{"id":9824,"date":"2012-06-30T00:00:00","date_gmt":"2012-06-29T22:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/eduso.net\/res\/articulo\/privados-de-libertad-sistemas-convergentes-y-accionar-educativo-social-desde-un-enfoque-de-derechos\/"},"modified":"2021-01-06T11:16:14","modified_gmt":"2021-01-06T10:16:14","slug":"privados-de-libertad-sistemas-convergentes-y-accionar-educativo-social-desde-un-enfoque-de-derechos","status":"publish","type":"articulo","link":"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/15\/el-tema-analisis-y-reflexiones\/privados-de-libertad-sistemas-convergentes-y-accionar-educativo-social-desde-un-enfoque-de-derechos","title":{"rendered":"Privados de Libertad. Sistemas convergentes y accionar educativo social desde un enfoque de Derechos"},"content":{"rendered":"<blockquote dir=\"ltr\" style=\"margin-right: 0px;\">\n<p align=\"right\"><a href=\"http:\/\/www.eduso.net\/res\/pdf\/15\/priva_res_15.pdf\"><img style=\"width: 131px; height: 27px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/2443.jpg\" alt=\"\" align=\"top\" border=\"1\" hspace=\"0\" \/><\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Introducci\u00f3n.<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">A la hora de elaborar el presente art\u00edculo a presentar, se toma como punto de partida una experiencia profesional intentando problematizar nuestras acciones educativo sociales en los centros donde trabajamos o realizamos nuestras pr\u00e1cticas pre profesionales con adolescentes que se considera que por diferentes circunstancias vulneraron derechos de terceros; realizando posteriormente un an\u00e1lisis situacional m\u00e1s completo.<\/p>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Presentaci\u00f3n de la situaci\u00f3n. As\u00ed fue lo que pas\u00f3.<\/strong><\/h2>\n<blockquote class=\"citados\">\n<p>&#8220;En el mes de febrero del a\u00f1o 2011 se presenta en el Centro <a href=\"http:\/\/guiaderecursos.mides.gub.uy\/mides\/text.jsp?contentid=4344&amp;site=1&amp;channel=mides\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">de Estudio y Derivaci\u00f3n de Canelones<\/a>\u00a0 (de ahora en m\u00e1s, CED Canelones) un adolescente que seg\u00fan lo que nos cuenta tiene 17 a\u00f1os de edad, ya que no ten\u00eda consigo documentaci\u00f3n, acompa\u00f1ado con un polic\u00eda de la Ciudad de Santa Luc\u00eda\u00a0 con la orden judicial de \u201cinternaci\u00f3n provisoria en dependencias de INAU hasta la audiencia judicial en el Juzgado en lo Penal y Adolescentes de Primer Turno de la Ciudad de Canelones, al d\u00eda siguiente\u201d y certificado m\u00e9dico que cercioraba que no ten\u00eda lesiones, m\u00e1s all\u00e1 de una herida en uno de sus pies que lo dificultaba en gran medida al caminar. En ese momento comenzamos a desarrollar el dispositivo que se arma a la hora de llevar adelante una internaci\u00f3n. Mientras que algunos compa\u00f1eros vamos recabando algunos datos para saber c\u00f3mo lleg\u00f3 el mismo a esta instancia, otros van haciendo las coordinaciones pertinentes tanto con el Poder Judicial como a la interna de nuestra Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p><img style=\"width: 185px; height: 233px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3491.jpg\" alt=\"Adolescente corriendo\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"10\" \/>Por el lado del adolescente nos cuenta que hace un buen tiempo se encuentra viviendo en la casa de uno de sus hermanos pero desarrollando la mayor parte del tiempo estrategias de supervivencia en calle; incluso estando d\u00edas sin retornar a su hogar. Al llegar al CED Canelones se encontraba en Santa Luc\u00eda debido a que su madre vive all\u00ed con su actual pareja (el que es polic\u00eda en dicha localidad) y su hermana menor. El mismo continuaba desarrollando estrategias de calle incluso manifestando que es consumidor de \u201cPasta Base\u201d (Pasta Base de Coca\u00edna, de ahora en m\u00e1s PBC). Nos cuenta que hace dos d\u00edas no consum\u00eda pero s\u00ed estaba cometiendo \u201calgunas infracciones menores\u201d para poder consumir.<\/p>\n<p>Luego de una discusi\u00f3n con el compa\u00f1ero de su madre y uno de los hijos de \u00e9ste decidi\u00f3, junto con su hermano mayor, esperar a que se fueran a trabajar y sustraerles una serie de objetos, con el cometido de mostrarles que \u201cson tan vulnerables como el resto de las personas y que no pueden llevarse el mundo por delante\u201d. Al encontrarlos salir de la casa por la ventana con los objetos fueron perseguidos por la polic\u00eda y detenidos.<\/p>\n<p><img style=\"width: 192px; height: 135px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3591.jpg\" alt=\"Hospital\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" \/>Estuvieron desde las 7:30 de la ma\u00f1ana hasta las 15 hs. detenidos en la comisar\u00eda. Su hermano qued\u00f3 detenido hasta el d\u00eda siguiente que tendr\u00eda la audiencia judicial. Por su parte \u00e9l fue trasladado al CED de Canelones. Desde la tarde del d\u00eda anterior no hab\u00eda comido nada, incluso se encontraba sin dormir; con las mismas prendas que tal vez durante las \u00faltimas semanas lo acompa\u00f1aban. Seg\u00fan lo que cuenta, en la comisar\u00eda no la pas\u00f3 muy bien y era imposible siquiera dormir ya que se encontraba con otros adultos en el calabozo en la comisar\u00eda de Santa Luc\u00eda. Luego de almorzar (sin poder ba\u00f1arse por no contar con tales instalaciones en dicha dependencia) partimos hacia el Centro de Atenci\u00f3n Transitoria de Montevideo (de ahora en m\u00e1s CAT), para que pase la noche y en la ma\u00f1ana concurrir a la audiencia judicial (cabe destacar que nos encontr\u00e1bamos en plena feria judicial).<\/p>\n<p>Estando en el CED de Canelones mientras unos educadores convers\u00e1bamos con \u00e9l interioriz\u00e1ndonos con su situaci\u00f3n otros realizaban las coordinaciones pertinentes. Averiguaron qu\u00e9 juez dictamin\u00f3 que el adolescente (que hab\u00eda cometido un delito) deb\u00eda permanecer en un hogar abierto, por amparo durante la noche hasta la audiencia judicial del d\u00eda siguiente lo cual traer\u00eda consigo ciertas complicaciones interpretativas de la situaci\u00f3n a la interna del INAU.<\/p>\n<p>Ya que la locomoci\u00f3n oficial en el departamento es escasa y no hay en el departamento un Hogar Transitorio demor\u00f3 a\u00fan m\u00e1s el traslado al \u00faltimo lugar antes de la audiencia. Luego de almorzar, al salir, en primer lugar pasamos por el Hospital Francisco Soca de Canelones para la revisaci\u00f3n m\u00e9dica lo cual tambi\u00e9n dilat\u00f3 el traslado, con curaci\u00f3n de la herida.<\/p>\n<p>Al d\u00eda siguiente se va a buscar al adolescente al CAT para concurrir a la audiencia judicial. Durante seis horas estuvimos adolescente y educador junto a otros adultos (incluido su hermano) y polic\u00edas en el juzgado, junto a la celda en una pieza muy peque\u00f1a a la espera de la audiencia, pautada para la ma\u00f1ana. Estuvimos hasta la salida de la misma sin comer y con comunicaci\u00f3n con el exterior por medio del tel\u00e9fono celular particular (como dato anecd\u00f3tico se solicit\u00f3 relevamiento, no pudiendo concretarse por solicitud de la propia jueza).<\/p>\n<p>Mientras el adolescente tuvo su audiencia como educador de la instituci\u00f3n qued\u00e9 a la espera de la resoluci\u00f3n a fin de ver que dispositivo se montar\u00eda luego de la misma.<\/p>\n<p><img style=\"width: 192px; height: 201px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3489.jpg\" alt=\"Botas\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"4\" \/><\/p>\n<p>En la audiencia se hizo presente su madre la cual se negaba a darle otra oportunidad en su hogar ya que desde los trece a\u00f1os que se encuentra en calle y \u201cno hay qui\u00e9n le ponga l\u00edmites\u201d, \u201cyo con \u00e9l no puedo, me lo llevo y se me escapa para la boca \u201d, entre otros comentarios.<\/p>\n<p>Se constata el mal relacionamiento de madre e hijo por lo tanto la internaci\u00f3n ser\u00eda por amparo ya que por el delito no se pod\u00eda tipificar como falta grave como para internarlo en forma compulsiva. Se resolvi\u00f3 que mientras pasa la carpeta al Juzgado de Familia el adolescente quede bajo protecci\u00f3n en la \u00f3rbita de INAU con lo cual moment\u00e1neamente volver\u00eda al CAT (cabe acotar que en otras oportunidades ha estado en este hogar conducido por polic\u00edas de la ciudad de Las Piedras).<\/p>\n<p>Antes de llevarlo hasta el CAT nuevamente pasamos por el Hospital para ver la herida. Se le recet\u00f3 medicaci\u00f3n que al momento no hab\u00eda en el Hospital con lo cual concurrimos al hogar y se acord\u00f3 que al d\u00eda siguiente se le conseguir\u00eda desde el CED de Canelones coordinando con Salud P\u00fablica.<\/p>\n<p>Al d\u00eda siguiente seg\u00fan lo que nos manifiestan telef\u00f3nicamente el adolescente tuvo una salida no acordada, en la jerga de la instituci\u00f3n: se fug\u00f3&#8221;.<\/p>\n<\/blockquote>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>An\u00e1lisis.<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">Diferentes elementos del relato anterior nos sirven de insumos para analizar las estrategias seguidas por las diferentes instituciones para llevar adelante los cometidos pensados y creados para cada una de las situaciones a abordar; y en particular una visi\u00f3n desde el quehacer educativo social. Del relato se desprende cual es el grado de estigmatizaci\u00f3n al que est\u00e1n sometidos cada adolescente en este tipo de situaciones que se suscitan a diario, en su mayor\u00eda sin referencias adultas claras que realmente protejan sus derechos y le indiquen debidamente cu\u00e1les son sus deberes. El \u201c<em>no puedo con \u00e9l<\/em>\u201d de la madre es uno de los puntos clave donde se visualiza el grado de vulneraci\u00f3n de derechos al cual est\u00e1 expuesto en este caso el adolescente.<\/p>\n<p>Tanto la maternidad como la paternidad no son experiencias adquiridas desde temprana edad, no es algo innato, sino que, como aprendizaje, se va desarrollando durante el proceso vital de los sujetos. Los procesos de subjetivaci\u00f3n por los cuales transitan ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, como el del relato, nos hacen ver que el trabajo con la familia desde las instituciones primarias de socializaci\u00f3n es fundamental para la promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de Derechos.<\/p>\n<p>Es en la constituci\u00f3n y conformaci\u00f3n familiar donde se vivencian los primeros contactos con el otro, donde ese otro adulto es el encargado de presentarle el mundo que lo rodea. De la forma en que se den esos contactos, el ni\u00f1o podr\u00e1 sentir cierto grado de seguridad.<\/p>\n<p>Por otro lado; es fundamental el compromiso de los diferentes representantes de cada instituci\u00f3n, a fin de brindar respuestas \u201chol\u00edsticas\u201d, consensuadas, para que cada actor cumpla su papel, piense y desarrolle las estrategias pensadas para cada situaci\u00f3n, para cada sujeto en forma particular.<\/p>\n<p>Para comenzar analizando la situaci\u00f3n planteada se tomar\u00e1 como referencia, algunos de los derechos planteados en el <a href=\"http:\/\/archivo.presidencia.gub.uy\/ley\/2004090801.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y de la Adolescencia<\/a> de nuestro Pa\u00eds para visualizar la realidad a la cual se enfrentan los adolescentes (algunos de ellos y ellas) a diario; y qu\u00e9 se est\u00e1 haciendo desde cada Instituci\u00f3n para \u201cproteger\u201d sus Derechos. Luego se presentar\u00e1 una serie de posibilidades para que estas situaciones se piensen y se proyecten desde el Derecho hacia el campo socioeducativo.<\/p>\n<blockquote class=\"citados\">\n<p>\u201c<strong>Art\u00edculo 1\u00ba<\/strong>. El C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y la Adolescencia es de aplicaci\u00f3n a todos los seres humanos menores de dieciocho a\u00f1os de edad.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2\u00ba<\/strong>. Todos los ni\u00f1os y adolescentes son titulares de derechos, deberes y garant\u00edas inherentes a su calidad de personas humanas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 3\u00ba<\/strong>. Todo ni\u00f1o y adolescente tiene derecho a las medidas especiales de protecci\u00f3n que su condici\u00f3n de sujeto en desarrollo exige por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6\u00ba<\/strong>. Para la interpretaci\u00f3n e integraci\u00f3n de este C\u00f3digo se deber\u00e1 tener en cuenta el inter\u00e9s superior del ni\u00f1o y adolescente, que consiste en el reconocimiento y respeto de los derechos inherentes a su calidad de persona humana. En consecuencia, este principio no se podr\u00e1 invocar para menoscabo de tales derechos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 8\u00ba<\/strong>. (Principio general).- Todo ni\u00f1o y adolescente goza de los derechos inherentes a la persona humana. Tales derechos ser\u00e1n ejercidos de acuerdo a la evoluci\u00f3n de sus facultades, y en la forma establecida por la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica, los instrumentos internacionales, este C\u00f3digo y las leyes especiales. En todo caso tiene derecho a ser o\u00eddo y obtener respuestas cuando se tomen decisiones que afecten su vida.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9\u00ba<\/strong>. (Derechos esenciales).- Todo ni\u00f1o y adolescente tiene derecho intr\u00ednseco a la vida, dignidad, libertad, identidad, integridad, imagen, salud, educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n, descanso, cultura, participaci\u00f3n, asociaci\u00f3n, a los beneficios de la seguridad social y a ser tratado en igualdad de condiciones cualquiera sea su sexo, su religi\u00f3n, etnia o condici\u00f3n social.\u201d (C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y la Adolescencia, 2004)<\/p>\n<\/blockquote>\n<p dir=\"ltr\"><img style=\"width: 192px; height: 143px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3508.jpg\" alt=\"Adolescente\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"12\" \/>Hacer menci\u00f3n a estos art\u00edculos sirve para tener en claro que m\u00e1s all\u00e1 de las acciones pensadas a ra\u00edz de la situaci\u00f3n que se plantea, nos encontramos ante un \u201cSujeto de Derecho\u201d, lo que implica primeramente que desde la aplicaci\u00f3n del Derecho la sociedad en su conjunto debe velar por la protecci\u00f3n integral de los mismos. Los adolescentes m\u00e1s all\u00e1 de los Derechos que tienen como todos los sujetos de esta sociedad (Derechos Inherentes a la Persona Humana), tienen a su vez derechos especiales consagrados en el C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y la Adolescencia (contemplado desde la esfera internacional, desde la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o entre otros tratados internacionales), lo que se da en llamar <em>Inter\u00e9s Superior<\/em>.<\/p>\n<p>Por lo tanto es preciso se\u00f1alar que todos los sujetos que trabajamos con ni\u00f1os, ni\u00f1as, adolescentes, sus familias y la comunidad, debemos tener presente en todo momento las leyes que los \u201camparan\u201d pensando en nuestras acciones a desarrollar y actuar en consecuencia y en pro de las mismas.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de los art\u00edculos referidos en el C\u00f3digo a las acciones a llevar adelante cuando los adolescentes vulneran derechos de terceros (a los cuales se har\u00e1 referencia en p\u00e1rrafos posteriores), es sumamente importante tener presente los contenidos de estos primeros art\u00edculos, los cuales son parte del marco conceptual de las acciones a desarrollar en el marco de la protecci\u00f3n integral de los derechos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n<p>Las estrategias a pensar y desarrollar con los sujetos se enmarcan en el <em>Paradigma de Protecci\u00f3n Integral<\/em>, el cual es uno de los pilares fundamentales (y fundantes) del propio c\u00f3digo. Por ello al referirse a los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes; y al an\u00e1lisis de cada situaci\u00f3n se debe contemplar en primer lugar cada uno de estos derechos como parte del marco jur\u00eddico, una visi\u00f3n amplia de la realidad socio-econ\u00f3mica-cultural por la cual est\u00e1 viviendo cada sujeto, en cada familia, en cada comunidad y a su vez tener presente el momento hist\u00f3rico-social por el cual se est\u00e1 atravesando contemplando la visualizaci\u00f3n de la infancia y adolescencia en cada lugar y por cada situaci\u00f3n.<\/p>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Derecho a la Identidad<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">Se puede decir que la C\u00e9dula de Identidad (carn\u00e9 de identificaci\u00f3n civil) es simplemente un carn\u00e9 (con n\u00fameros de varios d\u00edgitos, con nombre(s) y apellido(s), m\u00e1s la fecha y Departamento (lugar) de nacimiento, m\u00e1s una foto&#8230;) que habilita a ciertos beneficios establecidas en lo social amplio y que permite la circulaci\u00f3n de los sujetos por diferentes espacios. Pero es m\u00e1s que eso, es la confirmaci\u00f3n de los sujetos, individualmente considerados personas, dentro de una sociedad. Es uno de los primeros \u201csellos\u201d de particularidad; indica no s\u00f3lo la representaci\u00f3n num\u00e9rica, sino la nacionalidad, el nombre usualmente seleccionado por los adultos referentes, conjuntamente con el apellido que da lugar al linaje dentro de la constituci\u00f3n familiar, la propia huella digital, la edad de la persona marcando su fecha de nacimiento; en s\u00ed la consideraci\u00f3n de ciudadano dentro del Estado Uruguayo (en el caso analizado).<\/p>\n<p>El \u201cpara qu\u00e9 me sirve\u201d como expresi\u00f3n, es solo una marca de las sociedades contempor\u00e1neas donde todo queda bajo la lupa del mercado, la compra venta, el valor agregado; un significado mercantilista de un derecho adquirido luego de a\u00f1os de lucha por el reconocimiento como parte de una naci\u00f3n. Diversos historiadores y fil\u00f3sofos contempor\u00e1neos sostienen que en estos tiempos lo s\u00f3lido se diluye, todo aquello que era parte del paradigma del Estado \u2013 Naci\u00f3n deviene en esta nueva era en nuevos \u201cmodus operandum\u201d de subjetivizaci\u00f3n (Lewkowicz, 2004).<\/p>\n<p><img style=\"width: 233px; height: 155px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3497.jpg\" alt=\"Identidad\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"14\" \/>M\u00e1s all\u00e1 del documento de identidad; el proceso identitario como \u201c<em>proceso de endoculturaci\u00f3n<\/em>\u201d es donde los sujetos, a partir de los primeros a\u00f1os de vida, comienzan a internalizar esas formas de ser, pensar y actuar en su cultura; con lo cual luego cada uno modifica seg\u00fan sus necesidades, oportunidades e intereses. Esas pautas o normas socialmente establecidas son las que enmarcan el propio proceso. A medida que los sujetos vamos creciendo, desarroll\u00e1ndonos, apropi\u00e1ndonos de formas de ser y estar en el mundo, circulando y apropi\u00e1ndonos de los diferentes espacios de socializaci\u00f3n, vamos conformando y solidificando nuestra propia identidad y construyendo la personalidad.<\/p>\n<p>La identidad est\u00e1 \u00edntimamente ligada con la imagen interior que se posee, con los distintos procesos identificatorios que se van dando a lo largo de la vida y con quienes se crea un sentido de pertenencia, a su vez es tambi\u00e9n la imagen que otros crean de uno, lo que ellos nos devuelven, y que poco a poco vamos interioriz\u00e1ndola y tom\u00e1ndola como lo propio.<\/p>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Derecho a la Salud<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">Toda persona m\u00e1s all\u00e1 de su condici\u00f3n econ\u00f3mica y social tiene derecho de ser atendido en los centros de salud p\u00fablica de nuestro pa\u00eds, a\u00fan m\u00e1s si la situaci\u00f3n lo ameritase.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la propia Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS), \u201c<em>El\u00a0 derecho a la salud no se limita al derecho a estar sano<\/em>\u201d (OMS, 2007). Por lo tanto en las estrategias a llevar adelante en torno a la protecci\u00f3n de derechos con relaci\u00f3n a la salud, debemos trabajar desde un marco amplio de las concepciones y no simplemente limitarnos a trabajar sobre la enfermedad.<\/p>\n<p>Realizando un arduo esfuerzo por la optimizaci\u00f3n de la esperanza de vida y ausencia de enfermedad, a trav\u00e9s de autonom\u00eda para el ejercicio del derecho a la salud combinando aspectos culturales y psicosociales, se pueden fortalecer aspectos vinculados al \u00e1rea de salud de los sujetos.<\/p>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Derecho a la Educaci\u00f3n<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">El Derecho a la Educaci\u00f3n no se remite \u00fanicamente a la obligatoriedad de los ni\u00f1os y ni\u00f1as a concurrir a los centros de Educaci\u00f3n Formal, sino, a todo el proceso educativo que los sujetos desarrollan a lo largo de su vida.<\/p>\n<p>En los tiempos que estamos viviendo se hace fundamental un proceso educativo emancipatorio, donde los sujetos puedan discernir entre lo placentero, lo imprescindible e impostergable, lo favorable para el colectivo y lo negativo para el propio ser. El bombardeo de informaci\u00f3n, de creaci\u00f3n e idolatraci\u00f3n de figuras banales (banales para una parte de la sociedad; para otros, \u00e9stos son referentes a seguir) crea un desconcierto en las subjetividades. Cientos de est\u00edmulos que lo \u00fanico que promueven son sujetos desarraigados, \u201cdisfuncionales\u201d de un sistema que funciona pero mal.<\/p>\n<p>Pero tampoco hay que creer que la educaci\u00f3n lo va a poder todo, ya que es un peso muy grande el que a lo largo de la modernidad y en esta era hipermoderna se quiere sostener. Lo imprescindible del acto educativo est\u00e1 en el contrato a entablar con el otro; d\u00e1ndole significado real a la otredad, que ese otro construya su ser en comunidad.<\/p>\n<p>Es fundamental tener presente lo expresado en los primeros cap\u00edtulos del propio c\u00f3digo para luego pensar las formas de llevar adelante las medidas privativas y no privativas de libertad. Por ello cada actor social desde su profesi\u00f3n, desde su saber, cada sujeto desde su lugar debe tener presente cuales son los aspectos <em>protectores<\/em>, pensando en colectivo, intentando colectivizar sus ideas, sin estigmatizar y sin el desmedro de otros actores.<\/p>\n<h2 dir=\"ltr\"><strong>Profundizando sobre el derecho penal juvenil<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">En la Convenci\u00f3n de Derechos del Ni\u00f1o se plantea la orientaci\u00f3n que direcciona a las diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas y adem\u00e1s a las distintas pr\u00e1cticas policiales, judiciales y de ejecuci\u00f3n de medidas, propias de situaciones penales donde se concibe a la privaci\u00f3n de libertad como el \u00faltimo recurso y por el menor tiempo posible. El modelo que plantea la Convenci\u00f3n es el de la disminuci\u00f3n de la acci\u00f3n del poder punitivo y de la violencia institucional.<\/p>\n<p>Desde la visi\u00f3n adultoc\u00e9ntrica, los\/las adolescentes son considerados como problem\u00e1ticos y se tiende a desarrollar pol\u00edticas que lo \u00fanico que hacen es estigmatizar y discriminar coloc\u00e1ndolos en el lugar de ser controlados. Aqu\u00ed pareciese que a\u00fan continua vigente el <em>Paradigma de la Situaci\u00f3n Irregular<\/em>, como el planteado en el C\u00f3digo del Ni\u00f1o de 1934 en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>Es tambi\u00e9n en el C\u00f3digo actual donde se especifica cu\u00e1les son las formas y como debe llevarse a cabo la detenci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la medida en caso de ser privado de libertad, y las condiciones que puedan llevar al adolescente a reconocer su responsabilidad y lo ayuden a superar las razones que lo llevaron en primera instancia a cometer la infracci\u00f3n.<\/p>\n<p>Desde el C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y de la Adolescencia, a partir del art\u00edculo 69, se establece t\u00e1citamente las acciones a desarrollar en el marco de la protecci\u00f3n integral.<\/p>\n<blockquote class=\"citados\">\n<p>Art\u00edculo 69. (Infracciones a la ley penal).- A los efectos de este C\u00f3digo son infracciones a la ley penal:<\/p>\n<p>1) Las acciones u omisiones dolosas consumadas, cometidas en calidad de autor o coautor, tipificadas por el C\u00f3digo Penal y las leyes penales especiales.<\/p>\n<p>2) Las acciones u omisiones culposas consumadas, cometidas en calidad de autor, coautor, tipificadas por el C\u00f3digo Penal y las leyes penales especiales, cuando el Juez re\u00fana los elementos de convicci\u00f3n suficientes, fundados exclusivamente en el desarrollo de la personalidad psicosocial del infractor; avalado por un equipo t\u00e9cnico, que permita concluir que el adolescente dispon\u00eda la capacidad cognitiva de las posibles consecuencias de su obrar.<\/p>\n<p>3) La tentativa de infracciones grav\u00edsimas a la ley penal.<\/p>\n<p>4) La participaci\u00f3n en calidad de c\u00f3mplice en infracciones grav\u00edsimas a la ley penal.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p dir=\"ltr\">A partir de este art\u00edculo se establece tanto las consideraciones del punto de vista penal, lo que es considerado infracci\u00f3n a la ley, los procedimientos que deben realizarse a fin de establecer un proceso justo y las medidas a aplicar en caso de constatar la vulneraci\u00f3n de derechos a terceros.<\/p>\n<p><img style=\"width: 333px; height: 161px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3495.jpg\" alt=\"Juzgados\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"10\" \/>Seg\u00fan el an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n planteada al comienzo de este trabajo la solicitud expresa de la representante del Poder Judicial de la Ciudad de Santa Luc\u00eda (juzgado de Paz) tra\u00eda consigo ciertas complicaciones operativas a la Instituci\u00f3n, ya que se solicitaba la internaci\u00f3n provisoria por \u201camparo\u201d a un adolescente que hab\u00eda cometido supuestamente una \u201cinfracci\u00f3n\u201d seg\u00fan la acci\u00f3n policial, lo cual se dilucidar\u00eda en la audiencia a mantener al d\u00eda siguiente.<\/p>\n<p>Una de las complicaciones estaba dada por no tener en claro si el adolescente deb\u00eda permanecer \u201cprivado de libertad\u201d hasta la audiencia judicial o bien permanecer por protecci\u00f3n del mismo en un Hogar en calidad de abierto.<\/p>\n<p><img style=\"width: 133px; height: 143px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3509.jpg\" alt=\"Poder Judicial\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"14\" \/>Por otra parte, sin entrar mucho en detalle, la solicitud la realizaba un Juzgado de Paz y qui\u00e9n deber\u00eda actuar en \u00faltima instancia para determinar tal acci\u00f3n, son los juzgados de familia (para internaci\u00f3n por protecci\u00f3n de derechos) y los juzgados penales y de adolescentes (para situaciones de adolescentes que cometen infracciones a la ley penal), con lo cual complejizaba a\u00fan m\u00e1s la situaci\u00f3n. Sin conocer al adolescente y sus devenires por la instituci\u00f3n, generaba ciertas dificultades operativas la interpretaci\u00f3n de dicha disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>Por los relatos y lo que se pod\u00eda constatar en los informes policiales se trataba de una situaci\u00f3n de \u00edndole familiar. Este tipo de situaciones son parte de las constituciones familiares de la nueva era, el adolescente nos cuenta (lo cual luego es corroborado con su madre) estaba desarrollando estrategias de supervivencia en calle desde los trece a\u00f1os y tal vez antes.<\/p>\n<h2><strong>Reflexionando<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p dir=\"ltr\">El pensar la forma de actuar, mirar, hablar y pararnos, desde ese momento, desde el inicio, es fundamental. Se hace imprescindible desprenderse de todo prejuicio y atender la situaci\u00f3n de este adolescente como \u00fanica y particular; su experiencia de vida es intransferible, irrepetible. En primera instancia m\u00e1s all\u00e1 de los \u201cdesbordes\u201d de cada instituci\u00f3n, de cada funcionario, de cada dependencia y operador social (sea este profesional o no) se debe brindar esa pausa debida, la contenci\u00f3n necesaria y firme, teniendo presente los \u201cmandamientos\u201d del propio c\u00f3digo.<\/p>\n<p>Muchas veces el propio organismo rector en las pol\u00edticas de infancia y adolescencia no tiene las herramientas necesarias para brindar tal atenci\u00f3n, pero eso no es tema del educador que est\u00e1 junto al adolescente, aunque la mayor\u00eda de las veces limita su accionar, sino el poder brindar, con lo que tiene, una protecci\u00f3n real de derechos.<\/p>\n<p>Dar significado al \u201cacompa\u00f1ar\u201d, es decir, que no quede en el estar, sino posibilitar instancias educativas en cada situaci\u00f3n, poder ser un espejo o bien un sujeto diferente en sus devenires. Hacer el intento porque conozca cu\u00e1les son sus derechos y deberes en una relaci\u00f3n de cierta horizontalidad, mediado por los contenidos a transmitir.<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n de incertidumbre socaba la posibilidad de reflexi\u00f3n, la relaci\u00f3n entre los diferentes integrantes del n\u00facleo familiar sobrepasan el no tan simple \u201cadolecer\u201d, situaciones de alta vulnerabilidad de derechos son mediadas por el poder judicial debido a una infracci\u00f3n a la ley penal, pero en su propia familia.<\/p>\n<p>El adolescente es blanco de cr\u00edticas y responsabilidades sin ver que esta situaci\u00f3n de vulneraci\u00f3n de derechos no supera a la sustracci\u00f3n de materiales para la satisfacci\u00f3n de otras necesidades de \u00edndole social (vestimenta, alimentaci\u00f3n, medios de transporte, entre otros, acorde a la cultura en la cual est\u00e1 inserto); incluso satisfacciones que lo perjudican en gran medida como es a trav\u00e9s del consumo abusivo de drogas. Por ello en instancias educativas es fundamental incluir la tem\u00e1tica para que realmente pueda decidir sobre el consumo o no, los perjuicios y los dispositivos que existen a nivel p\u00fablico para tratar estas situaciones de las cuales muchas veces son rehenes. Es aqu\u00ed donde entra en juego las reglas del mercado, ya que para adquirir ciertos bienes (objetos tangibles) y servicios, es necesario ser parte del sistema. Lo que sucede con aquellos sujetos que no logran satisfacer sus deseos por medio de sus propias labores o los que le brinden los adultos referentes, es que salen del sistema; o m\u00e1s bien ingresan al mismo por la esfera judicial.<\/p>\n<p>En este marco en las sociedades capitalistas contempor\u00e1neas como la uruguaya,<\/p>\n<blockquote class=\"citados\">\n<p>\u201cdesde el punto de vista de la propiedad existen el robo y el ladr\u00f3n. (\u2026) la reutilizaci\u00f3n de una forma como la del tribunal, con todo lo que ella implica \u2013posici\u00f3n intermediaria del juez, referencia a un derecho o a una igualdad, sentencia decisiva- debe ser sometida a una cr\u00edtica muy severa; y por mi parte no veo, en el caso en que se pueda hacer paralelamente a un proceso burgu\u00e9s un contraproceso, la utilizaci\u00f3n v\u00e1lida del mismo que permita hacer aparecer como mentira la verdad del otro, y como abuso de poder sus decisiones.\u201d (Foucault, 1992:80).<\/p>\n<\/blockquote>\n<p dir=\"ltr\">Si se piensa en otra l\u00f3gica, es necesario tener presente aquellos elementos que son constitutivos de cada instituci\u00f3n. Por lo tanto en ese transitar, fluir, con el adolescente debemos tener una postura \u00e9tica reflexiva que contemple sus necesidades, sus deberes y derechos, sus intereses pero tener en claro la reflexi\u00f3n con otros actores de otras dependencias que tendr\u00e1n una influencia, en algunos aspectos mayores que la nuestra, incluso dentro de la propia instituci\u00f3n si se deriva a otro equipo para que se trabaje a posteriori del emergente,<\/p>\n<blockquote class=\"citados\">\n<p>\u201cNos enfrentamos a la expansi\u00f3n de una cultura y una \u00e9tica que pretenden ahogar definitivamente los potenciales emancipatorios. Sin embargo, esta tarea te\u00f3rico \u2013 pr\u00e1ctica debe ser, a la vez, profundamente innovadora; requiere elaborar propositivamente nuevos temas, nuevos desaf\u00edos y caminos alternativos, con resultados eficaces, pero en horizontes ut\u00f3picos. Supone investigar con rigurosidad y sistematizar la riqueza enorme de experiencias de educaci\u00f3n popular, con intencionalidad \u00e9tico \u2013 pol\u00edtica.\u201d (Rebellato, en AA.VV. 2010:57)<\/p>\n<\/blockquote>\n<p dir=\"ltr\">Tranquilamente, con templanza y sin frialdad debemos pararnos como sujetos reflexivos que intentaremos brindar al otro una mirada diferente, un espejo diferente.<\/p>\n<p><img style=\"width: 233px; height: 233px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/3496.jpg\" alt=\"Habitaci\u00f3n\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"2\" \/>Muchas veces chocaremos a la interna de nuestras instituciones y tal vez mucho m\u00e1s con otros actores que no logran visualizar cada situaci\u00f3n de cada sujeto en forma arm\u00f3nica e individualizada; no obstante ello no ser\u00e1 una limitante para nuestra reflexi\u00f3n.<\/p>\n<p>Tanto la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o, como el C\u00f3digo de la Ni\u00f1ez y la Adolescencia son nuestro marco jur\u00eddico de acci\u00f3n; de ah\u00ed en m\u00e1s la profundizaci\u00f3n en diferentes tem\u00e1ticas brindadas por diferentes autores, tertulias, simposios, seminarios, entre otros nos posibilitar\u00e1n una mirada a\u00fan m\u00e1s amplia en cada momento.<\/p>\n<p>Las medidas no privativas de libertad deben estar siempre en nuestro accionar, contemplando la realidad por la cual est\u00e1 viviendo cada sujeto, en cada momento, en cada lugar.<\/p>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de las generalidades en las acciones a llevar adelante hay que tener presente en la interdisciplinariedad los caminos a seguir, en conjunto con cada sujeto, cada familia, en cada comunidad. Aquello que se puede resolver internamente sin la mediaci\u00f3n judicial impositiva, nos dar\u00e1 un marco a\u00fan m\u00e1s amplio de actuaci\u00f3n. Pero tambi\u00e9n hay que tener presente la realidad del centro donde se est\u00e1 inserto; en ese sentido la individualizaci\u00f3n y estudio profundo pero a corto plazo de cada situaci\u00f3n nos dar\u00e1 una estrategia m\u00e1s certera.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"template":"","palabra_clave":[1119],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v16.7 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/15\/el-tema-analisis-y-reflexiones\/privados-de-libertad-sistemas-convergentes-y-accionar-educativo-social-desde-un-enfoque-de-derechos\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Privados de Libertad. 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