×

La Globalización de los Derechos Humanos: Reflexión y revisión de los derechos esenciales para la coexistencia en una sociedad global desde la Educación Social

Autoría:

Sergio Buedo Martínez. Educador Social y Antropólogo Aplicado

Resumen

A día de hoy, podríamos decir que hemos justificado la conceptualización y la fenomenología de los Derechos Humanos, pero todavía no hemos indagado en las dimensiones a las que afecta el incumplimiento de los mismos en una sociedad globalizada, en la que cualquier ámbito personal está interrelacionado con el resto afines a la comunidad. Poseemos “declaraciones” de los Derechos Humanos, pero no marcos normativos y legislativos a nivel internacional que obliguen a los diferentes subsistemas a cumplir e implementar dichos derechos, lo que imposibilita el respeto de los mismos a nivel global. Este artículo tratará de entender el proceso llevado a cabo para la estructuración de dichos derechos en una sociedad global, la situación de dichos derechos en la actualidad y la figura del educador social en este contexto tan complejo e interconectado.

Abstract

Today, we could say that we have justified the conceptualization and phenomenology of Human Rights, but we haven’t investigated yet, whole dimensions that affects the breach there of in a globalized society, in which any personal stuff, affect the rest related to the community; We have statements of Human Rights, but we haven’t policy and legislative frameworks at international level, requiring different subsystems to meet and implement these rights, making it impossible to respect them globally. This article will try to understand the process undertaken for the structuring of such rights in a global society, as we are immersed, the situation of these rights today, and the role of social educators in this complexity, interconnected in global context.

Sergio Buedo Martínez. Educador Social y Antropólogo Aplicado [1]

Introducción

La Globalización en sus inicios, da el pistoletazo para los primeros filósofos que repensaban la conceptualización y fenomenología del Ser Humano, el inicio de la tarea de crear un paradigma de pensamiento global, estableciendo (como postulaba Bartolomé de las Casas), un primer “Derecho Universal de Conciencia”,[2] que nos posibilitaba al cuestionamiento de los paradigmas relevantes a la legitimización de una coexistencia de culturas en un sistema global.

Hola Mundo, de Keoni Cabral, en Flickr 

Ya postulaba Marx, que “Los filósofos se han limitado a interpretar el mundo de distintos modos; de lo que se trata es de transformarlo” (Tesis XI, Marx); y es que el mundo hoy día está lleno de filósofos, pero a mi parecer, aún hacen falta más, para continuar comprendiéndolo y por ende, cambiarlo y adaptarnos a los cambios del mismo. Este es a mi juicio, el verdadero paradigma del siglo XXI: la adaptación hacia la singularidad humana, una Sociedad-Mundo (Morín, 2009). El problema en la mayoría de casos, en materia social, suele ser el amplio bagaje académico, literario y multidisciplinar, de que disponemos acerca de cómo actúa la sociedad en diversos contextos, pero no disponemos de los suficientes mecanismos y herramientas, que posibiliten la práctica de manera interdisciplinar y amparada por unos derechos fundamentales de esta excelsa teoría. La continuidad de dichos estudios es el planteamiento de alternativas, pudiendo comprender y aplicar iniciativas viables y eficaces, que busquen el impacto y el cambio social; la comprensión del mundo (desde una perspectiva holística) es ,por ende, un factor intrínseco en la transformación social y progreso del ser humano. La Ética es así, un campo indispensable en el proceso de comprensión y adaptación a ésta sociedad globalizada.

Antecedentes filosóficos y ontológicos de los Derechos Humanos

Requerimos de un sentimentalismo (Shute Hurley, 1998) y de un empoderamiento y conocimiento de los propios derechos basados en una comprensión y aplicación de los mismos (Freire, 2012), para poder llevar a cabo una legitimización y control de implementación sobre estos, a una escala global, ya que puede que el problema, más que en la conceptualización o comprensión de estos derechos, resida en el control y normalización de unos derechos que no están amparados jurídicamente en ningún marco legal universal.

El marco totalitario, por ejemplo, puede amar sinceramente a la humanidad, puede considerar que todos los humanos tienen derechos inalienables y al mismo tiempo, no preocuparse en absoluto por cualquier persona ajena a su contexto, puesto que no considera que éstos sean humanos en igualdad de condiciones. En este caso, el problema básico no es el contenido de los derechos humanos, ni sus detalles, sino sus mismas condiciones de aplicación. Lo que estaría en juego aquí es a quiénes consideramos humanos y, por tanto, sujetos a la aplicación de los derechos. “Pues todo depende de quién cuente como otro ser humano semejante nuestro (…), el sentido en el cual agencia racional es sinónimo de pertenencia a nuestra comunidad moral” (Rorty, 1993[3]). En ausencia de tal reconocimiento de pertenencia, de poco servirán las apelaciones usuales a un rasgo común compartido por todos los seres humanos que justificaría la aplicación universal de los derechos humanos.

La Escuela de Frankfurt criticaba las tres posturas predominantes, en los diferentes modelos sociopolíticos, Capitalismo, Comunismo y Totalitarismo, ya que en ningún caso permitía a los individuos florecer y crecer como persona libremente, sin estar condicionados a un ente estatal, como promulgaba el ideal ilustrado. Dicho proyecto de la Razón, está ahora instrumentalizado: ya no importa el fin sino los medios para llevar a cabo dicho fin. Se desmoralizan los fines, sólo importan los medios (obtener el mayor beneficio en el menor tiempo posible, la competitividad más exacerbada, la carrera meritocrática…), lo que distorsiona y perjudica gravemente el ideal de progreso del Ser Humano. Pues ya no nos interesará tanto el fin óptimo para los seres vivos que pueblan la Tierra, sino nuestro propio beneficio, guiado por el individualismo más puro y amoral jamás gestado.

Umwdtlt, en Flickr

Para lograr una mera aprehensión de los Derechos Humanos, hemos de comprender los bagajes de la diversidad cultural. Según Rorty, podemos distinguir entre un relativismo moral (pluralidad de códigos morales), relativismo normativo (donde los individuos se ven obligados a respetar dichos códigos) y un relativismo ético (dificultad de establecer una “razón universal”, de dichos derechos, y por ende, la dificultad de aplicación de los mismos).[4]

Desarrollo

Una sociedad global individualista, gestando un sistema de inequidad social.

En los sistemas neo-liberales, comunistas, comunitaristas y utilitaristas o tecnócratas, no podrían hacerse efectivos los Derechos Humanos,[5] ya que la globalización está fuertemente marcada por las economías y los intereses de las mismas, partiendo de la premisa de que lo importante es la relación coste-beneficio, “la forma en que esta sociedad moldea a sus integrantes está regida, ante todo y en primer lugar, por la necesidad de desempeñar ese papel, la norma que les impone, la de tener capacidad y voluntad de consumir”(Bauman, 2000:44). Estamos adoptando, por medio de esta globalización y sus rituales, una nueva moda: la moda de producir para consumir, guiada por el Fetichismo consumista (Appaduraih, 2001:39).

Paralelamente, estas desigualdades e injusticias provocan una serie de resarcimientos entre las culturas que interactúan por medio del conflicto, guerras, miedo y miseria (Morín, 2009). Se globalizan, no sólo las estructuras internacionales de protección de los DDHH, se globaliza el sistema económico, político, la pobreza,[6] el crimen y nos plantean la globalización del control y orden. Requerimos de un gobierno mundial y dicho gobierno requerirá de un control (Morín, 2009)

A las premisas de Morín o Appiah (imposibilidad de homogenizar una cultura única global), habría que añadirle que es un duro trabajo, si queremos que esta homogeneización sea humanista. Pero el avance hacia una homogeneización cultural es inevitable (un sistema económico cada vez más común a todo el globo, un idioma hablado por casi todo el planeta, un modelo sociopolítico predominante…) (Moreno, 2008). El problema aparece cuando dicha homogeneización está colonizada por las instituciones económicas internacionales, “grandes instituciones económicas y supraestatales que carecen de control democrático alguno: FMI, Banco Mundial, OMC o Banco Central Europeo” (Moreno, 2008:503). Por lo que el trabajo del Educador Social, queda completamente dependiente ante las estructuras superiores.

La cuestión de sí se ejerce un cumplimiento de los derechos humanos a nivel internacional, podría ser en sí misma una pregunta retórica ya que es realmente imposible.[7]El camino hacia la legitimización de estos derechos, ha de pasar por una revisión y reactualización de estos derechos en la actualidad, así como de la creación de mecanismos de control y cumplimiento de estos a través del diálogo y consenso global. 

Revisión de los derechos Humanos en España durante el transcurso del 2014.

¿Ha sido España un buen candidato en el cumplimiento de los Derechos Humanos en 2014? La respuesta a simple vista: parece ser que no. El gallinero,[8] la cañada real en Madrid,[9] y las 3000 viviendas en Sevilla,[10] son sólo unos ejemplos conocidos (viendo el barrio de San Antón de Cuenca o las 600 de Albacete, desde una visión más cercana), en todas las ciudades reside un territorio que hoy esencialmente se conocería como Cuarto Mundo. Se entiende por Cuarto Mundo como aquellas zonas en las que la calidad de vida es semejante a los niveles de un tercer mundo en un país industrializado y occidental, lo que sería conocido como primer mundo en la teoría de los mundos. Son los conocidos como nuevos pobres (Bauman, 2000 y 2005;  Standing, 2013). Se viola pues en un país “civilizado” y que asume y ratifica diversas declaraciones de derechos humanos,[11] así como su Carta Magna, el primer y tercer artículo, de la declaración Universal de Derechos Humanos (Artículo 1 y Artículo 3 DUDH).

Visualizamos nuevas formas de esclavitud: los españoles no pueden llegar a fin de mes, a pesar de trabajar más horas que el resto de países de la UE sueldos de los más bajos de la OCDE, y de los que más horas de trabajo realizan.[12] (Artículo 4, Artículo 23 y el Artículo 22).

Situación que ha denunciado la ONU,[13] tanto por el manejo incipiente de las reformas laborales e impositivas, o de inmigración neoconservadoras emergentes en Europa (vulnerando en este caso el Artículo 5, Artículo 13 y Artículo 14 por medio de las famosas devoluciones en caliente o políticas de expulsión).

El manejo de la corrupción en España por medio de los indultos de aquellos personajes influyentes, de índole política, administrativa o económica, que a pesar de haber delinquido y distraído millones de euros de fondos públicos, no respeta una equidad en la justicia, hecho que la sociedad comienza a percibir, festejando un desánimo progresivo y desafección a las instituciones públicas (Artículo 7). Todo ello unido a la nueva Ley de Seguridad ciudadana, construye un sistema que hace diferencias jurídicas entre unas personas y otras, quebrantando normas que, de existir un organismo de control, serían críticamente sancionadas (Artículo 9 y Artículo 20). Se castiga el hecho de defender sus propios derechos, por medio de las manifestaciones pacíficas o en infraestructuras públicas (su lugar de trabajo), (Artículo 11).

Sin lugar a dudas, el tema más candente en estos últimos años han sido los Desahucios (Alemany y Colau, 2012), siendo los mismos una de las polémicas más deplorables que ha tenido nuestro “Estado del Bienestar”, vulnerando los Artículo 12 y Artículo 17 y perpetuando un incremento de las situaciones de exclusión social extremas en España, ya que una alteridad, como puede ser la expulsión del hogar, determina gravemente el proceso de vulnerabilidad de una persona y el núcleo familiar más cercano de la misma (con datos tan dramáticos como un 30% de malnutrición infantil o un 20% de pobreza infantil,[14] EAPN. 2014)

Bajo el amparo de un sistema heteropatriarcal y conservador, es complicado aceptar políticas de matrimonio adversas a los modelos tradicionales, así como de las personas con discapacidad, incapacidad o capacidades diferentes,[15] a las que supone la normalidad social, sin caer en la vulneración de derechos (Artículo 16). 

La transparencia y la empatía sociopolítica es un ámbito por pulir en el Estado español. Requerimos de herramientas que fomenten un estado democrático, pero democrático en el sentido de que realmente nos representen aquellos políticos que elijamos (Artículo 18), pues un voto cada 4 años, es imposible que implique a una persona a elaborar acciones que mejoren nuestra calidad de vida, debemos potenciar nuestra participación en la sociedad democrática,[16] como ciudadanos de la misma (Artículo 21). O que fomente la actitud crítica y libertad de expresión y opinión, empoderándonos de nuestros propios derechos y obligaciones (Artículo 19).

¿Es sostenible un país que trabaja más que los de su entorno europeo pero produce mucho menos; que capta poquísimos talentos extranjeros y que expulsa a decenas de miles de sus jóvenes bien formados? España tiene una jornada laboral larga, poco fructífera y mal pagada y es uno de los países que menos duerme de Europa, con uno de los mayores niveles de estrés femenino y el que posee la mayor tasa de abandono escolar temprano. Su natalidad está entre las más bajas y su población es de las más envejecidas. Debemos fomentar pues un Estado que realmente proteja a sus ciudadanos, sobre todo a aquellos que han invertido sus vidas en el progreso del mismo (Artículo 24) y a día de hoy, mantenemos los datos más dramáticos de la historia reciente, con 40000 personas sin hogar, más de un millón y medio de personas residiendo en una infravivienda (EAPN, 2014 y FOESSA 2014). Tras el drama de los desahucios, comprendemos que en España no se toma muy en serio el hecho de poseer una vivienda digna (Artículo 25).

Por ello, el fomento de nuestro derecho ha de estar amparado en la Educación; haciendo de la misma una educación pública de calidad, crítica y que trate de enfocar a la generación con más conocimientos de la historia en el progreso más cercano (Artículo 26 y Artículo 27).

La globalización

Durante el transcurso del proceso de globalización y comenzando a especificar nuestra visión en la misma, la Unión Europea se tambalea debido a las constantes fluctuaciones del mercado mundial, y en este escenario caótico y globalizado, unos salen beneficiados,[17] sobre todo a los países del norte y centro de Europa, y otros que quedan relegados a un segundo plano, como es el ejemplo de los denominados PIGS.[18] En este sentido, la crisis que comenzó en Grecia se extendió, fundamentalmente, a Irlanda y Portugal y posteriormente en 2011, a Italia y España (Heredia, 2014). Comprendiendo como comienza a haber países que a pesar de suponerse que están en igualdad de condiciones, quedan subordinados ante otras economías, perdiendo el valor de seres humanos, empujándolos hacia un individualismo radical.

Ricardo Liberato, Globalización, en Flickr

Por ello cabe plantearse que el proceso de Globalización conlleva unos riesgos, unos efectos secundarios, que hace que unos salgan perjudicados y otros fortificados: “Las interpretaciones de los riesgos insertan cuñas en la situación económica. Siempre hay y ” (Bech, 2006:281), donde millones de personas quedarían al margen, convirtiéndose en “outsiders” (fuera de lugar, excluido) (De Venanzi, 2002). La Globalización cultural como imposición homogénea de una cultura dominante sobre el resto, en nombre del progreso, es entonces un hecho éticamente reprochable: “se puede entender por el cambio social legítimo sin legitimación político-democrática. La creencia en el progreso sustituye el consenso” (Beck, 2006:268). Hay que revertir esta situación por medio del diálogo transcultural, adaptando determinadas facetas de cada cultura, pudiendo progresar desde una visión comunitaria y comprender que el multiculturalismo no es un problema (Appiah, 2007).

Iniciativas para el empoderamiento moral

Para comenzar, se han de comenzar a elaborar Políticas de transparencia, con el fin de alcanzar la moralidad empresarial: las empresas son quienes han de comenzar a tratar este tipo de desigualdad de derechos, más aún, cuando culminan la cúspide del sistema que curiosamente imposibilita dichos derechos (el margen coste-beneficio del capital, hace inefectivos los derechos humanos y los fines de los mismos); y han de ser ellos quienes comiencen a dar ejemplo en el marco de un sistema neoconservador y neoliberal. Las políticas de transparencia, llevados al nivel en el que deberían estar, nos aportarían datos como las desigualdades salariales en función del género, sexo, o capacidades, la división sexual del trabajo, el cumplimiento de políticas públicas o ecológicas, etc. Hechos que pueden parecer nimios a simple vista, pero que cambiarían el panorama moral drásticamente ya que la propia sociedad podría elegir si quiere consumir sus productos, denunciar estas situaciones, o consensuar en sociedad la irracionalidad de estas.

Analizando los datos recurrentes al aumento progresivo de la pobreza en nuestro territorio, la sociedad se encuentra en una vorágine de empobrecimiento. En estos últimos años, la pobreza ha evolucionado del 19,7% al 35% (EAPN 2014), lo que significa que uno de cada cinco españoles se encuentra bajo el umbral de la pobreza. Asimismo, el informe denuncia que los requisitos para acceder a los servicios públicos se han endurecido, al tiempo que las ayudas a los más necesitados son insuficientes, insistiendo en la idea de que las prestaciones efectuadas en la actualidad no cubren las necesidades de más de dos tercios de las personas en situación de pobreza (FOESSA, 2014).

Para comprender la cabida de la Educación Social, dentro del fomento de las iniciativas de Empoderamiento local, no se pueden acatar grandes retos conforme a la puesta en ejecución de dichos derechos, ya que estamos sometidos al marco legislativo-político del Sistema (y macro sistemas en los que estemos integrados, UE, Troika, BCE…), y no podemos posibilitar grandes proyectos, sin depender en todos los sentidos de dichos marcos, ya que todas nuestras intervenciones, a día de hoy, están situadas dentro de estructuras normativas.[19]

No se integra un espacio específico para que profesionales del ámbito social (donde los educadores sociales puede tener cabida) puedan ejercer trabajo directo sin depender de estructuras ni dependientes de políticas jerárquicas (haciendo hincapié desde la Educación en la posibilidad de trabajo de los Educadores de Calle, cuyo trabajo ha sido indispensable para la adquisición de derecho progresivo en otros contextos mundiales (Freire, 2006 y 2012), ya que “El educador tiene por objetivo la socialización de la persona. Sus destinatarios son principalmente personas de conflicto social o riesgo social, promoviendo su adaptación social (autonomía, integración, participación) y contando con intervenciones personales y comunitarias” (Vallés, 2010:116). Desde la Educación Social, podemos aludir a nuestra deontología, para hacer efectivas y necesarias estas iniciativas (como paso necesario al empoderamiento de los Derechos fundamentales, a ese reconocimiento tan esencial):

El Principio de la acción socio-educativa: El educador/a social es un profesional de la educación que tiene como función básica la creación de una relación educativa que facilite a la persona ser sujeto y protagonista de su propia vida.

 El Principio de Justicia Social: La actuación del educador/a social debe basarse en el derecho al acceso, que tiene todo ciudadano, al uso y disfrute de los servicios sociales y educativos en un marco del Estado Social Democrático de Derecho y no en razones de beneficencia o caridad. Esto exige, además, que desde el proceso de la acción socioeducativa, actúe siempre en favor del pleno e integral desarrollo y bienestar de las personas y los grupos, actuando no sólo en las situaciones problemáticas sino en la globalidad y la vida cotidiana en general.[20]

Así, el hecho de carecer de una vivienda digna constituye un factor de influencia sobre la exclusión social y que la resolución de esta problemática es un factor esencial con respecto a la integración de esta persona, saliendo de la situación de precariedad (EAPN, 2014). Esta pobreza gradual se relaciona con la incapacidad de satisfacer necesidades que son consideradas como básicas, como pueden ser las necesidades de residencia o alimentación, puesto que “detrás de cada desahucio hay personas, familias, vivencias, sueños convertidos en la peor pesadilla”. (Alemany y Colau, 2012).

Los datos que resultan de la crisis financiera merman la capacidad de acción e intervención desde esta estructura y hace que disminuya la calidad en el servicio prestado, con el fin de evitar retroceder a situaciones, que se aproximan a antiguas prácticas como la beneficencia o la asistencia social (González Martínez, 2012). Estas iniciativas buscan revitalizar el proceso de intervención desde las prestaciones ofertadas hoy día (atención integral ante situaciones de exclusión social, alojamiento alternativo, Servicio de Ayuda a Domicilio, atención a la unidad familiar y/o de convivencia e información, valoración y orientación (Caritas, 2013).

Conclusiones

No existe una fórmula, ni un mecanismo, que haga efectivos los derechos humanos, sin imponer una situación de conflicto de intereses entre diferentes culturas; no existe una fórmula mágica, ni una alternativa directa aplicable, que erradique las situaciones de desigualdad en el mundo (pobreza, inequidad social, cohesión social…), sino que el camino ha de continuar, pues podemos visualizar que todavía no hemos apenas tocado la esencia de los Derechos Humanos.

Hemos de considerarnos una cultura común a toda la humanidad, antes de poder considerar siquiera el hecho de plantearnos unas condiciones mínimas de todo lo que forme parte de la misma, la Naturaleza, los Derechos Humanos del Hombre, o los derechos del resto de seres vivos y recursos del planeta.

La continuidad en la tarea de la implantación de dichos derechos, pasa por la actualización de la Ética tal como hoy la conocemos, hacia metas acordes al contexto global actual. El diálogo entre culturas ha de continuar y a través de dicho entendimiento y consenso, elaborar marcos normativos internacionales que realmente hagan posibles la condiciones de vida digna de toda especie en la Tierra, una Carta Magna de Economía Ética Mundial, una Constitución de Derechos Humanos Internacional, o un marco normativo internacional de protección de los recursos del planeta podrían ser unos ejemplos de dichos “marcos macro”.

Nicolas Raymond. Emblema Naciones Unidas – sepia-, en Flickr

Al igual que la educación o la libertad podrían ser unos derechos hace un siglo, una vivienda digna, una economía global que respetara todos los recursos de la Tierra existente, o una renta básica para toda la humanidad con un mismo sistema común, podrían ser unos legados por los que se pueden embarcar estos Derechos Humanos adolescentes, que tanto nos cuesta conceptualizar y sobre todo, disfrutar.

Los derechos fundamentales se ejercen a través de la práctica ya que hoy día, y sobre todo desde nuestra postura como profesionales del ámbito social, nos encontramos ante un sistema que teoriza sobre premisas de las que sólo se pueden fundamentar, cuando estas se llevan a la práctica. Y cuando más complicado es ejercer nuestros derechos fundamentales, sea por la escasez de recursos, medios, personal o inversión en el contexto, menos podemos poner en práctica nuestra deontología, y por ende, el fomento de los derechos fundamentales en la estructura social; más aún, cuando comprendemos que el incumplimiento de un Derecho esencial, deriva en una infinidad de problemas y necesidades para un individuo, para su comunidad, y por ende para toda la globalidad. Para cambiar este contexto, requerimos de participación de la ciudadanía, y por tanto, de los propios agentes sociales, profesionales e instituciones del ámbito, cuya labor, a de extenderse más allá de las barreras limitantes y limitadas impuestas por el marco político-económico, tras estructurar y reformular dicho marco a las necesidades existentes en este nuevo panorama.

Es por ello que el empoderamiento se ha de llevar a cabo por medio del Diálogo (Parekh, 2005) entre instituciones y personas (todo agente social), en el consecutivo Reconocimiento,[21] en la necesidad del fomento y protección de dichos derechos, y progresivamente, en el empoderamiento humano local, a través del conocimiento y la adquisición de condiciones de vida digna por medio de intervenciones socioeducativas (Freire, 2012) y gracias a esta globalidad, interdisciplinares.

 


 


Referencias Bibliográficas

Alemany, A. y Colau, A. (2012). Vidas hipotecadas. De la burbuja inmobiliaria al derecho a la vivienda. Barcelona: Angle.

Appaduraih, A. (2001). La Modernidad Desbordada: Dimensiones Culturales de la Globalización. Montevideo-Buenos Aires: Trilce-Fondo de Cultura.

Appiah, K. (2007). Ética de la identidad. Buenos Aires: Katz Oxford.

Bauman, Z. (2000). Trabajo, consumismo y nuevos pobres. Madrid: Gedisa.

Bauman, Z. (2005). Vidas desperdiciadas: la modernidad y sus parias. Barcelona: Paidós Ibérica.

Beck, U. (2006). La sociedad del riesgo. Hacia una nueva modernidad. Barcelona: Paidós Ibérica.

Casado, D. y Guillén, E. (2001). Manual de los Servicios Sociales. Madrid: CCS.

Consejo General de Colegios de Educadoras y Educadores Sociales (CGCES). (2007). Documentos Profesionalizadores. Recuperado el 24/08/2014

De las Casas, B. (1989). Apología. Madrid: Alianza.

De Venanzi. (2002). Globalización y corporación. El orden social del siglo XXI. Barcelona: Anthropos.

EAPN, CLM. (2014). Memoria Jornadas: Capacitación sobre estrategias de lucha contra la pobreza. . European Anty-Poverty Network

FOESSA. (2014). Precariedad y Cohesión Social: Análisis y perspectivas. Madrid: Caritas española.

Freire, P. (2006). Pedagogía de la autonomía: Saberes necesarios para la práctica educativa. Madrid: Siglo XXI (Reedición – 1974).

Freire, P. (2012). Pedagogía del oprimido. Madrid: Siglo XXI (2ª Edición reeditada – 1975).

Heredia, J. (2014). La crisis de deuda soberana de los PIGS de la zona euro. Eumed.net

Vallés Herrero, J. (2010). Manual del educador social. Intervención en Servicios Sociales. Madrid: Pirámide.

Hume, D. (1991). Investigación sobre los principios de la moral. Barcelona: Espasa Calpe, Colección Austral.

Moreno, I. (2008). Globalización, mercado, cultura e identidad. En Moreno Feliu, P. (comp.). (2008). Entre las Gracias y el Molino Satánico, Madrid, UNED, pp. 485-514

Moreno, L. (2000): Ciudadanos precarios. La última red de protección social. Barcelona: Ariel.

Morín, E. (2009). ¿Hacia el abismo? Globalización en el siglo XXI. Barcelona: Paidós.

Parekh. (2005). Repensando el Multiculturalismo. Madrid: Istmo.

Shute, S. y Hurley, S. (1998). Cinco fábulas sobre los Derechos Humanos. De los derechos humanos. Las conferencias Oxford Amnesty de 1993. Madrid: Trotta. 

[1] Para correspondencia: Sergio Buedo, c. José Isbert, 6. 12M. 02001. Albacete. 670596886. sergiobuedo@gmail.com.

[2] Para ampliar información, sobre el derecho global de conciencia, de la necesidad de comenzar a repensar como el ser humano como sujeto universal, véase: De las Casas, 1989.

[3] En Shute y Hurley (1998). Rorty. Derechos Humanos, racionalidad y sentimentalidad. De los derechos humanos. Las conferencias Oxford Amnesty de 1993. Trotta, Madrid, pp. 117-137.

[4] Ibíd. Rorty (1993). En Shute y Hurley (1998).

[5] Lukes a través de un universo imaginario compuesto por diversas sociedades (ejemplos exagerados de los modelos socio-políticos existentes), nos revela las diferentes delimitaciones teórico-prácticas que plantea el cumplimiento de los DDHH. Véase: Shute y Hurley (1998).

[7] Para esclarecer la situación global específicamente, véase: Mapa de Hambrunas y Mapa de conflictos y Mapa mundial riesgo de Derechos Humanos a escala global

[8] Véase: Enlace.

[9] Véase: Enlace.

[10] Véase: Enlace.

[11] El problema reside en que dichas declaraciones, quedan simplemente en eso, consejos de buenas prácticas para una sociedad global, ya que no imponen ni exigen el cumplimiento de los mismos a ningún territorio.

[12] Para ampliar información, véase: Diferencia salarial países UE

[14] Para entender este fenómeno a través de un ejemplo directo, pudiendo observar tanto las dimensiones que conlleva la pobreza, en todos los quehaceres del ser humano y lo éticamente cuestionable y reprochable que resultan estos hechos en pleno siglo XXI, bajo el amparo de una  supuesta “Sociedad del Bienestar”.

[15] Para ampliar información, véase: Discapacidad y pobreza

[16] Aludiendo a la dimensión Hegeliana de la participación política, el individuo ha de formar parte de la construcción de su propio sistema, para ser un ser humano plenamente.

[18] Acrónimo utilizado para denominar a los países en recensión más perjudicados en la crisis actual: Portugal, Italy, Greece, Spain. Para ampliar información. Véase Países europeos que no pueden despegar.

[19] Servicio de Ayuda a Domicilio, Servicio de Convivencia y reinserción Social, Servicio de Cooperación Social, colaboración con programas de participación, jóvenes, minorías étnicas, drogodependencias bienestar familiar o prestaciones económicas (Casado, 2001).

[21] Haciendo mención al Taylorismo, reconociendo progresivamente los espacios públicos y privados de las personas en situaciones de desigualdad, entendiendo que somos razones históricas, y que en el momento en el que reconozcamos dichas situaciones, podremos hacer diferencia entre las situaciones de exclusión e inclusión en el ámbito de los derechos es esencial.

Fecha de recepción del artículo: 03/10/2014
Fecha de aceptación del artículo: 05/01/2015