal, pronto se vio que podría aplicarse en otros ámbitos de la vida cotidiana para mejorar la Nuestra forma de relacionarnos. El propósito de este artículo es considerar la justicia restaurativa como una ciencia penal, encaminada a mejorar el derecho penal y no tanto a sustituirlo. Para ello, se define en qué consiste y en qué medida compatible con la justicia retributiva. Como conclusión, la justicia restaurativa puede ayudar a mejorar el sistema penal, dotarlo de mayor humanidad y conseguir cumplir los principios constitucionales de reinserción de los infractores y de mejor atención a las necesidades del ciudadano, en este caso, a las víctimas.
El ejercicio profesional de la educación social se asocia a los valores cívicos, a los derechos de la ciudadanía y de la responsabilidad, la proximidad y la escucha al sujeto como protagonista de su propio proceso. El artículo plantea una reflexión sobre la dimensión ética de la profesión y los estudios de educación social. La metodología ha consistido en su consulta a profesionales de los ámbitos laboral y académico. De acuerdo con este componente ético de la profesión, las obligaciones éticas y sociales deben incluirse en el currículo de los estudios y en el espacio organizativo y relacional de la institución.
El objetivo de este artículo es identificar algunas claves educativas de buena práctica a desarrollar con el colectivo de personas mayores en residencia. El método utilizado ha sido el estudio de caso de una residencia para personas mayores y dependientes. de Bizkaia y las técnicas seleccionadas han sido el análisis documental, la observación participante y no participante y las entrevistas en profundidad. Finalmente, se han identificado unas claves que orientan las buenas prácticas en el ámbito de la gente grande en residencias.
Educació social i justícia restaurativa (Original en catalán)
2017 Versiones en catalán y en castellano.
Educació Social. Revista d’intervenció socioeducativa. Revista editada por la Facultat d’Educació Social i Treball Social Pere Tarrrés. Universitat Ramon Llull.
Educación Social. Revista de Intervención Socioeducativa (Castellano)
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