{"id":24043,"date":"2021-12-14T19:21:48","date_gmt":"2021-12-14T18:21:48","guid":{"rendered":"https:\/\/eduso.net\/res\/?post_type=articulo&#038;p=24043"},"modified":"2021-12-14T19:21:48","modified_gmt":"2021-12-14T18:21:48","slug":"el-dictamen-pericial-autoridad-tecnica-y-epistemologica","status":"publish","type":"articulo","link":"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/33\/el-tema-justicia-y-educacion-social\/el-dictamen-pericial-autoridad-tecnica-y-epistemologica","title":{"rendered":"El dictamen pericial, autoridad t\u00e9cnica y epistemol\u00f3gica"},"content":{"rendered":"<p><em>Contribuci\u00f3n aceptada por el Comit\u00e9 Cient\u00edfico del VIII Congreso de Educaci\u00f3n Social<\/em><\/p>\n<h2><strong>\u00a01. <\/strong><strong>Consideraciones previas<\/strong><\/h2>\n<p>El dictamen pericial lo conforma el Informe Socioeducativo (ISE) y el propio \u201cdictamen\u201d, son dos tipos de informes t\u00e9cnicos que requieren una aproximaci\u00f3n y reflexi\u00f3n profesionalizadora desde la Educaci\u00f3n Social, constituyendo el objetivo de la presente comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El informe t\u00e9cnico o ISE es un documento de naturaleza t\u00e9cnica, pr\u00e1ctica y cient\u00edfica sobre los hechos o causas realizadas por un experto que responde a una o varias cuestiones realizadas por un peticionario mostrando competencia en la materia. Por ello, el objeto de an\u00e1lisis o estudio ser\u00e1 la especificidad t\u00e9cnica. Documento descriptivo donde el profesional expone las circunstancias y los hechos referentes a lo observado.<\/p>\n<p>El profesional se limita a exponer y a argumentar, pero no emite una valoraci\u00f3n profesional, ni opini\u00f3n, algo que si se establece para el dictamen pericial.<\/p>\n<p>El dictamen pericial es un documento que va m\u00e1s all\u00e1 del hecho descriptivo, en el cual el profesional expone una opini\u00f3n experta y pericial sobre el tema, act\u00faa como perito. Representa una opini\u00f3n escrita, fundada y justificada en el informe previo que ser\u00e1 propuesto como prueba en los asuntos judiciales, por lo tanto constituye un elemento de prueba recogido en el art\u00edculo 299.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC).<\/p>\n<p>En consecuencia, conlleva el juramento a diferencia del informe t\u00e9cnico, tal como indica el art\u00edculo 335.3 de la LEC debiendo manifestar, bajo juramento o promesa decir la verdad actuando con la mayor objetividad posible, siendo conocedor de las consecuencias de ello derivadas.<\/p>\n<p>El objeto es el dictamen, seg\u00fan la Real Academia Espa\u00f1ola es un \u201cinforme elaborado por t\u00e9cnicos en una determinada materia que act\u00faan como peritos en un proceso\u201d y por perito, el art\u00edculo 340 Ley de Enjuiciamiento Crimina determina \u201clos peritos deber\u00e1n poseer el t\u00edtulo oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de \u00e9ste. Si se tratare de materias que no est\u00e9n comprendidas en t\u00edtulos profesionales oficiales, habr\u00e1n de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24056 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info1.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info1.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info1-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/oferta-empresario-hombre-ordenador-portatil-7129713\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>De ah\u00ed que, se presupone experto en una materia a quien se le encomienda la labor de analizar desde un punto de vista t\u00e9cnico, siendo competente para el encargo que recibiremos profesionalmente. Debe de estar por escrito, fechado y firmado por la persona, instituci\u00f3n, empresa u organismo que lo encargue, mediante el documento \u201ccarta de aceptaci\u00f3n\u201d. Dicha solicitud definir\u00e1 el contexto y alcance de nuestra labor.<\/p>\n<p>El dictamen pericial se diferencia del ISE en su finalidad y petici\u00f3n por ser objeto de prueba, el juramento o promesa del profesional y por la emisi\u00f3n de la conclusi\u00f3n o dictamen; contextualizado en un marco judicial donde se presupone un saber, pericia, rigor, objetividad y cientificidad.<\/p>\n<p>El dictamen pericial estar\u00e1 sometido a las limitaciones t\u00e9cnicas del art\u00edculo 335.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, donde se establece de la necesidad de prueba pericial cuando sean necesarios conocimientos cient\u00edficos, art\u00edsticos, t\u00e9cnicos o pr\u00e1cticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podr\u00e1 aportar al proceso dictamen de peritos.<\/p>\n<p>El perito debe ce\u00f1irse a la verificaci\u00f3n de los hechos en los que es experto y a la proposici\u00f3n de juicios t\u00e9cnicos, no procede alegar normas o interpretar la ley asuntos pertenecientes al derecho.<\/p>\n<p>En la actualidad se carece de un documento de consenso en torno al informe socioeducativo (ISE) y consecuentemente, en relaci\u00f3n a la interpretaci\u00f3n de la normativa en relaci\u00f3n informes y dict\u00e1menes periciales.<\/p>\n<p>Los trabajos actuales que vienen recogidos en el documento parten de las diferentes aportaciones de la Comisi\u00f3n Estatal de Trabajo del ISE, coordinada por el Colegio Profesional de Educadores\/as de la Regi\u00f3n de Murcia (CPESRM) y por la entidad Acci\u00f3n Educativa y Social (ACCESO)<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\"><sup>[1]<\/sup><\/a>, enfocando los resultados del mismo al documento de Dictamen Pericial. Para dicho encargo, se han tenido en cuenta las recomendaciones de la Norma UNE 197001 <a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\"><sup>[2]<\/sup><\/a>, Organismo de Normalizaci\u00f3n Espa\u00f1ola para contribuir a la seguridad de las empresas, sus productos, servicios y procesos, protecci\u00f3n a las personas, de los consumidores y del medio ambiente en relaci\u00f3n a la aplicaci\u00f3n de normativas para la buena praxis profesional y el bienestar de la sociedad. Donde nos orienta sobre los criterios generales para la elaboraci\u00f3n de informes y dict\u00e1menes periciales.<\/p>\n<h3><strong><em>1.1. La necesidad de \u201cinformes t\u00e9cnicos\u201d en Educaci\u00f3n Social<\/em><\/strong><\/h3>\n<p>Nos encontramos en un momento \u00f3ptimo en cuanto a la producci\u00f3n de saber y buenas pr\u00e1cticas en la Educaci\u00f3n Social, reflej\u00e1ndose en un elevado n\u00famero de art\u00edculos, estudios e investigaciones. Aspecto que ha revertido, en una mayor cultura e identidad profesional, aportando desde su praxis y enriqueciendo los procedimientos de la acci\u00f3n socioeducativa. En este marco, es fundamental seguir manteniendo una actitud de mayor conocimiento acerca de las necesidades e intereses educativos de los sujetos con los que trabajamos, los proyectos e instituciones, las pol\u00edticas sociales y educativas y la normativa jur\u00eddica. Siendo objeto de qu\u00e9 y c\u00f3mo informar, conformando un ejercicio de responsabilidad y respeto hacia la socializaci\u00f3n de las personas con las que trabajamos.<\/p>\n<p>Los informes t\u00e9cnicos &#8211; socioeducativo y pericial &#8211; se conciben en el presente documento como una consecuencia de los diferentes Documentos Profesionalizadores. El ISE es un instrumento que ofrece una informaci\u00f3n del sujeto, grupo o proyecto atendiendo a los fines de la definici\u00f3n profesional de Educaci\u00f3n Social y al requerimiento de la entidad demandante de informaci\u00f3n. En todos los casos se realizar\u00e1 a demanda de otra instituci\u00f3n, profesional o individuo particular, donde el educador\/a social mediante un documento t\u00e9cnico, explicita la situaci\u00f3n actual del individuo, grupo o proyecto en funci\u00f3n del encargo requerido.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24058 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info2.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info2.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info2-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/empresario-hombre-gente-mujer-6919745\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>El ISE es un instrumento t\u00e9cnico que apuesta por informar de los efectos que produce en el sujeto la acci\u00f3n socioeducativa que pone en juego el profesional en relaci\u00f3n a sus aprendizajes, logros y progresos en una determinada situaci\u00f3n, consulta o demanda. Sirviendo como herramienta de informaci\u00f3n, asesoramiento o coordinaci\u00f3n con otros profesionales.<\/p>\n<p>Etimol\u00f3gicamente, la palabra informe proviene del lat\u00edn informare y cuando act\u00faa como sustantivo, el Diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola lo define como <em>\u201cacci\u00f3n y efecto de informar\u201d<\/em>. Mar\u00eda Moliner la define como <em>\u201cnoticia o dato o conjunto de ellos que se dan a alguien sobre una cosa o una persona\u201d<\/em>. Informar, remite a notificar cierto estado de situaci\u00f3n, desprendi\u00e9ndose de ello un informe que, apunta a una notificaci\u00f3n de un momento concreto y nunca a una elaboraci\u00f3n definitiva. Esta \u00faltima cuesti\u00f3n cobra mayor relevancia, si cabe, cuando ese informe lo adjetivamos como socioeducativo. El Informe Socioeducativo, atendiendo a las definiciones anteriores, da cuenta tanto de los aprendizajes y trayectos recorridos por el sujeto en las instituciones y fuera de estas, como de todas aquellas \u00e1reas de trabajo habitualmente compartidas con otros profesionales.<\/p>\n<p>En la actualidad, en nuestro campo, se observa la proliferaci\u00f3n de numerosos tipos de informes, no existiendo hasta el momento un modelo base del mismo. Esta propuesta trata de posibilitar una estructura de la cual partir en la emisi\u00f3n del ISE y proponer un modelo de informe de Dictamen Pericial, atendiendo a las particularidades de cada demanda concreta y legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>La utilizaci\u00f3n de informes conlleva la responsabilidad acerca de la propia circulaci\u00f3n de la informaci\u00f3n sobre los ciudadanos a los que se atiende y son objeto de ese tipo de informes. Basculando entre las opciones de socializaci\u00f3n de los ciudadanos, y las necesidades ancladas en derechos b\u00e1sicos vinculadas a pol\u00edticas sociales y educativas. Los encargos de las instituciones y la normativa jur\u00eddica posibilitan, a la vez que limitan nuestro trabajo, formando parte de los interrogantes y del ejercicio cr\u00edtico y profesional en torno al manejo y uso de la informaci\u00f3n privada en beneficio de los procesos de aprendizaje, participaci\u00f3n y socializaci\u00f3n de los sujetos, grupos o comunidades.<\/p>\n<h2><strong><em>1.2. Autoridad t\u00e9cnica y epistemol\u00f3gica. Encargo, competencia y funci\u00f3n profesional<\/em><\/strong><\/h2>\n<p>La Educaci\u00f3n Social no lo puede todo, por ello, no ser\u00e1 objeto de informe o dictamen aquello que no sea objeto de nuestro encargo, es decir por su naturaleza educativa.<\/p>\n<p>El discurso, posici\u00f3n o saber pedag\u00f3gico determinan el marco te\u00f3rico y profesional de nuestro trabajo educativo y pr\u00e1ctica social, \u201chaci\u00e9ndose cargo\u201d del encargo, entonces, podremos hablar de la posibilidad de desarrollo profesional y educativo.<\/p>\n<p>Encargar atendiendo al diccionario de la Real Academia Espa\u00f1ola (RAE) es poner algo al cuidado de alguien. Los encargos llevan impl\u00edcitos una cierta \u201cimposibilidad\u201d t\u00e9cnica<a href=\"#_ftn3\" name=\"_ftnref3\"><sup>[3]<\/sup><\/a> que consiste por parte de la entidad que realiza la acci\u00f3n en un no poder por tiempo, materiales, recursos, etc. o bien en un no saber, debido a no saber realizar las tareas que dicho encargo llevan asociadas. Esta \u00faltima opci\u00f3n es la que nos interesa.<\/p>\n<p>Cuando se deposita algo a nuestro \u201ccuidado\u201d nos organizamos asumiendo responsabilidades en funci\u00f3n de lo que se ha de hacer, en este momento, la competencia entra en juego como raz\u00f3n que da orden y sentido a las tareas, agrup\u00e1ndolas en funciones y por lo tanto en \u00e1reas de responsabilidad para hacernos cargo de eso que han depositado a nuestro cuidado.<\/p>\n<p>Es en la competencia<a href=\"#_ftn4\" name=\"_ftnref4\"><sup>[4]<\/sup><\/a> donde reside la posibilidad de asumir tal encargo indicando aquello que podemos o no realizar y el c\u00f3mo.<\/p>\n<p>Ejercicio que permitir\u00e1 diferenciar las funciones laborales que lleva impl\u00edcitas el puesto de trabajo de funciones profesionales, lo ideal es que ambas coincidan pero no sucede siempre, en la medida que identificamos las segundas nos permite hablar entre educadores de un lugar com\u00fan acorde con la naturaleza del encargo y responsabilidades armadas en un car\u00e1cter pedag\u00f3gico como afirma nuestra Definici\u00f3n Profesional y desde los tres ejes fundamentales que orientan tanto este documento como el Cat\u00e1logo Profesional: acciones formativas, mediadoras y generadoras de contextos. Emerge el lugar de la empleabilidad y la responsabilidad, permite instalar nuestra profesi\u00f3n, como resultado legitima nuestra figura.<\/p>\n<p>Definici\u00f3n Profesional, que se dispone como el texto fundamental para interrogarnos sobre cualquier petici\u00f3n susceptible. Cuando los fines de la misma coinciden con el encargo pol\u00edtico, social y\/o administrativo que nos hacen o quieren \u201cconfiar\u201d y procede su particular retraducci\u00f3n a un encargo de naturaleza educativa, adelante.<\/p>\n<p>Dicha retraducci\u00f3n del encargo debe estar plasmada en proyectos, as\u00ed como en la acci\u00f3n socioeducativa que se desprende de \u00e9stos. En este caso, y atendiendo al Cat\u00e1logo de Funciones y Competencias, hablamos de acciones de transmisi\u00f3n, generaci\u00f3n de contextos y mediaci\u00f3n con los sujetos (CGCEES, 2007, p. 46). Un acento situado en el acceso, uso y participaci\u00f3n de aquellos contenidos definidos previamente como necesidades educativas para alcanzar una socializaci\u00f3n. Atendiendo a nuestra Definici\u00f3n de Educaci\u00f3n Social (CGCEES, 2007) debe posibilitar:<\/p>\n<p>La incorporaci\u00f3n del sujeto de la educaci\u00f3n a la diversidad de las redes sociales, entendida como el desarrollo de la sociabilidad y la circulaci\u00f3n social; y la promoci\u00f3n cultural y social, entendida como apertura a nuevas posibilidades de adquisici\u00f3n de bienes culturales, que ampl\u00eden perspectivas educativas, laborales, de ocio y participaci\u00f3n social (p. 12).<\/p>\n<p>O sucede algo de todo esto o, por consiguiente, dicho encargo ser\u00e1 de otro orden: asistencial, terap\u00e9utico, control social, etc. En consecuencia, sin contenidos culturales no se puede dar la educaci\u00f3n, sin la voluntariedad del sujeto no se puede dar la educaci\u00f3n, sin aprendizajes no se puede dar la educaci\u00f3n, sin efectos significativos no se puede dar la educaci\u00f3n y sin promoci\u00f3n social tampoco se puede dar la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24062 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info4.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info4.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info4-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/moda-hombre-gente-mujer-6538572\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>Donde una autoridad t\u00e9cnica y epistemol\u00f3gica debe coincidir con el lugar y significante del educador y la educadora social en dicha instituci\u00f3n o ante el demandando \u201cinforme t\u00e9cnico\u201d. Autoridades que se sostienen en un saber propio e identitario que genera destreza y \u201cpericia\u201d, car\u00e1cter pedag\u00f3gico, que nos ha tra\u00eddo hasta nuestros d\u00edas hist\u00f3ricamente a trav\u00e9s de la educaci\u00f3n especializada, educaci\u00f3n de adultos y animaci\u00f3n sociocultural a configurar un saber propio que da lugar a la Educaci\u00f3n Social como titulaci\u00f3n y profesi\u00f3n otorgando un sentido, servicio y utilidad p\u00fablica, un derecho de la ciudadan\u00eda como atesora nuestra definici\u00f3n profesional. Sin un saber propio, no hay lugar a pensarnos como profesi\u00f3n nos confundiremos, fusionaremos o despareceremos.<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n y deseo con dicho saber y habilidad le llamaremos competencia cualificada, siendo el lugar de donde reside el <em>alma<\/em> de la profesi\u00f3n.<\/p>\n<p>Nuestra funci\u00f3n principal, se fundamentar\u00e1 en la educaci\u00f3n, generando procesos de ense\u00f1anza y aprendizaje en torno a las claves culturales y de socializaci\u00f3n de cada \u00e9poca. Una parte sustantiva, educar, y un predicado, social, que visualiza los campos y \u00e1mbitos de trabajo.<\/p>\n<p>Los informes, pues, deben remitir a aquellas situaciones en t\u00e9rminos de aprendizaje, ense\u00f1anza, acceso y uso de los contenidos culturales y contextos oportunos para cada sujeto, grupo o comunidad. En algunos casos, sin embargo, combinando los efectos educativos ya contrastables y, en otros, evidenciando un proceso de ense\u00f1anza-aprendizaje en que mostrar los avances y dificultades del mismo.<\/p>\n<p>Es por ello, que la informaci\u00f3n objeto de los informes t\u00e9cnicos en Educaci\u00f3n Social debe poder sustentar aspectos socioeducativos tales como la experiencia del sujeto en el programa o instituci\u00f3n, la valoraci\u00f3n de las ofertas socioeducativas que se han propuesto, la consideraci\u00f3n de las condiciones que se han dado por ambas partes, entre otras.<\/p>\n<h2><strong>\u00a0<\/strong><strong>2.- Estructura de los Informes \u201ct\u00e9cnicos\u201d en Educaci\u00f3n Social.<\/strong><\/h2>\n<p>El dictamen pericial lo conforman dos partes el Informe T\u00e9cnico o lo que venimos denominando Informe Socioeducativo (ISE) y el Dictamen.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a la UNE, Organismo de Normalizaci\u00f3n Espa\u00f1ola, partiremos de la Norma UNE 197001: 2011 que determina los criterios generales para la elaboraci\u00f3n de informes y dict\u00e1menes periciales profesionales. Orientando los requisitos formales que deben tener los mismos desde la Educaci\u00f3n Social, constando de los siguientes apartados:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"mt-2 mb-0 alignnone wp-image-24047 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla1.jpg\" alt=\"\" width=\"610\" height=\"615\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla1.jpg 610w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla1-298x300.jpg 298w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla1-150x150.jpg 150w\" sizes=\"(max-width: 610px) 100vw, 610px\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"mt-0 mb-2 alignnone wp-image-24048 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tablas2.jpg\" alt=\"\" width=\"610\" height=\"760\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tablas2.jpg 610w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tablas2-241x300.jpg 241w\" sizes=\"(max-width: 610px) 100vw, 610px\" \/><\/p>\n<p>Disposici\u00f3n no concluida ni cerrada, siendo susceptibles de mejoras e interpretaciones de la normativa se\u00f1alada por cada profesional o equipo educativo en funci\u00f3n de cada hecho a \u201cinformar\u201d y\/o \u201cperitar\u201d.<\/p>\n<p>El modelo de ISE apuesta por un claro modelo que genera un documento que otorga identidad y discurso educativo, recomendable en los casos sobre sujetos a informar; el modelo de dictamen pericial es m\u00e1s generalista por la ampl\u00eda casu\u00edstica susceptible de peritar superando el \u00e1mbito del caso, pero m\u00e1s exigente con los marcos te\u00f3ricos y profesionalizadores desde donde el profesional debe de considerar, analizar y concluir la prueba; es decir, otorgue un discurso diferenciado y sostenido desde un saber, competencia y destreza de una profesi\u00f3n de grado que justifique la elecci\u00f3n del educador y la educadora social como perito.<\/p>\n<h3><strong>\u00a0<\/strong><strong>2.1.- El Informe Socioeducativo.<\/strong><\/h3>\n<h4><strong><em>Portada o car\u00e1tula.<\/em><\/strong><\/h4>\n<p>Debe de referenciar el t\u00edtulo o tipo de informe (informe socioeducativo, informe de seguimiento, informe final, etc.) y normalmente en un formato de ficha los datos del sujeto, grupo o comunidad, objeto informe, referencias expediente, profesional encargado, etc., en funci\u00f3n de los protocolos de cada instituci\u00f3n y motivo del informe.<\/p>\n<h4><strong><em>\u00cdndice<\/em><\/strong><\/h4>\n<p>Opcional<\/p>\n<p><em>A.- Identificaci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>1.- Del profesional, equipo educativo o instituci\u00f3n que lo emite<\/p>\n<p>2.- De la entidad solicitante<\/p>\n<p>3.- Del sujeto, grupo o comunidad<\/p>\n<p><em>B.- Objeto, alcance y antecedentes.<\/em><\/p>\n<p>Describe la demanda recibida en t\u00e9rminos generales, su alcance, tipo de informe, entidad que lo solicita y custodiar\u00e1.<\/p>\n<p>Referenciar los antecedentes si los hubiese, hechos desarrollados con anterioridad a la realizaci\u00f3n del informe, que sirven de base para su realizaci\u00f3n y son conocimiento del profesional informante. De forma esquem\u00e1tica y con orden cronol\u00f3gico, se deben describir los hechos, sucesos o asuntos objeto de la pericia y estado en el que se encuentran.<\/p>\n<p>El informe podr\u00e1 o no responder en referencia a un proyecto o marco ya existente (caso de constar un proyecto educativo previo), dado que en diferentes contextos se nos demandar\u00e1 informar de aspectos o situaciones en los que no se venga trabajando ni previa ni directamente con la persona.<a href=\"#_ftn6\" name=\"_ftnref6\"><sup>[6]<\/sup><\/a><\/p>\n<p>Como ya se ha abordado en temas anteriores, se puede dar el caso de una situaci\u00f3n que se escapa a los fines educativos de nuestra intervenci\u00f3n o vulnera claramente los principios deontol\u00f3gicos de nuestro trabajo, en dichas situaciones lo m\u00e1s correcto ser\u00eda rechazar el requerimiento dado que debe prevalecer nuestra obligaci\u00f3n de secreto profesional. Para ello deber\u00edamos presentar al organismo solicitante un documento donde se expliquen las circunstancias y motivos de nuestra abstenci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24070 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info8.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info8.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info8-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/mujer-enfocada-escribiendo-en-portapapeles-mientras-contrata-candidato-5668869\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>En caso de que la persona titular del informe pertenezca al proyecto del profesional o entidad, el mismo partir\u00e1 de un trabajo previo. El ISE plasmar\u00e1 la informaci\u00f3n referente a los objetivos de trabajo en relaci\u00f3n a los \u201cantecedentes\u201d explicitando y valorando la situaci\u00f3n y trabajo socioeducativo determinado para alcanzar los objetivos de la entidad que nos demanda la informaci\u00f3n. Si no se dispusiese de dicha informaci\u00f3n, el profesional explicitar\u00e1 claramente c\u00f3mo ha obtenido la informaci\u00f3n, la metodolog\u00eda, herramientas y fuentes de trabajo empleadas para realizar el ISE e informar de la situaci\u00f3n demandada. En este sentido en el apartado 4\u00ba, al no existir un trabajo previo se enunciar\u00edan las posibilidades y potenciales educativas.<\/p>\n<p><em>C.- Consideraciones generales y situaci\u00f3n de partida.<\/em><\/p>\n<p>Apartado que debe evidenciar en qu\u00e9 somos expertos, competentes y\/o tenemos pericia.<\/p>\n<p>No se trata de delimitar qu\u00e9 \u00e1reas o situaciones a informar, dado que es el profesional el encargado de fijarlas en cada informe, teniendo en cuenta la especificidad de su \u00e1mbito de actuaci\u00f3n, encargo institucional, colectivos con los que trabaja y\/o naturaleza del encargo. S\u00ed pretende, orientar que el ISE se inscriba dentro de una dimensi\u00f3n educativa y profesional, dando identidad y visualizaci\u00f3n a la praxis del educador\/a social dentro de un rigor y fundamentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Apartado que describir\u00e1 las situaciones generales de partida en cuanto al objeto de la Educaci\u00f3n Social como profesi\u00f3n y ubicando aquellos aspectos particulares a considerar por el demandante del informe.<\/p>\n<p>En esta parte se puede explicitar la situaci\u00f3n del sujeto en el momento de la emisi\u00f3n del informe, justifican la priorizaci\u00f3n de los objetivos y el \u00e9nfasis en las acciones socioeducativas desarrolladas. Nos estamos refiriendo a un ejercicio de evaluaci\u00f3n inicial del individuo en tanto sujeto de la educaci\u00f3n. Siendo tambi\u00e9n adecuado para se\u00f1alar, la mirada de otros profesionales.<\/p>\n<p>Por consiguiente, toda situaci\u00f3n enunciada seg\u00fan el objeto del informe que tendr\u00e1 su correspondiente retraducci\u00f3n en t\u00e9rminos de objetivos socioeducativos, aprendizajes, efectos deseados en cuanto a promoci\u00f3n y circulaci\u00f3n social mediada su interpretaci\u00f3n por la Definici\u00f3n Profesional de Educaci\u00f3n Social.<\/p>\n<p>En primer lugar, considera nuestra profesi\u00f3n como <em>un derecho de la ciudadan\u00eda<\/em> en relaci\u00f3n a la adquisici\u00f3n, acceso, uso y participaci\u00f3n de derechos b\u00e1sicos de individuos o grupos en zona riesgo o exclusi\u00f3n social. Derechos como: cultura, educaci\u00f3n, ocio, salud, empleo, deporte, participaci\u00f3n, nuevas tecnolog\u00edas, medio ambiente, vivienda, etc. Necesidades humanas b\u00e1sicas o esenciales, que han de proveerse a toda persona para que puedan funcionar en la vida: con dignidad, con capacidades, libertad y autonom\u00eda. Constituyendo la frontera de separaci\u00f3n entre lo que es territorio de las diversidades y diferencias leg\u00edtimas y de las desigualdades injustas representado por la injustificable privaci\u00f3n, exclusi\u00f3n y falta de participaci\u00f3n de bienes comunes.<\/p>\n<p>Y, en segundo t\u00e9rmino, incidir, que sin el aprendizaje, adquisici\u00f3n y participaci\u00f3n de dichos derechos conllevar\u00e1 una suerte de imposibilidad de una forma de vida humana y plena. En consecuencia, poder vivir una vida completa, tener salud, estar suficientemente alimentado, disponer de alojamiento y libertad de movimiento, usar los cinco sentidos, imaginar, pensar y razonar, planificar reflexiva y cr\u00edticamente la propia vida, reconocer y mostrar preocupaci\u00f3n por los seres humanos, interaccionar socialmente, realizarse laboralmente, disfrutar de todas las expresiones culturales, acceder y disfrutar de actividades de todo tipo, determinar con autonom\u00eda el sentido y la orientaci\u00f3n de la propia vida, etc. Un abanico de necesidades que se remiten a la carta de los Derechos Humanos hist\u00f3ricos, que pueden ser denominados civiles, pol\u00edticos, sociales, econ\u00f3micos y cultuales (Tezanos, 2003) o de otra manera, como un <em>salario cultural m\u00ednimo<\/em> (S\u00e1ez y Garc\u00eda, 2006) a dotar o reponer.<\/p>\n<p>Para facilitar su posible estructuraci\u00f3n en cuanto a \u00e1reas y\/o objetivos de trabajo a \u201cinformar\u201d en el presente apartado, proponemos dividir el apartado en dos bloques que entendemos objeto de trabajo de la Educaci\u00f3n Social:<\/p>\n<p><strong>\u00c1reas compartidas.<\/strong> Aquellas que la Educaci\u00f3n Social ejerce un papel de mediaci\u00f3n a los derechos y servicios b\u00e1sicos que los sujetos deben tener satisfechos m\u00ednimamente en relaci\u00f3n a las necesidades b\u00e1sicas, asistenciales y cuidados b\u00e1sicos. El educador\/a social articular\u00e1 las estrategias y recursos necesarios para su consecuci\u00f3n. Son \u00e1reas de trabajo compartidas con otros muchos profesionales, donde enunciaremos las acciones necesarias en cada caso en funci\u00f3n de nuestro encargo.<\/p>\n<p>Suponen derechos b\u00e1sicos donde ense\u00f1aremos y acompa\u00f1aremos en los procesos; en otras ser\u00e1n campo espec\u00edfico de otros profesionales competentes en dicho \u00e1mbito, donde definiremos la demanda, sostendremos el proceso y articularemos el trabajo conjunto necesario.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al ISE anexionaremos aquellos informes de otros profesionales o instituciones que estimemos necesarios.<\/p>\n<p><strong>\u00c1reas educativas,<\/strong> son propias e identitarias del educador\/a social, aquellas que hemos venido desarrollando a lo largo nuestra trayectoria hist\u00f3rica desde la educaci\u00f3n especializada, animaci\u00f3n sociocultural y educaci\u00f3n de adultos; profesionales que bien ense\u00f1aban, generaban contextos o mediaban con toros contenidos, recursos y grupos de iguales. El trabajo sobre estas \u00e1reas hace referencia a la articulaci\u00f3n del individuo en lo social y la cultura, informar\u00e1 de las posibilidades y\/o efectos de aprendizaje, participaci\u00f3n, socializaci\u00f3n, promoci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Contenidos educativos que no los agota la educaci\u00f3n formal. Jacques Delors (1996) comisario europeo encargado de la redacci\u00f3n del documento <em>la Educaci\u00f3n encierra un tesoro<\/em> explicit\u00f3 el derecho a aprender durante toda la vida, marco de legitimaci\u00f3n de la Educaci\u00f3n Social con toda la ciudadan\u00eda. Una filosof\u00eda que entiende la inclusi\u00f3n y\/o exclusi\u00f3n en sinton\u00eda con la Educaci\u00f3n Social, adem\u00e1s de dicha apertura a toda la ciudadan\u00eda, agrupa los contenidos susceptibles de transmitir en: contenidos \u00e9ticos y culturales, art\u00edstico-cient\u00edfico\/tecnol\u00f3gicos y econ\u00f3mico\/sociales (CGCEES, 2007, p. 46). Sin aspirar a concretar las mismas, se presenta un cuadro que trata de orientar posibles \u00e1reas en ambos bloques:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"my-2 alignnone wp-image-24052 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla3-2.jpg\" alt=\"\" width=\"618\" height=\"376\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla3-2.jpg 618w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/tabla3-2-300x183.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 618px) 100vw, 618px\" \/><\/p>\n<p>En el siguiente apartado se explicitar\u00eda e informar\u00eda qu\u00e9 condiciones genera y c\u00f3mo se desarrollan dichos objetivos de las \u00e1reas de trabajo educativo con el sujeto en t\u00e9rminos de los recursos que moviliza para su consecuci\u00f3n atendiendo a: acciones, formativas, mediadoras y generadoras de contexto (CGCEES, 2007, p. 46); as\u00ed como criterios de selecci\u00f3n de documentos y herramientas que nos permitir\u00e1n proponer criterios para poder \u201cinformar\u201d y valorar el alcance atendiendo a criterios de consenso.<\/p>\n<p><em>D.- Estudio o an\u00e1lisis t\u00e9cnico.<\/em><\/p>\n<p>El objetivo del presente apartado es dar cuenta del encargo a informar mediante la valoraci\u00f3n de las \u00e1reas de trabajo compartidas y \u00e1reas educativas definidas anteriormente.<\/p>\n<p>Apuntal\u00e1ndonos en otro de los Documentos Profesionalizadores las funciones y competencias profesionales: acciones de aprendizaje, mediaci\u00f3n (recursos, contenidos y grupos de iguales) y programas en los que la persona accede, usa y participada; evaluando los aprendizajes, logros y retrocesos objeto del informe (CGCEES, 2007, p. 46 y 47).<\/p>\n<p>Proseguimos con la l\u00f3gica de basarnos en los marcos que los profesionales hemos definido como identitarios: Definici\u00f3n, C\u00f3digo Deontol\u00f3gico y Funciones y Competencias que indudablemente van a otorgar una disposici\u00f3n, contenido y forma de \u201cmedir\u201d la informaci\u00f3n propios del educador y la educadora social; permiti\u00e9ndonos diferenciar un Informe T\u00e9cnico o Profesional firmado desde la Educaci\u00f3n Social de otros profesionales con los que compartimos \u00e1mbitos.<\/p>\n<p>Las funciones, se han dividido en dos grupos, el primero nos conduce a las que hemos denominado <strong>Funciones Singulares<\/strong>, las que particularizan -al tiempo que diferencian- el trabajo del educador social del de otros profesionales y se\u00f1ala lo nuclear de la <strong>acci\u00f3n socioeducativa<\/strong> en su acci\u00f3n directa con el sujeto, grupo o comunidad (CGCEES, 2007, p. 38):<\/p>\n<ul>\n<li><em>Transmisi\u00f3n, formaci\u00f3n, desarrollo y promoci\u00f3n de la cultura.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>Supone una declaraci\u00f3n de intenciones respecto a la definici\u00f3n de Educaci\u00f3n Social profesional, en relaci\u00f3n a su car\u00e1cter pedag\u00f3gico, promoci\u00f3n y adquisici\u00f3n cultural de los sujetos de la educaci\u00f3n, \u201cofertados\u201d para el devenir humano por el educador\/a social que ya hemos abordado en el marco te\u00f3rico. Rompiendo con la tendencia de centrar el trabajo en aspectos psicol\u00f3gicos y sociales, obviando los que nos son propios: educar, ense\u00f1ar y poner en marcha procesos de aprendizaje.<\/p>\n<p>Permiti\u00e9ndonos evidenciar qu\u00e9 aprende, de qu\u00e9 se informa, qu\u00e9 conoce, tanto de la oferta del equipo educativo como de otros recursos y profesionales.<\/p>\n<ul>\n<li><em>Generaci\u00f3n de redes sociales, contextos, procesos y recursos educativos y sociales.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>Poder generar: redes, contextos, condiciones, procesos y recursos es clave para su desarrollo, gestando nuevos escenarios para el aprendizaje. Posibilitando el acceso, uso y disfrute a los sujetos, comunidades o grupos a participar en la vida social, promoviendo la circulaci\u00f3n social de los individuos. No disponiendo tan s\u00f3lo de las instituciones sino de todo su entorno y contexto de un territorio en condiciones de normalidad, lugares de valor social y cultural para la vinculaci\u00f3n social, algo distinto a \u201cderivar\u201d a otros recursos sino a que le posibiliten emprender sus propios trayectos, amplitud de recorridos en funci\u00f3n del acceso y apropiaci\u00f3n de los derechos b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>Permitiendo medir la disposici\u00f3n del sujeto en relaci\u00f3n a los programas y proyectos en la instituci\u00f3n y contexto que se le ofertan; as\u00ed como el uso, acceso y participaci\u00f3n que muestra el joven en su comunidad.<\/p>\n<ul>\n<li><em>Mediaci\u00f3n social, cultural y educativa.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>Entendiendo la mediaci\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 de los significados habituales en relaci\u00f3n a la resoluci\u00f3n de conflictos, como una apuesta poniendo al sujeto en contacto con lo social donde el educador\/a social lo har\u00e1 no s\u00f3lo con otros iguales, sino con los contenidos, recursos y lugares de valor social. Un acompa\u00f1amiento f\u00edsico y simb\u00f3lico por dichos territorios, propiciando los encuentros y aprendizajes oportunos para que el sujeto pueda hacer suyas dichas mediaciones.<\/p>\n<p>Permitiendo medir el acompa\u00f1amiento y mediaci\u00f3n que ejerce la Educaci\u00f3n Social en relaci\u00f3n a los derechos b\u00e1sicos de la persona en sociedad.<\/p>\n<p>Acompa\u00f1ando a estas funciones singulares se han elaborado otras que dimos en llamar <strong>Funciones Compartidas<\/strong>. Porque, despu\u00e9s de una revisi\u00f3n de las funciones que se otorgan otras profesiones, encontramos que existen coincidencias respecto a la responsabilidad y las tareas a realizar, aunque nuestra mirada siempre es educativa. Quiz\u00e1s cambien las visiones y orientaciones con las que se abordan estos campos de responsabilidad, siendo innegables las coincidencias de responsabilidades y tareas en los llamados equipos multiprofesionales, siendo \u00e9stas: <strong>Conocimiento, An\u00e1lisis e Investigaci\u00f3n de los contextos sociales y educativos, Dise\u00f1o, Implementaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de programas y proyectos educativos, y Gesti\u00f3n, direcci\u00f3n, Coordinaci\u00f3n y Organizaci\u00f3n de instituciones y recursos educativos<\/strong> (CGCEES, 2007, p. 41):<\/p>\n<p>Tanto en el apartado 4\u00ba como en el 5\u00ba se recomienda hacer constar la metodolog\u00eda de estudio, documentos y herramientas utilizadas, su argumentaci\u00f3n y motivo de selecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cada informe presentar\u00e1 la metodolog\u00eda que proceda en funci\u00f3n del encargo. Cl\u00e1usula:<\/p>\n<blockquote class=\"citados\"><p>\u201cSin perjuicio de la leg\u00edtima diversidad de teor\u00edas, escuelas y m\u00e9todos, el educador\/a social no utilizar\u00e1 medios o procedimientos que no se hallen suficientemente contrastados, dentro de los l\u00edmites del conocimiento vigente\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>Una cl\u00e1usula que insiste en \u201cprocedimientos contrastados\u201d, en consecuencia el profesional deber\u00e1 proponer aquellos marcos o documentos que permitan informar de la situaci\u00f3n demandada apoy\u00e1ndose de aquellos de mayor consenso en la comunidad profesional. Si bien, proponemos recoger la informaci\u00f3n por medio de nuestras funciones, d\u00e1ndonos un orden y sentido en materia de aprendizajes, participaci\u00f3n y socializaci\u00f3n; \u00e9stos deben ser contrastados con los niveles propuestos y aceptados socialmente.<\/p>\n<p><em>E.- Observaciones.<\/em><\/p>\n<p>Cualquier an\u00e1lisis, indagaci\u00f3n y razonamiento que no tenga cabida en la secuencia de los puntos 4\u00ba y 5\u00ba.<\/p>\n<p><em>F.1.- Valoraci\u00f3n y\/o reformulaci\u00f3n de objetivos.<\/em><\/p>\n<p>Cuando se nos demanda un \u201cinforme de seguimiento\u201d donde prima el car\u00e1cter descriptivo del hecho a informar y no se requiere pronunciarse sobre los resultados o conclusiones.<\/p>\n<p><em>F.2.- Conclusiones y propuestas.<\/em><\/p>\n<p>Cuando se nos demanda un \u201cinforme final\u201d donde se requiere pronunciarse sobre los resultados o conclusiones.<\/p>\n<p>Parte valorativa, respuesta a la demanda o encargo del ISE. Evaluaci\u00f3n y logros, conclusiones y propuestas futuras.<\/p>\n<p>Propuestas de informe de derivaci\u00f3n o trabajo con otras instituciones.<\/p>\n<p>Incluso en determinados casos, propuesta para emitir otro segundo informe por otro profesional que permita contrastar los resultados.<\/p>\n<p><em>G.- Firma.<\/em><\/p>\n<p>Nombre y apellidos del profesional.<\/p>\n<p>Lugar, fecha y firma del profesional indicando n\u00famero de colegiado.<\/p>\n<p>Cl\u00e1usula de salvaguarda:<\/p>\n<blockquote class=\"citados\"><p>\u201cLas presentes conclusiones se refieren a los objetivos demandados y a la aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda antes mencionada. Un cambio de las circunstancias o nuevos datos exigir\u00edan un nuevo an\u00e1lisis y podr\u00edan modificar los resultados\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><em>H.- Anexos.<\/em><\/p>\n<p>Se anexionar\u00e1n los informes necesarios de otras instituciones o profesionales vinculados al papel que juegan en el apartado de 4\u00ba y 5\u00ba.<\/p>\n<h2><strong>\u00a0<\/strong><strong>3.2.- El Dictamen Pericial.<\/strong><\/h2>\n<p>El dictamen pericial lo conforma del informe t\u00e9cnico y el propio \u201cdictamen\u201d, que atendiendo a la Real Academia Espa\u00f1ola (RAE) lo define como opini\u00f3n y juicio que se forma o emite sobre algo; emisi\u00f3n que realiza el perito, alguien experto o entendido.<\/p>\n<p>Conformando un elemento de prueba dentro del marco judicial, la Prueba Pericial (art. 299.2 LEC), por lo que debe permitir a un Juez conocer, apreciar, interpretar o valorar un hecho o cosa del cual se requieren unos conocimientos t\u00e9cnicos espec\u00edficos que por no poseerlos el magistrado, fiscal o abogado los recaba a un perito para formarse una opini\u00f3n fundamentada cient\u00edficamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24060 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info3.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info3.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info3-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/hombre-en-pie-papel-leyendo-9572623\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>Circunstancias que diferencian del ISE otorg\u00e1ndoles un mayor rigor, primero en relaci\u00f3n al escenario el Sistema Judicial y en segundo lugar, en cuanto al saber particular, competencia y conocimientos espec\u00edficos que se ponen en juego por el determinado profesional experto: pericia para el estudio, an\u00e1lisis, razonamiento y presentaci\u00f3n de conclusiones; y aspectos vinculados a la imparcialidad y verdad mediante el juramento o promesa y declaraci\u00f3n de tachas.<\/p>\n<p>El dictamen pericial se presenta siempre por escrito, por ello procedemos a orientarnos en el Modelo Normativizado de la UNE 197001 que nos indica los criterios generales para la elaboraci\u00f3n de informes t\u00e9cnicos y dict\u00e1menes periciales.<\/p>\n<h3><strong><em>Portada.<\/em><\/strong><\/h3>\n<p>Deber\u00e1 figurar:<\/p>\n<ul>\n<li>T\u00edtulo: debe permitir la identificaci\u00f3n de forma clara e inequ\u00edvoca<\/li>\n<li>Encargo: breve exposici\u00f3n del objeto del dictamen, indicando n\u00ba expediente o c\u00f3digo de referencia<\/li>\n<li>Solicitante del Encargo u Organismos a los que se dirige, n\u00famero de expediente y\/o procedimiento judicial<\/li>\n<li>Autor\/es del dictamen pericial y n\u00famero de colegiado, entidad a la que pudiesen pertenecer.<\/li>\n<li>Fecha de presentaci\u00f3n a la entidad<\/li>\n<\/ul>\n<h3><strong>\u00a0<\/strong><strong><em>\u00cdndice y paginaci\u00f3n<\/em><\/strong><\/h3>\n<p>\u00cdndice general que tiene como misi\u00f3n facilitar la localizaci\u00f3n de todos y cada uno de los cap\u00edtulos y apartados, indicando el n\u00famero de p\u00e1gina en los que se inician.<\/p>\n<p>En todas las p\u00e1ginas del informe debe figurar el c\u00f3digo o referencia de identificaci\u00f3n, el n\u00famero de p\u00e1gina y el n\u00famero total de p\u00e1ginas<\/p>\n<p><em>A.- Identificaci\u00f3n.<\/em><\/p>\n<h4><strong>1.- Del equipo pericial<\/strong><\/h4>\n<p><em>El presente Dictamen Pericial es solicitado por parte del XXX<\/em><\/p>\n<p><em>En su emisi\u00f3n se han aplicado cient\u00edficamente los conocimientos profesionales que se requieren para el caso sometido a estudio.<\/em><\/p>\n<p><em>La autor\u00eda del informe corresponde a XXX profesionales de la entidad XXX, con n\u00ba de Registro Entidades XXX<\/em><\/p>\n<h4><em>\u00a0<\/em><strong>2.- De la entidad solicitante.<\/strong><\/h4>\n<p>Nombre y datos de la entidad<\/p>\n<h4><strong>3.- Aceptaci\u00f3n del encargo.<\/strong><\/h4>\n<p><em>El pasado XXX se mantiene una primera reuni\u00f3n con XXX, vicepresidente y miembro XXX, para trasladar el encargo por parte del XXX a XXX la realizaci\u00f3n de un dictamen pericial en relaci\u00f3n a XXX.<\/em><\/p>\n<p><em>Tras el estudio por parte de los peritos actuantes de la documentaci\u00f3n facilitada por el XXX emiten el documento de carta de aceptaci\u00f3n siendo confirmado por parte del XXX el XXX de 2019.<\/em><\/p>\n<p><em>La remisi\u00f3n del Dictamen Pericial al XXX se realiz\u00f3 el XXX de 20XX<\/em>.<\/p>\n<h4><strong>4.- Bajo juramento o promesa y declaraci\u00f3n de tachas. <\/strong><\/h4>\n<p><em>La autor\u00eda del informe corresponde a XXX profesionales de la entidad XXX, con n\u00ba de Registro Entidades XXX.<\/em><\/p>\n<p><em>XXX, con DNI XXX, como educador social colegiado por el CPXXX n\u00ba XXX, requerido para dictaminar sobre XXX; habiendo aceptado el requerimiento y estudiado cuidadosamente el asunto, ejerce su cometido emitiendo el siguiente. <\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>FIRMA PERITOS<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>Manifiestan que prometen haber realizado el presente dictamen con la mayor objetividad posible, tanto lo que puede favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales que puede concurrir en caso de incumplimiento de su deber seg\u00fan dispone el art\u00edculo 335 apartado 2\u00ba de la L.E.C. <\/em><\/p>\n<p><em>Asimismo, en relaci\u00f3n al art\u00edculo 343 de la LEC, el suscrito manifiesta no ser pariente por consanguinidad o afinidad dentro del cuarto grado civil, del actor, ni de ninguna de las partes, no haber estado en situaci\u00f3n de dependencia o de comunidad o de contraposici\u00f3n de intereses, no tener amistad \u00edntima o enemistad manifiesta con ninguna de las partes o con sus Abogados o sus Procuradores, no creyendo exista ninguna otra circunstancia que le haga desmerecer en el concepto profesional.<\/em><\/p>\n<p><em>B.- Objeto y justificaci\u00f3n del informe.<\/em><\/p>\n<p>Expondremos el objeto del dictamen acordado en la \u201ccarta de aceptaci\u00f3n\u201d a la entidad solicitante (ver el modelo de carta de aceptaci\u00f3n en apartado 4\u00ba). Se referencia \u00edntegramente tal como se acord\u00f3 y firm\u00f3 por las partes, cualquier modificaci\u00f3n posterior deber\u00eda dar lugar una revisi\u00f3n del encargo, concreci\u00f3n del objeto y nueva aceptaci\u00f3n.<\/p>\n<p><em>Siendo el motivo del dictamen pericial: <\/em><\/p>\n<p><em>El objeto del Dictamen encargado procede al estudio en relaci\u00f3n a la Educaci\u00f3n Social como profesi\u00f3n que tiene como objeto y campo de trabajo la acci\u00f3n socioeducativa. En concreto, y en el caso que nos ocupa, el referido al XXX.<\/em><\/p>\n<p><em>C.- Alcance y antecedentes.<\/em><\/p>\n<h4><strong>1.- Alcance.<\/strong><\/h4>\n<p>Contenido que plantea el solicitante y son la base del estudio. Describe brevemente la demanda recibida en t\u00e9rminos generales, as\u00ed como el tipo de informe, consecuencias de la informaci\u00f3n, entidad que lo solicita y custodiar\u00e1.<\/p>\n<h4><strong>2.- Antecedentes.<\/strong><\/h4>\n<p>Hechos desarrollados con anterioridad a la realizaci\u00f3n del informe pericial y que sirven de base para su realizaci\u00f3n y son conocimiento del perito. De forma esquem\u00e1tica y con orden cronol\u00f3gico, se deben de describir los hechos, sucesos o asuntos objeto de la pericia y estado en el que se encuentran.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/p>\n<p><em>D.- Consideraciones preliminares, marco conceptual y documentaci\u00f3n de referencia.<\/em><\/p>\n<p>Marco te\u00f3rico, legal y profesional que delimitar\u00e1 la estrategia del documento fundamentando las fortalezas que nos permitir\u00e1n realizar un an\u00e1lisis t\u00e9cnico concluyente; as\u00ed como recurrir a los conceptos y documentos en el ejercicio del peritaje en sala de juzgados para respaldar nuestras conclusiones y\/o pruebas.<\/p>\n<p>Documentos de referencia que se consideran b\u00e1sicos para explicar los principios en los que se basa el objeto de estudio, que fundamentan la base para entender c\u00f3mo se han extra\u00eddo las evidencias y se ha llegado a las conclusiones del informe.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24068 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info7.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"501\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info7.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info7-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/persona-tomando-papel-blanco-de-carpeta-4792287\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p>Tomar\u00e1 forma en tantos subapartados como sean necesarios para referenciar: el marco te\u00f3rico, contexto legal y normativo, documentaci\u00f3n, procedimientos, terminolog\u00eda, abreviaturas y bibliograf\u00eda en la que se fundamenta el dictamen para permitir encuadrar y entender las conclusiones.<\/p>\n<p>Todos los documentos que se citen y que sirvan de base para justificar el informe pericial, normas de obligado cumplimiento, buenas pr\u00e1cticas profesionales, etc.<\/p>\n<p>Se incluir\u00e1n definiciones, t\u00e9rminos y abreviaturas que se usen posteriormente en el documento para explicar el estudio.<\/p>\n<p>Una posible orientaci\u00f3n en los subapartados que nos permita delimitar, referenciar y conceptualizar desde un discurso profesionalizador en objeto de dictamen podr\u00eda ser (al igual que en el ISE con las \u00e1reas queda abierto a aquellos subapartados que el profesional y\/o equipo educativo estime necesarios):<\/p>\n<h4><strong>1.- Marco legal.<\/strong><\/h4>\n<p>Leyes y normativa que posibilitan el requerimiento de la Educaci\u00f3n Social como derecho de la ciudadan\u00eda en relaci\u00f3n al objeto a dictaminar y la pericia de nuestra profesi\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>2.- Marco te\u00f3rico.<\/strong><\/h4>\n<p>Conocimiento te\u00f3rico abstracto basado en la certificaci\u00f3n acad\u00e9mica y acreditaci\u00f3n de la experiencia profesional que justifica la especificidad del educador y la educadora social como experto y perito en dicho asunto.<\/p>\n<p><strong>3.- Discurso profesional.<\/strong><\/p>\n<p>Posicionamiento pedag\u00f3gico propio de la profesi\u00f3n, modelos en Educaci\u00f3n Social que responden a la necesidad social que justifica la utilidad p\u00fablica de la misma dotando de coherencia los elementos te\u00f3ricos, objetivos, m\u00e9todos, instrumentos y procedimientos que se enmarcan en la teor\u00eda, definiendo las posibles aplicaciones de \u00e9sta en el objeto de estudio.<\/p>\n<p>Define la idoneidad del educador y la educadora social como profesional perito.<\/p>\n<p>Por ejemplo, en ISE propuesto se parte de un modelo en Educaci\u00f3n Social donde se explicita los elementos en relaci\u00f3n al marco, finalidad, sujeto, agente, contenidos y metodolog\u00eda.<\/p>\n<h4><strong>4.- Documentos de referencia.<\/strong><\/h4>\n<p>Aquellos documentos legales, te\u00f3ricos y profesionalizadores de referencia; as\u00ed como las herramientas, procedimientos y documentos que permitir\u00e1n establecer los criterios para obtener los razonamientos que informen del hecho a dictaminar.<\/p>\n<h4><strong>5.- Conceptos t\u00e9cnicos y abreviaturas.<\/strong><\/h4>\n<p>Definiciones clave, as\u00ed como siglas y abreviaturas utilizadas.<\/p>\n<p><em>E.- Estudio o an\u00e1lisis t\u00e9cnico.<\/em><\/p>\n<p>El dictamen debe basarse en elementos objetivos, por ello en este apartado se explicitar\u00e1 la metodolog\u00eda y las t\u00e9cnicas de trabajo e investigaci\u00f3n que han permitido llegar a la argumentaci\u00f3n pericial, por medio de interpretar:<\/p>\n<ul>\n<li>legislaci\u00f3n, reglamentaci\u00f3n y normativa aplicables;<\/li>\n<li>investigaci\u00f3n realizada;<\/li>\n<li>referencias, documentos, muestras y procedimientos de toma y conservaci\u00f3n de los mismos que puedan fundamentar las conclusiones;<\/li>\n<li>razonamientos y justificaciones estudiados, qu\u00e9 caminos se han seguido para llegar a ellos, las ventajas e inconvenientes de cada uno y cu\u00e1l es la justificaci\u00f3n del dictamen.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Apartado que se configurar\u00e1 en los subapartados que el profesional y\/o equipo educativo estime necesarios para dictaminar sobre el objeto de peritaje.<\/p>\n<p><em>F.- Conclusiones. <\/em><\/p>\n<p>Es la parte m\u00e1s importante, aquella que ser\u00e1 recibida con mayor inter\u00e9s por parte de los destinatarios, supone la culminaci\u00f3n de forma l\u00f3gica de las consideraciones y estudio t\u00e9cnico. Deben presentarse con una redacci\u00f3n l\u00f3gica y ordenada en relaci\u00f3n a como se hayan ido produciendo de forma correcta, clara, concisa y congruente (regla de las cuatro \u201cC\u201d), as\u00ed mismo presentando una redacci\u00f3n escueta y concreta. Recordemos, que los jueces decidir\u00e1n seg\u00fan se les informe.<\/p>\n<p>Debemos eludir cualquier conclusi\u00f3n que induzca a contradicci\u00f3n, sean incongruentes, se extralimiten del encargo o conlleven a error respondiendo \u00fanicamente a los asuntos aceptados el objeto del dictamen.<\/p>\n<p>Aparecer\u00e1n numeradas y se enunciar\u00e1n en positivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone wp-image-24064 size-full\" src=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info5.jpeg\" alt=\"\" width=\"750\" height=\"500\" srcset=\"https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info5.jpeg 750w, https:\/\/eduso.net\/res\/wp-content\/uploads\/2021\/11\/info5-300x200.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 750px) 100vw, 750px\" \/><\/p>\n<h6 style=\"text-align: center;\">Imagen en <a href=\"https:\/\/www.pexels.com\/es-es\/foto\/empresario-trabajando-en-proyecto-sentado-en-el-escritorio-de-oficina-5336191\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pexels<\/a><\/h6>\n<p><em>G.- Firma.<\/em><\/p>\n<p>Nombre y apellidos del profesional.<\/p>\n<p>Lugar, fecha y firma del profesional indicando n\u00famero de colegiado.<\/p>\n<p>Cl\u00e1usula de salvaguarda:<\/p>\n<blockquote class=\"citados\"><p>\u201cLas presentes conclusiones se refieren a los objetivos demandados y a la aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda antes mencionada. Un cambio de las circunstancias o nuevos datos exigir\u00edan un nuevo an\u00e1lisis y podr\u00edan modificar los resultados\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><em>H.- Anexos. <\/em><\/p>\n<p>Se anexionar\u00e1n los informes necesarios de otras instituciones o profesionales.<\/p>\n<p>Supone una demostraci\u00f3n visual de los argumentos de prueba, pretendiendo clarificar su comprensi\u00f3n y sirviendo de justificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Deben ser documentos originales.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\"><\/a><\/p>\n","protected":false},"featured_media":0,"template":"","palabra_clave":[1747,57,1748,610,1746,59,853,728,1521,1745],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v16.7 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/eduso.net\/res\/revista\/33\/el-tema-justicia-y-educacion-social\/el-dictamen-pericial-autoridad-tecnica-y-epistemologica\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"El dictamen pericial, autoridad t\u00e9cnica y epistemol\u00f3gica - RES. 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