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19/08/2004 · Estado

Reglamento Regulador de la Responsabilidad Penal de Menores

El último Consejo de Ministros antes de las vacaciones, 30 de julio de 2004, daba el visto bueno al Proyecto de Reglamento de la Ley Orgánica Reguladora de la Ley del Menor que desarrolla y completa varios aspectos de la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Según la nota resumen del Consejo de Ministros que publica el Portavoz del Gobierno en su página web, la aprobación de este Reglamento responde, además, a una necesidad puesta de manifiesto al Ministerio de Justicia por el Defensor del Pueblo y, con especial reiteración, por las Comunidades Autónomas, que han intervenido activamente en todo el proceso de elaboración a través de la Comisión Interautonómica de Directores Generales de Infancia.

Referente al Equipo Técnico incluye al educador y detalla la nota:

El equipo técnico

El equipo técnico se refuerza como uno de los ejes centrales del sistema, encomendándose al mismo funciones esenciales tales como:

• Prestar asistencia técnica a los jueces de menores y al Ministerio fiscal.

• Prestar asistencia profesional al menor desde el momento de la detención.

• Participar activamente en los procedimiento de resolución extrajudicial entre el menor infractor y la víctima o perjudicado. Debe recordarse que la mediación en el proceso penal constituye una novedad admitida únicamente en relación con la responsabilidad penal de los menores.

Para hacer frente adecuadamente a estas responsabilidades, se prevé una composición flexible del equipo técnico que deberá integrar necesariamente a psicólogos, educadores y trabajadores sociales se permitirá a cada Comunidad Autónoma que añada a estos miembros cualquier otro profesional que estime necesario.

Nota referencia del Consejo de Ministros : https://www.eduso.net/difusion/notaconsejoministros30704.doc

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