{"id":9466,"date":"2005-09-21T00:00:00","date_gmt":"2005-09-20T22:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/eduso.net\/res\/articulo\/estrategias-de-intervencion-en-medio-abierto\/"},"modified":"2020-12-17T20:07:27","modified_gmt":"2020-12-17T19:07:27","slug":"estrategias-de-intervencion-en-medio-abierto","status":"publish","type":"articulo","link":"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/4\/medio-abierto\/estrategias-de-intervencion-en-medio-abierto","title":{"rendered":"Estrategias de intervenci\u00f3n en medio abierto"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De las diferentes conceptualizaciones planteadas sobre la educaci\u00f3n social, nos interesa rescatar dos de las ideas aportadas por Petrus (1997) que, en la intervenci\u00f3n educativa con menores con dificultad o conflicto con la sociedad, resultan fundamentales para estructurar, cohesionar y orientar las diversas pr\u00e1cticas educativas que se dan en este \u00e1mbito en general y, especialmente, en los procesos de ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto con menores infractores, en la aplicaci\u00f3n de la <em>Ley org\u00e1nica 5\/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores<\/em>.<\/p>\n<ul>\n<li>La educaci\u00f3n social como adquisici\u00f3n de competencias sociales, es decir, la acci\u00f3n educativa que tiene como objeto el aprendizaje de las virtudes o capacidades sociales que un grupo o una sociedad considera correctas y necesarias a su integraci\u00f3n.<\/li>\n<li>La educaci\u00f3n social como socializaci\u00f3n, es decir, aquel proceso que permite a los individuos integrarse en la sociedad, asimilando las normas, valores y actitudes necesarios para convivir sin demasiados conflictos en su grupo social (Silva, 2002).<\/li>\n<\/ul>\n<p>A los contenidos y efectos inherentes de estos dos conceptos de educaci\u00f3n social, debemos a\u00f1adir que los dilemas que nos hemos planteado a lo largo de estos \u00faltimos a\u00f1os desde diferentes foros y debates sobre algunos de los principios b\u00e1sicos de actuaci\u00f3n en el marco de la justicia juvenil, tales como necesidades\/capacidades, discrecionalidad\/obligatoriedad, derechos\/deberes, globalidad\/concreci\u00f3n, en el nuevo marco legal, se decantan claramente hacia las segundas opciones apuntadas.<\/p>\n<p>De la misma manera, entendemos, no sin manifestar cierta verg\u00fcenza despu\u00e9s de 20 a\u00f1os de pr\u00e1ctica profesional, que la explicitaci\u00f3n de los contenidos y los m\u00e9todos de intervenci\u00f3n en los procesos de ejecuci\u00f3n de medidas judiciales en el medio abierto con menores infractores, es decir, la concreci\u00f3n contrastada y estructurada de los que se hace y de c\u00f3mo se hace, contin\u00faa siendo, como m\u00ednimo en Catalunya, una asignatura pendiente.<\/p>\n<p>Partiendo, pues, de esta situaci\u00f3n y de estas premisas, empezamos haciendo un primer intento de reflexi\u00f3n, an\u00e1lisis y elaboraci\u00f3n de las estrategias de intervenci\u00f3n en medio abierto, tema que a criterio nuestro resulta clave para establecer las bases de una buena pr\u00e1ctica profesional que garantice unos niveles de calidad y eficacia \u00f3ptimos en las respuestas administrativas y judiciales a los menores infractores.<\/p>\n<h2><strong>El marco legal y administrativo: los encargos<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1204.jpg\" alt=\"BOE\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>La entrada en vigor de la <em>Ley org\u00e1nica 5\/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores<\/em> (LORPM) junto con el despliegue de la Ley 27\/2001 de justicia juvenil, del 31 de diciembre, aprobada por el Parlamento de Catalunya, constituyen el marco legal y administrativo de referencia de nuestra intervenci\u00f3n socioeducativa con los menores y j\u00f3venes infractores. Estas dos leyes nos permiten especificar e ir delimitando de qu\u00e9 manera tendremos que desarrollar nuestro trabajo con los destinatarios de nuestra intervenci\u00f3n y quiz\u00e1s enmarcar diferentes aspectos a tener en cuenta a la hora de activar las respuestas educativas y de control pertinentes.<\/p>\n<p>La LORPM regula ampliamente los aspectos sustantivos, procesales y de ejecuci\u00f3n de la justicia de menores. La Ley, seg\u00fan su exposici\u00f3n de motivos, se basa en los principios generales siguientes: su naturaleza formalmente penal pero materialmente sancionadora\/educativa (tanto en el procedimiento como en las medidas aplicables a los menores o j\u00f3venes infractores); el reconocimiento expreso a los menores de edad de todos los derechos y garant\u00edas penales y procesales derivados del ordenamiento constitucional (su inspiraci\u00f3n en el inter\u00e9s superior del menor); la diferenciaci\u00f3n en tramos de edad (14\/15, 16\/17, 18\/21) a efectos procesales y sancionadores; su flexibilidad en la adopci\u00f3n de medidas (seg\u00fan la situaci\u00f3n y las circunstancias del caso concreto); y la competencia de las comunidades aut\u00f3nomas para la ejecuci\u00f3n de las medidas impuestas con el seguimiento y control judicial correspondiente.<\/p>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1207.jpg\" alt=\"Diaio Oficial de la Generalitat de Catalunya\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>En el \u00e1mbito de las competencias de las comunidades aut\u00f3nomas, la LORPM hace necesario acomodar la legislaci\u00f3n catalana a la nueva situaci\u00f3n y sustituir la <em>Ley 11\/85 de protecci\u00f3n de menores<\/em> por la nueva <em>Ley 27\/2001 de justicia juvenil<\/em>, con la finalidad de promover la integraci\u00f3n y la reinserci\u00f3n social de los menores y los j\u00f3venes a los que se aplica mediante las actuaciones y los programas que se llevan a cabo en inter\u00e9s del menor, que deben tener un car\u00e1cter fundamentalmente educativo y responsabilizador.<\/p>\n<p>La LORPM no solamente se limita a enumerar las medidas aplicables en cada caso sino que define su contenido y establece las obligaciones concretas a las que queda sujeto el menor o el joven. De la misma manera, \u00e9stas se deben ejecutar con la metodolog\u00eda y los criterios de actuaci\u00f3n definidos en los respectivos programas generales, elaborados y aprobados por el \u00f3rgano administrativo competente en la materia.<\/p>\n<p>En este marco judicial, las finalidades de la intervenci\u00f3n en medio abierto no son otras que expresar la reprobaci\u00f3n de los hechos que motivan la respuesta judicial, promover la responsabilizaci\u00f3n del menor o joven y del contexto social de referencia y desarrollar procesos de capacitaci\u00f3n que permitan concretar, neutralizar y superar aquellos factores, circunstancias, dificultades o conflictos que inciden o determinan el comportamiento infractor de los menores o j\u00f3venes que son objeto de esta intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la Ley 27\/2001, se desprenden los siguientes encargos que deben realizarse\u00a0 en las intervenciones socioeducativas en medio abierto:<\/p>\n<ul>\n<li>Elaboraci\u00f3n del programa de ejecuci\u00f3n de la medida, con la concreci\u00f3n de la propuesta de las pautas socioeducativas -si es necesario-, de los objetivos que se plantean trabajar con el menor o joven, de la periodicidad de las entrevistas, o de la planificaci\u00f3n de las fechas de realizaci\u00f3n de las obligaciones inherentes a la medida impuesta.<\/li>\n<li>Realizaci\u00f3n de las actuaciones que corresponden, de acuerdo con el programa de ejecuci\u00f3n aprobada, para el seguimiento o la ejecuci\u00f3n definitiva de la medida.<\/li>\n<li>Elaboraci\u00f3n de los informes de seguimiento sobre la ejecuci\u00f3n de la medida, incidencias, evaluaci\u00f3n personal.<\/li>\n<li>Presentaci\u00f3n de las propuestas al juez de menores, cuando se considere procedente la revisi\u00f3n judicial de las medidas.<\/li>\n<li>Asistencia a los actos y diligencias procesales a los que sea convocado.<\/li>\n<li>La actuaci\u00f3n coordinada con los profesionales, entidades o servicios que participan en la ejecuci\u00f3n de la medida.<\/li>\n<li>Elaboraci\u00f3n del informe final de valoraci\u00f3n del proceso de ejecuci\u00f3n y de la situaci\u00f3n actual del menor o joven.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>Los destinatarios de la intervenci\u00f3n: caracter\u00edsticas<\/strong><\/h2>\n<p>Las caracter\u00edsticas de la poblaci\u00f3n atendida por los t\u00e9cnicos en medio abierto de justicia juvenil est\u00e1n determinadas por tres aspectos fundamentales:<\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">1. Aspectos legales<\/span><\/h3>\n<p>La primera definici\u00f3n de la poblaci\u00f3n objeto de la intervenci\u00f3n en justicia juvenil nos viene dada por la misma Ley de responsabilidad penal de los menores 5\/2000: &#8220;Esta Ley se aplicar\u00e1 para exigir responsabilidades de las personas mayores de catorce a\u00f1os y menores de dieciocho por la comisi\u00f3n de hechos tipificados como delitos o faltas en el C\u00f3digo penal o las leyes penales especiales&#8221; (art. 1.1). &#8220;Tambi\u00e9n se aplicar\u00e1 a lo que dispone la Ley para menores, a las personas mayores de dieciocho a\u00f1os y menores de veintiuno\u2026&#8221; (art. 1.2).<\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">2. Aspectos relacionados con la etapa evolutiva<br \/>\n<\/span><\/h3>\n<p>Esta etapa evolutiva determinada por cambios de orden biol\u00f3gico, sociol\u00f3gico y psicol\u00f3gico que son vividos por los j\u00f3venes de una manera muy diferente seg\u00fan las caracter\u00edsticas personales y el ambiente sociocultural en el que se desarrollen. La adolescencia es una etapa de transici\u00f3n hacia la madurez y la vida adulta caracterizada por la inestabilidad y el cambio constante; da lugar a fuertes ansiedades e inseguridades dif\u00edciles de manejar y superar, tanto por parte del adolescente, como por parte de los adultos que le rodean. Esta etapa requiere procesos de adaptaci\u00f3n que suponen ajustes constantes y cambios personales, familiares y sociales, que se exponen de manera gen\u00e9rica en el siguiente esquema:<\/p>\n<p><img class=\"aligncenter\" style=\"width: 561px; height: 480px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/799.jpg\" alt=\"\" align=\"baseline\" border=\"1\" hspace=\"0\" \/><\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">3. Aspectos sociol\u00f3gicos y generacionales<\/span><\/h3>\n<p>Tanto el perfil del menor o joven en conflicto con la sociedad, con las caracter\u00edsticas del delito y de las respuestas de la sociedad al comportamiento infractor han variado mucho durante los \u00faltimos 30 a\u00f1os. Estos cambios tienen una relaci\u00f3n directa con los que la sociedad ha experimentado en este per\u00edodo, ya sea de tipo pol\u00edtico, social o cultural. De la misma manera, tambi\u00e9n la forma de intervenir, los recursos e incluso su conceptualizaci\u00f3n ideol\u00f3gica, han ido variando adapt\u00e1ndose al contexto de cada momento hist\u00f3rico.<\/p>\n<p>De manera esquem\u00e1tica, apuntamos los principales cambios que, de manera din\u00e1mica no excluyente, se han observado con relaci\u00f3n a los menores o j\u00f3venes infractores a la sociedad y las diferentes formas de intervenci\u00f3n durantes estas \u00faltimas d\u00e9cadas.<\/p>\n<p><img class=\"aligncenter\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/800.jpg\" alt=\"\" align=\"baseline\" border=\"0\" hspace=\"0\" \/><\/p>\n<p>Destapar la caja negra: las estrategias de intervenci\u00f3n<\/p>\n<p>En Catalunya, la tarea que cada t\u00e9cnico de medio abierto realiza en la ejecuci\u00f3n de las medidas previstas a la Ley org\u00e1nica 5\/2000 est\u00e1 determinada por cuatro par\u00e1metros fundamentales:<\/p>\n<ol>\n<li>La definici\u00f3n y los contenidos que la Ley org\u00e1nica 5\/200 establece para cada medida.<\/li>\n<li>Los principios rectores, finalidad y actuaciones para la ejecuci\u00f3n de las medidas en medio abierto establecidas en la Ley 27\/2001.<\/li>\n<li>Los principios de actuaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Justicia Juvenil -DGJJ.<\/li>\n<li>Los programas t\u00e9cnicos de cada medida judicial, elaborados por el Servicio de Ejecuci\u00f3n de medidas de la DGJJ, donde se concretan y se estructuran los criterios t\u00e9cnicos y metodol\u00f3gicos de los respectivos procesos de ejecuci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n<p>Desde la integraci\u00f3n de estos par\u00e1metros, el t\u00e9cnico de medio abierto en cada seguimiento hace un an\u00e1lisis y una valoraci\u00f3n de la situaci\u00f3n, elabora un proyecto educativo individualizado -PEI- donde se establecen los objetivos y las actuaciones m\u00e1s id\u00f3neos para afrontar las dificultades y conflictos que plantea el menor o el joven en el contexto de la medida judicial impuesta, y concreta un programa de ejecuci\u00f3n que presenta al juez de menores para hacer la aprobaci\u00f3n perceptiva.<\/p>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1214.jpg\" alt=\"\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>En este sistema organizativo y metodol\u00f3gico, el espacio de intervenci\u00f3n entre el menor o el joven y el t\u00e9cnico de medio abierto ha sido y contin\u00faa siendo un espacio de <em>caja negra<\/em>, en la medida que s\u00f3lo el menor o joven y el t\u00e9cnico conocen y participan en su contenido. Que esto sea as\u00ed no nos permite contrastar, ni definir ni consolidar una <em>buena pr\u00e1ctica<\/em> de intervenci\u00f3n en este \u00e1mbito profesional. \u00bfC\u00f3mo se puede reconocer, valorar, compartir o evaluar lo que se desconoce, lo que no es di\u00e1fano ni expl\u00edcito?<\/p>\n<p>Consideramos oportuno apuntar que para conseguir la finalidad de capacitaci\u00f3n, responsabilizaci\u00f3n y reprobaci\u00f3n propia de las medidas judiciales de medio abierto que incluye la Ley org\u00e1nica 5\/2000 desde los criterios de calidad y eficacia que definen la visi\u00f3n estrat\u00e9gica de todo servicio p\u00fablico, es necesario destapar y explorar esta <em>caja negra<\/em> para identificar, estructurar y explicitar los contenidos, los m\u00e9todos y las operaciones profesionales que vertebran y articulan este espacio de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>De entrada se debe exponer que el sistema administrativo y organizativo de justicia juvenil en Catalunya en el que est\u00e1 inscrito el t\u00e9cnico de medio abierto comprende dos elementos clave que facilitan y canalizan el abordaje del tema que estamos planteando:<\/p>\n<ol>\n<li>Los espacios de <span style=\"color: #880000;\">supervisi\u00f3n t\u00e9cnica<\/span>: tanto la interna o metodol\u00f3gica, que se realiza entre el t\u00e9cnico de medio abierto y el coordinador del equipo con una periodicidad quincenal, como la supervisi\u00f3n externa que el equipo de t\u00e9cnicos de medio abierto de una zona territorial concreta hace con un profesional experto en intervenci\u00f3n socioeducativa con menores y j\u00f3venes en conflicto con la sociedad, con una periodicidad mensual.<\/li>\n<li>El proyecto educativo individualizado -PEI- entendido como un instrumento de registro, planificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la intervenci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>De un primer an\u00e1lisis y contrastaci\u00f3n de estos espacios clave y, sobre todo, de nuestra pr\u00e1ctica profesional cotidiana desarrollada durante el per\u00edodo 1982\/1999, veremos que la metodolog\u00eda de intervenci\u00f3n con la que hemos afrontado los conflictos y obligaciones en los diferentes procesos de ejecuci\u00f3n de medidas judiciales en medio abierto en el marco legal de la Ley de tribunales tutelares de menores de 1984 y la Ley org\u00e1nica 4\/1992, de 5 de junio, reguladora de la competencia y procedimientos de los Juzgados de Menores, ha respondido en gran medida al modelo que exponemos como resumen en el esquema siguiente:<\/p>\n<p><img class=\"aligncenter\" style=\"width: 561px; height: 542px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/801.jpg\" alt=\"\" align=\"baseline\" border=\"1\" hspace=\"0\" \/><\/p>\n<p>Este modelo unimodal -un solo tipo de respuestas enfrente de la diversidad de caracter\u00edsticas y contextos de referencia de los menores o j\u00f3venes destinatarios de nuestra intervenci\u00f3n-, de contenidos centrados en las necesidades de nuestra intervenci\u00f3n-, de contenidos centrados en las necesidades y carencias, de dimensi\u00f3n unidireccional y jer\u00e1rquica entre un t\u00e9cnico que sabe y un menor\/joven\/familia que ha de aprender, teniendo en cuenta los cambios observados tanto en el marco legal y administrativo como en la poblaci\u00f3n y contextos de intervenci\u00f3n antes expuestos, se convierte en precario, inadecuado e ineficaz.<\/p>\n<p>Sabiendo que cualquier esquematizaci\u00f3n o representaci\u00f3n gr\u00e1fica de una realidad compleja puede sufrir simplificaciones o reduccionismos, no renunciamos a ellas en la medida en que no es un objetivo en s\u00ed misma, sino un medio para exponer de manera sint\u00e9tica, ordenada y pertinente lo que nos depara el ejercicio de <em>destapar la caja negra<\/em> de los procesos de ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto. No podemos escudri\u00f1ar detalladamente todos y cada uno de los elementos que configuran este modelo de intervenci\u00f3n en medio abierto, cerrando temas y fijando planteamientos; lo que pretendemos es poner nombre a las cosas, tomar conciencia de lo que hay en la caja negra y abrir nuevos horizontes en el tema que nos ocupa de la manera m\u00e1s estructurada, realista, rigurosa y \u00fatil que sepamos.<\/p>\n<p>Ante las intervenciones que obedecen al modelo apuntado, vemos que las respuestas a alternativas de intervenci\u00f3n que nos hemos planteado y que hemos desarrollado en el per\u00edodo 2000\/2003 -a partir de la aprobaci\u00f3n y posterior entrada en vigor de la Ley org\u00e1nica 5\/2000 y tambi\u00e9n del proceso de revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n de los programas de las diferentes medidas judiciales en medio abierto- responden a un <strong>modelo socioeducativo diferencial de capacitaci\u00f3n y responsabilizaci\u00f3n<\/strong> que pretende encontrar y construir puentes entre lo que los menores pueden hacer y lo que se les exige que hagan. Estos puentes, a veces, vienen dados por elementos contextuales o circunstanciales. Pero la mayor\u00eda de veces se han de elaborar con esfuerzo y preparaci\u00f3n (Diego y Miquel, 2000).<\/p>\n<p>Cuando programamos la intervenci\u00f3n para ejecutar una medida judicial impuesta por un juez de menores, establecemos una secuencia did\u00e1ctica personalizada y diferencial que se materializa en un PEI. La concreci\u00f3n operativa de este PEI tendr\u00eda en cuenta, a parte de instrumentos de registro y planificaci\u00f3n, los siguientes apartados:<\/p>\n<ol>\n<li style=\"list-style-type: none;\">\n<ol>\n<li><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1215.jpg\" alt=\"Mirada\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>VALORACI\u00d3N INICIAL: situaci\u00f3n, contexto, capacidades, intereses, creencias, valores.<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">DESCRIPTORES: \u00bfqu\u00e9 pasa?<\/div>\n<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">OBJETIVOS: \u00bfqu\u00e9 se quiere conseguir?<\/div>\n<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">ACTUACIONES: \u00bfqu\u00e9 y c\u00f3mo se hace? (contenidos, m\u00e9todos, estrategias y operaciones profesionales).<\/div>\n<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">RESULTADOS: \u00bfqu\u00e9 has conseguido?<\/div>\n<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">VALORACI\u00d3N FINAL DEL PROGRAMA DE EJECUCI\u00d3N<\/div>\n<\/li>\n<li>\n<div style=\"margin-right: 0px;\">EVALUACI\u00d3N DEL PROYECTO EDUCATIVO INDIVIDUALIZADO<\/div>\n<\/li>\n<\/ol>\n<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"margin-right: 0px;\">Como el movimiento que describe una peonza (Gendreau, 2001) -circular, din\u00e1mico, compacto y horizontal-, as\u00ed entendemos que se desarrollan las secuencias de intervenci\u00f3n en medio abierto en este modelo diferencial que estamos tratando. A la relaci\u00f3n y dependencia de las finalidades de las medidas judiciales en el medio abierto, las caracter\u00edsticas del menor o joven infractor y las operaciones profesionales del t\u00e9cnico encargado de su ejecuci\u00f3n, se han de incorporar ineludiblemente los contenidos del m\u00e9todo o m\u00e9todos de intervenci\u00f3n que nos proponemos utilizar. Contenidos que, atendiendo precisamente a las finalidades, caracter\u00edsticas y operaciones profesionales antes expuestas, no son otras que <strong>la comunicaci\u00f3n, la motivaci\u00f3n, la participaci\u00f3n, el aprendizaje <\/strong>y <strong>la normalizaci\u00f3n<\/strong>.<\/p>\n<p>La eficacia y el cumplimiento satisfactorio de estas medidas, el <em>what works<\/em> -lo que funciona-, pasa por la estrecha y din\u00e1mica adecuaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas y condiciones del menor o joven infractor (clasificaci\u00f3n del nivel de riesgo y reacci\u00f3n, atenci\u00f3n a los factores que han favorecido directamente la infracci\u00f3n, capacidad de comunicaci\u00f3n y de aprendizaje), con las finalidades y condiciones de la medida aplicada (definici\u00f3n y buena implementaci\u00f3n, adaptaci\u00f3n a la capacidad de respuesta, encaminadas a la restauraci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de capacidades\/actitudes\/intereses\/valores, y orientada hacia la comunidad), con el desarrollo expl\u00edcito y diferencial de los contenidos de intervenci\u00f3n oportunos, y el despliegue consiguiente de las operaciones profesionales pertinentes por parte del t\u00e9cnico de medio abierto.<\/p>\n<p>Tal como hemos hecho con el primer modelo, una manera gr\u00e1fica y sint\u00e9tica de representar los elementos y las dimensiones de este modelo que hemos encontrado en nuestra caja negra, podr\u00eda ser la siguiente:<br \/>\n<img class=\"aligncenter\" style=\"width: 521px; height: 373px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/802.jpg\" alt=\"\" align=\"baseline\" border=\"1\" hspace=\"0\" \/>Si por este m\u00e9todo entendemos el camino que se sigue, la manera ordenada y sistem\u00e1tica de proceder para llegar a una finalidad, podemos definir la estrategia como un m\u00e9todo general y planificado de desarrollar unos contenidos concretos de intervenci\u00f3n que el t\u00e9cnico en medio abierto aplicar\u00e1, utilizando una serie de operaciones profesionales -t\u00e9cnicas y habilidades- concretas, comprensibles y analizables en el contexto del programa de ejecuci\u00f3n correspondiente, fuera del cual perder\u00eda significado y finalidad. Pero, \u00bfcu\u00e1les son estos m\u00e9todos o l\u00edneas estrat\u00e9gicas de intervenci\u00f3n pertinentes, seg\u00fan nuestra pr\u00e1ctica de trabajo en medio abierto, conocimientos t\u00e9cnicos y experiencias actuales en el \u00e1mbito de los servicios de justicia juvenil en general?<\/p>\n<p>Si nos atenemos a los encargos y contenidos que se desprenden del marco legal y administrativo en el que operamos, a las caracter\u00edsticas de los menores o j\u00f3venes infractores, y a las t\u00e9cnicas y habilidades profesionales citadas anteriormente, las l\u00edneas estrat\u00e9gicas de intervenci\u00f3n que forman los procesos de ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto son cuatro:<\/p>\n<ol>\n<li>Orientaci\u00f3n y relaci\u00f3n de ayuda<\/li>\n<li>Negociaci\u00f3n y mediaci\u00f3n<\/li>\n<li>Formaci\u00f3n y aprendizaje en competencias sociales<\/li>\n<li>Persuasi\u00f3n e influencia<\/li>\n<\/ol>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">1. Orientaci\u00f3n y relaci\u00f3n de ayuda<br \/>\n<\/span><\/h3>\n<p>En los procesos de ejecuci\u00f3n de medidas judiciales en medio abierto, la orientaci\u00f3n y la relaci\u00f3n de ayuda se han de entender como ayuda t\u00e9cnica y humana para dominar y superar satisfactoriamente las dificultades y conflictos de situaci\u00f3n y\/o de transici\u00f3n propios de la adolescencia\/juventud (Miquel, 1999).<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n entre el t\u00e9cnico en medio abierto y el menor o joven, la relaci\u00f3n interpersonal, tiene un papel importante, ya que es el instrumento b\u00e1sico que permite llevar a cabo el trabajo educativo y responsabilizador encomendado. Esta idea la ha desarrollado Rogers (representante de la corriente humanista en psicolog\u00eda). Este autor considera que el t\u00e9cnico debe desarrollar una serie de habilidades para que el menor o joven llegue a ser una persona a pleno funcionamiento (Panch\u00f3n, 1998).<\/p>\n<ul>\n<li><img style=\"width: 192px; height: 137px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1216.jpg\" alt=\"Orientaci\u00f3n\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>Empat\u00eda: capacidad de tomar conciencia correctamente de lo que est\u00e1 experimentando la otra persona, y comunicarle esta percepci\u00f3n con un lenguaje acomodado a sus sentimientos.<\/li>\n<li>Respeto (aceptaci\u00f3n): implica la apreciaci\u00f3n de la dignidad y valores del menor.<\/li>\n<li>Autenticidad (genuino, congruencia, sinceridad): coherencia entre lo que se siente, lo que se piensa y lo que se dice; entre lo que es cada persona y lo que demuestra de s\u00ed misma a los dem\u00e1s.<\/li>\n<\/ul>\n<p>A\u00f1os m\u00e1s tarde Carkhuff (disc\u00edpulo y colaborador de Rogers) a\u00f1ade cuatro habilidades m\u00e1s a desarrollar por el profesional a la hora de establecer la relaci\u00f3n (Marroqu\u00edn, 1982):<\/p>\n<ul>\n<li><span style=\"color: #880000;\">Concreci\u00f3n<\/span>: capacidad de expresi\u00f3n espec\u00edfica de los sentimientos del menor.<\/li>\n<li><span style=\"color: #880000;\">Confrontaci\u00f3n<\/span>: acci\u00f3n que pone al menor en contacto con s\u00ed mismo mediante las discrepancias existentes.<\/li>\n<li><span style=\"color: #880000;\">Inmediatez<\/span>: habilidad para discutir directamente y abiertamente e, &#8220;aqu\u00ed y ahora&#8221; de manera que se pueda establecer un puente entre la empat\u00eda y la confrontaci\u00f3n.<\/li>\n<li><span style=\"color: #880000;\">Automanifestaci\u00f3n<\/span>: debe ser apropiada como extensi\u00f3n de la genuinidad.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Carkhuff fue el autor de la met\u00e1fora del profesional que ayuda a tener cuidado de personas que se ahogan en un r\u00edo, partiendo de la idea que quiz\u00e1s ser\u00eda bueno subir a la fuente del r\u00edo para tratar de descubrir la causa de por qu\u00e9 cae tanta gente. Este es el lugar de la intervenci\u00f3n y no teniendo cuidado de la gente en la desembocadura. Plantea ir arriba para hacer m\u00e1s efectiva la ayuda; haciendo prevenci\u00f3n (Mart\u00ednez, 2000).<\/p>\n<p>Seg\u00fan Carkhuff (citado por Marroqu\u00edn, 1982), las interacciones que se dan entre el t\u00e9cnico de medio abierto y el menor o joven se estructuran en tres fases:<\/p>\n<p>Autoexploraci\u00f3n: el t\u00e9cnico en medio abierto ha de establecer una relaci\u00f3n con el menor o joven que le ayude a conocer d\u00f3nde se encuentra dentro del medio que le rodea, al mismo tiempo que a tener un reconocimiento m\u00e1s comprensivo y profundo en su situaci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Autocomprensi\u00f3n: el t\u00e9cnico ir\u00e1 juntando los diversos datos relevantes que van surgiendo de la autoexploraci\u00f3n del menor o joven; as\u00ed, \u00e9ste ir\u00e1 descubriendo la relaci\u00f3n de las unas con las otras y podr\u00e1 comprender la ra\u00edz de su propio problema.<\/li>\n<li>Acci\u00f3n: el t\u00e9cnico dar\u00e1 apoyo a las acciones del menor o joven, que tendr\u00e1 que establecer los pasos convenientes y adecuados para conseguir el objetivo final.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En todo este proceso estamos hablando de una intervenci\u00f3n en medio abierto que no est\u00e1 desvinculada del contexto familiar y social en que se realiza, aunque en n\u00facleo central sea el del menor o joven. Se ha de conocer y comprender los factores de riesgo y los de protecci\u00f3n que configuran la situaci\u00f3n personal del menor o joven, analizar y contrastar esta realidad con los agentes socializadores de su contexto de referencia, potenciar sus capacidades, y reconocer las dificultades y conflictos de situaci\u00f3n y de transici\u00f3n para su manejo y superaci\u00f3n.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">2. Negociaci\u00f3n y mediaci\u00f3n<br \/>\n<\/span><\/h3>\n<p>Consideramos la negociaci\u00f3n y la mediaci\u00f3n como una estrategia de intervenci\u00f3n \u00fatil y eficaz para gestionar y solucionar conflictos de manera satisfactoria para las partes. Realizar un proceso de negociaci\u00f3n y mediaci\u00f3n significa b\u00e1sicamente acompa\u00f1ar a las personas que mantienen relaciones deterioradas en el dise\u00f1o de un nuevo camino, nuevos enlaces que distiendan los malos entendidos, y estimular una comunicaci\u00f3n, independientemente del conflicto y de su soluci\u00f3n. Muchos mediadores expertos saben que cuando las partes se reconocen mutuamente desde una posici\u00f3n fuerte en sus propias convicciones, el conflicto pasa a un segundo plano y la empat\u00eda personal abre nuevos caminos (Marsal, 2002).<\/p>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1217.jpg\" alt=\"Camino\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>La negociaci\u00f3n y la mediaci\u00f3n est\u00e1n basadas en el di\u00e1logo. El di\u00e1logo es social, es un bien com\u00fan que satisface a la comunidad por todos los efectos que un enfrentamiento provoca y produce en las personas e instituciones que le rodean. La gran estrategia de la conciliaci\u00f3n es priorizar el di\u00e1logo y la convivencia, para actuar con respeto y sin ir, en principio, en contra de ninguna opci\u00f3n; puede representar una verdadera acci\u00f3n de justicia y de defensa del m\u00e1s d\u00e9bil (Reina y otros, 2001).<\/p>\n<p>Se utilizan estrategias negociadoras y mediadores cuando se detecta un conflicto que afecta a las personas y que incide favorablemente en el proceso de educaci\u00f3n del menor o joven objeto de nuestra intervenci\u00f3n. Nos podemos encontrar que las partes implicadas en el conflicto pueden ser: menor o joven y v\u00edctima perjudicada; menor o joven y padres; menor o joven y escuela, o bien que el conflicto est\u00e9 localizado en la relaci\u00f3n entre padres y escuela, en que el menor o joven mantiene una relaci\u00f3n directa con las partes y adem\u00e1s tienen una funci\u00f3n b\u00e1sica de apoyo en este proceso de educaci\u00f3n y socializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El t\u00e9cnico de medio abierto que interviene en la resoluci\u00f3n de problemas generados en las relaciones entre personas o grupos por mandato judicial no ha de estar implicado en el conflicto, no decide la soluci\u00f3n, sino que ofrece un espacio com\u00fan, facilita el acercamiento, la comunicaci\u00f3n, el di\u00e1logo, porque las partes implicadas encuentren por ellas mismas la manera de resolverlo de manera efectiva. El t\u00e9cnico de medio abierto act\u00faa sobre las causas que han originado el problema mediante din\u00e1micas comunicativas. Por eso ha de utilizar unas habilidades y aplicar unas t\u00e9cnicas que le permitan dirigir el proceso de mediaci\u00f3n y ajustarlo a las caracter\u00edsticas de las partes que participen en \u00e9l.<\/p>\n<p>Las estrategias destinadas a la resoluci\u00f3n de conflictos no se limitan a ofrecer soluciones espec\u00edficas a problemas concretos, sino que pretendemos ense\u00f1ar habilidades cognitivas y condicionales que den lugar a otra forma de procedimiento. Se pretende, en \u00faltima instancia, que las personas incorporen herramientas en sus estructuras mentales: habilidades, conocimientos y actitudes que eviten nuevos conflictos para as\u00ed asumir el estilo en la cultura de cada d\u00eda. Se trata como vemos, de un servicio socioeducativo capaz de satisfacer no solamente demandas asistenciales sino de aportar modelos de convivencia correctos, constructivos y c\u00edvicos (Reina, 2002). Por eso, ser\u00e1 necesario crear unas condiciones de reconocimiento, participaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n basadas fundamentalmente en los siguientes aspectos:<\/p>\n<ul>\n<li>Identificar y esclarecer una situaci\u00f3n problem\u00e1tica.<\/li>\n<li>Reconocer los sentimientos y las emociones asociadas al problema.<\/li>\n<li>Clasificar sus intereses, necesidades y deseos ocultos.<\/li>\n<li>Estimular la imaginaci\u00f3n mediante la b\u00fasqueda de opciones y soluciones (de cuantas m\u00e1s alternativas dispongamos, mejor) -lluvia de ideas: considerar todas las consecuencias, cambios que se han de hacer, si se pueden llevar a la pr\u00e1ctica\u2026; decidir cu\u00e1l es la mejor opci\u00f3n y cu\u00e1l satisface m\u00e1s a las partes para que ambas ganen. Ayudar a encontrar una soluci\u00f3n negociada y mantener las relaciones.<\/li>\n<li>Llevar a la pr\u00e1ctica la decisi\u00f3n, construyendo un plan de acci\u00f3n para las propuestas acordadas; asignar responsabilidades y tareas que har\u00e1 cada uno, c\u00f3mo y cu\u00e1ndo lo har\u00e1. Por eso es importante evaluar los resultados, ver si se resuelve el conflicto, errores, etc.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Esta l\u00ednea de estrategia de intervenci\u00f3n tiene una mayor probabilidad de \u00e9xito cuando se consigue que las partes manifiesten un inter\u00e9s de llegar a un acuerdo. La base de los acuerdos se encuentra en la colaboraci\u00f3n, en la b\u00fasqueda de diferentes v\u00eda de cooperaci\u00f3n mutua, no en la competencia. Es b\u00e1sico conocer, a trav\u00e9s de las t\u00e9cnicas de la escucha activa, cu\u00e1les son las necesidades y los intereses reales de la otra, m\u00e1s que aumentar nuestras razones o posiciones. La imaginaci\u00f3n, la creatividad, la rapidez y flexibilidad de pensamiento son componentes necesarios para una buena negociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para ejercitar la pr\u00e1ctica negociadora con los menores o j\u00f3venes podemos utilizar la simulaci\u00f3n (<em>role-playing<\/em>) de las diferentes opciones planteadas con la finalidad de que puedan observar por s\u00ed mismos las consecuencias de cada alternativa. En definitiva, se trata de ense\u00f1ar al sujeto a pensar antes de actuar y reconocer la importancia de intentar comprender a los dem\u00e1s.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">3. Formaci\u00f3n y aprendizaje en competencias sociales<\/span><\/h3>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1218.jpg\" alt=\"Dificultades relaci\u00f3n\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>Se considera el desarrollo de la competencia social como una de las posibilidades para la mejora de las condiciones personales y sociales en casos de dificultad y conflicto social. Las diferentes definiciones sobre competencia social se refieren al funcionamiento adaptado, en el que los recursos de la persona y del ambiente se utilizan para llegar a resultados deseables dentro del proceso de desarrollo y de los contextos interpersonales. Las personas que desarrollan estas capacidades dirigen las situaciones interpersonales de manera que ellas mismas y los dem\u00e1s obtienen un beneficio en las situaciones sociales (Garrido i L\u00f3pez, 1995).<\/p>\n<p>Algunos autores utilizan indistintamente el t\u00e9rmino competencia social, inteligencia interpersonal, o bien inteligencia emocional, definida por Goleman (1998), como la consecuci\u00f3n de habilidades sociales relacionadas con la interacci\u00f3n e integraci\u00f3n social y el desarrollo cognitivo y psicosocial de las personas y que se adquiere en un proceso de aprendizaje m\u00e1s o menos favorecido seg\u00fan las predisposiciones temperamentales y las caracter\u00edsticas del entorno social donde se desarrolla una persona.<\/p>\n<p>Muchos de los menores destinatarios de las medidas judiciales en medio abierto presentan errores en la percepci\u00f3n de hechos y situaciones, distorsiones en los procesos de interpretaci\u00f3n de las causas, dificultades en los procesos de elaboraci\u00f3n de la informaci\u00f3n o para plantear alternativas de acci\u00f3n, falta de habilidad para tomar decisiones o resolver conflictos (Crua, Guasch, Miquel y Ponce, 1997). Estas dificultades se pueden clasificar en cuatro tipos:<\/p>\n<ol>\n<li>Inexistencia de una determinada habilidad social por falta de aprendizaje.<\/li>\n<li>Falta de motivaci\u00f3n o de oportunidades para ejercitar una conducta social, aunque se dominen las habilidades sociales.<\/li>\n<li>Incompetencia para interactuar con iguales a causa de una inhibici\u00f3n emocional. La ansiedad act\u00faa impidiendo el aprendizaje de respuestas apropiadas. Las conductas de evitaci\u00f3n reducen la ansiedad, reforzando negativamente las soluciones de aislamiento social.<\/li>\n<li>Aunque tengan en su repertorio las conductas sociales adecuadas en una determinada situaci\u00f3n, no las manifiestan a causa de un problema emocional.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Ante estas capacidades poco desarrolladas, de estas carencias de competencias, surge la necesidad de crear y activar una estrategia de intervenci\u00f3n que apueste por la formaci\u00f3n y el aprendizaje en competencias sociales. Formaci\u00f3n y aprendizaje entendidos como posibilidad de optimizar la adquisici\u00f3n de habilidades b\u00e1sicas y pr\u00e1cticas, de incorporar contenidos informativos y adoptar nuevas estrategias de conocimiento y acci\u00f3n, para que la participaci\u00f3n de los menores y de la sociedad en los procesos de resoluci\u00f3n de conflictos y el tratamiento y la superaci\u00f3n de transiciones resulten activos y adaptados (Dalmau, Miquel y Pel\u00e1ez, 2000).<\/p>\n<p>De manera general, la competencia social engloba recursos personales clasificables en tres grandes \u00e1reas (Garrido i L\u00f3pez, 1995):<\/p>\n<ul>\n<li>\u00c1rea cognitiva: inteligencia impersonal; inteligencia interpersonal; inteligencia interpersonal o social (role-taking, reflexividad, pensamiento cr\u00edtico, pensamiento abstracto, sensibilidad interpersonal, pensamiento medios-objetivos, pensamiento alternativo, pensamiento causal, pensamiento consecuente, autoinstrucciones, autodi\u00e1logo).<\/li>\n<li>\u00c1rea conductual: habilidades sociales y de comunicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>\u00c1rea emocional: reconocimiento e identificaci\u00f3n de emociones, expresi\u00f3n emocional, empat\u00eda y autocontrol.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Seg\u00fan Gullota (citado por Garrido y L\u00f3pez, 1995), la competencia social tiene tres componentes:<\/p>\n<ul>\n<li>En primer lugar, la gente que es socialmente competente pertenece a una sociedad que le reconoce unos roles y unas posiciones, es decir, se siente miembro y forma parte de ella.<\/li>\n<li>En segundo lugar, las personas competentes son personas valoradas. No basta con disponer de un rol y de un estatus en una sociedad. Tambi\u00e9n es necesario ser apreciado, digno de ser tenido en cuenta.<\/li>\n<li>Finalmente, el hecho de pertenecer y de ser valorado no tiene demasiado sentido si el sujeto no dispone de la oportunidad de contribuir en un prop\u00f3sito.<\/li>\n<\/ul>\n<p>En definitiva, el menor o joven que adquiere esta competencia social, no s\u00f3lo consigue una adaptaci\u00f3n normalizada en su entorno, sino que, adem\u00e1s, consigue una mejora de su calidad de vida.<\/p>\n<h3><span style=\"color: #880000;\">4. Persuasi\u00f3n e influencia<br \/>\n<\/span><\/h3>\n<p>Es una obviedad afirmar que no todos los menores o j\u00f3venes en situaci\u00f3n de dificultad o conflicto con la sociedad est\u00e1n &#8220;motivados&#8221; para el cambio, es decir, para la superaci\u00f3n de aquellas dificultades o conflictos que han originado la adopci\u00f3n de una medida administrativa o judicial. Y a\u00fan es m\u00e1s obvio que sin esta motivaci\u00f3n, sin este estado de disponibilidad o voluntad de cambiar, la intervenci\u00f3n no solamente pierde efectividad, sino que a veces se convierte en inviable e incluso, en algunos casos, en contraproducente.<\/p>\n<p>Prochaska y Di Clemente (1983) han elaborado un modelo \u00fatil para comprender c\u00f3mo se produce el cambio ante una dificultad o conflicto. Estos autores nos describen las seis etapas de la denominada &#8220;rueda del cambio&#8221; por las que se cruza todo el proceso de cambio y en que la motivaci\u00f3n es su eje:<\/p>\n<p><img class=\"aligncenter\" style=\"width: 544px; height: 313px;\" src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/803.jpg\" alt=\"\" align=\"baseline\" border=\"1\" hspace=\"0\" \/><\/p>\n<p>Si una dimensi\u00f3n clave de la motivaci\u00f3n, tal como nos lo exponen Miller y Rollnick (1991) en su modelo de la &#8220;entrevista motivacional&#8221;, es la adhesi\u00f3n, el v\u00ednculo con un programa destinado al cambio o el cumplimiento de \u00e9ste, entonces la motivaci\u00f3n se considerar\u00e1 como una probabilidad de determinadas conductas. Partiendo de este enfoque pragm\u00e1tico como punto de partida, ser\u00eda pertinente definir la motivaci\u00f3n como probabilidad que una persona inicie, contin\u00fae y se comprometa con una estrategia espec\u00edfica para cambiar. La motivaci\u00f3n, entendida de esta manera, no es un rasgo de personalidad existente en la piel de la persona en dificultad, sino que depende del contexto. Es por esta raz\u00f3n que su consecuci\u00f3n constituye un n\u00facleo central e inherente a las funciones del profesional.<\/p>\n<p>Partiendo de estas premisas conceptuales, podemos definir las estrategias de persuasi\u00f3n e influencia como las acciones con capacidad de movilizar emociones y transformar actitudes negativas de los menores, las familias y la sociedad hacia sus dificultades y conflictos, ante los mensajes y las intervenciones de los agentes socialmente legitimados.<\/p>\n<p>Tal como expone Mart\u00ednez (2000), Cialdini (1997) es el gran te\u00f3rico de la persuasi\u00f3n. En su obra Influencia, nos presenta los seis principios de la denominada &#8220;v\u00eda perif\u00e9rica&#8221; que &#8220;hacen que gente haga cosas&#8221; o, plante\u00e1ndolo en otros t\u00e9rminos, que &#8220;otras personas acepten nuestro punto de vista de manera voluntaria&#8221;. Los principios de esta ruta de influencia son:<\/p>\n<ol>\n<li><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1219.jpg\" alt=\"Mirada\" align=\"right\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>Reciprocidad: se ha de corresponder de alguna manera con aquellos con los que contraemos alguna deuda; estamos obligados a devolver lo que recibimos.<\/li>\n<li>Compromiso y coherencia: las personas queremos ser coherentes con nosotros mismos y con los dem\u00e1s; una vez hayamos aceptado un compromiso inicial, seremos capaces de aceptar otros m\u00e1s grandes que se insieran dentro de la misma l\u00ednea.<\/li>\n<li>Consenso: lo que hacen, dicen o piensan los dem\u00e1s es un medio importante que utilizamos las personas para tratar y superar situaciones de incertidumbre y ganar conformidad en el grupo y contexto de referencia.<\/li>\n<li>Simpat\u00eda: en general preferimos aceptar las peticiones de las personas a las que conocemos y que son parecidas a nosotros.<\/li>\n<li>Autoridad: tenemos tendencia a reaccionar positivamente ante las demandas de figuras de autoridad, si \u00e9stas tienen nuestro reconocimiento.<\/li>\n<li>Escasez: lo escaso es m\u00e1s valioso, lo que est\u00e1 m\u00e1s alejado de m\u00ed, tiene m\u00e1s valor.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando el menor o joven a quien va dirigido nuestro prop\u00f3sito de influencia est\u00e1 muy implicado porque el tema en cuesti\u00f3n es claramente de su inter\u00e9s e incumbencia y ya est\u00e1 alerta sobre nuestros posibles intentos de influencia, la ruta alternativa a los principios que hemos se\u00f1alado puede ser la &#8220;v\u00eda central&#8221;, que se activar\u00eda desde los principios o se\u00f1ales siguientes: el efecto de aviso previo; la organizaci\u00f3n contrapuesta a la desorganizaci\u00f3n; el acto de defender a las dos partes; el efecto de la repetici\u00f3n; el uso del miedo; las preguntas ret\u00f3ricas, o el efecto de la evidencia.<\/p>\n<p>Como complemento de estas caracter\u00edsticas de lo que podr\u00edamos denominar la &#8220;argumentaci\u00f3n efectiva&#8221; (Mart\u00ednez, 2001), habr\u00eda que citar t\u00e9cnicas \u00fatiles y &#8220;posibles&#8221; para la aplicaci\u00f3n a menores o j\u00f3venes &#8220;imposibles&#8221;, como por ejemplo: dar la raz\u00f3n de entrada, el desarme por acuerdo parcial, el humor, la sorpresa -el hecho de plantear lo que no se esperan-, hacerse el sueco, el silencio o la automanifestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este sentido, una de las tareas b\u00e1sicas del t\u00e9cnico de medio abierto es la de despertar, activar y mantener el inter\u00e9s, la disponibilidad, la contemplaci\u00f3n positiva y activa hacia la participaci\u00f3n voluntaria en la relaci\u00f3n educativa y en el proceso de ejecuci\u00f3n de la medida judicial. Este inter\u00e9s est\u00e1 estrechamente ligado al hecho de que el menor o joven vea un valor social en la propuesta que se le ofrece, no en un sentido pragm\u00e1tico y utilitario, sino en relaci\u00f3n con sus aspiraciones, con sus capacidades y con la (re)formulaci\u00f3n de su proyecto de vida (Silva, 2002).<\/p>\n<p>La ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto y su grado de cumplimiento o incumplimiento no son cuestiones que impliquen a una sola de las partes, sino a ambas: a la del menor o joven y tambi\u00e9n a la del t\u00e9cnico en medio abierto encargado de su ejecuci\u00f3n. Por este motivo, es fundamental incorporar en los procesos de ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto, la l\u00ednea estrat\u00e9gica de la persuasi\u00f3n y de la influencia. La actitud de este t\u00e9cnico de medio abierto ha de ser activa, implicada, de proximidad, reconocimiento y capacitaci\u00f3n, con el objetivo de buscar y encontrar las formas de adhesi\u00f3n y participaci\u00f3n del menor o joven en la concreci\u00f3n, concertaci\u00f3n y seguimiento de los compromisos establecidos en el programa de ejecuci\u00f3n o en el PEI (Pel\u00e1ez y Miquel, 2002).<\/p>\n<h2><strong>Conclusiones<br \/>\n<\/strong><\/h2>\n<p><img src=\"\/res\/wp-content\/uploads\/img_res_1al18\/1221.jpg\" alt=\"Centrar actuaciones\" align=\"left\" border=\"0\" hspace=\"6\" vspace=\"6\" \/>Incorporar plenamente la complejidad de la condici\u00f3n adolescente y juvenil; centrar todas las actuaciones profesionales en las capacidades e intereses del menor o joven y en las finalidades y los contenidos de la medida judicial impuesta y, sobre todo, aplicar las diferentes operaciones profesionales de intervenci\u00f3n en medio abierto desde la integraci\u00f3n de los contenidos de comunicaci\u00f3n \/ motivaci\u00f3n \/ participaci\u00f3n \/ aprendizaje \/ normalizaci\u00f3n propios de las medidas judiciales incluidas en la Ley 5\/2000, nos permite activar y orientar el cambio de los modelos de intervenci\u00f3n trazados a grandes rasgos hacia una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la calidad y la eficacia en el \u00e1mbito de la justicia juvenil.<\/p>\n<p>La distancia que se observa entre la actual situaci\u00f3n de &#8220;caja negra&#8221; que encontramos en los procesos de ejecuci\u00f3n de las medidas judiciales en medio abierto y la que se desprende de los conceptos y planteamientos expuestos, es el camino que nos queda por recorrer para promover y facilitar la participaci\u00f3n responsable y comprometida de los menores o j\u00f3venes que sigan una medida judicial, en la construcci\u00f3n de sus itinerarios de vida, de una manera activa y normalizada, as\u00ed como la de los diferentes agentes de su entorno de referencia.<\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"template":"","palabra_clave":[1119],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v16.7 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/4\/medio-abierto\/estrategias-de-intervencion-en-medio-abierto\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Estrategias de intervenci\u00f3n en medio abierto - RES. 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